Blog de APISCAM
miércoles, 13 de enero de 2021
[Europa press] Ciudadanos registra en el Congreso una Proposición No de Ley para instar al Gobierno a que regule una norma que oblige a las AAPP a inspeccionar el abuso de temporalidad y no incluya los puestos en Ofertas Públicas de Empleo mientras no aplique una sanción que resarza al trabajador
Concentraciones simultáneas ante las delegaciones de Gobierno en toda España por la #FijezaYA contra el abuso de temporalidad en el empleo público este 14 de enero de 12h a 12.30h
El grupo estatal de temporales Mi15F o Movimiento de interinos 15F,
el grupo de personal público organizado en redes sociales para a
masiva manifestación estatal del 15 de Febrero de 2019, tras el éxito de las concentraciones simultáneas del pasado 12 del 12 a las 12 y ante la dejación del Gobierno del Estado en realizar cambio normativo alguno , ha convocado nuevas concentraciones simultáneas para mañana 14 de Enero de 12 a 12:30 en las delegaciones de gobierno para exigir la fijeza como solución más adecuada ante la situación de abuso de temporalidad en el empleo público y la dejación del Gobierno del Estado en regular una solución urgente para la estabilización de los empleados temporales de larga duración temporales de larga duración en lugar de la solución decidida desde el Estado en 2017 y 2018 y en marcha por numerosas AAPP de convocar sus puestos en ofertas públicas de empleo de libre concurrencia sin derecho ni a indemnización si el temporal acaba cesado , "solución" que la sentencia europea de 19/03/2020 ha establecido que no puede valer como la sanción que debe existir ante este abuso.
[Ver manifiesto de la plataforma Mi15F].
[CCOO/UGT/AMYTS/CSIT/SATSE] 'Las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial de Sanidad presentan una propuesta conjunta para compensar el esfuerzo del personal del SERMAS'
'Tras celebrarse una primera reunión de este foro de negociación, donde se ha valorado la situación por la que pasa la Sanidad Madrileña desde que el pasado viernes la Comunidad de Madrid entrara en alerta roja por la tormenta “Filomena”, las cinco organizaciones presentes en la Mesa Sectorial han registrado una propuesta consensuada para que se compense adecuadamente el esfuerzo que han hecho todos los profesionales del SERMAS en estos días donde han tenido que enfrentarse a esta alerta climatológica.
Una vez más, los trabajadores sanitarios y no sanitarios de Madrid han demostrado de lo que son capaces con actos heroicos para poder llegar a su puesto de trabajo o abandonando una vez más todas sus obligaciones personales y familiares para poder continuar con la asistencia sanitaria de sus pacientes.
[CEPPT] 'Nace la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal (CEPPT)' [con finalidad primordial conseguir que se sancione a las AAPP de la situación de abuso de temporalidad, paralizando las OPEs con los puestos y con la fijeza como solución]
'El PPT [Personal Público Temporal], en un claro signo de fuerza ante las diferentes instituciones públicas, da un paso más en su lucha contra la temporalidad abusiva que se ha perpetuado en todas las Administraciones Públicas y se une, a nivel nacional, en la CEPPT.
La CEPPT nace de la unión y la colaboración de las diferentes asociaciones,
plataformas y coordinadoras que han defendido, ante las distintas Administraciones
Públicas, los intereses y derechos del PPT , reiteradamente vulnerados desde que, en
2017, CCOO, UGT y CSIF pretendieran dar solución a la temporalidad abusiva con unos mal
llamados “procesos de consolidación y de estabilización”, procesos estos que, el pasado 19
de marzo, por Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), se declaraban
incompatibles con el Derecho de la Unión y, por tanto, concluyera el TJUE que no son de
ningún modo solución aceptable para el PPT en situación de abuso en la contratación
temporal, tal y como han denunciado reiteradamente las diferentes entidades en defensa
del PPT.
Así pues, la CEPPT tiene como finalidad primordial conseguir que se sancione,
por fin, a las diferentes Administraciones como causantes del abuso, exactamente
igual que se hace con cualquier empresa privada que abusa de la temporalidad, y no
a las víctimas del mismo , como se haría de seguir con los falsos “procesos de
consolidación y de estabilización” . La única sanción que aporta protección suficiente contra
el abuso y que resulta efectiva y disuasoria para las Administraciones Públicas que están
incumpliendo la Directiva 1999/70/CE es la fijeza del PPT en situación de abuso de
temporalidad, en igualdad de condiciones o equivalente que los compañeros fijos
equiparables.
La fijeza es la única sanción a las administraciones que resulta válida para dar
cumplimiento a la Directiva 1999/70/CE , toda vez que no existe indemnización alguna
prevista ( Auto del TJUE de 30 de septiembre de 2020 (C-135/20), asunto Gondomar ), porque
es una medida suficientemente efectiva, proporcionada y disuasoria para sancionar el
abuso cometido, de acuerdo con la Resolución del Parlamento Europeo, de 31 de mayo de2018, sobre la respuesta a las peticiones sobre la lucha contra la precariedad y el uso abusivo
de los contratos de trabajo de duración determinada (2018/2600[RSP]) y porque, no solo la
legislación vigente no prohíbe sancionar a las Administraciones Públicas que abusan de la
temporalidad, sino que resulta imprescindible que así sea de acuerdo con el principio de
equivalencia con el sector privado en el que se sanciona el abuso de la temporalidad con la
fijeza del personal que sufre el abuso.
martes, 12 de enero de 2021
[@temporalesCyL] Podemos de Castilla y León presenta una enmienda a Proyecto de Ley regional de Medidas administrativas para incluir la regularización administrativa del personal en fraude de ley de abuso de temporalidad de todas las AAPP de CyL y así cumplir con la directiva y sentencias europeas [El fraude se establecería por inspección según unas reglas y la regularización consiste en el mantemimiento en el puesto libre de OPEs , amortizaciones, etc con las condiciones del fijo sin alcanzar su condición]
[CSIF Madrid] 'CSIF Madrid pide compensaciones por el esfuerzo realizado por el personal sanitario durante el temporal. Es preciso aumentar las contrataciones y gestionar eficazmente los recursos humanos'
'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, ha solicitado al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) la compensación del esfuerzo de los trabajadores que han doblado e incluso triplicado turnos a causa de la borrasca Filomena.
[El Español] Carolina Darias dejará de ser ministra de Política Territorial y Función Pública para sustuir a Illa en Sanidad.Miquel Iceta le reemplazará
lunes, 11 de enero de 2021
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo reitera su doctrina de 26/09/2018 para la situación de abuso por concatenación excesiva de nombramientos estatutarios eventuales aclarando que sólo concede como consecuencia del abuso el mero mantenimiento del puesto de trabajo hasta el estudio de la AAPP de si crear la plaza estructural que cubrir con interino de vacante o amortizar, no el reconocimiento del puesto estructural y la interinidad en sí ni el derecho a indemnización en el cese alguno. No menciona la sentencia europea de 19/03/2020 de los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz y otros"
[El Diario.es] Huelga indefinida en la Administración General canaria convocada por los sindicatos mayoritarios Intersindical Canaria y SEPCA por la estabilidad directa contra el abuso de la temporalidad , la mejor solución y a coste cero según la plataforma PEFRALCA para cumplir con la directiva y sentencia europeas
Informaba El Diario este 08/01/2021 de la huelga indefinida convocada por los Intersindical Canaria y SEPCA -sindicatos mayoritarios en la administración general de la Comunidad Canaria por la recuperación de derechos perdidos durante la crisis económica y, sobre todo, la fijeza que reclama la plataforma de personal temporal PEFRALCA para el personal interino e indefinido no fijo en fraude de ley por el abuso en la contratación temporal, una situación que afecta a más del 40% de sus profesionales , para así dar cumplimiento "a coste 0" con la Directiva Europea 1999/70/CE y la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia de 19/03/2020, y, en lugar de la alternativa de las indemnizaciones que debería asumir la administración.
Nueva cuestión prejudicial italiana sobre si hay abuso de temporalidad en los jueces de paz renovados durante años y si la normativa italiana que sin hacerles fiujso tampoco concede una sanción disuasoria no viola la normativa europea
Acaba de publicarse en la web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el resumen de una nueva "petición de decisión prejudicial" (consultas de respuesta vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión) relacionada con el abuso de duración de temporalidad en el empleo público, y en especial con la cláusula 5ª en la Directiva Europea 1999/70/CE que lo regula, nuevamente de Italia:la petición de decisión prejudicial publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea ,de 17/8/2020, como Asunto C-236/20 o Asunto "Ministerio de Justicia y otros (Estatuto de los jueces de paz italianos)".
La petición había sido interpuesta el pasado 04/06/2020 por el Tribunal Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Emilia
Romaña ante el caso de una jueza de paz contratada por el Ministerio
de Justicia desde 2002 y hasta 2016, es decir, temporal durane 14 años, fecha en la que interpuso demanda
solicitando que se reconozca una relación de empleo fija, alegando que
los jueces de paz italianos -jueces que son contratados "de forma
discrecional" por 4 años prorrogables en principio a otros 4 , pero sin
límites ni sanciones contempladas a las sucesivas renovaciones en la
legislación italiano- son
equiparables en cuanto a las funciones con los jueces de carrera
-seleccionados mediante una oposición- y se encuentra también
protegidos por la cláusula de abuso de temporalidad de la Directiva
europea de empleo: la famosa Directita 1999/70/CE.
domingo, 10 de enero de 2021
Entradas más vistas de la semana 04/01/2021-10/01/2021 en este blog: Sala Social del Supremo vuelve a decir que no aplica sentencia europea si sólo hay un nombramiento y que es necesario plazo "injustificadamente" largo para el abuso de temporalidad, publicados PGE 2021, adjudicada al propietario de Selene su implantación en el H. Clínico, ...
Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:
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La Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral ) del Tribunal Supremo -la máxima instancia jud...
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En el BOE de hoy 31/12/2020 se ha publicado la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021. De esta manera quedan aprobadas con r...
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Acaba de publicarse la (esperada) adjudicación del concurso de servicios del SERMAS denominado “Implantación del modelo de hospital di...
Publicada en el Boletín Oficial de la C. de Madrid nueva Orden que actualiza las zonas con restricciones de movilidad extraordinarias
Se ha publicado en el B.O.C.M. de ayer 09/01/2021 , la Orden 5/2021, de 8 de enero, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid "por la que se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica", que implementan lo anunciado por la C. de Madrid el día anterior , que actualiza en la C. de Madrid a las zonas con restricciones extraordinarias de movilidad (las medidas de la Orden 1405/2020, de 22 de octubre), pasando a ser desde las 00 horas del día 11/01/2021:
viernes, 8 de enero de 2021
[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid amplía las restricciones de movilidad a otras 23 zonas básicas de salud y nueve localidades'
'La Comunidad de Madrid amplía las restricciones de movilidad a 23 zonas básicas de salud y nueve localidades más. En total, a partir del próximo lunes, 11 de enero, 41 zonas básicas de salud (ZBS) y 14 localidades de la región tendrán prohibida la entrada y la salida, salvo por causas justificadas. En estas zonas viven algo más de 1,2 millones de madrileños, el 18,3% de la población, y en ellas se concentra el 25% de los casos de contagios por COVID-19 de la región.c Así lo ha anunciado el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, acompañado por el viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, que este mañana han informado sobre la situación epidemiológica y asistencial en la Comunidad de Madrid.
[intersindical Canaria] 'Los empleados públicos inician una huelga para que el Gobierno acabe con su temporalidad'
'Los empleados públicos interinos y temporales de la Administración General de la Comunidad Autónoma inician una huelga indefinida el lunes 11 de enero con la exigencia de dar estabilidad y fijeza a sus puestos de trabajo después de más de 15 y 20 años de antigüedad en muchos casos trabajando para la Administración. A la convocatoria están llamados los 11.000 empleados que trabajan en las consejerías autonómicas, si bien la situación de interinidad afecta directamente a cerca de 4.000 trabajadores.
La huelga está convocada por los sindicatos INTERSINDICAL CANARIA y SEPCA, que son mayoritarios en la Administración autonómica, además de la Plataforma de empleados públicos en fraude de ley de Canarias (PEFRALCA). Los paros están convocados, inicialmente, para el lunes 11 y el viernes 15 con concentraciones, caravanas de coches y otro tipo de movilizaciones que sean compatibles con las medidas de seguridad vigentes por la covid-19. Para el lunes está prevista una concentración y lectura de un manifiesto delante de la sede de Presidencia del Gobierno de las dos capitales canarias.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, pese a la reciente sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto Sánchez Ruiz,vuelve a decir que no es de aplicación la directiva europea de abuso de temporalidad si sólo hay un nombramiento y reitera su doctrina de que el plazo de los 3 años del EBEP no opera automáticamente siendo necesario que el "plazo sea injustificadamente largo" para el efecto de considerar si hay abuso de temporalidad, y desestima la demanda de mero indefinido no fijo a laborales de vacante de 5 a 11 años aceptando la justificación de la CCAA de imposibilidad de OPEs por restricciones presupuestarias durante varios años
La Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial española- ha vuelto a dictar una oleada de sentencias en la que nuevamente menciona y utiliza en un recurso de casación una parte de la sentencia de 19/03/2020 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea , la sentencia de los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fdez Alvarez y otros", en la que , recordemos una vez más , entendemos que el Tribunal Europeo estableció, a raíz de casos de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud (el principal , un informático nuestro), a nuestro juicio, que:
- además de la concatenación excesiva de nombramientos temporales de meses, obra y servicio, etc. también puede darse abuso de temporalidad -en el sentido de la cláusula 5ª de la Directiva europea 1999/70/CE- en una interinidad de vacante prolongada aún de único nombramiento formal si no se ha convocado y cubierto por OPE o un fijo (o ,en su defecto, amortizado) en el plazo establecido para ello -existiendo un plazo "improrrogable" explícito en la ley del Estatuto Básico del Empleado público: los 3 años en su artículo 70.1-
- este abuso requiere según norma superior europea de
forma "indispensable" de una sanción que le corresponde al ordenamiento
español fijar pero orientando el Tribunal Europeo
- que no puede valer
como dicha sanción la convocatoria a proceso selectivo libre -entre los
que cita no
valen (en el apartado 99) los denominados "procesos de consolidación"
de la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado
Público para temporales de antes de 2005- ni la figura nuevamente
temporal a ojos europeos del "indefinido no fijo",
ni tampoco una indemnización (apartado 92), salvo que sea específica
contra el abuso y realmente efectiva y disuasoria (apartados 103 y 104),
- recordando que la fijeza como sanción no es obligatoria y que según el juzgado remitente de las cuestiones en España alcanzarla exige haber superado un proceso selectivo público
- y
que no se puede rechazar una demanda por fraude de ley de temporalidad con el
argumento de que el trabajador no lo hubiera demandando antes o hubiera consentido las renovaciones