El Ayuntamiento de
Orihuela, de actualidad informativa por la noticia reciente del desestimiento de varios procesos selectivos
convocados para poder adaptar las plazas de estabilización que incluía a las nuevas posibilidades más favorables de la nueva Ley de reducción de temporalidad pública, ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia este 08/02/2022, una convocatoria de procesos selectivos de las pendientes de las plazas temporales que había incluido en su OPE 2020 de 29/12/2020, publicada en el BOP del 26/02/2021, como tasa de "consolidación" a haber sido computadas teniendo en cuenta lo establecido en la Disposición Transitoria 4ª (y vigente) de la la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por tanto , todas temporales con anterioridad a 01/01/2005.Nótese que estas plazas no fueron computadas por la tasa de estabilización para temporales de más de 3 años según la ley de presupuesto generales del Estado de 2018 -de las que hay un apartado en esta OPE 2020 del Ayuntamiento de Orihuela- ni de la tasa adicional de consolidación según la DT4 del EBEP igualmente recogida en la ley de 2017, por lo que formalmente, no pertenecen a las OPEs de estabilización derivadas de las leyes 2017 y 2018.
En concreto, ha publicado la convocatoria de 6 plazas de Psicólogas/os para alcanzar la condición de laboral fijo, de dicha tasa de consolidación según la Disposiición Transitoria 4 del EBEP de la OPE 2020 ,eligiendo como sistema selectivo el concurso puro de méritos , posible siempre al tratarse de personal laboral según el artículo 61.7 del EBEP, y con estas bases:
- el 70% por la experiencia profesional en la misma categoría profesional, contando 3 veces más la antigüedad en el propio Ayuntamiento (0,34 puntos por mes) que en otra AAPP. La máxima puntuación por este apartado se alcanza para quien tenga antigüedad en la categoría en el mismo Ayuntamiento, precisamente si lleva desde antes de 2005 (siendo los puestos temporales de antes de 2005 los que se convocan)
- 20% formación
- 1% idiomas
- 9% entrevista
Nótese que si el ayuntamiento no hubiera procedido con esta convocatoria desistiendo de la OEP 2020, tendría que incluir estas plazas en el nuevo proceso de estabilización obligado por otra parte por la nueva Ley de reducción y convocarlas al fin y al cabo por concurso puro de méritos igualmente, al ser todas, evidentemente, anteriores a 01/01/2016.
- "El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria"
- "En la fase de concurso podrá valorarse, entre otros
méritos, el tiempo de servicios prestados en las Administraciones
Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la
convocatoria" [naturalmente el "podrá" implica que habilita, no que obligue, es decir, queda a discreción de la AAPP de turno hacerlo; , este apartado se ha interpretado a veces que habilita a puntuar más la la antigüedad en el puesto convocado, es decir más en la categoría de la AAPP convocante que puestos de igual categorías de otras AAPP ]
- el proceso de "consolidación" de la Universidad Complutense de plazas interinas anteriores a 2005 de personal funcionario de administración puntuando sobre todo la antigüedad en la propia Universidad, algo que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya ratificó como legal ante un recurso judicial de un opositor no interino
- el proceso de consolidación EBEP en el Ayuntamiento de Getafe para plaza de funcionario interino anterior a 2005 inlluye pruebas con las funciones del puesto y méritos de antigüedad en el propio puesto que se convoca. El SERMAS podría incumplir obligaciones con los interinos anteriores a 2005 si se aprueban bases únicas en las OPEs extraordinarias
- el concurso de méritos en la Autoridad Portuaria de Alicante para alcanzar la condición de laboral fijo
el concurso de méritos y proceso de consolidación EBEP de la La Mancomunidad del Guadalquivir
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [04/06/2018] Resolución del Parlamento Europeo tras las peticiones recibidas en la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad tanto en la empresa como en el empleo público: la conversión a fijo es adecuada y pide que se incluya en la normativa nacional como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley
- [09/07/2018] Publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo acuerdo con sindicatos nacionales con la extnsión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio personal.
- [10/03/2020] El Ayuntamiento de Almería estabiliza 33 interinos con un concurso de méritos previo eliminatorio puntuando especialmente la antigüedad en el propio Ayto más memoria funcional como proceso selectivo de estabilización aplicando la Disposición Transitoria 4ª del EBEP al "máximo"
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
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