Publicaba en su twitter el mismo día 19 de Marzo el abogado Marc Vilar su interpretación y comentarios a la sentencia que había dictado esa misma mañana el Tribunal Europeo de Justicia al asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álavrez y otros", sobre el abuso de temporalidad del personal público en
España y sobre su derecho a estabilidad en el empleo como sanción en base a la cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE, a raíz de unas cuestiones planteadas por dos juzgados de Madrid por los casos de un informático estatutario del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid [SERMAS], "estatutario" [un tipo de funcionario de los Servicios de Salud, en ningún caso personal "laboral"] interino de
vacante ya 20 años de nuestra Asociación - de hecho, es nuestro Presidente-
y de 5 odontólogas también del
SERMAS, todas interinas de vacante cuando presentaron la
demanda,
algunas de ellas tras decenas de nombramientos estatuarios "eventuales"
[como se llama al temporal por obra y servicio o de fecha de fin en
estatutarios de servicios de salud]) previo.
- la cláusula 5ª de la Directiva es [también] aplicable al caso de los empleados públicos Europea en el mismo puesto
- la mera remisión a las "causas" puestas en el nombramiento no valen como "razón objetiva" para esquivar la declaración de abuso
- son los órganos nacionales y no el Tribunal Europeo quien deben determinar la medida de sanción al abuso, pero el Tribunal sí da orientaciones para esa determinación, así sobre las medidas consultadas de
- procesos selectivos de libre concurrencia no resultan adecuadas salvo que se realice dentro del plazo establecido legalmente para cubrir la plaza
- indefinido no fijo: no es una medida por sí sola adecuada
- unja indemnización como el improcedente: sí valdría si el tribunal nacional estiama es suficientemente disuasoria y además que el derecho nacional lo permite
- la transformación en fijo excluida por el Derecho Español que requiere la superación de un proceso selectivo
- [09/09/2018] La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"
- [10/05/2019] IMPORTANTE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acumula los dos asuntos de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS y celebrará el juicio oral el próximo 15 de Mayo. La amplia batería de cuestiones lanzadas en ambos casos, al tratrarse de forma conjunta, podría , en caso de sentencias favorables, dejar pocos resquicios a la aplicación posterior en los tribunales nacionales. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede s ser una de las medida válidas que exige la Directiva europea
- [21/10/2019] Informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" en el Tribunal europeo sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público: la interinidad de vacante prolongada en personal estatutario también es abuso que requiere sanción y no vale como sanción al abuso en temporalidad ni los procesos selectivos de libre concurrencia ni la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo para el personal de tipo funcionario. Decepción al no dar como opción de sanción que los jueces nacionales puedan sentenciar directamente fijeza, que supedita sea vía procesos "ordenados" de concursos de méritos restringidos. Como opción de sanción propone que se introduzcan indemnizaciones por año trabajado y disuasorias adicional a la de daños y perjuicios, dejando al juzgado valorar utilizar la del despido improcedente (actualmente en 33 días por año trabajado). En el caso de que la sentencia del Tribunal europeo fuera así, ante la imposibildad de asumir tales indemnizaciones sin costes irresponsables para la prestación de servicios públicos,los Gobiernos podrian verse obligados a concursos de méritos para dar la fijeza
- [19/03/2020] Sentencia y comunicado del Tribunal de Justicia de la Unión Euopeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz" sobre el abuso de temporalidad en el empleo público español
- [19/03/2020] [Araúz] Nota inicial sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [ del asunto sobre el abuso de temporalidad en el empleo público español]
- [19/03/2020] Sentencia demoledora y esperanzadora del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, pero no vale como sanción ni las convocatorias a oposiciones ni la figura del indefinido no fijo y las indemnizaciones como las del despido improcedente para valer tendrían que ser específicas contra el abuso y suficie+ntemente disuasorias. Doble bofetada contra la tesis del Gobierno de Pedro Sánchez de que no hay abuso y contra los procesos selectivos libres acordados con los sindicatos a realizar con los puestos de los "abusados". Decepción al no incluir apartado recordando que la declaración de fijeza siempre es una opción. Procesos administrativos restingidos de fijeza por méritos podrían evitar el probable coste en indemnizaciones ante la avalancha prevista de demandas de los afectados]
- [20/03/2020] [Fabian Valero Moldes] Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto Sánchez Ruiz sobre abuso de temproralidad en el empleo público españo por casos del Servicio Madrileño de Salud: improtante avance al reconocer el abuso donde la justicia nacional lo negaba -el funcionario interino de vacante. que deberá ser sancionado con indemnizaciones y no con la imposible fijeza
- [20/03/2020] [Arauz] 'Nota sobre la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de Marzo de 2020: la fijeza como única solución a la que avoca la sentencia'
1 comentario:
Gracias a Domingo Sánchez Ruiz por llevar esto al final. Si lo he entendido bien, habría indemnizaciones como las de despido improcedente en el caso de interinos de larga duración y la otra alternativa son procesos selectivos restringidos, en los que los méritos cuenten un 50% o más.
Publicar un comentario