Publicaba el mismo día 19 de Marzo el gabinete de abogados Vento su interpretación y comentarios a la sentencia que había dictado esa misma mañana el Tribunal Europeo de Justicia al asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álavrez y otros", sobre el abuso de temporalidad del personal público en
España y sobre su derecho a estabilidad en el empleo como sanción en base a la cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE, a raíz de unas cuestiones planteadas por dos juzgados de Madrid por los casos de un informático estatutario del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid [SERMAS], "estatutario" [un tipo de funcionario de los Servicios de Salud, en ningún caso personal "laboral"] interino de
vacante ya 20 años de nuestra Asociación - de hecho, es nuestro Presidente-
y de 5 odontólogas también del
SERMAS, todas interinas de vacante cuando presentaron la
demanda,
algunas de ellas tras decenas de nombramientos estatuarios "eventuales"
[como se llama al temporal por obra y servicio o de fecha de fin en
estatutarios de servicios de salud]) previo.
Este gabinete de abogados cree que las conclusiones de la Sentencia -sobre personal estatutario de un Servicio de Salud, de relación de empleo de tipo funcionarial y no laboral por tanto- son extrapolables a los funcionarios y personal laboral al servicio de la administración cuando la administración empleadora "lleva a cabo un comportamiento abusivo , derivado de la utilización por parte del mismo de sucesivas relaciones laborales de duración determinada, o de una sola relación que se mantiene en el tiempo por dejadez de la Administración contratante" y que el Tribunal Europeo "deja claro" estas cuestiones:
- también cae bajo la protección de la Directiva Europea el empleado público nombrado sobre la base de una relación de servicio hasta que la plaza vacante sea provista de forma definitiva
- no vale como "razón objetiva" para esquivar la declaración de abuso aludir las razones de necesidad y urgencia del propio nombramiento cuando realmente se realmente se está cubriendo una necesidad permanente
- que ante este abuso constatado , es indispensable alguna medida efectiva que proteja al trabajador y sancione a la administración,
- el Tribunal Europeo no determina la medida, sino que le corresponde al nacional determinarla, si bien sobre las medidas consultadas de procesos selectivos de libre concurrencia, indefinido no fijo e indemnización equivalente a la del despido improcedente de la empresa privada, el Tribunal Europeo sí se posiciona diciendo que las dos primeras no resultan adecuadas y sobre la última que además debe ser suficientemente disuasoria para poder serlo
- el Tribunal no ve como posibilidad la transformación en fija de la relación laboral habida
cuenta de la normativa nacional que prohíbe la misma, al establecerse
como obligatoria la superación de un proceso selectivo", lo que ñlleva al gabinete a la conclusión de que la fijez "será posible si se ha superado un proceso
selectivo que garantice el acceso al empleo público de acuerdo con
los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad"
- [09/09/2018] La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"
- [10/05/2019] IMPORTANTE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acumula los dos asuntos de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS y celebrará el juicio oral el próximo 15 de Mayo. La amplia batería de cuestiones lanzadas en ambos casos, al tratrarse de forma conjunta, podría , en caso de sentencias favorables, dejar pocos resquicios a la aplicación posterior en los tribunales nacionales. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede s ser una de las medida válidas que exige la Directiva europea
- [21/10/2019] Informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" en el Tribunal europeo sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público: la interinidad de vacante prolongada en personal estatutario también es abuso que requiere sanción y no vale como sanción al abuso en temporalidad ni los procesos selectivos de libre concurrencia ni la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo para el personal de tipo funcionario. Decepción al no dar como opción de sanción que los jueces nacionales puedan sentenciar directamente fijeza, que supedita sea vía procesos "ordenados" de concursos de méritos restringidos. Como opción de sanción propone que se introduzcan indemnizaciones por año trabajado y disuasorias adicional a la de daños y perjuicios, dejando al juzgado valorar utilizar la del despido improcedente (actualmente en 33 días por año trabajado). En el caso de que la sentencia del Tribunal europeo fuera así, ante la imposibildad de asumir tales indemnizaciones sin costes irresponsables para la prestación de servicios públicos,los Gobiernos podrian verse obligados a concursos de méritos para dar la fijeza
- [19/03/2020] Sentencia y comunicado del Tribunal de Justicia de la Unión Euopeao del asunto acumulado "Sánchez Ruiz" sobre el abuso de temporalidad en el empleo público español
- [19/03/2020] [Araúz] Nota inicial sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [ del asunto sobre el abuso de temporalidad en el empleo público español]
- [19/03/2020] Sentencia demoledora y esperanzadora del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, pero no vale como sanción ni las convocatorias a oposiciones ni la figura del indefinido no fijo y las indemnizaciones como las del despido improcedente para valer tendrían que ser específicas contra el abuso y suficie+ntemente disuasorias. Doble bofetada contra la tesis del Gobierno de Pedro Sánchez de que no hay abuso y contra los procesos selectivos libres acordados con los sindicatos a realizar con los puestos de los "abusados". Decepción al no incluir apartado recordando que la declaración de fijeza siempre es una opción. Procesos administrativos restingidos de fijeza por méritos podrían evitar el probable coste en indemnizaciones ante la avalancha prevista de demandas de los afectados]
- [20/03/2020] [Fabian Valero Moldes] Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto Sánchez Ruiz sobre abuso de temproralidad en el empleo público españo por casos del Servicio Madrileño de Salud: improtante avance al reconocer el abuso donde la justicia nacional lo negaba -el funcionario interino de vacante. que deberá ser sancionado con indemnizaciones y no con la imposible fijeza
- [20/03/2020] [Arauz] 'Nota sobre la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de Marzo de 2020: la fijeza como única solución a la que avoca la sentencia'
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