Así esta Orden aclara que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, solo afecta a los autónomos que prestan sus servicios en actividades suspendidas por la declaración del estado de alarma, y por su parte, el nuevo Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, no resulta de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta propia.
Por otro lado, "las personas trabajadoras por cuenta ajena que no deban acogerse al permiso retribuido recuperable establecido en el Real Decreto-ley 10/2020 y aquellas otras dedicadas a la actividad de representación sindical o empresarial tendrán derecho a que la empresa o entidad empleadora les expida una declaración responsable reconociendo tal circunstancia, de acuerdo con el modelo recogido en el Anexo de esta Orden".
[CIVIO proporciona el modelo del anexo en formato de Word y en formado Open Document (el utilizado de forma nativa por Open Office, Libre Office, etc). Descargar en PDF aquí]
- [14/03/2020] [Gobierno del Estado] 'El Gobierno decreta el estado de alarma para hacer frente a la expansión de coronavirus COVID-19' [Decreto publicado en el BOE]
- [28/03/2020] Publicada en el BOE la prórroga del Estado de Alarma hasta el día 12 de abril de 2020
- [29/03/2020] Publicado en el BOE el Real Decreto del "permiso retribuido recuperable" para los trabajadores por cuenta ajena que no presten "servicios esenciales" -entre ellos los sanitarios- para reducir lamovilidad en la lucha contra el COVID.-19
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