Blog de APISCAM
ATAJOS:"Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria"(feed). Entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia (Supremo y TJUE) y sobre jurisprudencia pendiente
jueves, 26 de marzo de 2020
[CCOO Nacional - Area Pública] 'El Área Pública de CCOO pide a la ministra Carolina Darias que se homogeinicen las medidas para todas las empleadas y empleados públicos El coordinador del área y secretario general de la Federación de Enseñanza, Francisco García, ha exigido que no caduquen las ofertas de empleo público pendientes y que se suspendan los plazos administrativos para no perjudicar a las y los aspirantes.' [ 293 mil plazas publicadas de las OPEs de estabilización pendientes de resolverse]
'Desde el Área Pública de CCOO somos conscientes de la grave situación
que estamos atravesando como consecuencia de la pandemia del COVID-19.
Consideramos que las medidas que se están poniendo en marcha desde el
Gobierno son acertadas, si bien, como ya le hemos ido trasladando, desde
los distintos ámbitos, en algunos casos están resultando del todo
insuficientes, especialmente en materia de suministro de medios de
protección, mascarillas, guantes, EPI’s, que aún no siendo de su
competencia, sí es necesario hacérselo llegar a las personas que los
necesitan.
Desde las tres federaciones que componen el Área Pública de CCOO, Sanidad, Enseñanza y Servicios a la Ciudadanía, nos hemos dirigido a nuestros respectivos ámbitos en este sentido. Al Ministerio que usted dirige ya le remitimos un escrito el pasado 16 de marzo que podríamos resumir de la siguiente forma:
Desde las tres federaciones que componen el Área Pública de CCOO, Sanidad, Enseñanza y Servicios a la Ciudadanía, nos hemos dirigido a nuestros respectivos ámbitos en este sentido. Al Ministerio que usted dirige ya le remitimos un escrito el pasado 16 de marzo que podríamos resumir de la siguiente forma:
La Diputación de León cancela 5 procesos selectivos con plazas de su Oferta de Empleo Público de 2016 por haberse superado el plazo de 3 años -contado desde la OPE- cuando se convocaron. Recuerdo de la jurisprudencia del Supremo
La Diputación de León ha publicado este 23/03/2020 un anuncio con su Acuerdo de 13/03/2020 por el que "desiste" de 5 procesos selectivos que tenían plazas de su Oferta de Empleo Público de 2016,
publicada el 18/07/2016, por "haber superado el plazo de 3 años
establecido en el art. 70 del Estatuto Básico del Empleado Público"
[EBEP] en la publicación de las convocatorias de los procesos
selectivos, que tuvo lugar en fechas de 19/08/2020 y 30/08/2020,
entendiendo por tanto que ese plazo opera de forma invalidante computado
entre la publicación de la Oferta de Empleo Público [OPE] y la convocatoria del proceso selectivo en síl con plazas de dicha
OPE.
Recordemos a este respecto que el año pasado, el Tribunal
Supremo reiteró como su doctrina que el plazo de tres años para la
ejecución de la oferta de empleo público del artículo 70.1 del EBEP es esencial
como para declarar nula una convocatoria efectuada tras ese plazo, y que
recientemente el alto tribunal español matizó ante el recurso de una interina
cesada por una convocatoria publicada más de 3 años después de la OPE,
que ese plazo de tres años del EBEP -a efectos jurídicos- es, en cuanto a
la "ejecución" de una oferta de
empleo público publicada, esencial como para declarar nula una
convocatoria efectuada tras ese plazo pero no afecta al resultado de
los
procesos selectivos derivados, en especial los nombramientos de personal
fijo ni los ceses de los interinos de las plazas afectadas ,
concediendo a cambio al interino una indemnización -algo modesta eso sí-
como "única" consecuencia.
[FesP UGT Sanidad Madrid] 'El contagio de los profesionales en la atención a pacientes con COVID-19 es evitable. Único responsable: la Administración de la Comunidad de Madrid'
'Desde la irrupción de la pandemia de COVID-19 se han elaborado
protocolos de protección para la contención del contagio y propagación
de la epidemia y en especial para los profesionales que directamente
están en contacto con los pacientes. De han llegado a elaborar
protocolos para los diferentes ámbitos de las prestaciones asistenciales
sanitarias y las de servicios y atención en residencias, transportes…
todos ellos con el rigor que deben plantearse por los especialistas en
riesgos laborales, con los servicios de prevención, con la intervención
de agentes sociales y comités.
Extraño resulta que la pandemia progrese de manera exponencial y los protocolos que los responsables de las autoridades sanitarias pretenden aplicar a los profesionales sufran cambios que reducen el nivel de seguridad y protección a niveles mínimos e incluso se obliga a los trabajadores al ejercicio de su profesión sin ningún tipo de medida de protección.
Extraño resulta que la pandemia progrese de manera exponencial y los protocolos que los responsables de las autoridades sanitarias pretenden aplicar a los profesionales sufran cambios que reducen el nivel de seguridad y protección a niveles mínimos e incluso se obliga a los trabajadores al ejercicio de su profesión sin ningún tipo de medida de protección.
[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo desestima la medida cautelarísima solicitada por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos para instar a Sanidad a proveer en 24 horas de medidas de protección a todos los centros sanitarios El alto tribunal señala que son notorias las manifestaciones de responsables públicos insistiendo en que se están desplegando toda suerte de iniciativas para satisfacer esa petición'
'La Sala Tercera, de lo
Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha denegado hoy la
medida cautelarísima solicitada por la Confederación Estatal de
Sindicatos Médicos para que se instará al Ministerio de Sanidad a
proveer en el plazo de 24 horas a todos los centros sanitarios
nacionales públicos y privados de una serie de medidas de protección.
El Supremo destaca en primer lugar que la CESM no precisa en su escrito contra qué actuación de la Administración se dirige y frente a la cual considera que sería imprescindible la medida cautelarísima que se reclama.
El Supremo destaca en primer lugar que la CESM no precisa en su escrito contra qué actuación de la Administración se dirige y frente a la cual considera que sería imprescindible la medida cautelarísima que se reclama.
[CCOO Sanidad Madrid] 'Coronavirus. CCOO denuncia que hay muchos trabajadores de Atención Primaria en Madrid a los que se les niega la prueba del COVID19 El sindicato envía un escrito a los responsables de Atención Primaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para que reconsideren la decisión'
'CCOO Sanidad Madrid ha enviado hoy un escrito a los responsables de
Atención Primaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid
en el que considera “difícilmente entendible” que se les niegue la
prueba para detección de COVID19 positivo, a los trabajadores y
trabajadoras que no son personal facultativo (médicos) o personal de
Enfermería.
[CSIF] 'CSIF prepara acciones jurídicas para denunciar la desprotección del personal sanitario y de residencias de mayores por la falta de material'
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF),
sindicato más representativo en las administraciones públicas y con
presencia creciente en el sector privado, está estudiando acciones
jurídicas y centenares de denuncias ante la Inspección de Trabajo o
incluso a la Fiscalía, para que tomen cartas en el asunto ante la
situación de desprotección a la que se ve expuesto el personal de
residencias de mayores y de la Sanidad en muchos hospitales que,
obligados por sus superiores, deben atender a pacientes con coronavirus
sin disponer de los materiales de protección adecuados, como mascarillas
seguras, EPIs o gafas protectoras.
La falta de este material está provocando un gran número de bajas entre celadores, TCAEs y enfermeras, médicos y en general de todo el personal que trabaja en la Sanidad (mantenimiento, limpieza, administración) y que es necesario para el funcionamiento de los centros –España es a día de hoy el país con el porcentaje mayor de sanitarios infectados- y la rebelión de algunos sanitarios, que se niegan a atender a pacientes infectados debido a la alta exposición al virus por contar, por ejemplo, con mascarillas quirúrgicas, que no sirven para evitar contagios, y no con las correspondientes FFP2.
La falta de este material está provocando un gran número de bajas entre celadores, TCAEs y enfermeras, médicos y en general de todo el personal que trabaja en la Sanidad (mantenimiento, limpieza, administración) y que es necesario para el funcionamiento de los centros –España es a día de hoy el país con el porcentaje mayor de sanitarios infectados- y la rebelión de algunos sanitarios, que se niegan a atender a pacientes infectados debido a la alta exposición al virus por contar, por ejemplo, con mascarillas quirúrgicas, que no sirven para evitar contagios, y no con las correspondientes FFP2.
miércoles, 25 de marzo de 2020
[El País/El Diario/Hispasec] La policía detecta un ciberataque de campaña de "phishing" -correos falsos- dirigidos a personal de hospitales españoles para intentar "secuestrar" información mediante Netwalker, un "ransomware" más que "encripta" documentos y pide rescate económico para supuestamente conseguir la necesaria clave de descifrado
Informabab este 23/03/2020, entre muchos medios, El País, El Diario
o el especializado Hispasec que la Policía Nacional detectó este
domingo un envío al correo electrónico de personal sanitario de los
hospitales españoles de mensajes falsos supuestamente sobre el
Coronavirus que realmente " incorpora un virus muy peligroso", según el
director adjunto operativo del cuerpo, José Ángel González.
En
concreto, según el Diario, estos correos llevarían enlaces
malintencionados a sitios de descarga del malware "Netwalker", de tipo
"ransomware", que en caso de "picar" el usuario y ejecutarlo [y no
detenerlo algún sistema de seguridad como un antivirus que lo detecte]-
cifraría multitud documentos en el ordenador y en la red de la
organización al alcance del usuario [siendo fundamental para que ese alcance sea mayor o menor pues que el nivel
de privilegios informáticos en la red del usuario utilizado sea mayor o menor] ,
pidiéndose a continuación un rescate económico con el pago de alguna
criptomoneda para ofrecer -supuestamente- la clave para desencriptarlos.
Según este medio, no se conoce forma de desencriptarlo sin la clave
privada con la que se cifró.
Según
Hispasec, realmente esos correos sí incluyen un fichero, llamado
CORONAVIRUS_COVID-19.vbs, ficheros que ya muchos antivirus detectan bajo diversas denominaciones , que sería el "dropper" o programa que descarga el ransomare citado, Netwalker, a su vez detectado también por muchos antivirus,
mencionando que se trata del mismo ataque que el 12/03/2020 llegó a
afectar a varios hospitales de Illinois, recordando este medio
especializado, que este tipo de ataques de "ransomware" es ya habitual.
Estas campañas suelen utilizar en sus mensajes temas "de moda", como está siendo el caso del coronavirus.
[Gob. Estado/Min. de PT y Función Pública] 'El Ministerio de Política Territorial y Función Pública reúne la Comisión de Coordinación de Empleo Público. De forma telemática y con asistencia de todas las CCAA y la FEMP' [sobre medidas del coronavirus y por la sentencia del 19 de Marzo del Tribunal Europeo: más reuniones para decisiones para procesos de estabilización necesarios cuando finalice el estado de alarma]
'El Ministerio de Política Territorial y Función Pública
ha reunido hoy la Comisión de Coordinación de Empleo Público, para abordar
distintos asuntos como las medidas adoptadas por las tres administraciones
públicas frente al COVID-19, destinadas a las empleadas y empleados
públicos, y establecer un compromiso de todas las administraciones para la
estabilización del empleo público.
La reunión, celebrada de forma telemática, ha estado presidida por el secretario general de Función Pública, Javier Rueda, y han asistido por parte de la Administración General del Estado la directora general de Función Pública, Isabel Borrel, el director general de Costes de Personal del Ministerio de Hacienda, Juan José Herrera, y Violeta Tomás, representante de la Secretaría General de Coordinación Territorial.
En representación de las comunidades autónomas han asistido los directores generales de Función Pública de todas las comunidades autónomas, así como representantes de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).
La reunión, celebrada de forma telemática, ha estado presidida por el secretario general de Función Pública, Javier Rueda, y han asistido por parte de la Administración General del Estado la directora general de Función Pública, Isabel Borrel, el director general de Costes de Personal del Ministerio de Hacienda, Juan José Herrera, y Violeta Tomás, representante de la Secretaría General de Coordinación Territorial.
En representación de las comunidades autónomas han asistido los directores generales de Función Pública de todas las comunidades autónomas, así como representantes de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).
[AMYTS] 'El Juzgado de lo Social nº 31 de Madrid admite las medidas cautelarísimas reclamadas por AMYTS para proteger a los profesionales frente al Covid-19 y valoración asesoría jurídica '
'Este martes 24 de marzo, en AMYTS
presentamos un escrito reclamando medidas cautelarísimas pidiendo que en
un término de 24 horas se provea a todos los centros sanitarios de
material de protección. A continuación, os facilitamos la contestación del Juzgado de lo Social nº 31 de Madrid:
“El Juzgado de lo Social nº 31 de
Madrid ha acordado hoy admitir las medidas cautelarísimas solicitadas
por la Asociación de Médicos Titulados y Superiores de Madrid (AMYTS)
contra la Consejería de Sanidad, para que en el término de 24 horas
provea a todos los centros de la red del Servicio Madrileño de Salud,
Hospitalarios, Asistenciales de Atención Primaria, SUMMA 112, SAR,
centros con pacientes institucionalizados, así como todos los demás
centros asistenciales de la Comunidad de Madrid, ya sean públicos o
privados, y cualesquiera otras dependencias habilitadas para uso
sanitario, de batas impermeables, mascarillas FPP2, FPP3, gafas de
protección y contenedores de grandes residuos”.
Os adjuntamos, a continuación, el comentario de nuestra abogada después de conocerse la adaptación de las medidas cautelarísimas requeridas por AMYTS:
[CompuGroup] 'CompuGroup Medical comprará algunos productos de Cerner en Alemania y España: ... Selene, un HIS líder en España' [es la solución de Historia Clínica Electrónica de 18 hospitales del Servicio público de Salud de Madrid, entre ellos los nuevos de 2008]
[05/02/2020] 'CompuGroup Medical SE (CGM) y Cerner Corporation (NASDAQ: CERN), una compañía global de tecnología de la salud, han llegado a un acuerdo sobre la compra de CompuGroup Medical de
parte del portfoliio de Cerner en Alemania y España. Los productos
clave son "medico"® y Soarian® Integrated Care" (S-IC), HIS líderes en
Alemania; Selene®, un HIS líder en hospitales públicos de España,
y Soarian Health Archive®, una solución de archivado de documentación
para proveedores de salud. Como esultado de la comra, CompuGroup
Medical refuerza su posicion en Alemania y complementa su portfolio en
España. El precio acordado alcanza los 225 millones de euros y está
pendiente a un ajuste final que cerrar. En 2019, los beneficios
atribuibles a los elementos que se van a comprar fueron aproximadamente
de 74 millones de euro es con un EBITDA de aproximadamente 13 millones de
euros.
[Melilla Hoy] El Sindicato de Médicos de Melilla solicita al Gobierno del Estado que implemente una norma que permita cumplir con la sentencia europea mediante la fijeza o mecanismo análogo de los 800 mil interinos de larga duración en las AAPP : "no existe medida más eficiente"
Informa Melilla Hoy este 24/03/2020 que el Sindicato Médico de Melilla (SMM) ha enviado una carta al presidente del Gobierno, tras la reciente sentencia del Tribunal Europeo sobre el abuso de temporalidad en el empleado público de larga duración en
España por casos del Servicio Madrileño de Salud, en la que este sindicato informa que el
colectivo de profesionales interinos “supone un porcentaje importante,
tanto de los médicos como de otros sanitarios, dentro de la Sanidad
Pública” y "existen alrededor de 800.000 interinos de larga duración en
el país, entre sanitarios y no sanitarios" avisando que “no tiene
sentido, en un marco de severa recesión que se avecina, que el Estado
tenga que afrontar demandas judiciales y abonar indemnizaciones a
800.000 personas, algo que es inviable”, con lo que solicita
al Presidente del Gobierno "que implemente la norma legal en España que
permita cumplir la reciente sentencia europea", “agradezca a los
sanitarios interinos y a sus familias su esfuerzo y el inmenso riesgo
que están asumiendo, manteniéndoles en su empleo para siempre, mediante
la fijeza o mecanismos análogos" aclarando que " la misma norma es
aplicable para el resto de trabajadores no sanitarios”, para sentenciar
"no existen medidas más eficientes que estabilizar definitivamente el
empleo de 800.000 trabajadores públicos en nuestro país".
[CCOO nacional - Area Pública] 'La fijeza debe ser el objetivo: nota complementaria a la valoración de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre interinos El Área Pública de CCOO hace un análisis más detallado de la sentencia TJUE de 19 de marzo dictada en los asuntos C‐103/18 Y C‐429/18 (acumulados) sobre abuso o fraude en la contratación.' [facilitar el empleo fijo con los procesos de estabilización, la judicialización no es la solución, cambios normativos para introducir indemnizaciones como las del despido improcedente ...]
'El pasado día 19 de marzo, el Área Pública de CCOO hicimos una
primera valoración de una Sentencia del TJUE sobre abuso o fraude en la
contratación en el ámbito de las administraciones públicas.
En esta valoración ya expusimos que la sentencia no arroja
diferencias sustanciales respecto de otros precedentes sobre idéntica
materia.
Respecto al incumplimiento de la directiva comunitaria 1999/70 CE, tanto en su cláusula 4ª (no discriminación entre persona fijo y personal temporal) como en su cláusula 5ª (abuso o fraude en la contratación), hemos insistido en que debe llevarse a cabo una correcta transposición en la normativa nacional (EBEP), para que se contemplen las medidas disuasorias que eviten, por un lado la discriminación recogida en la cláusula 4, como para sancionar el abuso o fraude en la contratación, recogida en la cláusula 5ª.
Hay que recordar, que esta directiva 1999/70 CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, UNICE y el CEEP sobre trabajo de duración determinada. Resulta de la transposición de un Acuerdo de los gobiernos, agentes económicos y sociales europeos, donde CCOO ha participado activamente a través de la Confederación Europea de Sindicatos. Por lo que sobra decir la defensa que hacemos de la misma desde el sindicato, sea en el ámbito público, sea en el ámbito privado.
Esta sentencia se fundamenta básicamente en el incumplimiento de la Cláusula 5ª de la directiva, por la inexistencia o concreción en la normativa española (EBEP) de medidas en el ámbito público que sancione el abuso o fraude en la contratación, lo que no significa que la directiva pueda suplantar la normativa nacional en ningún caso.
En este sentido, esta sentencia, deja claro que el TJUE no es competente y por tanto derive al juez nacional (Tribunal Supremo en última instancia) para que, comprobado el abuso o fraude, sancione a la administración. Hecho que ya viene produciéndose, teniendo como referencia la Sentencia del TS de 26 de septiembre y más recientemente la Sentencia del TS de indemnización a tanto alzado de 20.000€ por cese, aún habiéndose producido la caducidad del OEP conforme al art. 70 del EBEP.
Sin querer nuevamente entrar en la valoración de esta sentencia del TJUE de 19 de marzo, que ya hicimos en la nota anterior, desde el área pública queremos hacer hincapié en lo siguiente:
1. CCOO seguirá defendiendo el servicio público, la estabilidad en el empleo y muy especialmente a todo el personal interino y temporal, que por causas ajenas a su voluntad se encuentran en esta grave situación.
2. Esta situación viene provocada, por un lado por las políticas de recortes austericidias llevadas a cabo por los anteriores gobiernos, en especial tras la publicación del RDL 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad y sucesivas normas de desarrollo (PGE, etc), y por otro lado, por la irresponsabilidad de los gestores públicos en el incumplimiento reiterado de la norma (EBEP), tanto en el abuso de nombramientos de interinidades, concatenación de los mismos (art. 10) o por no hacer las correspondientes ofertas de empleo público anuales (art. 70), durante décadas, a pesar de haberlo denunciado sistemáticamente el sindicato.
Dicho lo anterior, igualmente desde el Área Pública de CCOO insistimos en la necesidad de facilitar al personal interino y temporal la adquisición del empleo fijo, a través de procesos selectivos con condiciones especiales que favorezcan y promuevan la estabilización o consolidación como los que se han puesto en marcha conforme a la disposición transitoria cuarta del EBEP.
Estos procesos deben garantizar el reconocimiento íntegro de su experiencia profesional, así como adaptar, en cada ámbito, los requisitos y criterios de dichos procesos, siempre bajo el respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como las normas de aplicación en cada caso.
La fijeza debe ser el objetivo, la judicialización con aventuras ya desechadas por la justicia, aún siendo legitimas, sólo puede provocar una mayor frustración y cabreo, pero no son la solución. Aventuras como el concurso de méritos tampoco garantiza en ningún caso el acceso a la fijeza si realmente no se quiere incurrir en inconstitucionalidad.
Por todo ello, desde el sindicato seguiremos insistiendo en las ofertas de estabilización y consolidación específicas, así como seguiremos negociando en cada ámbito, como así se viene produciendo, medidas para que el personal no salga del sistema, a sabiendas de su experiencia, valía profesional, a través de las bolsas, acuerdos, etc. en tanto en cuanto se van resolviendo las diferentes ofertas de empleo público.
Respecto al incumplimiento de la directiva comunitaria 1999/70 CE, tanto en su cláusula 4ª (no discriminación entre persona fijo y personal temporal) como en su cláusula 5ª (abuso o fraude en la contratación), hemos insistido en que debe llevarse a cabo una correcta transposición en la normativa nacional (EBEP), para que se contemplen las medidas disuasorias que eviten, por un lado la discriminación recogida en la cláusula 4, como para sancionar el abuso o fraude en la contratación, recogida en la cláusula 5ª.
Hay que recordar, que esta directiva 1999/70 CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, UNICE y el CEEP sobre trabajo de duración determinada. Resulta de la transposición de un Acuerdo de los gobiernos, agentes económicos y sociales europeos, donde CCOO ha participado activamente a través de la Confederación Europea de Sindicatos. Por lo que sobra decir la defensa que hacemos de la misma desde el sindicato, sea en el ámbito público, sea en el ámbito privado.
Esta sentencia se fundamenta básicamente en el incumplimiento de la Cláusula 5ª de la directiva, por la inexistencia o concreción en la normativa española (EBEP) de medidas en el ámbito público que sancione el abuso o fraude en la contratación, lo que no significa que la directiva pueda suplantar la normativa nacional en ningún caso.
En este sentido, esta sentencia, deja claro que el TJUE no es competente y por tanto derive al juez nacional (Tribunal Supremo en última instancia) para que, comprobado el abuso o fraude, sancione a la administración. Hecho que ya viene produciéndose, teniendo como referencia la Sentencia del TS de 26 de septiembre y más recientemente la Sentencia del TS de indemnización a tanto alzado de 20.000€ por cese, aún habiéndose producido la caducidad del OEP conforme al art. 70 del EBEP.
Sin querer nuevamente entrar en la valoración de esta sentencia del TJUE de 19 de marzo, que ya hicimos en la nota anterior, desde el área pública queremos hacer hincapié en lo siguiente:
1. CCOO seguirá defendiendo el servicio público, la estabilidad en el empleo y muy especialmente a todo el personal interino y temporal, que por causas ajenas a su voluntad se encuentran en esta grave situación.
2. Esta situación viene provocada, por un lado por las políticas de recortes austericidias llevadas a cabo por los anteriores gobiernos, en especial tras la publicación del RDL 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad y sucesivas normas de desarrollo (PGE, etc), y por otro lado, por la irresponsabilidad de los gestores públicos en el incumplimiento reiterado de la norma (EBEP), tanto en el abuso de nombramientos de interinidades, concatenación de los mismos (art. 10) o por no hacer las correspondientes ofertas de empleo público anuales (art. 70), durante décadas, a pesar de haberlo denunciado sistemáticamente el sindicato.
Dicho lo anterior, igualmente desde el Área Pública de CCOO insistimos en la necesidad de facilitar al personal interino y temporal la adquisición del empleo fijo, a través de procesos selectivos con condiciones especiales que favorezcan y promuevan la estabilización o consolidación como los que se han puesto en marcha conforme a la disposición transitoria cuarta del EBEP.
Estos procesos deben garantizar el reconocimiento íntegro de su experiencia profesional, así como adaptar, en cada ámbito, los requisitos y criterios de dichos procesos, siempre bajo el respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como las normas de aplicación en cada caso.
La fijeza debe ser el objetivo, la judicialización con aventuras ya desechadas por la justicia, aún siendo legitimas, sólo puede provocar una mayor frustración y cabreo, pero no son la solución. Aventuras como el concurso de méritos tampoco garantiza en ningún caso el acceso a la fijeza si realmente no se quiere incurrir en inconstitucionalidad.
Por todo ello, desde el sindicato seguiremos insistiendo en las ofertas de estabilización y consolidación específicas, así como seguiremos negociando en cada ámbito, como así se viene produciendo, medidas para que el personal no salga del sistema, a sabiendas de su experiencia, valía profesional, a través de las bolsas, acuerdos, etc. en tanto en cuanto se van resolviendo las diferentes ofertas de empleo público.
[AMYTS] 'AMYTS presenta demanda con petición de cautelarísimas “inaudita parte” exigiendo medios de protección '
'AMYTS presenta escrito de demanda ante el Juzgado de lo Social que por turno corresponda, contra la CONSEJERIA DE SANIDAD DE LA COMUNIDAD DE MADRID
exigiendo a la Administración que provea con carácter urgente e
inmediato, en el término de 24 horas, en todos centros de la Red del
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD, hospitalarios, asistenciales de Atención
Primaria, SUMMA 112, SAR, centros con pacientes institucionalizados así
como todos los demás centros asistenciales de la Comunidad de Madrid ya
sean públicos o privados y cualesquiera otras dependencias habilitadas
para uso sanitario, BATAS IMPERMEABLES, MASCARILLAS FPP2, FPP3, GAFAS DE PROTECCIÓN y CONTENDEROS GRANDES DE RESIDUOS.
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martes, 24 de marzo de 2020
La Comunidad de Madrid publica en pleno estado de alarma las convocatorias de Enseñanza Secundaria de la Oferta Pública de Empleo 2019 con 2 mil puestos de "estabilización" [temporales más de 3 años], en concurso-oposición conjuntos con los puestos de tasa de reposición
Sorpredentemente y en mitad del Estado de alarma con los plazos administrativo suspendidos acaba de publicarse en el BOCM de hoy 24/03/2020 la "RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2020 por la que se convocan los procesos selectivos para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Formación
Profesional, de Música y Artes Escénicas, y de Artes
Plásticas y Diseño" de la Comunidad de Madrid por un total de 2903 plazas de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid de 2019, 2.038 de ellas computadas por la denominada tasa "de
estabilización", es decir, con
puestos temporales más de 3
años, según los acuerdos nacionales del Estado y sindicatos de convocar en OPEs convencionales dichos puestos sin fijar ningún sistema extraordinario o excepcional de consolidación por méritos.Así el sistema selectivo es el de oposición eliminatoria y peso del 60% - concurso de méritos con peso del 40% , donde se valora tanto la experiencia en cualquier centro público de cualquier CCAA como la formación.
Esta convocatoria llega justo en la semana siguiente después que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenciara que hay abuso de temporalidad en la interinidades también en vacante prolongada, abuso que requiere una sanción y que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo de libre concurrencia el puesto
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