[Plataforma Nacional PI] 'Tras las conclusiones emitadas ayer, 17/10/2019, por la Abogada General Juliane Kokott, queda clara la
situación del personal temporal de las Administraciones Públicas
españolas es un MOMENTO CLAVE para denunciar la contratación temporal en
fraude de ley en las Administraciones Públicas españolas.
A continuación te explicamos por qué y
después te explicamos cómo denunciar como ya hemos hecho cientos de
empleados públicos temporales.
¡Cuántos más denunciemos más presión para que se haga justicia y fijeza!
¿POR QUÉ AHORA ES EL MOMENTO OPORTUNO PARA DENUNCIAR?
Según las conclusiones de la Abogada General del TJUE :
- La reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo supone más precarización.
- Las convocatorias de procesos selectivos NO son una sanción al fraude
- Que la normativa española no sancione el fraude con la fijeza no es contraria a la normativa europea, sin embargo, señala que la fijeza sancionaría definitivamente el abuso.
¿CÓMO SÉ SI ESTOY CONTRATADO EN FRAUDE DE LEY?
Puede encontrarse contratado en fraude de
ley el personal temporal (interinos y estatutarios eventuales) de larga
duración de todas las administraciones que acumula más de 3 años en
plazas vacantes se encuentra en una situación irregular, ya que la
Administración tiene la obligación, según establece el Estatuto Básico
del Empleado Público (EBEP), de ofertar todas las plazas vacantes
existentes en las Ofertas Públicas de Empleo (OPEs) en un plazo
improrrogable de 3 años. En el caso del personal laboral, el Estatuto de
los Trabajadores (ET) establece que adquirirán la condición de
trabajadores fijos quienes en un periodo de 30 meses hubieran estado
contratados durante un plazo superior a 24 meses.
En el siguiente documento te explicamos también:
- Por qué la administración pública española ha cometido fraude de ley en la contratación temporal
- Qué dice la Directiva 1999/70/CE y su Acuerdo Marco sobre la contratación temporal
- Qué supone que las OPES (Ofertas de Empleo Público) están ofertando las plazas de los interinos contratados en fraude de ley
¿CÓMO PUEDO INTERPONER MI DENUNCIA?
A continuación te informamos de los pasos a
seguir para iniciar el proceso de denuncia. Si está interesado,
rellene este CUESTIONARIO DE DENUNCIA para iniciar el proceso de
demanda, primero por la vía administrativa -mediante la solicitud de
reconocimiento de contratación temporal en fraude de ley en su
administración pública- y posteriormente por vía judicial.
Al denunciar a través de la Plataforma de
Empleados Públicos Temporales (PI) puedes beneficiarte de ofertas
especiales con los más reconocidos buffets de abogados que actualmente
están defendiendo nuestros casos en los Tribunales de toda España.
Podrás elegir los abogados que más te interesen de aquellos con los que
trabajamos. Inscríbete en el cuestionario de denuncia y recibirás toda la información.
PRIMER PASO. SOLICITUD ADMINISTRATIVA
Mediante la solicitud administrativa se
solicita que la administración que le emplea le reconozca como
contratado en fraude de ley y asuma las consecuencias que de ello se
deriven según la legislación vigente y últimas las sentencias de los
Tribunales.
Una vez la administración conteste a su
solicitud (previsiblemente desestimándola) o no conteste (silencio
administrativo), se procede a interponer el RECURSO DE ALZADA.
SEGUNDO PASO: RECURSO DE ALZADA.
El siguiente paso dentro de reclamación
por vía administrativa es la interposición del recurso de alzada. Si la
Administración no contesta (silencio administrativo) o desestima su
recurso de alzada, el siguiente paso es iniciar la demanda por vía
judicial (contencioso-administrativo).
TERCER PASO: DEMANDA JUDICIAL.
Desde las Plataformas de interinos y
temporales ya hemos interpuesto cientos de demandas judiciales por toda
España a través de nuestros servicios jurídicos que ofrecen presupuestos
más ajustados que los que se ofrecen al público general. Nuestros
abogados realizan la demanda de manera individualizada para cada caso,
por lo que es necesario que prepare la DOCUMENTACIÓN pertinente (vida
laboral, servicios prestados, nóminas, trienios, sexenios, etc) y
autorice la representación en los tribunales mediante un PODER NOTARIAL
PARA PLEITOS a nombre de los abogados que le representan. Toda esta
información se la facilitarmos una vez se inscriba en el cuestionario de
denuncia.
CUESTIONARIO DE DENUNCIA
Si está interesado en iniciar el proceso
de denuncia, debe inscribirse rellenando el siguiente cuestionario. A
partir de ese momento, recibirá a través de su email, el contrato con
los abogados (en los que se incluyen precios y fases del proceso) así
como toda la información necesaria para iniciar el proceso de denuncia.
Pincha aquí para rellenar el cuestionario de denuncia
UNA VEZ FINALIZADA LA VIA ADMINISTRATIVA
(PRIMER Y SEGUNDO PASO), SI LA ADMINISTRACIÓN HA CONTESTADO
DESFAVORABLEMENTE O NO LO HA HECHO (SILENCIO ADMINISTRATIVO) ES
NECESARIO CONTINUAR CON LA VIA JUDICIAL (TERCER PASO) SI NO ESTAMOS DE
ACUERDO CON LA RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN. SI NO SE CONTINUA, SE
ACEPTARÍA LA RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN Y SE PERDERÍA EL DERECHO A
RECLAMAR MÁS ADELANTE.'
Fuente: Comunicado de la Plataforma Nacional Pi de 18/10/2019 recibido en APISCAM
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3 comentarios:
El DOE de Extremadura ya empieza a publicar los contenciosos administrativos contra el SES por materia abuso de temporalidad.
Me interesa lo de la publicación en el €DOE, me puedes indicar la fecha de publicación, he mirado los últimos días, y no veo nada. Gracias
No recuerdo fecha ...a través de buscador avanzado...hace referencia a la admisión de recurso.
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