Este abogado interpreta que esta sentencia es un gran avance, cierra la puerta a la fijeza, según él era prácticamente imposible, reconoce el abuso donde la jurisprudencia española lo negaba -las interinidades de vacante prolongadas de funcionarios y estatutarios interinos, y deja como la única y necesaria sanción , tras descartar también los procesos selectivos como sanción válida, indemnizaciones en el cese superiores a la figura del indefinido no fijo laboral actual
- [09/09/2018] La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"
- [10/05/2019] IMPORTANTE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acumula los dos asuntos de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS y celebrará el juicio oral el próximo 15 de Mayo. La amplia batería de cuestiones lanzadas en ambos casos, al tratrarse de forma conjunta, podría , en caso de sentencias favorables, dejar pocos resquicios a la aplicación posterior en los tribunales nacionales. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede s ser una de las medida válidas que exige la Directiva europea
- [21/10/2019] Informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" en el Tribunal europeo sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público: la interinidad de vacante prolongada en personal estatutario también es abuso que requiere sanción y no vale como sanción al abuso en temporalidad ni los procesos selectivos de libre concurrencia ni la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo para el personal de tipo funcionario. Decepción al no dar como opción de sanción que los jueces nacionales puedan sentenciar directamente fijeza, que supedita sea vía procesos "ordenados" de concursos de méritos restringidos. Como opción de sanción propone que se introduzcan indemnizaciones por año trabajado y disuasorias adicional a la de daños y perjuicios, dejando al juzgado valorar utilizar la del despido improcedente (actualmente en 33 días por año trabajado). En el caso de que la sentencia del Tribunal europeo fuera así, ante la imposibildad de asumir tales indemnizaciones sin costes irresponsables para la prestación de servicios públicos,los Gobiernos podrian verse obligados a concursos de méritos para dar la fijeza
- [19/03/2020] Sentencia y comunicado del Tribunal de Justicia de la Unión Euopeao del asunto acumulado "Sánchez Ruiz" sobre el abuso de temporalidad en el empleo público español
- [19/03/2020] [Araúz] Nota inicial sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [ del asunto sobre el abuso de temporalidad en el empleo público español]
- [19/03/2020] Sentencia demoledora y esperanzadora del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, pero no vale como sanción ni las convocatorias a oposiciones ni la figura del indefinido no fijo y las indemnizaciones como las del despido improcedente para valer tendrían que ser específicas contra el abuso y suficie+ntemente disuasorias. Doble bofetada contra la tesis del Gobierno de Pedro Sánchez de que no hay abuso y contra los procesos selectivos libres acordados con los sindicatos a realizar con los puestos de los "abusados". Decepción al no incluir apartado recordando que la declaración de fijeza siempre es una opción. Procesos administrativos restingidos de fijeza por méritos podrían evitar el probable coste en indemnizaciones ante la avalancha prevista de demandas de los afectados]
4 comentarios:
Fabián Valero dedicate este tiempo de cuarenta a redactar los nuevos modelos de tus demandas de Indefinido no fijo caducadas y trasnochadas...te ha dejado wappo el TJUE...has quedsdo retratado...y para más inri haces un vídeo ayer donde no haces nada más que el paperinas ...
Tan tajante la no fijeza no lo veo, podria ser proceso restringido para los abusados.. Directa y facil no es, pero en ningun caso, tampoco.
Mi respuesta a Fabián Valero: Con el mayor respeto, Fabián: no llevas toda la razón en tu vídeo. Y tú lo sabes. La "fijeza" es lo que se ha entendido de forma popular, vulgar, cómoda, inmediata, si se quiere. El objetivo de estas cuestiones prejudiciales (y Araúz lo ha explicado tanto que hasta yo me enteré), como el de las próximas, es cerrar todas las escapatorias a la Administración y al TS, como ocurrió en Italia, de tal forma que la "fijeza", de la forma que sea, sea la única salida. (A mayores, la "fijeza" ni era ni es un imposible, cuando hasta la propia Kokott la admitió en estos asuntos y así consta en la jurisprudencia del propio TJUE. Y el propio Superior de Justicia de Galicia la está concediendo a eepp laborales que han conseguido acreditar haber superado un procedimiento selectivo de igualdad, mérito y capacidad. Lo que os toca ahora a los abogados, creo yo, que no lo soy, es hacer valer que la Administración ha cumplido su obligación de seleccionarnos como ordena el EBEP en su artículo 10.2 y que la carga de la prueba corresponda a la propia Administración, no a nosotros.) Así que, de aquí en adelante, críticas constructivas. Y, las negativas, háganse entre iguales: entre abogados que logren plantear cuestiones prejudiciales.
La fijeza vendrá cuando entren el los juzgados miles de demandas, entre ellas la mía, vean cómo se colapsan aún más los juzgados, y alguien les diga a los legisladores, que la broma les va salir muy cara. Si aún así no recapacita, pues que paguen, aunque con la picia que tienen lo van tener un tanto complicado. Está claro que quieren echarnos, damos solvencia con nuestra gran experiencia a unos servicios sociales esenciales que quieren calzarse, así que ya sabéis el camino, denunciar y denunciar, eso sí, buscar a quien os represente bien.
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