jueves, 24 de octubre de 2019

Reflejo en los medios de la rueda de prensa este 23 de octubre en la sede de AMYTS sobre el informe de la Abogada General de la UE en el caso del abuso de temporalidad

Este  23 de octubre tenia lugar en la sede de AMYTS la rueda de prensa que el sindicato médico madrileño había convocado sobre  el informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea sobre el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Álvarez" y otros en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el abuso de duración de temporalidad en empleo público y su debida sanción,informe que había sido publicado el pasado 17/20/2019.

La rueda de prensa estuvo centrada en la exposición del análisis de este informe por parte deJavier Araúz, el abogado de los casos que han dado lugar a las cuestiones prejudiciales, y que , como corresponde, le ha tocado defender  a allí a los interinos como parte interesada (la demandante), y contó en la mesa con la presencia de Julián Ezquerra, secretario general de AMYTS, y uno de los afectados, Sheila Justo, vocal de médicos jóvenes y MIR de Amyts

Entre las  noticias, algunas muy amplias,  que reflejan la rueda de prensa están (se  da medio, titulares exactos y entre paréntesis algo adicional  de lo comentado  ya en el cuerpo por el medio, en su caso):


La Junta de Andalucía publica las primeras convocatorias de plazas de "estabilización" y consolidación de su Administración General sin esperar al resultado del trámite de la ILP del concurso de méritos en el Parlamento ni a la sentencia del juicio en el Tribunal europeo. Bases de concurso-oposición con un 20% de peso de la antigüedad

Ayer 23/10/2019 se publicaba en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la primeras convocatorias de plazas de la Administración General de la Junta de Andalucía,que habían sido incluidas previamente en sus OPEs de "estabilización y consolidación" de empleo . En concreto, se trata de   312 plazas  de 4  cuerpos y especialidades de función administrativa de grupos de clasificación A1 y A2 (los antiguos A y B, es decir, de niveles de licenciatura/master y diplomatura/grado).

Tiene el interés de que pocas semanas atrás el Parlamento andaluz aprobaba tramitar en pleno una iniciativa legislativa popular de consolidación por concurso de méritos de los empleados públicos temporales de larga duración que incluiría en principio las plazas como estás que ahora han sido objeto ya de convocatorias muy alejadas del concurso de méritos. Nótese que lo mismo había hecho ya en Educación y Sanidad.

Así las bases elegidas finalmente son:
  • sistema de concurso-oposición con la oposición en primer lugar. eliminatoria y un 60% de peso en la puntuación total 
  • la oposición consta de 3 ejercicios, sucesivamente eliminatorios, siendo necesario para superar la fase haber obtenido una puntuación superar a la mitad de la máxima posible
  • no se limita el número  de los que pueden pasar a la fase de méritos
  • de la fase de méritos, la mitad será para la antigüedad (pesando por tanto un 20% sobre el total), y puntuando igual la antigüedad en otra AAPP que en la Junta de Andalucía (cuando la Disposición transitoria 4º del Estatuto Básico del Empleado  Público da la posibilidad directa- sin nuevas leyes- de valorar especialmente la antigüedad en los puestos anteriores a 2005 que se convocan); siendo la mayor parte del resto de méritos en formación
evidentemente muy lejos del sistema de concurso de méritos solicitado en la iniciativa o incluso de lo posible contemplado en esa disposición transitoria 4ª denominada "de consolidación" del Estatuto Básico del Empleado Público.

[CSIF Nacional] 'CSIF convocará movilizaciones si el Gobierno en funciones no garantiza por decreto la subida en enero de 2020 - El sindicato reclama que se agilicen las ofertas de empleo público y estabilización: la EPA revela una temporalidad del 27,7% en el sector público, superior en más de un punto a la del sector privado'. 'Sólo se han puesto en marcha los procesos de estabilización para el 20% de las plazas contempladas y hay unos 300.000 interinos a la espera'

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, exigió hoy al ministro en funciones de Política Territorial y Función Pública, Luis Planas, que garantice por decreto la subida salarial para 2020, a partir del 1 de enero, para que las nóminas de los empleados públicos no se vean afectadas por el retraso en la formación de Gobierno. De lo contrario, CSIF llevará a cabo movilizaciones.
 
En una reunión hoy con Planas, el presidente de CSIF, Miguel Borra, ha subrayado que el Gobierno puede aprobar esta subida por la vía del Real Decreto Ley, al igual que el año pasado, pese a que los Presupuestos se encontraban también prorrogados. El hecho de estar en funciones no es impedimento, ya que recientemente aplicó un RDL para las entregas a cuenta a las comunidades autónomas, que esta misma semana fue convalidado por la Diputación Permanente.

Desde CSIF, también hemos exigido que se agilicen las ofertas de empleo público y de estabilización de plazas interinas, teniendo en cuenta que aún queda por resolverse la mitad de la oferta de 2018 y prácticamente toda la de 2019. Además, solo se han puesto en marcha los procesos de estabilización para el 20 por ciento de las plazas contempladas y hay unos 300.000 interinos a la espera.


miércoles, 23 de octubre de 2019

[Arauz] 'Sobre las conclusiones de la Abogada General en los asuntos prejudiciales C-103/18 Y C-429/18 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea'

'Evaluado con detenimiento el informe emitido por la Abogada General el pasado 17 de octubre, debemos informaros de los siguiente:

PRIMERO.- Consideramos que las conclusiones de la Abogada General son, en general, muy positivas. Solo hay que hacer el esfuerzo de pensar dónde se encontraba el personal publico temporal y dónde está ahora.
  • Antes de este informe:
    • No se reconocía en ningún caso el abuso en la temporalidad, razonado que con el mero hecho de estar en régimen de interinidad ya se cumplía la Directiva 199/70/CE.
    • Se decía que, por no haber impugnado sus nombramientos y ceses el personal publico temporal no podía reclamar.
    • Se argumentaba que los procesos de estabilización y las OPEs eran la solución y la sanción para acabar con el abuso.
    • Se alegaba que el indefinido no fijo era la sanción más acorde con la Directiva.
    • o Se había instalado un régimen de despido libre y gratuito.
  • Ahora, según el informe de la Abogada General
    • Se amplían los supuestos amparados por la Directiva, incluyendo tanto a los interinos de larga duración con un solo nombramiento como los que van modificando su situación y pasan de eventuales, a sustitutos, o a interinos o viceversa; así como todos los casos en los que se destina a un temporal a realizar funciones que no son provisionales, ni excepcionales, sino ordinarias y estructurales.
    • Se dice que los procesos de estabilización y las OPEs no son una medida sancionadora y por tanto, que estos procedimientos deben de ir precedidos de un régimen de sanciones para garantizar la compensación de los empleados públicos temporales y reprimir estos comportamientos abusivos y fraudulentos de las Administraciones empleadoras.
    • Se nos explica que los Tribunales no pueden ampararse en la no impugnación de los nombramientos y ceses para dejar de aplicar la Directiva y que el indefinido no fijo no puede ser la sanción ante el abuso.
    • Se acaba con el despido libre y gratuito pues, como sanción, el empleado temporal tiene derecho bien a la transformación de su relación temporal en una fija, bien a una indemnización disuasoria y completa, que necesariamente debe ir acompañada de otros mecanismos sancionadores efectivos y disuasorios.



SEGUNDO.- Resumamos lo que dice el informe de la Abogada:

[Diario de Sevilla/Europa Press] Interinos del Ayuntamiento convocan un paro parcial contralas convocatorias de sus puestos en OPEs libre y exigen un proceso de regularización interno [ como avala la Abogacía de la Unión Europea en el juicio sobre abuso de temporalidad en el Tribunal Europeo]


Informaba Diario de Sevilla este 21/10/2019 que interinos de larga duración del Ayuntamiento realizarán con el apoyo de CGT y el Sindicato Andaluz de Bomberos un paro parcial  de 3 horas este jueves para exigir la paralización de las convocatorias de sus puestos en OPEs libre y  un proceso de regularización interno por méritos.

Informa Europa Press este 22/10/2019 que el alcalde  de Sevilla ha dicho que comprende la "inquietud" de los interinos si bien tiene la  "obligación" de sacar en OPE estas plazas

[USTEA] 'USTEA valora el informe de la Abogacía General del TJUE sobre el abuso de temporalidad del personal interino.' [Reconocido el abuso de la temporalidad "sin ambages", no impone la fijeza mientras existan otras sanciones no valiendo como tales los procesos de estabilización de acceso libre ni la doctrina del Supremo de 26/09/2019 salvo que se acompañe de indemnizaciones adicionales]

'Lo primero que tenemos que decir es que el informe de la abogacía del Tribunal de Justicia de la UE es sólo un informe prejudicial a la sentencia, la cual se demorará unos meses más. Si bien es cierto que los medios de comunicación han centrado sus informaciones en una de las conclusiones de dicho informe según la cual “la cláusula 5 del Acuerdo Marco no se opone a la jurisprudencia de los tribunales nacionales conforme a la cual el uso abusivo de los sucesivos nombramientos temporales por parte de la Administración pública no se sanciona automáticamente con la transformación de la relación de servicio temporal en una relación de servicio fijo”, poner únicamente el foco ahí es hacer una lectura bastante parcial de un informe que tiene más de 30 páginas y muchas otras consideraciones.
            Se reconoce sin ambages el abuso generalizado de la contratación temporal, lo cual debería ser corregido “por un mecanismo de sanciones efectivo y disuasorio”. La abogada general es muy crítica con las actuaciones tanto de las autoridades administrativas como judiciales españolas, que con la excusa de que la ley permite el nombramiento de funcionariado interino, ha permitido la cobertura de puestos y necesidades en las distintas Administraciones que no tenían carácter ni excepcional ni provisional, sino ordinario y permamente.

            También establece que los procesos de estabilización y de acceso libre no son una medida sancionadora que cumpla con la directiva 1999/70 de la Comunidad Europea y por lo tanto no exoneran a las Administraciones Públicas de sancionar los abusos cometidos en la temporalidad, pese a que los distintos firmantes del Acuerdo de Estabilización no se han considerado siquiera mínimamente aludidos, ya que nos lo vendieron como la fórmula a todos los males del personal en interinidad.


martes, 22 de octubre de 2019

Nota de prensa ante el informe de la Abogada Gral de la Unión Europea en el juicio en el Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad en la función pública, con asunto principal el caso de uno de nuestros informáticos: 1. Serio correctivo a la jurisprudencia del Supremo al reconocer la Abogacía que se da una clara situación de abuso según la norma europea en el caso de los funcionarios interinos de muchos años. 2. Jaque a las masivas Ofertas Públicas de Empleo decididas por el Gobierno con esos puestos: una OPE de libre cocurrencia no puede ser solución al abuso si no vienen acompañadas de fuertes indemnizaciones por año trabajado ahora inexistentes e inasumibles sin grave perjucio a los servicios públicos si hay oleadas de demandas masivas por parte del más del medio millón de afectados. 3. Gran decepción al no estimar la AG que la conversión a fijo como sanción sea posible más que por la vía procesos de concurso de méritos restringidos, en vez de por sentencia de cada caso. 4. Presumible "terremoto" en la función pública española si el Tribunal Europeo sigue en su sentencia las recomendaciones de la Abogacía General


La justicia europea se  pronunciará en próximas semanas o meses sobre el fraude del abuso de duración de temporalidad del Servicio Madrileño de Salud y por extensión de todas las Administraciones Públicas , por el caso de un informático interino casi 20 años y actual presidente de esta asociación de profesionales de informáticos propios de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, y por el caso de cinco odontólogas , todos del SERMAS, por el juicio en el Tribunal Europeo bajo la denominación de asunto “Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros”. Este 17 de Octubre, conocíamos el primer resultado: el informe de conclusiones de la Abogacía General de la Unión Europea, y, que de seguir el Tribunal Europeo en su sentencia algunas de sus líneas, y respetar la justicia española el dictado europeo, estaríamos ante un “terremoto” en la función pública española.

La ley española sí contempla un límite de tres años para la duración de la temporalidad de un puesto en la administración pública, similar al de la empresa privada pero sólo contempla sanciones para las empresas privadas que lo incumplen, dictaminando la ley en el caso de trabajadores de las empresas privadasdirectamente la fijeza para el trabajador temporal en ese fraude de ley por exceso de duración de temporalidad.

Por si fuera poco, la jurisprudencia española, establecida por el Tribunal Supremo,  no contempla nada para los excesos de duración de temporalidad con el propio personal temporal de la Administración pública de tipo funcionario interino de "vacante" -es decir, en un puesto ya reconocido como permanente pero pendiente de oposición, que la administración no convoca o resuelve en esos 3 años. Tampoco contempla indemnizaciones  cuando se "cesa" a este personal tras muchos años si su puesto se cubre de forma ya fija por cualquier proceso (Oferta PÚblica de Empleo, traslados, reingreso,... ) o incluso si es suprimido directamente por una privatización.  Es decir, se da el despido libre y  gratuito que se prohíbe en la empresa.

De esta manera,  ante la falta de consecuencias visibles, muchas Administraciones Públicas, como es el caso del Servicio Madrileño de Salud, han acumulado miles de temporales en este fraude, estimándose  en 25 mil los empleados públicos en esta situación fraudulenta en el SErvicio Madrileño de Salud y más de medio millón en total en todo el Estado.


En contra de muchos titulares de prensa que pudimos ver este jueves asegurando "Doble varapalo al interino: ni fijeza ni indemnización" , el informe que ha presentado  la Abogacía de la UE en este asunto sobre sanciones ante abuso de temporalidad, es demoledor y todo un "varapalo" para la administración.  No hay que confundirlo, como muchos medios hicieron-con otro informe de la Abogacía General de la UE publicado el mismo día sobre otro asunto en el que fue examinado algo ya establecido en sentencia este mismo año por el Tribunal Europeo: no es ilegal no indemnizar cuando se demanda en base a la norma europea de "no discriminación con el fijo" plasmada en cláusula 4ª de la Directiva 1999/70/CE)

Pero en el asunto  “Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros”, lo que se debate es si hay abuso de temporalidad según la respectiva norma europea (la cláusula 5ª de la misma Directiva euroepa) en el caso de funcionarios interinos de muchos años y en ese caso cuál debe ser la sanción mientras que exige la Directiva europea exista.



Pues bien, la Abogada General recomienda al Tribunal que sentencie lo que podría suponer  todo un vuelco a la jurisprudencia española y un "terremoto" en la función pública:

[ATOS] 'El Ministerio de Defensa británico elige a Atos para la transformación digital de su asistencia sanitaria El contrato, cifrado en 25 millones de libras, se enmarca en el Programa CORTISONE del Ministerio de Defensa, cuyo principal objetivo es es ofrecer un conjunto de Servicios de Información Médica (Med IS) utilizando equipos y soluciones disponibles en el mercado.'

'El Ministerio de Defensa del Reino Unido ha contratado a Atos para la transfomación digital de sus servicios de asistencia  sanitaria.  El contrato, cifrado en 25 millones de libras, se enmarca en el Programa CORTISONE del Ministerio de Defensa, cuyo principal objetivo es ofrecer un conjunto de Servicios de Información Médica (Med IS) utilizando equipos y soluciones disponibles en el mercado.

A través del programa CORTISONE y como proveedor de servicios 3D, Atos utilizará sus capacidades de gestión de información sostenible, integrada, cohesionada y duradera para facilitar la prestación de servicios médicos, dentales y sanitarios basados en la evidencia médica por parte del Ministerio de Defensa.

[CCOO Sanidad Madrid] 'El Gobierno de Madrid reprivatiza los análisis clínicos de la ciudadanía y se los entrega a una empresa que rebaja 1 millón de euros el servicio CCOO Sanidad Madrid exige que se revierta la privatización y vuelva a manos públicas'

'El Gobierno de la Comunidad de Madrid (PP y Ciudadanos) ha reprivatizado el Laboratorio Central de Análisis Clínicos y se lo ha entregado a la empresa Analiza que ha hecho una oferta económica para la gestión de un millón de euros menos que la anterior BRSalud, a pesar de tener que dar servicio a una población asistencial mucho mayor que hace 11 años, cuando lo el Gobierno de Esperanza Aguirre (PP) lo dejó en manos privadas.

CCOO Sanidad Madrid lleva años exigiendo la reversión de la privatización de éste y otros servicios que la Consejería de Sanidad privatizó. Sin embargo, el nuevo gobierno del PP y Ciudadanos lejos de solucionar esta anomalía que perjudica a todos los ciudadanos/as, continúa dejando en manos privadas las analíticas y otras pruebas clínicas de laboratorio de los madrileños y madrileñas y para ello rebaja el montante económico del contrato, con riesgo de baja temeraria.


[AMYTS] 'Rueda de prensa 23 de octubre, sede de AMYTS sobre el informe de la Abogada General de la UE en el caso del abuso de temporalidad'

'AMYTS CONVOCA RUEDA DE PRESA SOBRE EL INFORME DE LA ABOGADA GENERAL DE LA UNION EUROPEA 



El miércoles 23 de octubre AMYTS convoca rueda de prensa a la 10:00 h. en la sede central en la calle Santa Cruz de Marcenado nº 31 donde, Javier Araúz, abogado que está llevando el caso ante TJUE, informará sobre la situación.

Contaremos con la presencia de Julián Ezquerra, secretario general de AMYTS, y uno de los afectados.

lunes, 21 de octubre de 2019

Convocatoria de Asamblea de APISCAM extraordinaria de informáticos del SERMAS el lunes 28/10/2019: postura de APISCAM ante OPEs "de estabilización"


SE CONVOCA a TODOS los SOCIOS de APISCAM Y A TODOS LOS MIEMBROS DEL COLECTIVO de profesionales de la informática de la sanidad pública madrileña, personal propio empleado público bajo la Consejería de Sanidad, recogidos en nuestro censo, SEAN O NO SEAN SOCIOS de APISCAM a la Asamblea Extraordinaria de APISCAM , privada y de acceso restringido [*], que tendrá lugar el próximo día Lunes 28 de Octubre a las 16:15 horas, en primera convocatoria y  a las 16:45 en segunda convocatoria, en el salón de actos del Edificio Externo del Hospital Ramón y Cajal , con este único punto del orden del día:

1. Postura de APISCAM ante OPE 2019 extraordinaria “de estabilización”

En Madrid a 21 de Octubre de 2019


Domingo Sánchez Ruiz
Presidente de APISCAM


[*] Para permitir la asistencia, se utilizará el censo de socios y el censo de miembros del colectivo que APISCAM mantiene para limitar el acceso a esta asamblea privada, por lo que se exigirá identificación con DNI. Si alguien no es socio, no ha asistido a alguna de las últimas asambleas y cree que puede que no figure en dicho censo de miembros del colectivo, por favor que se ponga en contacto con esta dirección de correo apiscam@gmail.com como tarde el DIA ANTES de la Asamblea, para ser incluido en dicho censo, una vez contrastada la información. Se podrá realizar inscripciones de socio de APISCAM en la propia Asamblea , quedando automáticamente.al corriente de pagos, no debiendo abonar cuota anual hasta la del año siguiente.

[FesP UGT C. Valenciana - Sector Administración y Justicia] ' La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea censura con dureza la alta temporalidad de las administraciones públicas españolas y considera que no cabe la automaticidad en la condición de “fijeza”. [Pero contempla la transformación en relación fija mediante procedimiento ordenado]. 'El TJUE deberá proponer dobles o triples indemnizaciones como medidas disuasorias en los supuestos de abusos de temporalidad' [ y 'no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia']

'La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) (Sra Julianne Kokotz), ha evacuado las conclusiones, respecto a los asuntos acumulados C-103/18 Y C-429/18, procedentes de cuestiones prejudiciales planteadas por los Juzgados de lo contencioso número 8 y 14 de Madrid, que versan sobre el abuso de la temporalidad de los empleados públicos en las Administraciones Públicas españolas.

Texto completo de las conclusiones en el siguiente enlace, o en la página web de FeSP-UGT-PV: Conclusiones Abogacía General sobre sentencia de interinos

Os comunicamos, tras un primer análisis, aquello que de interés tiene dicho documento para los miles de empleados públicos interinos y temporales que prestan servicios en la Administración valenciana en fraude de ley / abuso de la temporalidad; recordamos que, aunque este documento no tiene carácter vinculante y próximamente se producirá una Sentencia del TJUE -que sí es
obligatoria para los Estados Miembros-, el Tribunal europeo normalmente sigue las conclusiones de su Abogacía General.


Antes de valorar el dictamen, debemos aclarar que en el día de hoy también se ha emitido otro dictamen sobre personal interino, que no afecta a los asuntos acumulados pero que ha generado una gran confusión tanto a nivel de prensa como de los afectados: se trata del asunto C-177/18 sobre un trabajador interino de un Ayuntamiento madrileño, y que declara la no indemnización para el caso de los trabajadores interinos en situación de no abuso de la temporalidad -como se ve, contrario al dictamen que nos ocupa-.


Centrándonos en el dictamen de la Sra. Kokotz queremos destacar lo siguiente:

Análisis FeSP-UGT-PV acerca del dictamen
1. A la problemática expuesta en las cuestiones prejudiciales (personal interino -estatutario o funcionario- que ha sufrido un abuso de la temporalidad) le es aplicable sin ningún género de duda la cláusula 5a del Acuerdo Marco sobre "Medidas destinadas a evitar la utilización abusiva".


[CCOO Nacional] 'El Gobierno convoca a una reunión a los sindicatos tras la concentración del Área Pública de CCOO' [Reunión el Jueves de Función Pública con los 3 sindicatos firmantes del Acuerdo]

'El Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha convocado a una reunión, este jueves 24 de octubre, a los tres sindicatos firmantes de los acuerdos para la mejora del empleo público y condiciones de trabajo -CCOO, UGT y CSIF-, como respuesta a la concentración del Área Pública de CCOO, que tuvo lugar el pasado 17 de octubre.

[La verdad de Ceuta] UGT de Ceuta, tras el informe de la Abogacía General UE en el juicio sobre abuso de temporalidad en empleo público: debe hacerse una consolidación por concurso de méritos de antigüedad

Informaba La Verdad de Ceuta  este 18/10/2019 que tras conocer el Informe de Conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el  asunto  en el Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad , aunque esté teniendo diferentes interpretaciones, UGT de Ceuta  insiste que se realicen consolidaciones por concurso de méritos por antigüedad para que ningún trabajador se vea en la calle  a mostrándose contrario por la indemnizaciones como la solución al, abuso, dado que implicaría despidos que no quieren , pero si  ésta  es la solución final recogida en la sentencia lucharía porque fuera la  máxima indemnización posible.

[Iniciativa Sindical Andaluza] 'El pronunciamiento del abogado del TJUE favorece la ILP de los interinos'

'Iniciativa Sindical Andaluza (ISA) considera que el pronunciamiento de la abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Juliane Kokott, favorece la aprobación de la proposición de ley que impulsan los interinos de la Junta de Andalucía para que se realice un concurso específicamente de méritos para regularizar a los interinos en fraude de ley.
Las conclusiones presentadas hoy jueves, Szpunar [Kokott] señala que “para sancionar adecuadamente tal uso abusivo y eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de Unión no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia cuando el acceso a una relación de servicio fija, derivado de la superación del proceso selectivo, debido a sus modalidades, sea imprevisible e incierto, y la normativa nacional pertinente  no establezca ninguna otra medida sancionadora”.


[Sindicato Médico de Baleares] 'Valoración de SIMEBAL de las conclusiones de la abogada general TJUE: FALSA ALARMA, en realidad suponen una mejora.

'SIMEBAL quiere aclarar las noticias que están apareciendo en los medios sobre las conclusiones de la Abogada General de la UE en el tema interinos/eventuales, pues la prensa las ha distorsionado, creando una alarma injustificada, porque la Abogada sigue dejando abierta la posibilidad de hacer fijos a los que hayan superado un proceso de selección y, además, añade la indemnización por despido improcedente que hasta ahora se estaba negando.

Tratemos de explicarlo:
I.- DOS PRECISIONES PREVIAS, pues hay que entender dos cosas básicas para saber cómo afectan las conclusiones a la reclamación de SIMEBAL:

NO ES LA SENTENCIA DEFINITIVA, SOLO UN TRÁMITE. En primer lugar, hay que recordar que lo que se ha comunicado NO ES LA SENTENCIA definitiva, sino un trámite previo de alegaciones que no vincula al Tribunal, de modo que las opciones de conseguir la fijeza siguen intactas.


[UGT Sanidad Madrid] 'La Comunidad de Madrid acepta una oferta temeraria para gestionar el Laboratorio Central de Análisis Clínicos, un millón de euros más barata que la actual.'

'El Partido Popular ha convertido la Comunidad de Madrid en una subasta de servicios públicos, vendiéndolos a la baja para beneficio de los especuladores. Ahora le toca el turno al Laboratorio Central de Análisis Clínicos, que continuará siendo un lucrativo negocio para la empresa privada que puja más bajo. Está en juego la salud de más de un millón y medio de madrileños.

La empresa Analiza ha sido propuesta para la adjudicación de la explotación de los análisis clínicos de los madrileños por un millón de euros menos que la actual empresa BRSalud. La Comunidad de Madrid, lejos de haber recuperado este servicio público para gestionarlo directamente, prefiere entregar el dinero público para que otro lo haga.

Desde UGT ya hemos denunciado en reiteradas ocasiones que el beneficio empresarial sale necesariamente de la merma de la calidad del servicio y de las condiciones laborales de sus profesionales. Estos trabajadores que actualmente tienen menos derechos laborales que el resto del personal del Servicio Madrileño de Salud, no tienen ninguna garantía de mantener su puesto de trabajo ni su situación laboral.

Ahora la Unidad de Contabilidad Financiera y Análisis de Costes de la Comunidad de Madrid, concluye que no hay baja temeraria en la oferta de la empresa Analiza, que ha presentado un presupuesto mucho más barato que las demás, cuando en la actualidad ya son escasos los recursos con los que trabajan estos profesionales, causando falta de personal y de innovación tecnológica. La rebaja del presupuesto, sin duda afectará a la calidad del servicio y a la salud de los madrileños.

La Comunidad de Madrid, nunca ha explicado la eficiencia de privatizar este servicio, malgastando el dinero público en favor de intereses particulares y en detrimento del servicio y los derechos laborales de sus trabajadores y trabajadoras.


[Gob Com. de Madrid] 'Modernizamos la plataforma tecnológica de urgencias del SUMMA-112 por 2,7 millones'

''El Consejo de Gobierno ha autorizado hoy la contratación, por procedimiento abierto, de la actualización, atención al mantenimiento y soporte de la plataforma tecnológica del servicio de urgencias médicas de Madrid, SUMMA-112, con un gasto de 2019 a 2022 de 2.713.199,01 euros

Esta plataforma está formada por los sistemas y herramientas informáticas que dan soporte a cada paso de la cadena asistencial, desde la llamada del ciudadano hasta el envío del recurso asistencial más adecuado en cada caso.
La llamada del ciudadano al 112 se recibe en el servicio coordinador de urgencias, que establece la prioridad y la transfiere a un médico que determina la asistencia que se precisa y, si es necesario, se envía el recurso más adecuado y decide si es necesario traslado a un hospital.

El nuevo contrato incluye la central de telefonía, el sistema de grabación de llamadas, las tecnologías de comunicaciones en red local y de radio y el sistema de geolocalización, para lo que se requiere un equipo específico. También se incluye la atención al mantenimiento y soporte del sistema de información del transporte sanitario no urgente.


Convocada provisión de nuevo puesto de informático de gestión de análisis de datos, cuadros de mando y Bussiness Inteligence en los Servicios Centrales de la Dir. Gral de Sistemas de Información y Equipamientos Sanitarios del SERMAS , otra vez posiblemente abierto a personal estatutario de las categorías de informática del SERMAS

El pasado 17/10/2019 se publicaba en el BOCM la convocatoria por el procedimiento de libre designación y de un puesto de trabajo de Técnico de Apoyo del Área de Gestión y Análisis de Información Sanitaria en la Subdirección General Servicios de Sistemas de Información de la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria del SERMAS  [DGSIS], viniendo descrito el puesto en el listado de la publicación del Boletín Oficial como de nivel retributivo 28  de grupo A ( es decir A1) y para personal funcionario o estatutario de la Comunidad de Madrid u otra CCAA o de la Administración del Estado, si bien en el punto 3ª.2 de la Orden se dice que "podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación", siendo posible que sea una convocatoria restringida a funcionario.

[CEGID] 'Cegid anuncia la finalización de la adquisición de Meta4, proveedor español líder en soluciones de Nómina y RRHH en la nube'

 'Cegid, compañía líder en soluciones de gestión para las áreas de Auditoría Contable, Fiscalidad, Nómina y Recursos Humanos, ERP y Retail, que anunció el pasado 2 de agosto la adquisición de Meta4, ha confirmado la finalización del proceso de compra. Cegid se convierte así en líder del sector con un total de 22 millones de personas gestionadas con sus soluciones. Así mismo, la adquisición de Meta4 permite a Cegid completar su actual alcance y la apertura a cuentas clave en España, Portugal y Latinoamérica.

Gracias a su oferta integrada de software en el mercado de gestión de Nómina y Recursos Humanos, su innovación centrada en las personas y los conocimientos de su equipo, Meta4 cuenta con casi 30 años de experiencia exitosa, innovación y excelencia puestas al servicio de sus clientes, pertenecientes principalmente a los sectores de servicios, industria, telecomunicaciones, finanzas, turismo y educación.

Entrada ampliada. Informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" en el Tribunal europeo sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público: la interinidad de vacante prolongada en personal estatutario también es abuso que requiere sanción y no vale como sanción al abuso en temporalidad ni los procesos selectivos de libre concurrencia ni la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo para el personal de tipo funcionario. Decepción al no dar como opción de sanción que los jueces nacionales puedan sentenciar directamente fijeza, que supedita sea vía procesos "ordenados" de concursos de méritos restringidos. Como opción de sanción propone que se introduzcan indemnizaciones por año trabajado y disuasorias adicional a la de daños y perjuicios, dejando al juzgado valorar utilizar la del despido improcedente (actualmente en 33 días por año trabajado). En el caso de que la sentencia del Tribunal europeo fuera así, ante la imposibildad de asumir tales indemnizaciones sin costes irresponsables para la prestación de servicios públicos,los Gobiernos podrian verse obligados a concursos de méritos para dar la fijeza.

[Ampliación de la entrada publicada el 17/10/2019] En la mañana de este jueves 17/10/2019  tuvo lugar la presentación del Informe de Conclusiones [ver PDF íntegro] de Juliane Kokott, la Abogada General de la Unión Euopea en el  asunto acumulado " Sánchez Ruiz, Fernández  Álvarez y otros" - el asunto originalmente "Sánchez Ruiz" o  asunto C-103/18 de nuestro informático en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que reconozca el abuso en la interinidad de vacante prolongada 17 años y se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal  en el empleo público ante la ausencia de medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª, y al que el Tribunal europeo decidió acumular  con posterioridad el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros"  del caso de 5 odontólogas también del SERMAS-.


Resumen sumarísimo esquemático
Conclusiones Abogada General Unión Europea en asunto #SanchezRuiz y otros" en Tribunal europeo sobre abuso de temporalidad en empleo público: 
1. Hay abuso también en interino de vacante longevo 
2. Fijeza es sanción válida pero vía procesos restringidos de méritos 
3. Ni OPE libre ni doctrina actual del Supremo para funcionarios/estatutarios valen como sanción si no se indemniza además de por daños y perjuicios por los años trabajados como el despido improcedente de los trabajadores convencionales
4. Es ilegal UE exigir para obtener la declaración del abuso que se haya presentado recurso contencioso-adminsitrativo a todos los nombramientos y ceses previos ni desde el momento pasado que se estime  se pasó a tener la sitaución de abuso


Aclaraciones sobre el procedimiento
Hay que aclarar que este informe de la Abogada General de la UE en el asunto acumulado,  NO es la sentencia europea  ni es vinculante para ella. La sentencia la emitirá la Sala encargada del Tribunal Europeo a la vista de lo aportado en el juicio previo por las partes interesadas: el  demandante del caso local (empleado), la demandada (Comunidad de Madrid), el Gobierno Español y la Comisión Europea; y, por fin, de este informe de la Abogacía General, cuya opinión se le suele conceder mucha importancia por ser una opinión jurídica de una parte independiente que ha tenido acceso al juicio y que además suele coincidir la mayoría de las veces su propuesta de respuesta a las preguntas con las de la sentencia del Tribunal.
 
Además también hay que aclarar una vez más el Tribunal Europeo, en su sentencia posterior da respuesta razonada a las preguntas planteadas por el juez nacional, no la sentencia final de cada caso, es decir no dicta si estima o no ni cómo la demanda específica del demandante en el procedimiento judicial local (en estos casos todos en la primera instancia de sendos Juzgados de lo contencioso-administrativo). Se limita a dar respuesta a las cuestiones planteadas que pueden ser más o menos concretas en función del tipo de preguntas planteadas.


domingo, 20 de octubre de 2019

Entradas más vistas de la semana 14/10/2019-20/10/2019 en este blog: informes de los abogados generales UE en asuntos "Sánchez-Ruiz y otros" y "Baldonedo Martín" sobre sanción al abuso de temporalidad e indemnizaciones al cese de funcionarios interinos; el Tribunal Superior de Justicia de Madrid no suspende sus casos de demanda de sanción al abuso de temproalidad para esperarse a la sentencia europea, ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

[Arauz] 'Sobre una segunda lectura del informe' [de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros" en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre abuso de duración de temporalidad en empleados público: también hay abuso en interinidades de vacante prolongadas para la que no valen las oposiciones como solución y, contra lo dicho en primeros titulares, para la que la Abogada dice que no existen medidas de sanción válidas en España y que son necesarias indemnizaciones y otras medidas de sanción no existentes, entre la que sigue sin descartarse la fijeza]

Una vez realizada una lectura sosegada del Informe de conclusiones de la Abogada General, entendemos positivos los aspectos fundamentales que del mismo se derivan, muy lejanos a los primeros titulares de prensa que fueron apareciendo el día 17 de octubre y que, además de realizar una interpretación tremendamente precipitada del mismo, mezclaban dos cuestiones perjudiciales sobre asuntos que nada tenían que ver.

Las Conclusiones, de una manera expresa, y a lo largo de todo el documento, declaran sin ningún tipo de duda la situación fraudulenta y de abuso existente sobre las distintas contrataciones temporales, incluyendo el supuesto de interinos con un solo nombramiento. Además declara que ni los procesos de estabilización ni los procesos selectivos pueden ser concebidos como una medida compensatoria para paliar el abuso que padece el  empleado público. No sólo eso, sino que por primera vez se impone en España el deber de sancionar tales prácticas abusivas de un modo ejemplar y disuasorio, acabando con el régimen actual de despido libre y gratuito.

Y es más, propone de una manera tajante tales sanciones, y para ello, en primer lugar, -pese a lo que se ha escrito y se ha dicho- impone la  fijeza, si como sucede España no existieran indemnizaciones ni medidas sancionadoras disuasorias adicionales (que no existen en España)- y, en cualquier caso, propone activamente el derecho de los empleados públicos perjudicados a percibir indemnizaciones a tanto alzado, y no necesariamente a las correspondientes con motivo del cese, (Resultado 3. del Informe ), que a su vez deben ir acompañadas de otras medidas sancionadoras a los responsables del abuso, que como decimos, no existen en nuestro país, ….lo que nos avoca a la fijeza como única sanción posible frente al abuso en la temporalidad.


La SEIS abre el plazo a sus socios de presentación de candidaturas para los XXV Premios Nacionales de Informática y Salud, Edición 2019

La Sociedad Española de Informática y Salud [SEIS] acaba de abrir el plazo  y hasta el día 1 de Diciembre de 2019, para que sus socios puedan presentar candidaturas (en este enlace) para la XXV Edición de los Premios Nacionales de Informática y Salud

sábado, 19 de octubre de 2019

Reflejo en los medios de prensa del Informe de la Abogada General sobre el asunto en el Tribunal Europeo "Sánchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" sobre si hay abuso de duración de temporalidad en la temporalidad excesiva en personal de tipo funcionario y sus sanciones correspondientes en base a la cláusula de la Directiva Europea contra el abuso de temporalidad, así como del informe sobre el otro asunto, Baldonedo Martín, sobre indemnización al cese del funcionario interino por OPE en base a la cláusula de no discriminación como el fijo [como ya se trató en las sentencias Montero Mateos y De Diego Porras II]

Reflejo en los medios de prensa de las noticias de la publicación del informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" en el Tribunal europeo sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público (antes del cese y en base a la cláusula 5ª contra los abusos de duración de la temporalidad de la Directiva europea sobre empleo temporal 1999/0/CE, siendo el informático estatutario interino de vacante del asunto principal informático del SERMAS nuestro ) y de la publiación del informe de conclusiones del Abogado General de la Unión Europea en el asunto "Baldonedo Martín", sobre el derecho a indemnización tras el el cese por la cobertura fija del puesto (como una OPE) de un funcionario interino de larga duración  (finalmente visto en fundamentación a la cláusula 4ª de no discriminación de la Directiva europea), con medio entre corchetes y negrita,  y titulares hasta el subtitular literales entre apóstrofes, algún resumen nuestro de lo dicho del cuerpo entre paréntesis, y,  en su caso, notas nuestras entre corchetes  en cursiva. (OJO: muchos medios ocultan los bombazos de la Abogada General sobre la obligación de sanción adicional como las indemnizaciones o que las oposiciones puedan ser solución en el titular, pero algunos comentan algún aspecto en el cuerpo de la noticia; otros se confunden con el otro asunto sobre indemnización el cese por discriminación con el fijo en vez de por abuso de temporalidad para concluir que "doble varapalo al interino: ni fijeza ni indemnización")

viernes, 18 de octubre de 2019

[Iniciativa Sindical Andaluza] 'El pronunciamiento del abogado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea favorece la Iniciativa legislativa Popular de los interinos'

'Iniciativa Sindical Andaluza (ISA) considera que el pronunciamiento de la abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Juliane Kokott, favorece la aprobación de la proposición de ley que impulsan los interinos de la Junta de Andalucía para que se realice un concurso específicamente de méritos para regularizar a los interinos en fraude de ley.

Las conclusiones presentadas hoy jueves, Szpunar [Juliane Kokott] señala que “para sancionar adecuadamente tal uso abusivo y eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de Unión no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia cuando el acceso a una relación de servicio fija, derivado de la superación del proceso selectivo, debido a sus modalidades, sea imprevisible e incierto, y la normativa nacional pertinente  no establezca ninguna otra medida sancionadora”.

En el caso de España, se cuenta con una posibilidad contemplada en el Estatuto del Empleado Público, la aprobación por ley de un concurso de méritos, algo que han impulsado los funcionarios interinos a través de una Iniciativa Legislativa Popular en el Parlamento de Andalucía, un texto legislativo que en las próximas semanas comenzará a tramitarse. “Esto refuerza nuestro planteamiento, nos dice que estamos en el buen camino para terminar con la situación de fraude de ley que sufren miles de funcionarios interinos en la Junta de Andalucía por abuso de la contratación temporal, una situación que ha generado la administración y a la que hay que dar salida” explica la secretaria de Acción Sindical de ISA, Rocío Luna.
No obstante, ha recordado que éste es un informe cuyas conclusiones no son vinculantes, y que para tener la sentencia del tribunal de Luxemburgo habrá que esperar aún unos meses.


[Sindicato de Interinos de Murcia] [Informe Conclusiones AG UE Asunto "Sanchez Ruiz/FdezAlvarez y otros"] 'El juego no ha terminado, sino que empieza ahora: avanzamos hacia la posible paralización del ERE y el fin del abuso'

'Lo primero de todo, dejad de leer la prensa. Absolútamente todos los medios han ofrecido titulares engañosos y desmoralizantes. Incluso la mayor parte de la prensa a los 10 minutos de publicarse las conclusiones de la Abogada General, ya estaban publicando nuestra supuesta derrota en los titulares, cuando se trata de un informe extraordinariamente denso cuyo análisis serio no puede hacerse ni siquiera en una semana.

Se trata, a partes iguales de ignorancia en muchos de los periodistas, que carecen de la capacidad, interés y conocimientos para opinar de un tema tan técnico como este, y en otros medios claramente sospechamos que pretenden disuadir a la gente para que no demanden, posicionándose del lado de los intereses del gobierno y la administración.

Dejad también de escuchar a los sindicatos de siempre, los mismos que hace tiempo dejaron de tener interés en nosotros. CCOO y otros sindicatos “de clase” han emitido comunicados absolutamente sesgados. Curiosamente sólo un mes antes algunos de ellos estaban ofreciendo demandas para la estabilidad.

Lo cierto es que es todo lo contrario, demandar ahora y en la mayor cantidad posible, podría provocar el giro de toda esta situación y liberarnos de la pesadilla recurrente de las oposiciones eliminatorias; Te explicamos por qué nos lo parece.

Aunque ofreceremos un análisis más detenido en unos días, después de una detallado estudio y de una serena reflexión no os queremos dejar solos ante la cantidad de demagogos, oportunistas y charlatanes que tienen el poder de y que están afectando a tantos buenos compañeros.


[CSIF Nacional] 'La Abogada de la UE reprocha a España el abuso de la contratación de personal interino en las Administraciones Públicas. La Administración no puede perder ni un minuto más en estabilizar las plazas: solo han salido un 20 por ciento de las previstas y hay 300.000 personas interinas todavía a la espera, ante la parálisis del Gobierno.'


'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, valora que la Abogacía General del Tribunal de Justicia de la UE constata una vez más el abuso continuado de la contratación de empleados públicos temporales en España y exige medidas urgentes para atajar la precariedad. CSIF advierte de que los informes no aportan novedades al grave problema de la precariedad en el empleo público en nuestras administraciones públicas.

Conforme a la actual normativa, la solución pasa por el desarrollo urgente de los acuerdos de estabilización en el empleo firmados con el Gobierno en 2017 y 2018. En este sentido, la administración no puede perder ni un minuto más en el desarrollo de estos procesos, teniendo en cuenta que solo se han puesto en marcha procesos de estabilización para un 20 por ciento de las plazas contempladas y hay unas 300.000 personas interinas a la espera. Esta situación se agrava, ante la parálisis del Gobierno por la falta de acuerdo político.


jueves, 17 de octubre de 2019

[Arauz] Aclaraciones sobre el error en determinados medios de prensa al afirmar que los abogados de la Unión Europea rechazan la indemnización y la fijeza

'Queremos aclarar un error que se ha producido en determinados medios de prensa, al afirmar que los abogados de la Unión Europea rechazan la indemnización y la fijeza para el personal temporal del Sector Público.

Es verdad que hoy se ha publicado un segundo informe de otro Abogado General de la Unión Europea referido al Ayuntamiento de Madrid, en el que, siguiendo el criterio expresado por la sentencia del TJUE anterior, declara que los funcionarios interinos no tienen derecho a indemnización al amparo de la cláusula 4 del Acuerdo marco, y siempre y cuando no se encuentren en una situación de abuso en la temporalidad incompatible con la cláusula 5.


[FesP UGT nacional] 'La abogada general del Tribunal de Justicia Europeo ha planteado que el nombramiento abusivo de personal temporal no debe sancionarse con su conversión automática en personal fijo'.'Pone en valor el esfuerzo y responsabilidad demostrados por FeSP-UGT en la puesta en marcha de procesos de estabilización del personal temporal'

'Con carácter previo, conviene precisar que lo publicado no es la sentencia del TJUE sino las conclusiones de la abogada general que, aunque no son vinculantes, suelen ser tenidas en cuenta para la elaboración del fallo final.
Además, conviene recordar la ambigüedad de los pronunciamientos que derivan del TJUE y sus instancias, de ahí que pospongamos una valoración más amplia de las conclusiones de la Abogada General (fundamentalmente en cuanto a la cuestión indemnizatoria).

No obstante, con respecto a la cuestión principal (conversión automática de temporal en fijo), y en línea con la opinión mantenida por FeSP-UGT, sí establece la siguiente apreciación:
  • El uso abusivo de sucesivos nombramientos temporales  por parte de una administración pública no se sanciona automáticamente con la transformación de la relación de servicio temporal en una relación de servicio fija.

Informe de conclusiones del Abogado General de la Unión Europea en el asunto Baldonedo Martín, sobre el derecho a indemnización tras el el cese por la cobertura fija del puesto (como una OPE) de un funcionario interino de larga duración: opina que la interinidad de vacante prolongada de un único nombramiento de este caso no cae bajo la cláusula 5ª de abuso al no plantear el juzgado remitente que es una sucesión de contratos; y no hay derecho a indemnización en el cese en base a la normativa de no discriminación con el fijo como ya se sabía tras las sentecias europeas Montero Mateos y De Diego Porras II

Tal y como hemos informado , hoy se presentaban también en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea las conclusiones del Abogado General en el Asunto Baldonedo MartínAsunto C-177/18 , Maciej Szpunar, además de las conclusiones de la Abogada General en los dos asuntos acumulados de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS, con asunto principal C-103/18 o Sánchez Ruiz de nuestro informático, Julian Kokott, y de cuyas conclusiones ya hemos realizado un extenso resumen en esta otra entrada, y que incluyen la conclusión de esta Abogada General que la situación de interinidad de vacante prolongada en personal estatutario (el funcionario especial de los servicios de salud, idéntico en lo aunqe aquí respecta al funcionario interino general) es abuso que requiere sanción aunque solo haya un nombramiento formal.



El Asunto Baldonedo Martín  se trata del caso de una funcionaria interina de vacante prolongada igualmente, jardinera del Ayuntamiento de Madrid, pero que ya fue cesada tras la cobertura reglamentaria de su puesto en la resolución de la convocatoria de su puesto a proceso selectivo. Las cuestiones planteadas al Tribunal se dedicaban al derecho al cobro de indemnizaciones a funcionarios temporales de larga duración una vez ya  cesados por la cobertura normal de su plaza ,  según se desprende del primer auto y segundo auto del juzgado elevando la petición al tribunal europeo ,  tanto si es en base a la cláusula 4ª de la Directiva europea de no discriminación -en principio con el personal  fijo, pero aquí planteada como discriminación con el personal laboral existente de la misma categoría- como si es en base a la cláusula 5ª como una de las medidas que pueden ser válida para sancionar el abuso de de temporalidad.

Sorprendentemente, el abogado general de este asunto, Maciej Szpunar, parece estimar la opinión del Gobierno español de que en una interinidad de vacante al consistir en un único nombramiento no se da el requisito de la cláusula 5ª de que debe haber utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada, y no admite estudiar la cuestión de la indemnización en base a la cláusula 5ª del abuso de temporalidad por que a priori sólo hay un nombramiento, aunque es cierto que lo hace apostillando -tras recordar el habitual mantra en este tipo de sentencias que le "corresponde a los Estados miembros determinar en qué condiciones  los contratos  de duración determinada se considerarán "sucesivos" (sin perjuicio de la orientación del Tribunal Europeo)- que la juzgadora remitente de la cuestión no  ha indicado en su auto con precisión si consideraba una situación de "contratos sucesivos" la de la funcionario del caso (sic).

En cambio y en todo caso, la también Abogada General de la Unión Europea, Julian Kokott en el otro gran asunto acumulado "Sánchez Ruiz, Fernández-Alvarez y otros" donde una de las cuestiones era precisamente si  la interinidad prolongada de vacante con un único nombramiento formal (así como también los cambios de tipo de nombramiento) cumplen con ese requisito de la cláusula 5 de "utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada, la abogada responde explicitamente que sí, que una interinidad de vacante prolongada de un único nombramiento sí se da una utilización sucesiva y cumple con el requisito  para que caiga bajo el efecto de la cláusula 5ª , y que además es abusiva y requiere sanción, como la indemnización a tanto alzada actualmente inexistente propuesta (y que indica podría ser , dado que debe ser disuasoria, la actual que se concede para el despido improcedente de los laborales). Veremos si el Tribunal Europeo mantiene la opinión del abogado  General de este asunto Baldonedo Martín en este asunto -basada como explicábamos más bien en "razones procesales" que de fondo-, o, como ha hecho en otras sentencias y adopta la abogada General del asunto "Sánchez Ruiz y otros" (ahí, es cierto, siendo  cuestión explícitamente) y sí admite valorar en este asunto "Baldonedo Martín" la reclamación de indemnización al cese una vez cesado considerando que la interinidad prolongada se puede suponer de utilización sucesiva de contratos aunque no lo haya aclarado bien el juzgado remitente. Sería del máximo interés completar con respecto al ámbito de la cláusula 5ª las cuestiones del asunto  "Sánchez Ruiz y otros", sobre demandas en base al abuso de temporalidad de personal funcionario interino de duración prolongada todavía no cesado , con las del asunto "Baldonedo Martín" sobre  personal funcionario interino de duración prolongada igualmente pero con demanda tras el cese.

[CCOO Sanidad] 'Personal interino: las conclusiones de la abogada general del TJUE reafirman la estrategia que ha venido defendiendo CCOO. Para CCOO es imprescindible acometer sin más dilación el desarrollo negociado y sin demora de los procesos de estabilización y consolidación derivados de los Acuerdos para la mejora del empleo público firmados por las organizaciones sindicales, único camino para acabar con la alta temporalidad en el empleo público.'

'En la mañana de hoy hemos conocido las conclusiones que la Abogada General (AG) del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha presentado en los asuntos C-103/18 y C-429/18 (acumulados) elevados por una jueza de lo contencioso-administrativo de Madrid.

Recordemos que se trata de las conclusiones de la Abogada General que, si bien habitualmente son tomadas muy en consideración por el TJUE, no es la sentencia (que se demorará aún unos meses).

A la espera de un análisis más en profundidad que realizaremos en los próximos días, sí cabe una primera valoración que viene, en nuestra opinión, a centrar el debate frente a expectativas, ajenas en nuestra opinión a la realidad jurídica, que se venían creando de manera interesada:

1) La AG entiende que, frente a la opinión que trasladaba la cuestión prejudicial, en su opinión no cabe “una interpretación de la cláusula 5 del Acuerdo Marco que permita al juez nacional obviar una clara prohibición del Derecho nacional y sancionar el uso abusivo de sucesivas relaciones de servicio temporales mediante el reconocimiento inmediato de un puesto fijo”. Como veníamos advirtiendo desde CCOO, el TJUE nunca va a decir que las personas objeto de fraude pasarán a fijo por encima de una norma nacional que lo prohíbe, por no ser esa la única sanción posible conforme a la Directiva comunitaria.


Entrevista para el Telediario de esta noche de TVE al informático del SERMAS y al abogado del caso del asunto de abuso de temporalidad en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que hoy tuvo el informe de la Abogada General

Televisión española, ante la importante noticia de la presentación hoy del informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado, "Sanchez Ruiz y otros", ha entrevistado al abogado del caso , Javier Araúz y al propio informático del caso, que es además el presidente de nuestra asociación, para sus informativos, en concreto para el Telediario de La Noche.

Independientemente del corte final -necesariamente breve que pueda salir en el Telediario-, nuestro informático ha opinado que es cierto que es una decepción que la Abogada General no recomiende que los jueces españoles puedan dictar la fijeza directa, recalcando que así lo sentenció el Tribunal europeo en los casos griego e italiano y esperando que finalmente en la sentencia del Tribunal Europeo contemple esta posibilidad , aún así el informe de la Abogada General es positivo y puede suponer un terremoto en el empleo público y para las AAPP dado que la Abogada General afirma rotundamente que
  1.  en contra de la opinión expresada por el Gobierno y de la Jurisprudencia de Supremo, hay abuso de temporalidad para la situacion de las interinidades de vacante [es decir, "pendientes de oposición"] prolongadas , y, según la ley europea,  debe haber una sanción para el empleado temporal de tipo funcionario/estatutario
  2. en contra de lo que aprobó el Gobierno de Rajoy con acuerdo de los sindicatos, que la sanción que exige como solución la norma europea no puede ser convocar ahora a  oposiciones ["procesos selectivos del ibre concurrencia"]  esos puestos en abuso de temporalidad

[Arauz] 'Conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea' [OJO en el asunto "Sanchez Ruiz y otros" sobre las situaciones de abuso y su sanción a la duración excesiva de la temporalidad en empleo público]


'Araúz & Belda informa:

Que la Abogada General de la Unión Europea ha emitido sus conclusiones en los asuntos de los funcionarios interinos / temporales españoles, concluyendo:

  • La Abogada General afea las actuaciones de las autoridades administrativas y judiciales españolas, que con el pretexto de que la Ley permite el nombramiento de funcionarios interinos, los destinan a atender necesidades que no son provisionales, ni excepcionales, sino que son ordinarias, estables y permanentes, y añade:

  • Que los procesos de estabilización y de acceso libre no son una medida sancionadora que cumpla con la Directiva 1999/70/CE, y que estos procesos no liberan a las Administraciones públicas de sancionar los abusos producidos en la temporalidad;

[FesP UGT Nacional y Madrid] ' La Abogada General del Tribunal de Justicia europeo responde sobre el caso de posible abuso de duración de temporalidad en empleo público '

'El Informe de la Abogada General de la Unión Europea en el Tribunal de Justicia europeo concluye que los sucesivos nombramientos de interinos no se sancionan automáticamente con la transformación del puesto temporal en fijo.

Hay que aclarar que el documento que se publica hoy NO es la sentencia del Tribunal, que se publicará semanas después. En la mayoría de los casos la sentencia final suele ir alineada con este informe de la Abogada General, pero no siempre es así y en todo caso lo vinculante es la sentencia del Tribunal.

Dicho Informe recoge conclusiones sobre los asuntos acumulados referidos a la posible sanción con la fijeza en el puesto por el abuso en la duración de la temporalidad en el empleo público y la posible indemnización.