miércoles, 16 de febrero de 2022

[MATS] Comunicado de la campaña de firmas en Defensa de la Atención Primaria, cuya entrega en la Asamblea de Madrid tendrá lugar este 17 de Febrero

 'DIPUTADAS Y DIPUTADOS DE LA ASAMBLEA DE MADRID

Vecinas y vecinos, trabajadores y trabajadoras sanitarias hemos llegado hasta aquí desde todos los rincones de la Comunidad de Madrid para reclamar a nuestros representantes en esta Asamblea que nos escuchen. Que nos escuchen y den respuesta a nuestras reivindicaciones.

Se trata de la salud de todas las personas que vivimos en esta Comunidad. Se trata de la salud de nuestros hijos e hijas, de nuestros mayores, de todas aquellas personas que día a día ven que el acceso que antes tenían a una atención de calidad en sus Centros de Salud o en los Servicios de Urgencias de Atención Primaria (SUAP), hoy ya no la tienen.

Después de dos años de pandemia pensamos que es inadmisible la situación en la que se encuentra la Atención Primaría madrileña.

martes, 15 de febrero de 2022

XIX Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud de la SEIS el 16 y 17 de Febrero en Madrid . Ponentes de la Comunidad de Madrid

 El 16 y 17 de Febrero  tendrá lugar, con parte presencial finalmente, en Madrid, además de con posibilidad de asistencia virtual, el XIX Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud  , organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS]  con la colaboración de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. 

El foro vendrá un año más precedido por la reunión (cerrada) del Comité Técnico de Seguridad de Información de la Salud, con representantes de seguridad de información de los servicios de salud autonómicos -entre ellos de la Comunidad de Madrid, las agencia de protección de datos, etc  
 
Según el programa , que contará con las habituales Mesas de Debate y exposición de soluciones en seguridad de SSII sanitario  y protección de datos de salud, así como la más que esperada mesa de muestra de "Casos prácticos" reales sobre protección de datos, los ponentes de la Comunidad de Madrid previstos son:

[Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal] Nota de Javier Arauz 'sobre la preceptiva obligación de las Administraciones Públicas de vincular al concurso de méritos todos los puestos a que se refieren las Disposiciones Adicionales 6ª y 8ª, sin excepción alguna' [ contenidas en la nueva Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad, vigente desde el 30/12/2021 para todas las AAPP y todo el sector público]

' PRIMERO.-

NUEVO MARCO NORMATIVO


El 8 de julio de 2021 entraba en vigor el Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que se ha tramitado como proyecto de ley, dando lugar a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicada en el BOE el día 29 de diciembre de 2021 y vigente desde el día siguiente a su publicación.


En esta Ley 20/2021, se prevé lo siguiente:


a) En primer lugar, se prevé la convocatoria preceptiva y por una sola vez, de un concurso de méritos, que, a tenor de las disposiciones adicionales 6ª y , debe incluir:

· Todas aquellas plazas ocupadas con carácter temporal (sea con interinos, eventuales, sustitutos, etc), de forma ininterrumpida, con anterioridad a 1 de enero de 2016

· Todas aquellas plazas de naturaleza estructural que, al tiempo de entrada en vigor de la Ley, estén ocupadas por personal con una relación temporal con la Administración empleadora anterior a 1 de enero de 2016, aunque la plaza no este ocupada con empleados públicos temporales con anterioridad a 1 de enero de 2016.

En consecuencia, la Ley 20/2021 obliga a sacar a concurso de méritos no solo las plazas ocupadas con carácter temporal (ya sea por eventuales, interinos, sustitutos etc), con anterioridad a 1 de enero de 2016, sino también aquellas otras en las que no concurre este requisito previo pero que, al tiempo de la entrada en vigor de la Ley, estén ocupadas por un empleado público temporal que acredite más de 6 años de antigüedad -antes de 1 de enero de 2016- en la misma Administración empleadora, aunque no en la misma plaza.


b) En segundo lugar, la Ley 20/2021, en su art 2, obliga a convocar concursos-oposiciones para cubrir las plazas que estén ocupadas de forma temporal e ininterrumpida, al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020, esto es, antes del 31 de diciembre de 2017 y hasta el 1 de enero de 2016, pues la anteriores se sujetan a la disposición adicional 6ª


En estos casos y para estas plazas, podrán ser no eliminatorios los ejercicios en la fase de oposición, de tal manera que se computarán conjuntamente las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase del concurso, valorándose la fase del concurso en un 40% de la puntuación total.


c) En tercer lugar, el art. 2.1 de la Ley, en su párrafo segundo, establece que de estos concursos-oposiciones en los que pueden no ser eliminatorios los ejercicios de la fase de oposición, quedan excluidas las plazas incluidas en los procesos de estabilización previstos en la Leyes de Presupuestos 2017 y 2018, siempre que, a la entrada en vigor de la Ley, los procesos selectivos de estabilización hubieran sido convocados.


SEGUNDO.-

IMPERATIVA OBLIGACIÓN POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES EMPLEADORAS DE VINCULAR TODOS LOS PUESTOS QUE REUNEN LOS REQUISITOS DE LAS DA 6ª Y 8ª AL CONCURSO DE MÉRITOS


La cuestión que se plantea estriba en determinar si la exclusión de las plazas incluidas en los procesos de estabilización de 2017 y 2018, establecida en el art 2.1, párrafo segundo, de la Ley 20/2021, rige también para los procesos excepcionales de concursos de méritos establecidos en las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de dicha Ley.

[CSIF C. de Madrid ] ' CSIF gana la nulidad de un despido a una trabajadora indefinida no fija de la Comunidad de Madrid' ["La Comunidad de Madrid despidió a la trabajadora sin darle la oportunidad de competir mediante un proceso selectivo"]

'CSIF, sindicato más representativo de las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, ha ganado la nulidad del despido a una trabajadora que había adquirido previamente la condición de indefinida no fija. Esta condición había sido confirmada en julio de 2019 por el Tribunal Superior de Justicia Madrid.

La trabajadora en cuestión, personal de Servicios de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, fue cesada el 30 de septiembre del pasado año, aunque en el mes julio de 2019, el Tribunal Superior de Justicia, como decimos, le reconoció su condición de indefinida no fija por un abuso continuado de su temporalidad.

lunes, 14 de febrero de 2022

Desierto por falta de ofertas el concurso millonario del SERMAS en el que pretendía agrupar en uno sólo los contratos de soporte centralizado de varias aplicaciones departamentales que tenía de sus servicios centrales y de algunos hospitales: MANCHESTER de Triaje, FARHOS/FARMATOOLs de Farmacia, SERVOLAB/GESTLAB de Laboratorio, ENDOBASE, ...

Se ha publicado ( BOCM de 04/02/2022), la declaración de desierto - al no presentarse ninguna oferta de empresa alguna- del nuevo concurso millonario que convocó el SERMAS  con la intención de agrupar los contratos de soporte centralizado de varias aplicaciones departamentales que tenía de sus servicios centrales y de algunos hospitales como MANCHESTER de Triaje, FARHOS/FARMATOOLs de Farmacia, SERVOLAB/GESTLAB de Laboratorio, ENDOBASE, ... con la intención declarada en los pliegos de que "a través de un único adjudicatario" hubiera "mejoras en la gestión y los costes, aportando así calidad y eficiencia al servicio de mantenimiento."

En concreto, el concurso contaba con presupuestode  10 millones de euros para 3 años y estipulaba que el debíía prestar  los siguientes servicios centralizados de "mantenimiento correctivo, perfectivo, evolutivo y preventivo, además del soporte especializado" y licencias, para las siguientes aplicaciones departamentales, instaladas en servicios centrales o en  hospitales , que contaban con contratos de soporte separados centralizados:

[Redacción Médica] Comienzan las negociaciones en mesas sectoriales de Sanidad de las CCAA del proceso de estabilización fijado por la nueva Ley de reducción de temporalidad, que incluye la posibilidad de concurso de méritos

Informa Redacción Médica este 10/02/2022 que las mesas sectoriales de sanidad de las diferenes CCAA ya están empezando a negociar la aplicación del nuevo proceso de estabilización para los puestos temporales estructurales más de 3 años [a 31/12/2020, realmente más de 4 años por tanto] según la nueva Ley de reducción de temporalidad publicada a final de 2021 recordando el medio que  incorpora la posibilidad [realmente el texto regula una obligación] del sistema de concurso de méritos puro para los puestos de los interinos que lleven temporales más de 5 años [a 31/12/2020, es decir, desde antes de 01/01/2016 , realmente más de 6 años]y que antes del próximo 1 de junio deben estar publicadas las Ofertas de Empleo Público con la relación de plazas incluidas.  

[COPE] Médicos especialistas del SERMAS reivindican la paralización de las oposiciones convocadas por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid con sus puestos y la "regularización" por méritos en su lugar

El programa Herrera en la COPE trasladó este 10/02/2022 la petición de la paralización de las oposiciones que ha decidido realizar ahora el SERMAS con sus puestos y la regularización de su situación de forma acorde a la normativa y sentencias europeas , planteando como “una de las fórmulas" que "al personal que lleva más de tres años ejerciendo su profesión se haga una forma de consolidar mediante concurso” [como contempla de forma obligatoria la ley del Estado publicaba en el BOE el pasado 29/12/2021 para las las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha de la que la AAPP no decida ahora excluir las plazas, ley que el SERMAS ha esquivado para estos médicos publicando sus convocatorias pocos días antes]

Recordatorio. INFORSALUD 2022. XXV Congreso nacional de Informática de la Salud, de la SEIS, del 22 al 24 de Marzo en Madrid. Ampliado hasta el 15 de Febrero el plazo para presentar comunicaciones, pósters y proyectos de innovación.

[Recordatorio de entrada publicada el 01/02/2022]

 

Del 22 al 24 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXV Congreso nacional de Informática de la Salud o INFORSALUD 2022 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] .

Según el programa esquemático preliminar contará con las habituales Mesas de Debate y presentaciones de  soluciones de la industria y  de comunicaciones e incluirá además nuevamente INFOFARMA , o sección temática del congreso dedicada a la informática de Farmacia. 
 
Así, como todos los años, existen la posibilidad de presentar Comunicaciones, Pósteres  y Proyectos de innovación, así como el año anterior Trabajos de jóvenes investigadores , habiéndose ampliado el plazo, inicialmente previsto hasta ayer 31/01/2022, hasta el 15 de Febrero de 2022

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Baleares aplica la "nueva" doctrina del Supremo de que las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea obligan a reconocer una situación "objetivamente" de abuso en una interinidad de vacante prolongada pero no a conceder una sanción que no esté contemplada en la normativa, y rechaza la fijeza e indemnización a 3 interinas de vacante entre 5 y 12 años en la última vacante

Hace unas semanas nos hicimos eco aquí de la importante  sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de empleados públicos funcionarios de cualquier AAPP y estatutarios de los servicios de Salud) del Tribunal Supremo  de 30/11/2021 (rec. nº 6302/2018) por la que, tras incluir ya tanto la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros"  como su "corroboración" o aclaración, la sentencia europea de 03/06/2021 en el asunto IMIDRApasaba a  reconocer de forma pionera en un empleado público funcionario/estatutario que ya es interino de vacante, la situación de abuso de temporalidad en el sentido de la Directiva europea pero no concedía la indemnización por abuso de temporalidad solicitada argumentando que no está contemplada en la legislación nacional, y realizando la afirmación más general  que de las sentencias del Tribunal de Justicia del Unión Europea sobre abuso de temporalidad en empleo público "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante este tipo de abuso si la sanción demandada no está explícitamente contemplada en la legislación nacional para el funcionario  o estatuario de servicio de salud, correspondiéndole a las autoridades legislativas regularla.

domingo, 13 de febrero de 2022

Entradas más vistas de la semana 07/02/2022-13/02/2022 en este blog: Orihuela convoca por concurso de méritos puntuando 3 veces más la antigüedad en el propio ayuntamiento,Supremo reitera su doctrina de declarar nulo el cese del empleado laboral "Indefinido no fijo por sentencia" si es por OPE de su puesto a plaza funcionaria previamente reclamada la adscripción a plaza laboral ...

 Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 11 de febrero de 2022

[Murcia Plaza/La Verdad de Murcia] El Ayuntamiento de Murcia paraliza (casi) todas las oposiciones convocadas para estudiar cómo les afecta la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad

Informan este 11/02/2022 Murcia Plaza y La Verdad de Murcia, entre otros medios murcianos, que el Ayuntamiento de Murcia ha anunciado hoy su decisión , con el acuerdo de todos los sindicatos en la Mesa de negociación, de paralizar temporalmente  todos los procesos de oposiciones que tenía convocados, excepto los de Policía Local y Bomberos -de 802 plazas de las OPES de 2015  2020, y que se encontraban en diferentes fases según las categorías sin haber llegado al  examen-  "para estudiar cómo afecta a los procesos en curso la nueva ley aprobada a finales de diciembre con medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público, ley que el medio recuerda  plantea realizar concursos de méritos ,en lugar de oposiciones, con las plazas de personad con antigüedad superior a 01/01/2016.

Publicadas en el BOCM las medidas del Plan de Mejora Integral de la Atención Primaria 2022-2023 del Gobierno regional, entre ellas un incremento de más de mil plazas de la plantilla "orgánica" de Atención Primaria, inluyendo 21 de las categoría de informática

 Se ha publicado en e l Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de ayer 10/02/2022 el "Acuerdo de 2 de febrero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la implantación de medidas en materia de recursos humanos contempladas en el Plan de Mejora Integral de la Atención Primaria 2022-2023":

  • un  Complemento de productividad fija por Tarjeta Sanitaria Individual para ciertas categorías
  • un  Complemento de productividad fija por Tarjeta Sanitaria Atendida para ciertas categorías
  • un  Complemento de productividad fija por Atención Domiciliaria de enfermería para ciertas categorías
  • productividad fija por ruralidad para ciertas categorías
  •  nuevo complemento retributivo para para médicos de familia y pediatras de Atención Primaria con el carácter de productividad variable destinada a cubrir las ausencias:módulos de 4 horas fuera de la jornada habitual a 200 euros cada módulo.
  • incremento de plantilla orgánica -la que contabiliza las plazas fijas y las estructurales declaradas vacantes quizás ocupadas por interinos, pero no los puestos de los nombramientos eventuales- de diversas categorías , incluyendo para las categoráis de informática:
    • 7 de la categoría de grupo A1, Técnico Superior de Sistemas y TEcnologías de la Infromación
    • 7 de la categoría de grupo A2, Técnico de Gestión  de Sistemas y TEcnologías de la Infromación
    • 5 de la categoría de grupo C1, Técnico Especialista

 

 


El Tribunal Supremo reitera su doctrina de declarar nulo el cese del empleado laboral "Indefinido no fijo por sentencia" si es por Oferta Pública de Empleo de su puesto a plaza funcionaria y si previamente presentó reclamación de adscripción a plaza laboral que todavía no se había resuelto. Nuevo caso de la Xunta de Galicia.En las OPEs de estabilización de la Administración de la Comunidad de Madrid y del Servicio Madrileño de Salud se incluyeron como plazas funcionariales los puestos de numerosos laborales de larga duración

Acaba de publicarse en el CENDOJ, la sentencia de 12/01/2022 de laa Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo en el recurso de casación (nº 579/2019) contra la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 14/12/2018 ante el caso de una empleada del Consellería de Economía e Industria que había obtenido en 2008 la declaración de "indefinida no fija por sentencia"- figura laboral establecida por la jurisprudencia sólo en el orden de lo Social, es decir, sólo para personal laboral-  y que vio cómo la Xunta adscribía esa plaza o puesto de laboral indefinido por sentencia a plaza de funcionario del cuerpo "facultativo superior de la Administración A1", presentando en 2013 la indefinida no fija una reclamación, que derivaría en una demanda judicial que se ha dejado pendiente por dependencia con este otro recurso, en la que solicitaba la "adscripción a un puesto de naturaleza laboral así como su derecho ala consolidación en el mismo".

La plaza de la indefinida no fija finalmente fue convocada como plaza funcionaria por la Xunta en 2014 a proceso selectivo para alcanzar la condición de funcionario fijo que se resolvió en noviembre de 2016 con el correspondiente cese de la indefinida no fija por "cobertura reglamentaria de la plaza", al tomar posesión en ella uno de los nuevos funcionarios en noviembre de 2016, presentando entonces nueva demanda judicial la indefinida no fija, ahora contra su cese, solicitando la nulidad total del cese (con la reincorporación y los salarios dejados de percibir , por tanto) o , subsidiariamente, la declaración de despido improcedente (y la indemnización más fuerte que la del cese reglamentario del indefinido no fijo, por tanto, correspondiente), o subsidiariamente la indemnización de 20 días por año trabajado y tope de 12 mensualidades que corresponde a un indefinido no fijo por el cese reglamentario.

Publicada en el BOCM la creación de los puestos de trabajo de Coordinadores de Técnicos Superiores Especialistas en las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud, acordada en la Mesa Sectorial

Se ha publicado en e l Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de ayer 10/02/2022 el "Acuerdo de 2 de febrero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de 26 de enero de 2022, por el que se ratifica el preacuerdo de 3 de junio de 2019 de la Mesa Sectorial de Sanidad, por el que se crean los puestos de trabajo de Coordinadores de Técnicos Superiores Especialistas en las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud".


jueves, 10 de febrero de 2022

[CCOO nacional Area Publica/CSIF nacional /Servicios Públicos de UGT l] 'CCOO, UGT y CSIF exigen a Función Pública que “ordene” el desarrollo de los procesos de estabilización Los tres sindicatos hemos trasladado a Función Pública las distintas casuísticas que se están produciendo en las últimas fechas y que desvirtúan lo establecido en la Ley 20/2021'

 'Hemos exigido que ordene de manera inmediata los criterios comunes que deben imperar en el desarrollo de los procesos selectivos para reducir la temporalidad en las administraciones públicas y en el sector público empresarial.

Para CCOO, UGT y CSIF deben establecerse criterios uniformes para que:

  1. Se convoquen todas las plazas que estén ocupadas de manera temporal al menos durante tres años, con independencia de que estén o no en las relaciones de puestos de trabajos, plantillas, catálogo o cualquier otra ordenación de recursos humanos.
  2. El desarrollo de los procesos selectivos ofrezca seguridad jurídica y garantice el principio de equidad para evitar que se produzcan situaciones lesivas para las personas que participen en ellos.