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ORDEN 199/2013, de 22 de marzo, del Consejero de Sanidad, por la que
se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio
Madrileño de Salud.
El Estatuto
Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, aprobado por
Ley 55/2003, de 16 de diciembre, en su capítulo III, artículos 12 a 15,
enumera los mecanismos de ordenación y planificación del personal de
cada uno de los Servicios de Salud. En concreto, el artículo 12
contempla la planificación de la gestión de los recursos humanos, en
orden a mejorar la calidad y eficiencia de los servicios y el artículo
13 regula los planes de ordenación de recursos humanos, que se precisen
en el ámbito de cada Servicio de Salud.
Mediante estos
planes, los Servicios de Salud, podrán establecer las medidas a adoptar
para alcanzar los objetivos marcados, relativos a cuantificación de
recursos, programación del acceso, movilidad, promoción interna,
jubilación del personal, así como cualquier otra que pueda incidir a
mejorar la calidad y eficiencia de los servicios.
Por tanto, el
Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud,
haciendo uso de la potestad conferida en el artículo 13 del Estatuto
Marco en materia de herramientas de planificación y gestión de los
recursos humanos, ha de ser el instrumento básico de planificación que
dé respuesta a las necesidades de la organización y a sus objetivos,
debiendo constituirse en un instrumento de gestión dinámica, que
permita su actualización y adecuación a las diferentes iniciativas y
acciones que vayan teniendo lugar en aplicación del mismo, por lo que
ha de tener un carácter flexible que permita su adaptación a la
evolución de la situación y necesidades del Servicio Madrileño de
Salud.
Entre las
materias que se recogen en este Plan cabe reseñar las referidas a la
provisión de puestos, el acceso al empleo fijo y temporal, mediante el
respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad,
los diferentes tipos de movilidad, la promoción interna temporal.
Asimismo, en
este Plan se incluye el procedimiento para la integración voluntaria
del personal funcionario sanitario al servicio de instituciones
sanitarias públicas, como personal estatutario del Servicio Madrileño
de Salud, conforme a lo establecido en la disposición adicional
decimosexta de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del Personal
Estatutario, añadida por el Real Decreto-Ley 16/2012, de 24 de abril,
de Medidas Urgentes para Garantizar la Sostenibilidad del Sistema
Nacional de Salud y Mejorar la Calidad y Seguridad de sus Prestaciones.