viernes, 1 de mayo de 2026

El Tribunal Supremo no tiene señalado para sentencia todavía el recurso de casación del asunto Obadal

 En la Agenda de señalamientos del TS del 04 al 08 de mayo de 2026 no se encuentra el recurso de casación n° 5544/2023 de la Sala de lo Social, el procedimiento judicial en el que esa Sala planteó la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE que dio lugar a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE en el asunto Obadal, 

En todo caso, es de prever, que la Sala de lo Social se reúna en pleno para debatir el sentido de la sentencia que podría modificar su doctrina con respecto al abuso de temporalidad del empleado público laboral. De hecho, tiene señalada para deliberación por el Pleno el 5/5/2026  el recurso nº 3543/2023 a una sentencia de la sección 3 del TSJ de Madrid.

52 comentarios:

Anónimo dijo...

Cutres.

Anónimo dijo...

Ya me parecía a mí, a ver si sale de una vez la fecha.

Anónimo dijo...

Moralo en la Sala I.
Parada en la Sala II

Logicamente, lo resolverán en Pleno.

Santiago Rivera Jimenez con el que comparten Sala los 2, era letrado del TS de la Sala IV aquí en 2019, https://www.iberley.es/jurisprudencia/duracion-contrato-interinidad-vacante-superior-3-anos-supone-condicion-indefinido-no-fijo-sts-n-649-2021-sala-social-rec-3263-2019-28-junio-2021-48362937

Anónimo dijo...

En fin. Lo que va atener que aguantar Parada en el Pleno.

Anónimo dijo...




Todo organismo político tiene que recibir instrucciones de quienes les han nombrado

Anónimo dijo...

la fecha era Julio y si no estuviese por X razon, se vendría a Septiembre

Anónimo dijo...

Tened en cuenta que va a haber cambios en lo Contencioso

Anónimo dijo...

https://diariosabemos.com/analisis/interinos-europa-no-se-cree-sanchez-da-paso-definitivo_516627_102.html

Anónimo dijo...

Lean , lean este Articulo de Jover no tiene desperdicio

https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/interinos-luxemburgo-el-supremo-y-el-revolver-que-ya-no-dispara-salvas-que-hara-la-sala-social-con-obadal-1.html

Anónimo dijo...

Tachan..

No entiendo lo que está haciendo García-Page. De verdad que no lo entiendo. Yo le conozco desde hace muchos años, he tenido la oportunidad de trabajar muchas veces con él y no entiendo lo que está haciendo. Me resulta increíble cuando acabamos de ver en Barcelona cómo todos los gobiernos y todos los partidos progresistas del mundo reconocen al de Pedro Sánchez como estandarte de la socialdemocracia del siglo XXI. Cada vez que salgo fuera de España nos ponen como ejemplo en materia de energía, en materia de paz, de defensa de un sistema multilateral justo, en defensa de un sistema social justo, en defensa del crecimiento económico. Que todo eso se ponga en cuestión no lo entiendo, de verdad que no lo entiendo.

Anónimo dijo...

8,04 déjate de Politiqueo, a no ser que comas de ellos

Anónimo dijo...

Regalito para el TS.
https://digibug.ugr.es/bitstream/handle/10481/81418/94751.pdf?sequence=4&isAllowed=y

Luis Gil Suárez . Presidente de la Sala IV en 1998

Hizo un Rechazo a la asimilación del INF con el fraude
Criticó que la mayoría de la Sala utilizara la mecánica de la interinidad por vacante para definir la situación de los trabajadores en fraude de ley.

Luis Gil Suárez consideraba que, si una Administración Pública incumplía las normas de contratación temporal, la consecuencia legal debería ser la fijeza plena del trabajador (como ocurre en el sector privado), y no situarlo en una categoría híbrida que se asemeja a una interinidad perpetua.

Os suena? 🤣

Anónimo dijo...

Según parece la prejudicial de Murcia se espera para el segundo semestre de este 2026 y la de Galicia entre 2026 y 2027. ¿Alguien podría poner luz sobre estas fechas? Entiendo que si son como deberían ser (favorables a los interinos), se acabó. No tendríamos que esperar más interpretaciones ni más excusas. Vamos, que tienen poco tiempo para quedar bien legislando (políticos) o sentenciando (jueces), o para retratarse como nefastos servidores del estado.

Anónimo dijo...

Los jueces lo tienen claro no hay que esperar más prejudiciales, es el Gobierno el que no espabila y no legisla ya

Anónimo dijo...

Opino igual más prejudiciales para que?. Aún no está claro?.

Anónimo dijo...

Enero 1998. Fueron 6 magistrados.

Voto particular formulado por el Excmo. Sr. Magistrado D. Luis Gil Suarez, al que se adhieren los Excmos. Sres. Magistrados D. Arturo Fernández López, D. Fernando Salinas Molina, D. Miguel Angel Campos Alonso y D. Leonardo Bris Montes

Anónimo dijo...

El fijo a extinguir no está bien!

Anónimo dijo...

El gobierno debería aprobar o modificar la 20/21 incorporando los concursos restringidos a personas y no a plazas con resultado cierto si cumple los requisitos

Anónimo dijo...

Llegó la hora de asumir, que 8 magistrados , "SE EQUIVOCARON" en 1998.

Luego han pasado 28 años.

Anónimo dijo...

Y a los casos de abuso prolongado, tal con de deduce del abogado general de la UE, prestar especial atención, no sólo serviría el hacerlos fijos como función reparadora.

Anónimo dijo...

...tal como se deduce del informe del caso Obadal...

Por otro lado no valen los artilugios ni instrumentos jurídicos que no cumplan fielmente con la sentencia.
O sería prevaricacion?

Anónimo dijo...

Los que se equivocaron.
D. Aurelio Desdentado Bonete (Magistrado Ponente)
D. Víctor Fuentes López
D. Antonio Martín Valverde
D. Mariano Sampedro Corral
D. Pablo Manuel Cachón Villar
D. José María Marín Correa
D. Luis Ramón Martínez Garrido
D. Jesús González Peña

Los que ACERTARON.

D. Luis Gil Suárez,
D. Arturo Fernández López.
D. Fernando Salinas Molina.
D. Miguel Ángel Campos Alonso.
D. Leonardo Bris Montes.

Anónimo dijo...

Don. Fernando Salinas Molina.
https://www.juecesdemocracia.es/2017/03/21/fernando-salinas-molina/

Anónimo dijo...

Regalito.
SALINAS MOLINA, Fernando (2016): “La resurrección de la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 28 de junio de 1999
https://www.upf.edu/documents/3885005/8336987/Editorial-Salinas.pdf/fbd7c7de-03b3-f494-936e-056295109ca3.

Anónimo dijo...

Hace 10 años ya lo avisó. ;-) GRACIAS!!!

Anónimo dijo...

https://www.upf.edu/iuslabor/_pdf/2016-3/Editorial-Salinas.pdf

Anónimo dijo...

https://raco.cat/index.php/IUSLabor/article/view/316731/406825

Anónimo dijo...

Fernando Salinas Molina, Magistrado de la Sala Social del Tribunal Supremo, analiza en su editorial la situación de la contratación temporal en España tras diversas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en 2016. Sus argumentos principales se resumen en los siguientes puntos:

* **Abuso en la contratación temporal por la Administración Pública:** Salinas sostiene que se han cometido **graves abusos**, especialmente por parte de la Administración empleadora, al utilizar de forma reiterada nombramientos temporales (personal interino, estatutario o eventual) para cubrir **necesidades estructurales** que deberían ser permanentes [1, 2]. Critica que estas situaciones se prolonguen durante años a la espera de convocatorias de acceso que nunca llegan [2, 3].

* **Crítica a la "complacencia jurisprudencial":** El autor argumenta que la jurisprudencia española no supo poner coto a estos abusos de forma efectiva [2]. Si bien valora la creación de la figura del **"indefinido no fijo"** para evitar que trabajadores contratados irregularmente accedieran a la fijeza sin mérito y capacidad, critica que esta figura acabó convirtiendo a los trabajadores en **"temporales permanentes"** sin definir claramente las consecuencias de su extinción contractual [2, 4].

* **La indemnización como "condición de trabajo":** Basándose en la interpretación de la Cláusula 4ª de la Directiva 1999/70/CE, Salinas destaca que la **indemnización por finalización de contrato debe considerarse una "condición de trabajo"** [5]. Por tanto, no se puede discriminar al trabajador temporal frente al indefinido comparable negándole dicha indemnización sin una razón objetiva [6, 7]. Argumenta que el mero hecho de que el contrato sea temporal o de interinidad no constituye por sí solo una razón objetiva válida para tal exclusión [7, 8].

* **El principio de no discriminación y la Cláusula 4ª:** Sostiene que la finalidad de esta cláusula es impedir que los empleadores utilicen la naturaleza temporal de la relación laboral para privar a los trabajadores de derechos reconocidos a los fijos [9, 10]. Subraya que este principio de Derecho social de la Unión **no puede ser interpretado de manera restrictiva** [10].

* **Medidas para prevenir el abuso (Cláusula 5ª):** Salinas explica que el TJUE ha recordado que los Estados deben establecer medidas efectivas (razones objetivas, duración máxima o número de renovaciones) para prevenir el uso abusivo de contratos sucesivos [11, 12]. Advierte que la renovación de contratos a la espera de procesos selectivos no es conforme a la Directiva si en la práctica da lugar a un **uso abusivo** de la temporalidad [3].

* **Necesidad de reformas y eficacia directa:** Finalmente, el autor señala que la Directiva tiene **eficacia directa** en la resolución de litigios [13] y aboga por realizar **reformas normativas** que establezcan medidas disuasorias efectivas contra la utilización abusiva de la contratación temporal por las Administraciones públicas [14].

Anónimo dijo...

La prevaricación es palmaria, supo pero no quiso, dejando al abusado indefinidamente indefenso.

Anónimo dijo...

Si en la pobreza después de más de 20 años y más de 50 años....

Anónimo dijo...

En la concentración de esta semana me di cuenta de lo que nos están haciendo sufrir porque hablé con varias personas que como yo, hemos sufrido ansiedad, algunas han estado en psicólogos, todas con juicios, unas ya terminados con sentencias de abusos, pendientes de ellos o malinformadas intencionadamente para que pierdan el hilo de su reclamación. Madres cuyos hijos sufren a la vez que sus madres repentinamente lo que parece enfermedades, personas que después de tantos años se encuentran en la casilla de salida y durante muchos años fueron muy útiles, trabajadoras responsables y dejaron un gran vacio al cese. Los procesos selectivos de estabilización han sido la gota que colmó el vaso. Te dicen que sufres abuso y no hay sanción pero eligen tu plaza para hacer funcionaria a otra persona que muy posiblemente no esté en abuso y a ti te leen la cartilla de los criterios constitucionales o, ves como a otros les hacen funcionarios por concurso y a ti te convocan la oposición días antes de que entre en vigor la ley 20/21. Y digo yo, hasta cuándo y cuánto más hay que aguantar?

Anónimo dijo...

Gran comentario 23:23

Anónimo dijo...

Esperando un milagro
Se me pasó la tarde
Quizá no me di cuenta
Que rozó mi mejilla
Y cuando me di vuelta
No alcancé a comprenderlo
Ya se había escondido
En el centro de mi alma

Anónimo dijo...

23:23 NO son capaces de hacer su trabajo durante años, van a pensar en las consecuencias y el sufrimiento que están provocando en los abusados o en sus hijos, imposible.

Anónimo dijo...

Se lo haremos saber y deberán resarcir sus deudas para con todos los abusados en temporalidad

Anónimo dijo...

Todo eso es cierto.
Gracias por compartirlo 🫂

Y también lo es, que nadie se "plantó" delante de sus jefes para decirles de todo, por todas esas "fechorías".

Anónimo dijo...

A mí personalmente si me ha afectado a nivel emocional, daños que no se perciben, pero que poco a poco machacan. Mi ejemplo, te mandan a un pueblo rural, plaza de difícil cobertura, después de años formas tú familia en el mismo lugar que otros no han querido y que han rechazado masivamente, y ahora a la calle. La persona que estabiliza es por descarte y pide excedencia por incompatibilidad por tener otra plaza...un sin sentido todo.

Anónimo dijo...

Un CONSEJAZO, 23:23.
Contacta con Fernando Salinas Molina, que tiene 76 años.
Es la única persona "viva" de las 5 que nos apoyaron en 1998.
28 años hace de aquello, da vértigo decir la cifra.

PD. El consejo es para cualquier persona, que con el debido respeto, quiera saber lo que pasó en aquella reunión de 1998, cuyo resultado fue 5-8.

Quien "lo consiga", estará desclasificado los papeles del 20 de Enero de aquel año, lo cual ayudará a sanar al colectivo de Interinos que representamos.

Anónimo dijo...

Info
https://confilegal.com/20181029-el-magistrado-del-ts-fernando-salinas-padre-de-la-ley-reguladora-de-la-jurisdiccion-social-premio-asnala-2018/

Anónimo dijo...

Ansiedad... Fatiga... Pesadillas...

Anónimo dijo...

Que bueno es Jover, hay va un articulo suyo

https://www.lawandtrends.com/noticias/administrativo/por-que-no-es-tan-sencillo-anular-los-concursos-de-meritos-ya-celebrados-de-los-interinos-1.html

Anónimo dijo...

Si no queréis tener mala baba, no lo leáis, vaya con CCOO



https://ccoouma.org/ccoo-te-informa-sobre-el-alcance-de-la-sentencia-del-tjue-sobre-los-interinos/

Anónimo dijo...

11:06 Sacado del artículo:
"Se constituye al orden social como el único competente para conocer de los litigios sobre prevención de riesgos laborales, por lo que también los funcionarios o personal estatuario plantean sus reclamaciones sobre accidentes de trabajo o enfermedades profesionales ante este orden social."
Que es la indefensión sino una enfermedad profesional tras un abuso laboral continuado durante 10,20,30 años.

La indefensión aprendida tras un abuso laboral continuado (mobbing) durante décadas sí puede considerarse, a efectos funcionales y psicológicos, una enfermedad profesional o, más frecuentemente, una contingencia profesional derivada de accidente de trabajo.

Representa la fase más avanzada de desgaste, donde el trabajador, tras años de inútiles intentos de defensa o denuncia, asimila que sus acciones no tienen efecto sobre un entorno hostil.

Anónimo dijo...

Según estás cifras del País.
https://elpais.com/economia/2026-05-03/el-empleo-temporal-inunda-el-sector-publico-soy-funcionaria-pero-no-puedo-pedir-una-hipoteca.html

Somos 606.351

Anónimo dijo...

Si han estabilizado 419.000 personas. El abuso ha sido a 1.025.000.

Solo estabilizó un 40%. Vaya pesadilla.

Las sentencias de Vigo y Madrid enseñan q soltar pasta es INTOLERABLE.

52.000 por 17 años. Estamos locos? 3 mil por año.

Suma y suma años de abuso de 1 millón de personas.

Entre 10 y 15 años de media abuso en España en el Sector Público.

10 años 3.000 * 3.000 al año * 1 millón de afectados = 30.000 millones

15 años 3.000 * 3.000 al año * 1 millón de afectados = 45.000 millones

Esa es la horquilla. 30.000 a 45.000 millones.

Los 4 de cada 10 estabilizados, que renuncien a entre 7500 millones - 11.250 millones.

Eso subiría el importe de la indemnización del otro 60% , entre 800 y 1800 euros por año de abuso.

Anónimo dijo...

CCOOrdial saludo 🤣
No lo firma NADIE. Bueno sí, lo escribe un DonNadie

Anónimo dijo...

Y en los comentarios de los lectores, loo de siempre: "menudos caraduras, quieren su plaza sin opositar...", "que estudien"... etc. Vamos, que debe ser que Europa nos tiene manía, y ese más 30% de interinidad, se debe a que aquí somos unos zotes, y que cuando hay oposiciones, una de cada tres plazas no se adjudica porque no hay aprobados suficientes. Y los que siguen defendiendo estas posturas, ¿no se dan cuenta de que vamos a la cola en todo? ¿No tendrá que ver con cómo entendemos aquí las cosas?

Anónimo dijo...

Más fácil, entre 10 y 15 millones de años de abuso. Los estabilizados dan entre 4 y 6 de sus millones a los no estabilizados. Por tanto a los no estabilizados.
A cada no estabilizado le "regalamos" entre 6,6 y 10 años o lo q es lo mismo entre 20.000 - 30.000 euros más..

Por ejemplo a la gallega del CSIC en vez de 52.000 por 17 años. Pues 72.000 - 82.000 euros. O lo q es lo mismo, entre 1.200 -1.800 euros más por el abuso cometido.

Que os parece?

Anónimo dijo...

Cada año de abuso a los no estabilizados le sale a la administración por entre 4.200 - 4.800 euros al año.
Los estabilizados, no ven un euro.

Anónimo dijo...

Alguien sabe si la sentencia de las prejudiciales de Murcia de Arauz son este año?? Gracias

Anónimo dijo...

10:25 Cómo vamos a enfrentarnos al abusador, tenemos las de perder contra él, es inmune a la ley e impune al castigo.

Anónimo dijo...

https://diariosabemos.com/analisis/interinos-sanchez-tiene-votos-aprobar-decreto-concesion-fijeza_516633_102.html