En el día de ayer, la Comisión había acordado estas medidas para el País Vasco, la Comunidad de Madrid y los partidos judiciales de Haro (La Rioja) e Igualada (Barcelona), a la vista de las disposiciones adoptadas allí por las autoridades sanitarias en las últimas horas, como la declaración de emergencia sanitaria en Euskadi o el confinamiento en el municipio barcelonés.
En la reunión mantenida ayer se completó la instrucción aprobada el pasado 11 de marzo mediante el diseño de un nuevo escenario previsto para una situación extrema -Escenario 3-, en el que solo se mantienen los servicios esenciales de la Administración de Justicia, garantizando las siguientes actuaciones, que han sido acordadas por el CGPJ, el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado:
1. Cualquier actuación judicial que, de no practicarse, pudiera causar perjuicio irreparable.
2. Internamientos urgentes del artículo 763 de la LEC.
3. La adopción de medidas cautelares u otras
actuaciones inaplazables, como las medidas de protección de menores del
articulo 158 CC.
4. Los juzgados de violencia sobre la mujer
realizarán los servicios de guardia que les correspondan. En particular
deberán asegurar el dictado de las órdenes de protección y cualquier
medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer y menores.
5. El Registro Civil prestará atención permanente
durante las horas de audiencia. En particular, deberán asegurar la
expedición de licencias de enterramiento, las inscripciones de
nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios del
articulo 52 CC.
6. Las actuaciones con detenido y otras que resulten
inaplazables, como adopción de medidas cautelares urgentes,
levantamientos de cadáver, entradas y registros, etc.
7. Cualquier actuación en causa con presos o detenidos.
8. Actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria.
9. En el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, las autorizaciones de entrada sanitarias,
urgentes e inaplazables, derechos fundamentales cuya resolución tenga
carácter urgente, medidas cautelarísimas y cautelares que sean urgentes,
y recursos contencioso-electoral.
10. En el orden jurisdiccional social, la celebración
de juicios declarados urgentes por la ley y las medidas cautelares
urgentes y preferentes, así como los procesos de EREs y ERTEs.
11. En general, los procesos en los que se alegue
vulneración de derechos fundamentales y que sean urgentes y preferentes
(es decir, aquellos cuyo aplazamiento impediría o haría muy gravosa la
tutela judicial reclamada).
12. El/la Presidente/a del Tribunal Superior de
Justicia, el/la Presidente/la de la Audiencia Provincial y el/la Juez/a
Decano/a adoptarán las medidas que procedan relativas al cese de
actividad en las dependencias judiciales en que se encuentren sus
respectivas sedes, y cierre y/o desalojo de las mismas en caso de que
procediera, poniéndolo en conoc
imiento y en coordinación con la Comisión
de Seguimiento competente.
El acuerdo aprobado hoy dispone “extender a todo el
territorio nacional el Escenario 3, durante el tiempo que se mantenga el
estado de alarma, de manera que las actuaciones procesales y medidas
que se contemplan en este escenario resultarán de inmediata aplicación,
sin excepción alguna, a la totalidad del Estado Español”.
La Comisión Permanente ha adoptado un segundo acuerdo
en el que, en ejercicio de la función de coordinación que corresponde
al CGPJ en materia de prevención de riesgos laborales de jueces y
magistrados, se dirige al Ministerio de Justicia y las Comunidades
Autónomas con competencias transferidas en la materia para que
proporcionen los medios que se estimen necesarios para garantizar la
protección de la salud, “en el marco de la gravedad de la situación de
emergencia sanitaria que vive nuestro país y conscientes de que la
materialización de las medidas que se interesan han de ser contempladas
dentro del ámbito de prioridades que las autoridades sanitarias del
Estado y de las Comunidades Autónomas establezcan”.
También se recomienda a los presidentes de la
Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia que en las
propuestas de turnos rotatorios para cubrir los servicios esenciales
tengan en cuenta la situación de los jueces/zas y magistrados/as que se
encuentren en situaciones de especial sensibilidad, a los efectos de
acordar exenciones totales o parciales y facilitar el teletrabajo.
A la reunión han asistido presencialmente el
presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder
Judicial, Carlos Lesmes; y los vocales miembros de la Permanente con
residencia en Madrid, Álvaro Cuesta y Rafael Mozo; así como el
secretario general del CGPJ, José Luis de Benito. Los vocales con
residencia fuera de Madrid -José Antonio Ballestero, Juan Manuel
Fernández, Juan Martínez Moya y Pilar Sepúlveda- han participado
telemáticamente.
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Fuente: Nota de Prensa del Poder Judicial de 14/03/2020
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