martes, 13 de mayo de 2025

[Acuerdos de Gobierno del Estado] ' PROYECTO DE LEY Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la Ley del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, para la ampliación y fortalecimiento de las carreras judicial y fiscal' [Regula un procedimiento extraordinario "para la estabilización de jueces sustitutos y fiscales interinos"]

' El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica para la Ampliación y Fortalecimiento de las Carreras Judicial y Fiscal, que pasa ahora a tramitación parlamentaria.

El texto, que incorpora recomendaciones emitidas por el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado, se consolida como la primera gran revisión estructural de la Ley Orgánica del Poder Judicial en los últimos 40 años.

Esta reforma representa, en primer lugar, un cambio de modelo en el acceso a la Judicatura y la Fiscalía, orientado a garantizar la igualdad de oportunidades y a atraer talento con independencia del origen económico o geográfico, con el fin de que el acceso se produzca exclusivamente por mérito y capacidad, según mandata la Constitución.

Para ello, la norma blinda las becas SERÉ, destinadas a aquellas personas que quieran opositar a los principales cuerpos del Poder Judicial y la Administración de Justicia, estableciendo que deberán tener cuantía mínima equivalente al SMI y una duración de hasta cuatro años.

Además, el proyecto de ley prevé que el Centro de Estudios Jurídicos asuma una nueva función, como red pública de preparación de oposiciones con implantación territorial, lo que contribuirá a una mayor homogeneidad formativa.

Y en relación con las pruebas de acceso, introduce un ejercicio práctico escrito, en sustitución de una de las pruebas orales existentes en la actualidad, y las anonimiza para asegurar la igualdad de oportunidades de los candidatos.

En el acceso por el llamado "cuarto turno" (es decir, para juristas de reconocida competencia con más de una década de ejercicio), se antepone el ejercicio de redacción de un dictamen eliminatorio a la fase de valoración de méritos.

Y para la estabilización de jueces sustitutos y fiscales interinos, regula un proceso extraordinario, cumpliendo así con los requerimientos de la Comisión Europea.

Mayor transparencia

En materia de desarrollo profesional, el proyecto de ley regula el ascenso automático por antigüedad a los cinco años, mejora los procesos de especialización en los ámbitos mercantil y de violencia sobre la mujer, y elimina la incompatibilidad para los jueces sustitutos y magistrados suplentes mientras no estén en activo.

La reforma también introduce mejoras en materia de integridad y transparencia institucional. Entre otras cuestiones, el CGPJ deberá conceder la compatibilidad para que jueces y magistrados puedan preparar opositores y gestionará un registro público de estos preparadores.

Se prohíbe la financiación privada de asociaciones judiciales y se renueva la composición de la Comisión de Ética Judicial, con una representación más equilibrada entre el mundo judicial y académico.

Además, se moderniza el proceso de elección de las Salas de Gobierno de los tribunales, facilitando el voto telemático y limitando el voto a una sola candidatura individual por elector.

Esta norma acerca el Poder Judicial a la ciudadanía y permite incorporar aún más talento, con perfiles diversos, a una Justicia que debe reflejar la pluralidad de la sociedad a la que sirve.'

Fuente: Referencia de los Acuerdos del Consejo de Ministros de 13/05/2025

 

NOTA DEL EDITOR: el anteproyecto de reforma de la LOPJ  incluía un proceso de "estabilización" comprometido de los jueces y fiscales sustitutos pero con el sistema del "4ª turno": un concurso-oposición en número de plazas como mínimo igual al "abuso de temporalidad", abierto pero limitado en número de aspirantes, con fase de oposición eliminatoria y con una compensación como la de la ley 20/2021 para los que acaben cesados por el proceso.  

En la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, el ministro de Justicia ha comentado que el proceso de "estabilización" incluido en el proyecto de ley acordado hoy por el Gobierno, efectivamente, es por el sistema de concurso-oposición del "4º turno". Un proyecto de ley no es una norma de rango legal directamente (como sí lo sería un Decreto-Ley ) sino que debe pasar por el Parlamento nacional para que quede aprobada una ley (con igual contenido o contenido modificado por enmiendas, en su caso).



Enlaces en el texto nuestros 

Entradas relacionadas:
 

6 comentarios:

Anónimo dijo...

Más de lo mismo

Anónimo dijo...

A 10:50, dice ARAUZ S.A. que esa noticia "es un bulo"

Anónimo dijo...

https://www.eldebate.com/economia/20250514/bomba-relojeria-oscar-lopez-800000-interinos-pueden-irse-calle-nada_296713.html

Anónimo dijo...

Basta ya de exámenes pasados y sindiacademias que se forran dejando a miles de interinos cesados abusados con sentencia sin una sanción. Reparación al abuso y fijeza. Europa help us.

Anónimo dijo...

¡Amén!

Anónimo dijo...

https://diario16plus.com/nacional/interinos-europa-estrecha-cerco-espana_508425_102.html