jueves, 2 de julio de 2015

[CCOO] 'El personal laboral de la Comunidad de Madrid tiene derecho a que se reconozca todo el tiempo trabajado'

'La Sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia anulando el párrafo séptimo del artículo 37 del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid.

A instancias de las demandas planteadas por CCOO, UGT y CSIT-UP, acumuladas en una sola, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictaminado, al anular el citado párrafo, que cualquier trabajador o trabajadora de la Comunidad de Madrid tiene derecho a que le sea reconocido todo el tiempo que haya prestado servicios con contrato laboral para la administración madrileña, con independencia del tipo de contrato, de la vinculación o del tiempo que haya pasado entre contrato y contrato.

Como bien sabéis, hasta la fecha se contabilizaban los periodos trabajados siempre que no hubieran transcurrido más de tres meses entre contratos.

CCOO se felicita de este triunfo de las trabajadoras y trabajadores madrileños, que supone un reconocimiento de un derecho cercenado por el empeño de la administración regional.

La sentencia dictada no es firme, cabe recurso. Os informaremos de las novedades que se produzcan.'
Fuente: Nota de prensa de CCOO de Madrid de 30/06/2015

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