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Informa y publica José R. Chaves en su blog de laJusticia.com este 02/10/2018 que el Tribunal Supremo ha dictado importantes y muy esper...
Blog de APISCAM
ATAJOS:"Entradas importantes", "Entradas nuestras"
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domingo, 14 de octubre de 2018
Entradas más vistas de la semana 08/10//2018-14/10/2018 en este blog: la Comisión Europea a favor de la fijeza de los estatutarios interinos en abuso de termporalidad, el Suopremo sentencia no concederles indefinido no fijo, mesa sectorial de Sanidad SERMAS y OPE 2018 con sus puestos, ....
Por si te perdiste algunas entradas que podrían haber sido de tu interés
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además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras"
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jueves, 11 de octubre de 2018
[Gabinete Araúz de Robles] 'Estado de tramitación de las cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea' [Observaciones de la Comisión Europea a la demanda de fijeza del informático del SERMAS interino más de 17 años: la transformación a fijo es adecuada a la normativa europea]
'En
relación con las cuestiones prejudiciales planteadas por los Juzgados
de lo Contencioso Administrativo 8 y 14 de Madrid al Tribunal de
Justicia de la Unión Europea, el despacho Araúz de Robles, informa de lo siguiente:
PRIMERO.-
En cuanto a la cuestión prejudicial suscitada por el Juzgado número 14,
se está tramitando por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(TJUE) bajo el número de asunto prejudicial C-429/18, habiendo dado
traslado la Secretaría del Tribunal a las partes del plazo de dos meses
para formular Observaciones escritas en resolución de fecha 31 de
julio,
plazo éste que venció el 10 de octubre de 2018.
Ya
hemos formulado Observaciones escritas en nombre de las odontólogas
estatutarias temporales recurrentes que acreditaban entre 8 y 17 años de
servicios continuados en el SERMAS, por lo que en breve se nos dará
traslado de las Observaciones escritas formuladas, tanto por la Comisión
Europea, como por el Reino de España y por la Comunidad de Madrid.
SEGUNDO.- En cuanto a la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado nº 8, que se está tramitando por el TJUE bajo el número de asunto prejudicial C-103/18, el Tribunal nos ha dado traslado de las Observaciones escritas presentadas en este asunto por la Comisión Europea, en las que dicha Comisión viene a manifestar, en la línea que defendemos nosotros, lo siguiente:
a)
Que el incumplimiento por parte del empleador público de su deber de
incluir la plaza vacante ocupada por el trabajador temporal en la oferta
de empleo público del año siguiente a su nombramiento, de conformidad
con el art. 10.4 EBEP, y en el plazo improrrogable de 3 años, de
conformidad con el art. 70.1 EBEP, supone una violación de la Cláusula 5 del Acuerdo marco,
en la medida que permite la sucesión de contratos temporales o perpetúa
la temporalidad, y por tanto, conlleva una utilización abusiva de la
contratación temporal para cubrir necesidades estables y permanentes
[CSIF Madrid] 'La Comunidad de Madrid traslada a CSIF y al resto de sindicatos la propuesta de OPE 2018. CSIF, antes de estudiar el borrador en profundidad, pide a la Administración regional que amplíe al máximo el proceso de estabilización'
'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF),
sindicato más representativo en las administraciones públicas y con
presencia creciente en el sector privado, y el resto de organizaciones
sindicales tienen hasta el miércoles de la semana que viene para aportar
las propuestas que consideren sobre el borrador de Oferta Pública de
Empleo (OPE) para 2018 que le ha presentado hoy la Administración de la
Comunidad de Madrid en la Mesa Técnica de Selección de personal
funcionario de administración y servicios.
Antes
de estudiar en profundidad el borrador, CSIF ha pedido que se apliquen
los criterios del segundo Acuerdo Nacional para la Mejora del Empleo,
con el objetivo de que se amplíe al máximo el proceso de estabilización.
Dado
que quedan pendientes muchos procesos selectivos en marcha desde 2016, y
que el volumen de procesos que se van a iniciar va a ser muy
importante, CSIF ha propuesto que se dote de medios personales y
telemáticos a la Subdirección General de Planificación de Efectivos y
Selección, para hacer posible la ejecución de todos los procesos
selectivos que se avecinan.
Asimismo,
en la reunión de hoy de la Mesa Técnica, CSIF ha urgido a la Comunidad
de Madrid a acelerar todos estos procesos con la publicación inmediata,
para este mes de octubre, del Decreto de OPE 2018 y de la negociación de
las bases de los procesos selectivos para el próximo mes de diciembre.
miércoles, 10 de octubre de 2018
[Plataforma Personal Temporal CM] 'El programa Hoy por Hoy de la Cadena Ser da voz a la problemática de los interinos e informa del alcance de las decepcionantes sentencias del Tribunal Supremo '
La Cadena SER Madrid dedicó como segunda y amplia noticia de su programa, de ámbito nacional, "Hoy Por Hoy"
del día 05/10/2018 a la problemática de los empleados públicos
temporales ( "interinos") de larga duración, a raíz de dos importantes sentencias del Tribunal Supremo, publicadas el día anterior.
[CSIF Nacional] 'Las sentencias del Supremo constatan el abuso en la contratación de interinos en la Administración.CSIF reclama que se agilicen los procesos de estabilización: la Administración registra 440.100 contratos interinos, la cifra más alta de la historia'
'La
Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más
representativo en las administraciones públicas y con presencia
creciente en el sector privado considera que las sentencias del Tribunal
Supremo constatan el abuso en la contratación interina y por tanto la
situación de desprotección e inestabilidad en el empleo de nuestras
administraciones.
Según datos extraídos por CSIF de la última
Encuesta de Población Activa (EPA), en el segundo trimestre del año se
han registrado un total de 440.100 contratos interinos (un 14 por ciento
de todo el empleo público); se trata de la cifra más alta de personal
interino de la historia de nuestras administraciones públicas.
[FeSP UGT Madrid] Educación. 'Los tribunales dan la razón a UGT al estimar la extensión de efectos del pago de verano a los interinos.'
'UGT solicitó la extensión de efectos de sentencia del juzgado nº 11 que
reconocía el cobro y demás derechos administrativos de funcionarios
docentes interinos los meses de julio, agosto y la parte proporcional de
septiembre.
La asesoría jurídica de UGT procedió a solicitar en torno a 180 extensiones de efectos. A fecha de hoy, se nos comunican los fallos estimatorios de los ocho primeros autos. Cabe reseñar que:
La asesoría jurídica de UGT procedió a solicitar en torno a 180 extensiones de efectos. A fecha de hoy, se nos comunican los fallos estimatorios de los ocho primeros autos. Cabe reseñar que:
martes, 9 de octubre de 2018
[AMYTS] Resumen de Mesa Sectorial Extraordinaria del SERMAS de 5/10/2018 [ampliadas las categorías de OPE extraordinaria incluidas en la OPE 2018 del SERMAS y abondo de productividad variable 2017]
Publica AMYTS su documentado resumen de la reunión extraordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que tuvo lugar el día 5/10/2018, resumen del que destacamos [con comentarios nuestros en cursiva entre corchetes]:
- RRHH de Sanidad presenta su propuesta actualizada de Oferta de Empleo Público de 2018 [descargar aquí la ropuesta ampliada, descargar aquí la propuesta completa anterior], con un total de 5.523 plazas repartidas así:
- 3.772 plazas de oferta "extraordinaria" [ descargar aquí la propuesta ampliada] [es decir de "estabilización de puestos" longevos según la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público , y que autoriza a convocar en OPEs hasta 2019 sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo que a fecha de 31/12/2016 llevaban más de 3 años cubiertos de forma temporal -más de 22 mil según el SERMAS-, todos los puestos temporales desde antes de 1 de Enero 2005 a los que se refiere la Disposición Transitoria 4ª de Proceso de Consolidación del Estatuto Básico del Empleado Público y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia, con la imposición de que la temporalidad debe quedar por debajo del 8%] , detallando en cada categoría el número de plazas computadas por cada causa (más de 3 años, antes de 2005 y también los indefinidos no fijos):
- 1.617
de categorías acordadas previamente: Médico de Familia y Pediatra de
Atención Primaria, Técnico Superior Especialista en Laboratorio y en
Radiodiagnóstico y Pinche [y que se suman a las ya ofertadas en la parte extraordinaria de la OPE 2017 del SERMAS, cuyas convocatorias respectivas ya fueron publicadas en Junio con bases de concurso-oposición, oposición eliminatoria y un 35% peso de la antigüedad
]
- 2.155 [compárese con las 971 de la propuesta inicial con menos categorías presentada en la reunión de Mesa Sectorial anterior con este punto de orden del día] de otras categorías: Médico de Urgencia hospitalaria,
Técnico Superior Especialista en Anatomía Patológica, Higiene
Bucodental, Medicina Nuclear y Radioterapia,. T.E.S. , Auxiliar de
Farmacia y los grupos restantes de la Función Administrativa: Técnico (55
plazas), Gestión (23) y Administrativo (209 plazas, una de ellas
computada por antes de 2005) así como las categorías [no incluidas en la primera propuesta] de Logopedas, Trabajador Social y 18 especialidades de Facultativo Especialista, que en este último caso habían sido solicitadas por AMYTS junto con otras no incluidas [A destacar las 27 plazas de Logopedia,
que por tanto podría significar la desvinculación de la OPE 2015 de las
plazas del personal temporal de más de 3 años, donde fueron
injustamente convocadas con un formato que no daba opción adecuada a la
valoración de méritos,y tal y como reclamaba la plataforma de trabajadores afectados]
lunes, 8 de octubre de 2018
[El INdependiente] Sentencias del Supremo sobre interinos: : El Gobierno sigue con los procesos de estabilización con sus puestos
Informaba El Independiente el pasado 4/10/2018 de las primeras reacciones del Gobierno y sindicatos de función pública del Estado a las dos importantes sentencias del Tribunal Suprem [ que
en casos de empleados públicos de una estatutaria eventuales
de Servicios de Salud y un funcionario de programa en abuso de duración
de temporalidad ha sentenciado nulo sus ceses por no renovación
decretando la readmisión pero ha rechazado la posibilidad de aplicar la
figura laboral del indefinido no fijo y por tanto su
indemnización prefijada ante futuros ceses considerando que el interino
de vacante es solución suficiente (aunque queda expuesto a un cese sin
indemnización por una OPE , una promoción interina, un concurso de
traslados, un reingreso, amortización,...), admitiendo el Tribunal
Supremos
sólo posibles indemnizaciones por daños y perjuicios por casos y si son
demostrados por el empleado]
#SaludConectada El congreso anual de telemedicina de la SEIS el 24 y 25 de Octubre en Santander
Del 24 al 25 de Octubre tendrá lugar en Santander la XVI Reunión de Salud Conectada, (antiguo Foro de Telemedicina, extendido hace unos años a la mHealth, movilidad, etc) organizada por la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS),
este año con el formato tradicional de varios mesas redondas, con la
novedad de unificar en una sola mesa con igual número total de proyectos
el el tradicional repaso de proyectos relevantes de la industria y las
procedentes de las organizaciones sanitarias públicas y privadas.
Ya se encuentra disponible un programa preliminar de detalle.
Ya se encuentra disponible un programa preliminar de detalle.
[CCOO Sanidad Madrid] 'Los trabajadores de la Sanidad Pública recuperan el complemento por Incapacidad Temporal¡
'El pasado jueves, 27 de septiembre de 2018 se ratificó el acuerdo de
recuperación del complemento retributivo en situación de incapacidad
temporal (IT), de la Mesa General de los Empleados Públicos de la
Comunidad de Madrid, entre el Gobierno Regional y las Organizaciones
Sindicales (CCOO, UGT, CSIT y CSIF).
En el día de hoy, se publica en el BOCM el acuerdo por el cual, todos los profesionales (Estatutarios, Laborales y Funcionarios) que prestan servicios en la Administración de la Comunidad de Madrid, recuperamos el complemento retributivo a la prestación por incapacidad temporal (IT), de forma que se garantiza nuevamente el 100% de las retribuciones.
En el día de hoy, se publica en el BOCM el acuerdo por el cual, todos los profesionales (Estatutarios, Laborales y Funcionarios) que prestan servicios en la Administración de la Comunidad de Madrid, recuperamos el complemento retributivo a la prestación por incapacidad temporal (IT), de forma que se garantiza nuevamente el 100% de las retribuciones.
[CSIF] 'CSIF se felicita de la sentencia del Supremo que establece que las prestaciones por maternidad están exentas de IRPF'
'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF),
sindicato más representativo en las administraciones públicas y con
presencia creciente en el sector privado, ha aplaudido la sentencia del
Tribunal Supremo que se ha hecho pública hoy y que establece que las
prestaciones por maternidad de la Seguridad Social que perciben las
mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de
un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que hasta ahora
ha mantenido la Agencia Tributaria.
CSIF
tiene interpuestas numerosas reclamaciones tanto por la vía
administrativa como, agotada ya ésta, por la vía judicial, para
solicitar la devolución del IRPF que pagaron numerosas trabajadoras que
cobraron la pensión de maternidad.
domingo, 7 de octubre de 2018
Entradas más vistas de la semana 01/10//2018-07/10/2018 en este blog: sentencia del Suopremo para el abuso de temporalidad de estatutarios eventuales, la Comisión Europea unifica las denuncias, mesa sectorial de Sanidad, ....
Por si te perdiste algunas entradas que podrían haber sido de tu interés
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Informa y publica José R. Chaves en su blog de laJusticia.com este 02/10/2018 que el Tribunal Supremo ha dictado importantes y muy esper...
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El Diputado del Grupo Parlamentario Socialista Portavoz en la Comisión de Sanidad en la Asamblea de Madrid, José Manuel Freire Campo , pl...
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Informaba AMYTS el pasado 26/09/2018 de la reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que tuvo lugar ese mismo ...
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La Comisión Europea ha estado enviando una carta a empleados públicos temporales españoles que, considerándose en situación de fraude...
viernes, 5 de octubre de 2018
[APRISCAM] 'El colectivo del Personal Informático del Sescam indignado ante la falsa consolidación de empleo de larga duración
'El pasado día 11 de septiembre se celebró la mesa técnica que el Sescam mantuvo con los Sindicatos para abordar los detalles de las plazas de Tecnologías de la Información incluidas en OPE convocada en el mes de julio, en la que ya manifestamos la intranquilidad de este colectivo.
APRISCAM quiere transmitir el malestar de sus Asociados/as ante esta propuesta que no hace sino aumentar su perplejidad e incertidumbre laboral. Es incomprensible que en un contexto de interinidad de larga duración, incumpliendo ámpliamente el artículo 10.1.C del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el que nunca se han convocado procesos selectivos en 30 años se plantee una "Oposición de Consolidación" en la que cerca del 40% de estas plazas se vayan a seguir manteniendo en interinidad. Tampoco se comprende la falta de apoyo decidido de los sindicatos que, salvo excepciones y de forma muy tibia, no están defendiendo lo que sus propios afiliados les reclaman, atendiendo preferentemente a otros intereses que nada tienen que ver con la situación laboral de estos/as trabajadores/as. En otras comunidades autónomas algunos de estos sindicatos se han posicionado mucho mas al lado de colectivos con la misma problemática.
El supuesto hito histórico que la Dirección del Sescam alude que está realizando con los Profesionales de las Tecnologías de la Información palidece con la realidad palpable que estos profesionales están soportando desde hace 30 años siendo la propia Administración la responsable de este estado de abandono. La situación de fraude de Ley, la larga experiencia acumulada y los hitos conseguidos por este colectivo (Historia Clínica Digital, Proyecto Ykonos, optimización de procedimientos y tecnologías, reorganización funcional, etc) parecen no ser tenidos en cuenta a la hora de plantear este proceso selectivo.
Familias enteras ven su futuro pendiente de un hilo cuando durante todos estos años estos Profesionales han dedicado los mejores años de su trayectoria laboral y profesional en aportar su esfuerzo para mejorar la Sanidad Pública castellano-manchega. Y habiendo opciones legales perfectamente admisibles que permitirían reconocer este enorme trabajo y restituir la injusticia que se viene realizando en todo este tiempo, no tiene explicación que se opte por un procedimiento que a nadie contenta y no garantiza en ningún sentido la supuesta consolidación que se pretende realizar. Las peticiones y alternativas planteadas por esta Asociación y las de los propios trabajadores/as están siendo ignoradas aludiendo a supuestos inconvenientes normativos que nadie es capaz de justificar formalmente, al contrario, es esta Asociación y muchos de los integrantes del colectivo de informáticos/as los que estamos buscando el apoyo legal con especialistas del ramo para conseguir una verdadera consolidación de sus puestos de trabajo.
Publicados en el BOCM los Acuerdos sobre incapacidad temporal e incremento de la masa salalarial de los empleados de la Comunidad de Madrid
En el Boletín Oficial de la Comuniodad de Madrid de
hoy, 5/10/2018 se han publicado los acuerdo de 2 de octubre de 2018, del
Consejo de Gobierno,por el que se expresa y formalmente:
- el Acuerdo de 27 de septiembre de 2018, de la Mesa General de Negociación de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Madrid, por el que se distribuye el fondo del 0,2 por 100 de la masa salarial previsto en el artículo 18.dos de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018 [descargar boletín]
- el Acuerdo de 27 de septiembre de 2018, de la Mesa General de Negociación de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Madrid, relativo al régimen retributivo en la situación de incapacidad temporal[descargar boletín]
jueves, 4 de octubre de 2018
[PoderJudicial] 'El Tribunal Supremo ha declarado nulo el cese de interinos [de programa y estatutario eventual] al considerar abusiva la utilización de contratos de duración determinada y reconoce su derecho a mantenerse en sus puestos de trabajo, percibiendo las retribuciones no abonadas, mientras la Administración no cumpla con la normativa vigente' [que la plaza se cubra con un funcionario fijo] [ Revoca la declaración previa de indefinidos no fijos del Tribunal Superior de Justicia Vasco]
'La Sección Cuarta de la Sala III, de lo Contencioso-Administrativo,
ha dictado dos sentencias en las que revoca parcialmente las
resoluciones del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en
relación con sendos ceses (declarados ilegales por la Sala de Bilbao, en
pronunciamiento confirmado ahora en casación) de un funcionario
interino municipal y de una empleada eventual de carácter estatutario en
los correspondientes puestos de trabajo cuando se constata una
situación previa de abuso en la utilización sucesiva de relaciones de
empleo de duración determinada.
Aplicando el criterio contenido en diversos pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, afirma, en primer lugar, que procede declarar contrarios a Derecho dichos ceses, pero que la constatada situación de abuso no permite convertir al funcionario interino o a la empleada pública eventual en “personal indefinido no fijo”, aplicando de forma analógica la jurisprudencia del orden social. Revoca, así, el pronunciamiento contenido en las sentencias de la Sala del País Vasco que habían aplicado tal figura jurídica, propia de las relaciones sometidas al Derecho Laboral, pero no aplicables a los empleados públicos vinculados con la Administración por una relación de naturaleza estatutaria o funcionarial, como aquí sucede.
Para el Tribunal Supremo, la consecuencia de dicho abuso es la subsistencia y continuación de las relaciones de empleo, con los derechos profesionales y económicos inherentes a ella, desde la fecha de efectos del cese ilegal cuya nulidad confirma y hasta que la Administración cumpla en debida forma lo que ordena la normativa aplicable.
Para dar debido cumplimiento a tal normativa (de la que deriva que el cese solo puede tener lugar cuando la plaza se cubra por el procedimiento correspondiente por funcionario o personal de carrera, o cuando vuelva su titular, o cuando termine el programa temporal que debe ejecutarse o cuando finalice la acumulación de tareas motivadora del nombramiento), señala la Sala que deben ponderarse las circunstancias del caso, que en los supuestos analizados constatan que los nombrados cubrían necesidades que, de hecho, no tenían carácter provisional, sino permanente y estable, de manera que debe valorarse, de modo motivado, fundado y referido a las concretas funciones que prestaron, si procede o no la ampliación de las relaciones de puestos de trabajo de las plantillas y, en caso contrario, acudir al tipo de nombramiento que proceda impidiendo en todo caso que perdure la situación de precariedad de quienes eventual y temporalmente hayan de prestar las funciones correspondientes.
Y en cuanto a la indemnización solicitada por los interesados, afirma la sentencia que no procede en el caso (pues el mantenimiento en sus puestos que se declara, con percibo íntegro de lo no abonado, repara íntegramente el perjuicio causado), pero que, en general, los afectados por la utilización abusiva de los nombramientos temporales tienen derecho a una indemnización, aunque el reconocimiento de ese derecho: a) depende de las circunstancias singulares del caso; b) debe ser hecho, si procede, en el mismo proceso en que se declara la existencia de la situación de abuso; y c) requiere que la parte demandante deduzca tal pretensión; invoque en el momento procesal oportuno qué daños y perjuicios, y por qué concepto o conceptos en concreto, le fueron causados; y acredite por cualquiera de los medios de prueba admitidos en derecho, la realidad de tales daños y/o perjuicios, de suerte que sólo podrá quedar para ejecución de sentencia la fijación o determinación del quantum de la indemnización debida.
Consulta la resolución
*Puede consultar la 2ª sentencia en este enlace: http://www.poderjudicial.es/portal/site/cgpj/viewDocument?ECLI=ECLI:ES:TS:2018:3251 '
Fuente: Nota de Prensa del Consejo General del Poder Judicial de 04/11/2018
Aplicando el criterio contenido en diversos pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, afirma, en primer lugar, que procede declarar contrarios a Derecho dichos ceses, pero que la constatada situación de abuso no permite convertir al funcionario interino o a la empleada pública eventual en “personal indefinido no fijo”, aplicando de forma analógica la jurisprudencia del orden social. Revoca, así, el pronunciamiento contenido en las sentencias de la Sala del País Vasco que habían aplicado tal figura jurídica, propia de las relaciones sometidas al Derecho Laboral, pero no aplicables a los empleados públicos vinculados con la Administración por una relación de naturaleza estatutaria o funcionarial, como aquí sucede.
Para el Tribunal Supremo, la consecuencia de dicho abuso es la subsistencia y continuación de las relaciones de empleo, con los derechos profesionales y económicos inherentes a ella, desde la fecha de efectos del cese ilegal cuya nulidad confirma y hasta que la Administración cumpla en debida forma lo que ordena la normativa aplicable.
Para dar debido cumplimiento a tal normativa (de la que deriva que el cese solo puede tener lugar cuando la plaza se cubra por el procedimiento correspondiente por funcionario o personal de carrera, o cuando vuelva su titular, o cuando termine el programa temporal que debe ejecutarse o cuando finalice la acumulación de tareas motivadora del nombramiento), señala la Sala que deben ponderarse las circunstancias del caso, que en los supuestos analizados constatan que los nombrados cubrían necesidades que, de hecho, no tenían carácter provisional, sino permanente y estable, de manera que debe valorarse, de modo motivado, fundado y referido a las concretas funciones que prestaron, si procede o no la ampliación de las relaciones de puestos de trabajo de las plantillas y, en caso contrario, acudir al tipo de nombramiento que proceda impidiendo en todo caso que perdure la situación de precariedad de quienes eventual y temporalmente hayan de prestar las funciones correspondientes.
Y en cuanto a la indemnización solicitada por los interesados, afirma la sentencia que no procede en el caso (pues el mantenimiento en sus puestos que se declara, con percibo íntegro de lo no abonado, repara íntegramente el perjuicio causado), pero que, en general, los afectados por la utilización abusiva de los nombramientos temporales tienen derecho a una indemnización, aunque el reconocimiento de ese derecho: a) depende de las circunstancias singulares del caso; b) debe ser hecho, si procede, en el mismo proceso en que se declara la existencia de la situación de abuso; y c) requiere que la parte demandante deduzca tal pretensión; invoque en el momento procesal oportuno qué daños y perjuicios, y por qué concepto o conceptos en concreto, le fueron causados; y acredite por cualquiera de los medios de prueba admitidos en derecho, la realidad de tales daños y/o perjuicios, de suerte que sólo podrá quedar para ejecución de sentencia la fijación o determinación del quantum de la indemnización debida.
Consulta la resolución
*Puede consultar la 2ª sentencia en este enlace: http://www.poderjudicial.es/portal/site/cgpj/viewDocument?ECLI=ECLI:ES:TS:2018:3251 '
Fuente: Nota de Prensa del Consejo General del Poder Judicial de 04/11/2018
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