jueves, 4 de octubre de 2018

[PoderJudicial] 'El Tribunal Supremo ha declarado nulo el cese de interinos [de programa y estatutario eventual] al considerar abusiva la utilización de contratos de duración determinada y reconoce su derecho a mantenerse en sus puestos de trabajo, percibiendo las retribuciones no abonadas, mientras la Administración no cumpla con la normativa vigente' [que la plaza se cubra con un funcionario fijo] [ Revoca la declaración previa de indefinidos no fijos del Tribunal Superior de Justicia Vasco]

'La Sección Cuarta de la Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, ha dictado dos sentencias en las que revoca parcialmente las resoluciones del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en relación con sendos ceses (declarados ilegales por la Sala de Bilbao, en pronunciamiento confirmado ahora en casación) de un funcionario interino municipal y de una empleada eventual de carácter estatutario en los correspondientes puestos de trabajo cuando se constata una situación previa de abuso en la utilización sucesiva de relaciones de empleo de duración determinada.

Aplicando el criterio contenido en diversos pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, afirma, en primer lugar, que procede declarar contrarios a Derecho dichos ceses, pero que la constatada situación de abuso no permite convertir al funcionario interino o a la empleada pública eventual en “personal indefinido no fijo”, aplicando de forma analógica la jurisprudencia del orden social. Revoca, así, el pronunciamiento contenido en las sentencias de la Sala del País Vasco que habían aplicado tal figura jurídica, propia de las relaciones sometidas al Derecho Laboral, pero no aplicables a los empleados públicos vinculados con la Administración por una relación de naturaleza estatutaria o funcionarial, como aquí sucede.

Para el Tribunal Supremo, la consecuencia de dicho abuso es la subsistencia y continuación de las relaciones de empleo, con los derechos profesionales y económicos inherentes a ella, desde la fecha de efectos del cese ilegal cuya nulidad confirma y hasta que la Administración cumpla en debida forma lo que ordena la normativa aplicable.

Para dar debido cumplimiento a tal normativa (de la que deriva que el cese solo puede tener lugar cuando la plaza se cubra por el procedimiento correspondiente por funcionario o personal de carrera, o cuando vuelva su titular, o cuando termine el programa temporal que debe ejecutarse o cuando finalice la acumulación de tareas motivadora del nombramiento), señala la Sala que deben ponderarse las circunstancias del caso, que en los supuestos analizados constatan que los nombrados cubrían necesidades que, de hecho, no tenían carácter provisional, sino permanente y estable, de manera que debe valorarse, de modo motivado, fundado y referido a las concretas funciones que prestaron, si procede o no la ampliación de las relaciones de puestos de trabajo de las plantillas y, en caso contrario, acudir al tipo de nombramiento que proceda impidiendo en todo caso que perdure la situación de precariedad de quienes eventual y temporalmente hayan de prestar las funciones correspondientes.

Y en cuanto a la indemnización solicitada por los interesados, afirma la sentencia que no procede en el caso (pues el mantenimiento en sus puestos que se declara, con percibo íntegro de lo no abonado, repara íntegramente el perjuicio causado), pero que, en general, los afectados por la utilización abusiva de los nombramientos temporales tienen derecho a una indemnización, aunque el reconocimiento de ese derecho: a) depende de las circunstancias singulares del caso; b) debe ser hecho, si procede, en el mismo proceso en que se declara la existencia de la situación de abuso; y c) requiere que la parte demandante deduzca tal pretensión; invoque en el momento procesal oportuno qué daños y perjuicios, y por qué concepto o conceptos en concreto, le fueron causados; y acredite por cualquiera de los medios de prueba admitidos en derecho, la realidad de tales daños y/o perjuicios, de suerte que sólo podrá quedar para ejecución de sentencia la fijación o determinación del quantum de la indemnización debida.

Consulta la resolución

*Puede consultar la 2ª sentencia en este enlace: http://www.poderjudicial.es/portal/site/cgpj/viewDocument?ECLI=ECLI:ES:TS:2018:3251 '

Fuente: Nota de Prensa del Consejo General del Poder Judicial de 04/11/2018




[DeLaJusticia.com] El Tribunal Supremo rechaza la figura del indefinido no fijo y su indemnización prefijada en casos de empleados públicos estatutario eventual de Servicios de Salud y funcionario de programa en abuso de duración de temporalidad en sus dos recientes sentencias a recursos del Gobierno Vasco a sentencias favorables del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco [pese a la sentencia aparentemente favorable del Tribunal Europeo de 2016 sobre estos mismos casos - asuntos Martínez Andrés y Castrejana López- que reinterpreta al mínimo]. [El Tribunal Supremo afirma en las sentencias que la figura del indefinido no fijo no es aplicable a los funcionarios/estatuarios en general y viene a entender que la conversión a interino de vacante -temporal hasta la cobertura fija y sin garantía de indemnización del cese futuro-es solución suficiente, admitiendo sólo y en casos indemnizaciones por daños y perjuicios "acreditados"]


Informa y publica José R. Chaves en su blog de laJusticia.com este 02/10/2018 que el Tribunal Supremo ha dictado importantes y muy esperadas sentencias el pasado 26/09/2018 ante los recursos de casación del Gobierno Vasco [rec. 785/2017 - ver sentencia del Supremo- y rec. 1305/2017 - ver sentencia del Supremo-] a, respectivamente, las sentencias de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco [TSJPV] de 12/12/2016 [de los recursos respectivos 625/2013 y 735/2013] que, aplicando la sentencia del Tribunal Europeo a una consulta realizada por el TSJ del País Vasco  precisamente -asuntos Martínez Andrés y Castrejana López-, reconocían  y de forma favorable a los respectivos demandantes, una estatutaria eventual del Servicio Vasco de Salud  y  un funcionario interino por programa del Ayuntamiento de Vitoria- la readmisión ante el fin de sus nombramientos eventuales con la concesión de la figura de"indefinido no fijo" , ya establecida en la jurisprudencia del propio Supremo para el caso de empleados público de carácter laboral [es decir ni funcionarios ni estatutarios]  ante situaciones de fraude de ley por abuso de duración de temporalidad,

Dichas sentencias previas, del orden contencioso-administrativo del TSJ del País Vasco declaraban a los empleados de forma análoga al orden laboral la figura de "indefinidos no fijo por sentencia"  extendiéndola a los empleados bajo relación "administrativa" [es decir, funcionarios y estatutarios] , contando con la misma indemnización prefijada [20 días por año trabajado con tope de un año] ante el caso del "cese" por la "cobertura reglamentaria de la plaza", es decir, su amortización o cobertura por un proceso selectivo.

Según las nuevas sentencias del Supremo  a ambos recursos de casación, la solución jurídica aplicable a las situaciones como la descritas de abusos de temporalidad [ por concatenación de sucesivos nombramientos estatutarios eventuales o prolongación de una interinidad de programa de un funcionario] no es la conversión del personal estatutario temporal de carácter eventual de los servicios de salud o del funcionario interino de programa en personal indefinido no fijo , sino la "subsistencia y continuación de la relación de empleo" [es decir, la readmisión del eventual/interino de programa si no fue "renovado" y había sido cesado[ "hasta que la administración cumpla con la legislación vigente" citada en la sentencia [que viene a significar en la práctica la transformación en interino de vacante; destacar que el Tribunal Supremo estima que esta solución -la mera conversión a interino de vacante- es  sanción para la administración y medida eficaz suficientemente proporcionada que la normativa dela Unión Europea exige exista en cada legislación].

Así establece [como jurisprudencia de hecho, ver Fallo primero de las dossentencias] que para el caso de las concatenaciones abusivas de nombramientos eventuales estatuarios la solución es, en lugar de la conversión a indefinido no fijo,"la subsistencia y continuación de tal relación de empleo" [eventual], hasta que la Administración sanitaria cumpla de -forma obligada-con el artículo 9.3 de la Ley 55/2003, de 16 diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud [es decir estudie y realice  su conversión a una plaza estatutaria interina de vacante].


Además el Tribunal Supremo sentencia que sólo cabe la posibilidad, según cada caso a valorar por cada juez de cada caso,  de indemnizaciones por daños y perjuicios, si bien se exige que el demandante consiga demostrarlos de forma acreditada en cada caso, negando por tanto  la posibilidad de percibir indemnización equivalente a la indemnización propia del personal laboral temporal declarado indefinido no fijo ante el cese de la cobertura reglamentaria de su plaza [es decir, no fijando por tanto, en ningún caso una cuantía predeterminada para el caso del futuro cese  -en el caso de un interino de vacante, su amortización o convocatoria a proceso selectivo , a concurso de traslados, su cobertura por un reingreso, ... -, como sí tienen de 20 días por año hasta 12 meses los laborales declarados indefinidos no fijos por sentencia].


Según recalca José R. Chaves en su entrada , el Tribunal Supremo sentencia , tras realizar un análisis de la normativa de la Unión Europea utilizada en las sentencias de las instancias judiciales inferiores especialmente tras la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de 14 de septiembre de 2016 y aún reconociendo que el empleado "padece una situación de abuso en sus nombramientos " se  ampara en la diferenciación entre el ordenamiento jurídico laboral y el administrativo de la legislación española para distinguirlos de los contratados laborales.



miércoles, 3 de octubre de 2018

Pleno 04/10/2018 de la Asamblea de Madrid: comparecencia del Consejero de Sanidad sobre la ley del Buen Gobierno de los centros del SERMAS; pregunta sobre Laboratorio Clínico Central, ...

Este jueves 04/10/2018 hay Pleno de la Asamblea de la Comunidad de Madrid y entre los diversos puntos de su Orden del Día  se tratarán, entre otras, estas cuestiones relacionadas con Sanidad de la comunidad de Madrid:

  • comparecencia del Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, a petición del grupo de Ciudadanos sobre el "desarrollo reglamentario de la Ley de buen gobierno y profesionalización de la gestión de centros y organizaciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud"
  • una Pregunta de Contestación Oral en Pleno del portavoz del grupo de Ciudadanos , Ignacio Aguado Crespo, al Presidente del Gobierno,  sobre la "valoración que hace el Gobierno sobre los últimos nombramientos de directivos en hospitales de la Comunidad de Madrid".
  • una Pregunta de Contestación Oral en Pleno del portavoz de Sanidad del grupo Socialista , Jose Manuel Freire Campo, al Gobierno,  sobre la "si cree el Gobierno que el Servicio Madrileño de Salud tiene capacidad para gestionar directamente el Laboratorio Clínico Central".
  • una Pregunta de Contestación Oral en Pleno de la portavoz adjunta de Sanidad del grupo de Ciudadanos , Marbán de Frutos, al Presidente del Gobierno,  sobre la "cómo va a resolver el Gobierno la situación de los psicólogos interinos y otros titulados superiores contratados por el SERMAS como titulados superiores sin el reconocimiento de la especialidad.".

martes, 2 de octubre de 2018

Respuesta del Gobierno de la Comunidad de Madrid a la pregunta del Portavoz Socialista de Sanidad en la Asamblea de Madrid sobre la demanda de fijeza en el Tribunal de Justicia Europeo por el caso del informático del SERMAS interino más de 17 años

El Diputado del Grupo Parlamentario Socialista  Portavoz en la Comisión de Sanidad en la Asamblea de Madrid, José Manuel Freire Campo, planteó la siguiente pregunta al Gobierno de la Comunidad de Madrid, inicialmente tanto de Contestación Oral en Comisión de Sanidad [PCOC-272/2018] como de Contestación en Pleno de la Asamblea [PCOP-394/2018]:

"valoración que hace el Gobierno de la cuestión prejudicial elevada al Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 08 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado 193/2017, en el que está demandada la Consejería de Sanidad por presunto abuso de la contratación temporal", es decir, el denominado Asunto C-103/18 o Sanchez-Ruiz, tras la demanda de fijeza como solución al "fraude de ley" por abuso de temporalidad , presentada por un informático -entre otros- interino del Servicio Madrileño de Salud durante mas de 17 años en el Servicio Madrileño de Salud, siguiendo mediante esta asociación de informáticos personal propio del SERMAS, APISCAM, una iniciativa del sindicato médico de la Com. de Madrid AMYTS con el despacho Araúz de Robles [ver más información al respecto aquí] Precisamente en días pasados la Comisión Europea informó que unificaba las denuncias sobre abuso de temporalidad que había recibido y que esperaría en su respuesta a la sentencia del Tribunal en este asunto.


[AMYTS] Resumen de la Mesa Sectorial de Sanidad 26/09/2018 : OPE 2018 con plazas de más categorías de "OPE extraordinaria" , carrera profesional para no fijos , ...


Informaba AMYTS el pasado 26/09/2018  de la reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid  que tuvo lugar ese mismo día, aportando su habitual amplio resumen, temporalmente de forma restringida a sus afiliados, resumen del que destacamos [con comentarios nuestros en cursiva entre corchetes]:
  • RRHH de Sanidad presenta su propuesta de Oferta de Empleo Público de 2018 [descargar propuesta], con un total de 4.339  plazas repartidas así:
    • 2.588 plazas de oferta "extraordinaria" de [es decir de "estabilización de puestos" longevos según la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  , y que autoriza a convocar en OPEs hasta 2019 sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo que a fecha de 31/12/2016 llevaban más de 3 años cubiertos de forma temporal -más de 22 mil según el SERMAS-, todos los puestos temporales desde antes de 1 de Enero 2005 a los que se refiere la Disposición Transitoria 4ª de Proceso de Consolidación del Estatuto Básico del Empleado Público y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia, con la imposición de que la temporalidad debe quedar por debajo del 8%] , detallando en cada categoría el número de plazas computadas por cada causa (más de 3 años, antes de 2005 o indefinido no fijo):
      • 1.617 de categorías acordadas previamenteMédico de Familia  y Pediatra de Atención Primaria, Técnico Superior Especialista en Laboratorio y en Radiodiagnóstico y Pinche [y que  se suman a las ya ofertadas en la parte extraordinaria de la OPE 2017 del SERMAS, cuyas convocatorias respectivas ya fueron publicadas en Junio con bases de concurso-oposición, oposición eliminatoria  y un 35% peso de la antigüedad ]
      • 971 de otras categorías: Médico de Urgencia hospitalaria, Técnico Superior Especialista en Anatomía Patológica, Higiene Bucodental, Medicina Nuclear y Radioterapia,. T.E.S. , Auxiliar de Farmacia y los grupos restantes  de la Función Administrativa: Técnico (55  plazas),  Gestión (23) y Administrativo (209 plazas, una de ellas computada por antes de 2005)

[COM Salud/AIES] Apps, videojuegos e iniciativas de eSalud podrán optar a los Premios eSalud – eHealth Awards 2018. Las inscripciones, en diez categorías diferentes, estarán abiertas hasta el próximo 31 de octubre

'Las mejores iniciativas de eSalud pueden optar a los Premios eSalud – eHealth Awards 2018, que se entregarán el próximo 28 de noviembre, durante la clausura del III Congreso Nacional de eSalud, organizado por la Asociación de Investigadores en eSalud (AIES) y la agencia de comunicación COM Salud, en el Hospital de La Princesa, con el patrocinio principal de Boehringer Ingelheim. El plazo de recepción de candidaturas estará abierto hasta el 31 de octubre a través de la web del congreso.
Los premios, que se enmarcarán en 10 categorías, distinguirán proyectos de telemedicina; teleconsulta; apps para pacientes y para profesionales sanitarios; videojuegos de salud; robótica; impresión 3D; Big Data o inteligencia artificial; historia clínica electrónica y hospital digital. “Uno de los objetivos principales del Congreso Nacional de eSalud es difundir las últimas tendencias en tecnología aplicada a la salud que reducen costes e incrementan la calidad de vida de las personas. Por ello, la concesión de estos galardones es una de las acciones del congreso que más atracción suscita. En las dos ediciones previas hemos superado el medio centenar de candidatos y confiamos en superar esas cifras”, explica Carlos Mateos, director de la agencia de comunicación COM Salud y vicepresidente de AIES.
Por otra parte, se entregarán cuatro galardones especiales en las categorías de Mejor Iniciativa en eSalud; Premio Influencer Salud Digital del año; Premio Paciente digital y Premio #SaludsinBulos. “La gran novedad de esta edición es la inclusión de un premio al Paciente Digital, con el que pretendemos destacar el papel del paciente activo en redes sociales”, añade Carlos Mateos.

[CSIF - Madrid] 'El “ERE encubierto” aprobado en el Ayuntamiento de Madrid y al que se opuso CSIF es ya una realidad en SAMUR: cesados una treintena de interinos. El Ayuntamiento dejará en la calle a personal con años de experiencia en este servicio municipal'

[28/09/2018] ' El Acuerdo de Estabilización y Consolidación de Empleo en el Ayuntamiento de Madrid firmado la pasada semana con los votos de CCOO, UGT y CITAM, y la oposición frontal de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), por considerarlo un ERE encubierto que puede conllevar despidos masivos, ya es una realidad en SAMUR-Protección Civil, que va a cesar a una treintena de trabajadores interinos pese a contar con años de experiencia en este servicio municipal.

Según la sección sindical de CSIF en SAMUR-PC, el citado “ERE encubierto” firmado la semana pasada, es similar al proceso iniciado hace tres años con la convocatoria de 124 plazas para Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario (TATS), que estaban ocupadas por interinos que ya habían pasado por procesos donde ya se demostró su mérito y capacidad. La consecuencia de este proceso iniciado hace tres años es que, aproximadamente, el 20% de estos trabajadores van a ser cesados.

lunes, 1 de octubre de 2018

[UGT Sanidad Madrid] Resumen de la Mesa Sectorial de Sanidad 26/09/2018

10.- Oferta de Empleo Público de 2018.

Se hace entrega de una propuesta de plazas a incluir en la Oferta de Empleo Público del año 2018 para la Comunidad de Madrid. Se hace mención también a la reunión que tendrá lugar a nivel ministerial el próximo día 3 de octubre, por lo que se solicita de las organizaciones sindicales la aportación de cuántas consideraciones creen necesarias.

Fuente y texto completoCircular del Sector de Salud y Servicios Socio-Sanitarios de la Federación de Servicios Públicos de UGT de 26/09/2018 recibido por APISCAM

[ultimahora.es] Una decisión de la UE puede hacer fijos a centenares de empleados del IB Salut

Publicaba "ultimahora.es" el pasado 24 de septiembre que una decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea puede provocar un terremoto en las plantillas del IB Salut.
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[miciudadreal.es] La Plataforma de Interinos amenaza al PSOE con una gran movilización si se ofertan plazas ocupadas por temporales de larga duración

Publicaba el pasado 27 de septiembre micuidadreal.es el siguiente artículo acerca de la reunión mantenida en el Congreso de los Diputados de la PI (Plataforma de Interinos que abarca a todo el personal temporal de las diferentes administraciones a nivel naciona) con representantes de Función Pública del Grupo Parlamentario Socialista.
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jueves, 27 de septiembre de 2018

[Plataforma Nacional de Interinos PI] La Plataforma de interinos advierte al PSOE: “si ofertan en las opes las plazas ocupadas por temporales de larga duracion incurrirá en responsabilidades politicas y personales, y no se descarta una gran movilización de los empleados públicos temporales del sector público”

'La PI (Plataforma de Interinos que abarca a todo el personal temporal de las diferentes administraciones a nivel nacional) en la reunión mantenida en el Congreso de los Diputados con representantes de Función Pública del Grupo Parlamentario Socialista, ha exigido que España cumpla con la normativa europea en materia de contratación temporal, no sólo en el sector privado, en el que ha iniciado una campaña contra el abuso de la contratación temporal en las empresas a través de la ITSS y cuyas infracciones darán lugar a las correspondientes actas de sanción, sino también en el sector público.

Con la firma del Acuerdazo, la propia Administración “garante de la legalidad y encargada de sancionar a cualquier empresa u organismo privado que cometa fraude en las contrataciones” pretende eludir su responsabilidad en el sector público.

Para ello, la PI ha dejado claro que es imprescindible que se paralice la aplicación del ACUERDAZO, únicamente respecto a las plazas ocupadas por personal temporal de larga duración (24 meses dentro de un periodo de 30 o más de 3 años), en tanto no se regularice la situación de este personal contratado en fraude de ley. Obviamente, las consecuencias de la contratación fraudulenta de la Administración no pueden recaer sobre el trabajador en precario, sino sobre la Administración infractora.


miércoles, 26 de septiembre de 2018

[Sanidad FESP Madrid] Carrera Profesional: Atención a los Listados Provisionales de Evaluación 2018

UGT se ha mantenido firme en la postura de una Carrera profesional para todos los profesionales de instituciones sanitarias del SERMAS, una única Carrera con las singularidades que por razón de categoría profesional fueran necesarias, modelos Anexos I, II y III, con las mismas garantías de acceso e implantación para los tres Anexos.
UGT exigió en la última Mesa Sectorial que la evaluación excepcional 2018 para el Anexo III contara con las garantías de una primera implantación al igual que fuera en su día con los Anexos I y II, exigiendo una particular sensibilidad en aquellos factores de evaluación que por parte de la Administracion no se han visto igualmente desarrollados para los otros Anexos.
La DG RRHH, en esa misma Mesa Sectorial, aposto por la equidad en la aplicación de la evaluación y de esa manera por la eliminación del agravio que supone la falta de una primera asignación de niveles por antigüedad par el Anexo III como se hiciera en 2007 para los otros Anexos. De esta forma si se detectaba en los listados provisionales una diferencia de acceso excepcional para el Anexo III respecto de resto de profesionales la propia DG de RRHH actuaria para su corrección.
Ante la distribución en el día de ayer de un nuevo documento de dudas para la evaluación del Anexo III, con todas las evaluaciones prácticamente finalizadas, de manera unilateral sin consenso con las organizaciones sindicales...
UGT exige el respeto a los comités de evaluación y al trabajo realizado por lo que desde nuestra organización hemos dado orden a nuestros delegados de mantener las evaluaciones según se han realizado y nos hemos negado absolutamente a ningún tipo de reevaluación.
UGT exige al Director de Recursos Humanos que cumpla su palabra, su competencia directa es el reconocimiento de los niveles de Carrera siendo la evaluación competencia de los comités. Cumpla con los Acuerdos de la Mesa Sectorial y su propia palabra.
Revisa tu propuesta de nivel en los listados provisionales y en caso de disconformidad acude a en tu sección sindical.

[Sanidad FESP Madrid] Preacuerdo recuperación del Complemento del 100% en caso de Incapacidad Temporal (IT) para las Empleadas y Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid

En el día de ayer, la FeSP UGT de Madrid, ha firmado el “Preacuerdo” en la Mesa General de Negociación de la recuperación para todas y todos los empleados públicos de la Comunidad de Madrid del complemento económico del 100% en el caso de IT.
Este “Preacuerdo” será ratificado en breve, una vez informe Hacienda favorablemente y se eleve al Consejo de Gobierno correspondiente.
Recuperamos así uno de los recortes más negativos que fueron impuestos en la totalidad de las Administraciones Públicas, y que ahora en Madrid y gracias a la insistencia de UGT en las diferentes Mesas de Negociación y al II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo (Gobierno- Sindicatos), firmado por nuestro sindicato a nivel estatal, ha logrado que esta justa reclamación, hoy sea una realidad en la Comunidad de Madrid.
Esta medida afecta a cerca de 150.000 trabajadores y trabajadoras de los ámbitos de:
  • Mesa Sectorial de Sanidad
  • Mesa Sectorial Funcionarios Docentes
  • Mesa Sectorial Administración de Justicia
  • Mesa Acuerdo Sectorial Personal Funcionario Administración y Servicios
  • Convenio Colectivo Personal Laboral
  • Agencia para la Administración Digital
También en esta misma reunión hemos acordado la distribución del fondo de 0,2% de la masa salarial para que a todas y a todos los empleados públicos de estos ámbitos, se les garantice a partir de este año, el pago íntegro de la paga adicional del complemento específico en el caso del personal funcionario y estatutario y del complemento equivalente en el caso del personal laboral.
Finalmente, hemos acordado una tercera línea de actuación que consiste en potenciar la prevención de riesgos laborales, mediante la creación de puestos de trabajo en los servicios de prevención propios, que puede suponer el refuerzo de unos 30 o 35 nuevos efectivos.
Hoy algunos se apuntarán los tantos que no les corresponden, pero es gracias a la reivindicación de UGT en todas las Mesas de Negociación, y cuyo camino fue iniciado con la firma del II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo, en el que la FeSP UGT tuvo un papel protagonista.

martes, 25 de septiembre de 2018

Nota del abogado Javier Araúz sobre la demanda de estabilidad

El abogado Javier Araúz de Robles, del despacho Araúz de Robles Abogados, nos informa que el asunto prejudicial C-103/18 (Domingo Sánchez Ruíz), sigue su curso en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y tras formular observaciones escritas en nombre del recurrente, la Secretaría del Tribunal le informa que, tras su traducción, a lo largo de este mes dará traslado de las observaciones escritas presentadas por la Comunidad de Madrid, por el Gobierno de España, y por las demás partes personadas en este asunto perjudicial, a fin de que en el plazo de 3 semanas se solicite, o no, la celebración de vista.

Javier Araúz de Robles nos informa igualmente que con fecha 31 de julio de 2018, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea admitió la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de los Contencioso Administrativo nº 14 de Madrid, en recurso interpuesto por determinadas odontólogas estatutarias temporales del SERMAS, objeto igualmente de un abuso en la relación temporal sucesiva, que se está tramitando en el Tribunal Europeo bajo el número de Asunto Prejudicial C-429/18.

Esta misma semana, el citado letrado presentará las observaciones descritas, y solicitará la acumulación de este asunto prejudicial nº C-429/18, al que se está tramitando en el mismo Tribunal Europeo bajo el nº C-103/18 (Sánchez Ruíz), toda vez que ambos asuntos prejudiciales son complementarios, con cuestiones comunes, y relativos a empleados estatutarios temporales del SERMAS que se encuentran en la misma o parecida situación de abuso en su contratación temporal sucesiva y ejercitan pretensiones idénticas.

En Madrid a 24 de septiembre de 2018

Comienza el curso judicial también a nivel europeo

La Comisión Europea remitió cartas a primeros de Julio a quienes presentaron demanda de estabilidad a la administración, informando que unificaba todas las denuncias bajo el asunto CHAP(2018)00267) que puede seguirse esta dirección Web de la Comisión Europea.
Fuente: Comisión Europea