'Informaba El Confidencial el pasado 1/01/2025 que el Ministro de de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López anunció que se han convertido en fijas 321.000 plazas de todas las AAPP por "procesos de estabilización", con lo que España ya cumple técnicamente con el hito comprometido ante la Comisión Europea en 2021 por su Plan de Recuperación para poder recibir fondos asociados: el hito [nº 150] sobre o "Estabilización del empleo público" en la reforma de las AAPP [que exigía a 31/12/2024 la "finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el
empleo (a través de contratos o puestos estatutarios del personal) que
involucran al menos 300 000 puestos (incluidos tanto los derivados de la nueva ley 20/2021 -publicada por el Gobierno para cumplir otro hito - como los derivados de las leyes anteriores de 2017 y 2018)"]
Pero el medio resalta que, "paradójicamente", con ese número de plazas asignadas por los procesos de estabilización no se ha conseguido ni por asomo el objetivo indicado en la exposición de la Ley 20/2021 de reducir la temporalidad en las AAPP al 8% sino que incluso habría aumentado, utilizando dados de la EPA: dicha temporalidad es del 28,6% en el tercer trimestre de 2024, algo mayor que la del 27,8% de 2019. El medio cifra los temporales Según los últimos datos disponibles, los interinos representaban el 24,5% de los empleados públicos en enero de 2024, más que en 2019 (20,5%).
El medio también traslada cifras de la propia estadística que elabora el Ministerio para la Transformación Digital y la Función Pública, la última a Enero de 2024 , y que mostraba que entonces los [funcionarios] interinos representaban el 24,5% de los empleados públicos, porcentaje también mayor que en en 2019 (20,5%), sponiendo ya sólo este tipo de empleados públicos temporales 728.572, de los cuales la inmensa mayoría eran de las AAPP de las CCAA (623.661).
NOTA DEL EDITOR: el medio cita la última actualización
el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones
Públicas por Función Pública con datos a Enero de 2024, que seguía
reconociendo de hecho -contabilizando no sólo los funcionarios interinos sino también los laborales temporales- ¡más de 1 millón de empleados públicos temporales! Según
esos mismo s datos se extrae que el 18,22% del personal
de la Administración del Estado (donde se detallan los datos por edad)
tiene una
edad de 60-64 años, , con lo que se podría extrapolar en primera aproximación un ritmo de 108 mil empleados públicos jubilados por año entre todas las AAPP. recogidas en el estudio. Como
el número de efectivos no se ha incrementado de facto a lo largo de los
años de forma notable , la única forma de que haya más de 1 millón de
temporales es que la gran mayoría de los puestos temporales que ocupan
hayan sido ocupados de forma temporal durante varios años, de hecho,
muchos años. De donde se puede extrapolar que aproximadamente al menos 700 mil puestos temporales estarían todavía en fraude de ley de abuso de temporalidad,
y que llegó a haber más de 1 millón de temporales en abuso de
temporalidad (muchos de ellos ahora ya cesados o siendo cesados por
procesos de estabilización anteriores o de otro tipo).
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3 comentarios:
Pues nada. En la Cam con los médicos, siguen empecinados con compensaciones insuficientes.
Compensación a médicos interinos en Madrid
El cálculo del importe a abonar se realizará considerando las retribuciones fijas del puesto, antigüedad, carrera profesional y el promedio de atención continuada durante el último año trabajado. No se incluirán conceptos como pluses de transporte, ayudas de comida o gratificaciones por servicios extraordinarios.
La compensación consistirá en una cantidad equivalente a 20 días de salario fijo por cada año trabajado en la plaza afectada, prorrateándose los periodos inferiores al año. No obstante, el máximo será de 12 mensualidades. Además, el salario bruto anual del empleado, dividido entre 365 días, servirá como base para calcular el importe diario correspondiente.
El procedimiento, que será gestionado de oficio por las gerencias de los centros, estipula que esta indemnización no quedará afectada si el interino es contratado de nuevo en otra plaza tras el cese. Las cantidades estarán sujetas a retención de IRPF y cotización a la Seguridad Social.
Al Ministro ya se le han olvidado las cartas de emplazamiento y el procedimiento de infracción por no sancionar el abuso de temporalidad en el sector público.
Que mala memoria tiene este señor
Que presente su dimisión lo antes posible y venga alguien con talento que transponga la Directiva 70/99 y que tenga algo más de capacidad y memoria.
FIJEZA YA!!!!
9,53 así es para todos. Y después viene hacienda y te da un palo del 40% porque según hacienda no está exento porque lo exento se refiere al cese y del estatuto de los trabajadores. No en la administración. Te queda una miseria.
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