Acabas de publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea este 30/03/2020
una nueva petición decisión prejudicial sobre la aplicación a empleados
públicos temporales de España de la famosa Directiva Europea sobre
empleo temporal 1999/70/CE, esta vez en relación a su cláusula 4ª de no
discriminación, salvo "razones objetivas", en condiciones de trabajo del
personal temporal con el personal fijo de su misma categoría y AAPP.
Esta petición, de 31/12/2019 y que ha quedado como asunto C-942/19, procede del Tribunal Superior de Justicia de Aragón
a raíz de un "recurso de apelación" [recurso de segunda instancia] con mucha probabilidad contra la sentencia favorable de un juzgado aragonés a una
demanda de un empleado del Servicio Aragonés de Salud. El alto tribunal regional aragonés plantea al Tribunal Europeo básicamente, la cuestión de si viola dicha
norma europea excluir de la posibilidad de conceder ciertas situaciones
de excedencia al personal funcionario interino (y su equivalente en
Servicios públicos de salud, el estatutario temporal) y el personal
laboral temporal , en resumen al empleado público temporal, cuando sí se conceden a personal fijo (no nos queda claro si en este caso la temporalidad es del puesto dorigen del que se pide la excedencia o del nuevo puesto ganado, o a ambos).