domingo, 10 de marzo de 2024

Entradas más vistas de la semana 04/03/2024-10/03/2024 en este blog: Tribunal Supremo planteará cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE sobre el modo de aplicar la fijeza en el empleo público, convocada reunión de la Comisión de Seguimiento de la Estabilización por el Ministerio de Función Pública, ..

 Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed), canal de "Informática sanitaria" (feed), entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia y sobre jurisprudencia pendiente , transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:


viernes, 8 de marzo de 2024

Publicadas exclusión, por renuncia expresa, de un aspirante al concurso de méritos de Ley 20/2021 del SERMAS para la categorías de Técnico Superior en Sistemas y.T.I.

Este 07/03/2024  se ha publicado la Resolución de 4 de marzo de 2024 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud , por la que declara la exclusión de una aspirante en el proceso selectivo  del Concurso de Méritos  de la Ley 20/2021 del SERMAS para la categoría  de Técnico Superior en Sistemas y.T.I.    por renuncia personal expresa

Ya se habían publicado las calificaciones definitivas  del concurso de méritos de estabilización del SERMAS para dicha categoría, estando prevista la publicación de forma inminente del correspondiente boletín oficial con la declaración de los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que, por tanto, tendrá en cuenta ya esta exclusión, y aparecerá en la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el turno libre la persona siguiente en el orden de las calificaciones definitivas.

 

Recordatorio [21/11/2018] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su 2ª sentencia sobre el caso de la laboral pública interina de sustitución prolongada De Diego Porras, tras las dudas del Supremo en rebajar o ni dar indemnización alguna, responde que no es contraria a la norma europea la ley española que no indemniza al laboral interino de sustitución cesado por la cobertura normal de su puesto, salvo que se constate abuso de temporalidad para lo que debe existir al menos una medida eficaz para sancionarlo, algo que deja dirimir al Supremo. Y responde con carácter orientativo que la indemnización ante el cese planteada no es una medida suficiente por sí sola para sancionar el abuso en duración de temporalidad, si bien también le incumbe apreciarlo al juzgador nacional, en este caso un Tribunal Supremo que sostuvo que el pago de 12 días por año contemplado para los ceses de laborales por obra y servicio o por tiempo determinado sí sería una medida adecuada

 [Recordatorio de entrada publicada el 21/11/2018 OJO hace más de 5 años] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] acaba de hacer pública su sentencia del asunto C-619/17 o 2º asunto Ana De Diego Porras , una "cuestión prejudicial" planteada por la sala de lo Social del propio Tribunal Supremo español  (durante el recurso de casación 3970/2016 )). La cuestión, tres cuestiones realmente,   versaban sobre el derecho a indemnización al personal laboral interino de sustitución ante el cese por cobertura normal de su plaza (la reincorporación del empleado sustituido) , con atención especial al caso de relación laboral de prolongada y abusiva temporalidad  , y en el caso de que correspondiera indemnización  y si correspondía indemnización si no debería ser de 12 días por año  en vez de la de 20 días por año  deducida por el tribunal inferior de la sentencia previa europea del mismo caso.


En efecto, recordemos que se trataba del mismo caso de la empleada del  Ministerio de Defensa que ya pasó por por el Tribunal de Justicia Europeo en otra cuestión prejudicial al TJUE, de número de asunto
C-596/14 , aquella vez de la instancia, inferior  al Tribunal Supremo, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, cuestión cuya sentencia fue una de las
3 famosas sentencias del Tribunal europeo de Septiembre de 2016 y por la que el Tribunal Superior de Justicia le concedió a la demandante una indemnización de 20 días por año trabajado por su cese como sustituta por cobertura de su puesto ante la vuelta del propietario fijo.  El Ministerio  de Defensa recurrió y el recurso  llegó a la Sala Social de un Tribunal Supremo que acabó planteando una serie de cuestiones que como, señalaba el profesor Eduardo Rojo,  parecían con el objetivo de  "obtener una resolución judicial que dé una respuesta distinta a la anterior sobre el mismo caso" , en concreto, una rectificación "a la baja " para el empleado  como se temía desde aquellas  declaraciones del presidente del Tribunal europeo  tras su cita con el Gobierno español -por otra parte muy interesado en que no haya que abonar indemnizaciones ante los miles de ceses previstos por las OPEs extraordinarias masivas- ,y como  ya se percibió -en parte- en la sentencia a principios de Junio  del mismo Tribunal de Justicia Europeo   del asunto C-677/16 Montero Mateos ante una cuestión similar pero esta vez para el  sobre el derecho al cobro de indemnizaciones a  laborales interinos de vacante si son cesados por la cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo), "reculando" entonces el alto Tribunal Europeo con respecto a sus sentencias de 2016 para responder a las preguntas realizadas que NO era contraria  a la normativa europea la normativa española existente de no conceder indemnización alguna al laboral interino de vacante cesado por cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo).

[Tribunal de Justicia de la UE] 'Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-604/22 | IAB Europe. Subasta de datos personales con fines publicitarios: el Tribunal de Justicia aclara las normas sobre la base del Reglamento general de protección de datos'

'Cuando un usuario consulta un sitio de Internet o una aplicación que contiene un espacio publicitario, las empresas, los intermediarios y las plataformas publicitarias, que representan a miles de anunciantes, pueden pujar en tiempo real, sin ser vistos, por la obtención de ese espacio publicitario con el fin de mostrar en él publicidad adaptada al perfil del usuario (Real Time Bidding).


Sin embargo, antes de mostrar esa publicidad dirigida, debe obtenerse el consentimiento de dicho usuario para la recogida y el tratamiento de sus datos personales (relativos, en particular, a la localización del usuario, su edad, su historial de búsquedas y sus compras recientes) con fines como, entre otros, la comercialización o la publicidad, o con vistas a intercambiar esos datos con determinados proveedores. El usuario también puede oponerse a ello.

jueves, 7 de marzo de 2024

[Redacción Médica] El Ministro José Luis Escrivá responde a las declaraciones de Yolanda Díaz que se remite al compromiso con la UE de reducir la temporalidad pública con los procesos de estabilización emprendidos según la ley ya aprobada al efecto, la ley 20/2021 [ El Tribunal de Justicia de la UE falló en esa sentencia que procesos selectivos con plazas ocupadas por personal en abuso de temporalidad VIOLAN la normativa UE si no tienen en consideración la situación de abuso de temporalidad de dicho personal]

Informa Redacción Médica este 06/03/2024 que el Ministro de Función Pública, José Luis Escrivá, preguntado por las declaraciones de la vicepresidenta 2ª del Gobierno, Yolanda Díaz,  tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero, e el “el debate tiene que ser de más calado", que habrá una  reforma de la Administración a futuro  como la anunciada en su reciente comparecencia en el Congreso, y , ya en concreto, en cuanto al personal temporal de larga duración existente de forma masiva, que  "se remite al compromiso" reflejado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ante la Comisión Europea  y en la Ley que aprobó el Gobierno anterior para cumplirlo, la Ley  20/2021, de 28 de diciembre, de reducción de la tasa de temporalidad estructural al 8 por ciento incluyendo procesos de  "estabilización de plazas" que persiguen estabilizar 300.000 trabajadores, asegurando que “llevamos 225.000 en este momento”.

IMPORTANTE [Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo planteará cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE sobre el modo de aplicar la fijeza en el empleo público. La Sala Cuarta del Tribunal Supremo anuncia que va a iniciar los trámites para despejar algunas dudas suscitadas tras la importante sentencia del pasado 22 de febrero'

'El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en sesión no jurisdiccional, ha analizado el modo de aplicar la STJUE de 22 de febrero de 2024 (asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22) sobre personal indefinido no fijo, a los múltiples recursos pendientes de resolución. 

Con el deseo de llevar a cabo su correcta interpretación, y ante la existencia de importantes dudas acerca de su alcance en determinados aspectos, la Sala ha acordado iniciar las actuaciones a fin de formular una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En especial, para resolver las dudas acerca del modo en que compatibilizar la doctrina acuñada por la citada sentencia con las normas relativas al acceso al empleo público (incluyendo a los nacionales de los Estados miembros) así como con las reglas del ordenamiento jurídico nacional que garantizan el derecho de acceso al empleo público conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad.'

[Europa Press] La vicepresidenta 2ª del Gobierno, Yolanda Díaz, celebra la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de febrero y afirma que "hay que hacer la misma reforma de estabilidad" para el abuso de la temporalidad en las AAPP que para las empresas privadas

Informa Europa Press este 06/03/2024 que la vicepresidenta 2ª del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha declarado en una entrevista a RNE [ver extracto del momento en Twitter] que "celebra" la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero sobre el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas españolas , afirmando que tras esta sentencia que "la misma reforma que hemos hecho de la estabilidad en la empresa privada, hay que hacerla en el trabajo público".

[Ministerio de Transformación Digital y Función Pública] 'Plan de actuaciones para el despliegue de espacios de datos '

'El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública publica el ‘Plan de actuaciones para el despliegue de espacios de datos’, documento que configura el marco de desarrollo de la Economía del Dato en España. A través del impulso de los espacios de datos ––instrumentos para aprovechar el valor latente en los datos a través de la creación de conexiones entre fuentes heterogéneas, y su capitalización en base a algoritmos e IA–– se persigue articular su despliegue en sectores económicos y ámbitos de actividad diversos, con un enfoque pragmático y alineado con la estrategia definida en la Agenda España Digital.

Recordatorio. El Proyecto de Ley de medidas urgentes por el Plan de recuperación en función pública y otras materias, derivado del RDL 6/2023, recibe enmiendas parciales esta semana: una oportunidad para introducir medidas de cumplimiento de la normativa y sentencias europeas en materia de abuso de temporalidad en empleados públicos

 [Recordatorio de entrada publicada el 04/03/2024 El  Gobierno del Estado aprobó el 19/12/2023 el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el "que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo", de cuya publicación el 20/12/2023 nos hicimos eco en otra entrada en cuanto a sus medidas sobre Función Pública, que, finalmente afectaban exclusivamente a la Administración General del Estado:  las convocatorias de sus procesos selectivos deberán ser en el mismo año que aprobación de OPE y tendrán dos años máximo de duración; será obligatoria una evaluación del desempeño de los empleados públicos de la AGE, ...

[CSIF nacional] 'La administración rompe la tendencia global en la creación de empleo y destruye 71.000 puestos de trabajo. La Sanidad prescinde de 19.000 empleos en enero y febrero pese a la incidencia del invierno: CSIF exige negociar un plan de empleo a varios años para garantizar la viabilidad de las administraciones'' ["CSIF está preocupado por la situación de la temporalidad , teniendo en cuenta además la sentencia del TJUE, "procesos de estabilización en marcha " que "deben estar concluidos a 31/12/2024 para dar cumplimiento a los requerimientos de la UE]

'Las administraciones públicas han destruido 71.183 puestos de trabajo en un año (un 5,86 por ciento menos respecto a febrero de 2023), rompiendo la tendencia general de creación de empleo en la mayoría de los sectores, según datos de la Seguridad Social conocidos hoy.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, advierte de que este sector encabeza de lejos la pérdida de puestos de trabajo en España, junto al agrario y del empleo del hogar. 

[Heraldo de Aragón] Resuelto el problema de la red informática en los hospitale, quedando problemas en centros de salud

Informa el Heraldo de Aragón este 06/03/2024 que ayer por la tarde el Gobierno de Aragón seguía trabajando este miércoles para solucionar el fallo masivo de su red informática desde la tarde del  lunes, asegurando que por la mañana del miércoles ya se había resuelto en los hospitales, quedando algunos problemas en centros de salud.

miércoles, 6 de marzo de 2024

[UGT Servicios Públicos nacional] Convocada reunión de la Comisión de Seguimiento de la Estabilización por el Ministerio de Función Pública este 06/03/2024: datos de establización en AAPP y sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 "en referencia al personal indefinido no fijo de las AAPP"

 'El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, ha convocado reunión de la Comisión de Seguimiento de la Estabilización para el próximo  miércoles 6 de marzo a las 13:00 horas.


Entre los asuntos a tratar en la reunión se encuentra, tanto los datos de  estabilización en las Administraciones y Empresas Públicas, como la última sentencia emitida por el TJUE en referencia al personal indefinido no fijo de las
Administraciones Públicas.'

 

INFORSALUD 2024. XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud, de la SEIS, del 12 al 14 de Marzo en Madrid. Programa . Ponentes de la C. de Madrid

Del 12 al 14 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud o INFORSALUD 2024 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] con el lema "La cooperación clave para el éxito de la transformación digital del SNS".

Ya está disponible  el programa  que contará con:

[Coordinadora Madrileña de EE.PP. en Fraude de Ley] Concentración el jueves 14 de marzo a las 18:00 h "Europa lo tiene claro. Fijeza Ya!"

'La Coordinadora Madrileña convoca CONCENTRACIÓN ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA, el JUEVES 14 DE MARZO A LAS 18:00 H.*

C/ San Bernardo, 45  MADRID

¡SI LLEVAS MÁS DE TRES AÑOS, ESTÁS EN ABUSO DE TEMPORALIDAD!

Si hay ORGANIZACIONES (ya sea de la Comunidad de Madrid o de otra CCAA) que quieran dar su apoyo, por favor rellenad el formulario:

Recordatorio. [22/02/2024] El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 a asuntos acumulados Consejería de Presidencia C.M./UNED/AMAS, reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad , tumba tanto la figura del indefinido no fijo para abuso de temporalidad del laboral público como que , en general, puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021

 [Recordatorio de entrada publicada el 22/02/2024] Este mismo jueves 22/02/204 a las 09:30, como  estaba previsto ha tenido lugar la lectura y publicación de la importante sentencia del del Tribunal de Justicia de la UE  de los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22, C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , todos por cuestiones prejudiciales de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En concreto, se trata de los asuntos:


Recordemos que en los dos primeros asuntos, ambos sobre personal laboral ya declarado previamente como indefinido no fijo, esta sección de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid  cuestionaba en general la actual doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de conceder nada más que esa figura de indefinido no fijo al laboral empleado público como sanción al abuso de temporalidad y , preguntaba al Tribunal Europeo, refiriéndose en concreto ya a estos casos de personal ya indefinido no fijo:_
  •  si esa figura  del "indefinido no fijo" [INF] es un "contrato de duración determinada" de los de la cláusula 5ª en la Directiva 1999/70/CE [es decir, temporal], y si, en ese caso, no debería considerarse abuso de temporalidad según dicha cláusula 5ª de la Directiva permanecer a su vez  tiempo bajo esa figura de indefinido no fijo sin que se cumpliera con la obligación de cobertura inmediata del puesto con el proceso selectivo y cuál debería ser la consecuencia de este abuso, si en especial valdrían como sanción, considerando el tribunal remitente que no,:
    • la indemnización al cese de sólo 20 días por año trabajado con tope de 12 meses que ya tiene concedido al indefinido no fijo 
    • el ŕegimen de "responsabilidades" difuso e inconcreto establecido especialmente desde el Real Decreto-Ley 14/21  vigente cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos, y que fue incorporado tal cual en la posterior nueva Ley 20/2021
    • los procesos selectivos denominados "de estabilización" pero que son de libre concurrencia y convencionales, por tanto de futuro incierto para la persona en abuso que puede acabar perdiendo el empleo, con oposición en general, tanto los derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018 como los derivados del Real Decreto-Ley 14/2021 -los vigentes  cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos-, estos últimos , los procesos derivados del RDL 14/2021, ya admeás  con una compensación de 20 días por año con tope 12 mensualidades en el caso de perder el empleo por dicho proceso selectivo,

  •  si se considera que no hay medidas válidas de sanción, es decir "en caso de considerar que no existen medidas suficientemente disuasorias en la legislación española", si la consecuencia deabuso de temporalidad en  un empleado público laboral indefinido no fijo mantenido años debe ser , en lugar del simple mantenimiento como indefinido no fijo hasta que la administración proceda con el proceso selectivo para la cobertura de su puesto o la amoritzación, pues "el reconocimiento  del trabajador como fijo plenamente, sin matizaciones", e  incluso aunque se esté interpretando por el Supremo  que el principio de igualdad en el acceso de la Constitución Española impide esa fijeza, preguntando entonces además, si dado que para esta Sala remitente no hay problema constitucional en dicha fijeza por abuso para los empleados públicos laborales, no sería válida esa "interpretación conforme" del derecho español al europeo que permite considerar que en estos casos de empleados laborales en abuso no se viola la Constitución con la conversión en fijo (siempre como única medida de sanción ya posible a falta de otras medidas de sanción contempladas en la ley , como sería el caso de cuando se pusieron las demandas si el tribunal no admite como válidas ni la permanencia en indefinidoo no fijo, ni su indemnización de 20 días al cese ni dichos procesos selectivos abiertos)

En el tercer asunto , el asunto AMAS, ya sobre una laboral temporal de contrato de interinidad prolongado en el tiempo, se realizan prácticamente las mismas cuestiones- ,  pero para el caso de un empleado público laboral que todavía no es indefinido no fijo y salvo las primeras preguntas de si ese tipo de contrato es temporal y si permanecer enese tipo de contrato es un abuso de temporalidad, cuestiones ya contestadas explícitamente de forma afirmativa para ese tipo de temporal en la sentencia previa del Tribunal Europeo del asunto IMIDRA y reconocidas por la propia doctrina de la Sala de lo Social en su reacción en Pleno de junio de 2021 a la sentencia IMIDRA.