'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, propone un frente común a UGT y a CCOO para organizar una gran protesta en toda España para que el Gobierno se siente de una vez a negociar la subida salarial de este año y abone el 0,5 por ciento pendiente correspondiente a 2024.
Además, CSIF propondrá a los Grupos Parlamentarios impulsar una Proposición de Ley para que los salarios de las empleadas y empleados públicos se revaloricen automáticamente cada año conforme al IPC, como ya ocurre con las pensiones, más el porcentaje adicional que se determine en la negociación.
Además, ante la parálisis del Gobierno reclamamos:
- Negociación de una nueva oferta de empleo público para 2025 eliminando la tasa de reposición.
- Jornada laboral de 35 horas en el conjunto del Estado e implementación de carrera profesional en todas las administraciones, así como del teletrabajo.
- Equiparación salarial entre las distintas administraciones públicas. IGUAL TRABAJO, IGUAL SALARIO.
- Mejora de las condiciones de jubilación del Régimen General y Clases Pasivas y la regulación inmediata para que el conjunto de los empleados públicos pueda acogerse a la jubilación parcial.
- La adecuación de los grupos profesionales en el conjunto de administraciones.
La situación es muy grave. Ya estamos en mayo y el Ejecutivo sigue sin aplicar la subida del 0,5 por ciento que debe desde 2024; y tampoco ha actualizado los sueldos este año para compensar la subida del IPC del año pasado. En total, calculamos que el Gobierno adeuda al conjunto de empleados/as públicos una media de 1.200 millones de euros en concepto de atrasos y por la evolución del IPC.
CSIF considera que el Gobierno debe aprobar por decreto la subida salarial pendiente, tal y como hizo en 2020 y 2024, así como el pasado mes de marzo con el personal militar. Próximamente, realizaremos una petición formal al presidente del Gobierno ante la inacción del ministro de Función Pública, Óscar López.
LAS ADMINISTRACIONES INCUMPLEN LA LEY DE ESTABILIDAD
Por otra parte, la temporalidad en las Administraciones Públicas se estanca en el 30 por ciento superando ampliamente el límite acordado con Bruselas y recogido en la ley de Estabilización del Sector Público de 2021, según datos extraídos por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) procedentes del Boletín Estadístico de Empleados Públicos y la Encuesta de Población Activa (EPA) y que nos ha confirmado la propia Administración.
Estos porcentajes de temporalidad del 30 por ciento están muy lejos del límite del 8 por ciento de interinidad acordado con Bruselas y recogido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que fijaba un límite del 8 por ciento con fecha de 31 de diciembre de 2024. Este incumplimiento ha provocado que la UE abra a España dos expedientes de infracción que podrían culminar con la imposición de una sanción millonaria, tal y como nos ha informado el Ministerio de Función Pública.
La temporalidad del 30 por ciento evidencia el fracaso de los procesos de estabilización que el Gobierno ha promovido desde 2021, cuando promulgó la ley para reducir la temporalidad en todas las administraciones públicas. Los datos del Ministerio de Función Pública consultados por CSIF recogen que en los últimos cuatro años se han ofertado un total de 544.151 plazas, de las cuales están sin cubrir casi un tercio (en concreto, el 32,7 por ciento).
Además, se da la circunstancia que, de los 8.132 municipios, casi el 40 por ciento (3.100 consistorios) no han facilitado a Función Pública sus cifras sobre temporalidad.
Pese a las plazas creadas, las administraciones no han dejado de crear nuevas plazas temporales por sus necesidades de personal, dado que pese a las promesas del Gobierno sigue vigente la tasa de reposición (el límite que se establece en los Presupuestos a la reposición de efectivos jubilados), lo que se une a la ausencia de Presupuestos Generales del Estado.
Las administraciones públicas han perdido un total de 92.100 puestos de trabajo en el primer trimestre del año, como consecuencia del envejecimiento de las plantillas, lo que supone prácticamente toda la ocupación perdida en términos netos durante el primer trimestre del año en el conjunto del mercado laboral, según un análisis de los datos de la Encuesta de Población Activa.
CSIF manifiesta su preocupación por estas cifras, ya que supone la mayor destrucción de empleo de la serie histórica de la EPA. Desde el segundo trimestre de 2003, cuando se produjeron recortes para reducir el déficit público y privatizaciones, no se había producido una destrucción de empleo similar; ni siquiera en 2013, cuando se vivió uno de los peores momentos de la crisis financiera global.
Se da la circunstancia de que más del 60 por ciento de los empleados públicos tiene más de 50 años y en la próxima década se podría jubilar cerca del 30 por ciento de la plantilla actual de la Administración General del Estado, lo que nos situaría en una situación de colapso si no se adoptan medidas urgentes.
Pese a las ofertas de empleo público de los últimos años, la destrucción de empleo producida en este trimestre supone más del doble de toda la oferta del año pasado en la AGE.
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9 comentarios:
También comen gambas... ya no engañáis...
Dicen que dieron una rueda de prensa, ¿allí no dieron más detalles del tema de la infracción de la Comisión europea por el abuso de temporalidad? ¿Comentaron algo sobre las reivindicaciones de fijeza de verdad como solución?
11:50, te lo dicen bien clarito: "Negociación de una nueva oferta de empleo público para 2025 eliminando la tasa de reposición".
No se que mas quieres que te digan...
Los sindicatos MAS representativos NUNCA han estado por la fijeza.
Comen gambas si, pero no van en contra de sus intereses económicos como academias
Malamente nos podemos fiar de sus cursos y responsabilidad como sindicatos de trabajadores cuando se pasan las leyes, normativas y derechos de los trabajadores por el forro de los .......
A 11:50 en la rueda de prensa de CSIF los periodistas preguntaron por los empleados en abuso de temporalidad, los cesados sin indemnización y las sentencias europeas.
CSIF respondió que el Supremo español ha dejado claro que no se puede hacer fijo a nadie sin proceso selectivo abierto y que para los cesados por los procesos de estabilización de la ley 20/2021 ya se ha establecido una indemnización, que ayudan a reclamarla
SOY interina abusada de larga duración. ERA afiliada a CSIF. Tengo ojos, oídos y actúo en consecuencia.
Donde esta la PSOE y la PP , que dicen de los interinos ???
el interinaje en Justicia corre Peligro:
Personal interino y sustituciones de LAJ: Cambios en su regulación en la LOPJ.
El Ministerio de Justicia ha convocado a los sindicatos para el próximo día 12 de mayo a las 10 horas en la sede del Ministerio a una Mesa Sectorial, en la que pretende modificar La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en sus artículos 451, 489 y nuevo 489 bien, así como la Disposición transitoria única, referentes a las sustituciones de los Letrados de la Administración de Justicia y a los nombramientos y ceses de los interinos de los Cuerpos Generales.
Entre los puntos más destacados del borrador de la modificacion que pretende, están los siguientes:
Con respecto a las sustituciones de Letrados de la Administración de Justicia,
Las suplencias de los Letrados de la Administración de Justicia deberán recaer en otro Letrado, que se denominará Letrado suplente.
En el caso de la suplencia por vacante, estará limitada a un máximo de dos años.
No podrá nombrarse Letrados de la Administración de Justicia sustitutos a quienes ya hubieran sido nombrados en la misma Administración en una o varias relaciones diferentes, por un periodo total que supere el máximo de dos años, hasta pasados seis meses desde la finalización del último nombramiento, sin que en ningún caso dé lugar al reconocimiento de la condición de funcionario de carrera.
En cuanto al nombramiento y cese de personal interino de los Cuerpos Generales,
Se incluyen como circunstancias para el nombramiento de funcionarios interinos las siguientes:
-. La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera, por un máximo de dos años.
-. La sustitución transitoria de los funcionarios titulares duante el tiempo estrictamente necesario y siemre que se especifique en el nombramiento el nombre de la pesona sustituida y la causa de la sustitución.
-. El exceso o acumulación de asuntos en los órganos judiciales por plazo máximo de nueve meses, dentro de un periodo de dieciocho meses.
No podrá nombrarse personal interino a quien ya hubiera sido nombrado en la misma Administración en una o varias relaciones diferentes, por un periodo total que supere el máximo de dos años, hasta pasados seis meses desde la finalización del último nombramiento.
En ambos casos, el incumplimiento de los plazos temporales previstos dará lugar a una compensación económica para el personal funcionario interino o al Letrado sustituto afectado, que será equivalente a veinte días de sus retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades, sin perjuicio de que, en caso de que se acrediten daños superiores, imputables al abuso, puedan éstos ser resarcidos.
Al personal interino le será de aplicación la percepción de la retribución correspondiente al complemento de carrera administrativa que corresponda según el tiempo de servicios prestados, siempre que cumpla con los requisitos previstos en la normativa de aplicación.
un dos tres, las tres mellizas un dos tres vereis que risa, sinverguenzas comegambas
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