viernes, 4 de febrero de 2022

En su último Pleno, el Tribunal Constitucional decide mantener , mientras llega a una sentencia, la suspensión de la disposición del Parlamento de La Rioja que convirtió en fijos al personal interino de larga duración del propio Parlamento. La norma había quedado suspendida automáticamente por la interposición del recurso de inconstitucionalidad por el Presidente del Gobierno, pero esa suspensión llegaba a su fin de plazo

Tal y como estaba previsto, en el  Pleno del Tribunal Constitucional del pasado 25/01/2022 , que se prolongó hasta el 27/01, hubo una "dación de cuentas de autos" sobre el recurso de inconstitucionalidad (nº 4585.2021) que planteó el Gobierno del Estado contra la disposición transitoria del Estatuto del personal de su Parlamento publicada el 15/04/2021 en el Boletín de la Rioja , disposición que reconocía directamente la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años ante el fraude de ley de abuso de temporalidad, en concreto, 5 empleados de más de 7 años de temporalidad. 

 Recordemos que el pasado 16/09/2021 fue  admitido a trámite este recurso, en la correspondiente "dación de cuenta de providencias", por el Tribunal Constitucional, donde dictó ( como no podría ser de otra forma al haber sido solicitado por el Presidente del Gobierno y ser prerrogativa suya) la  suspensión de "la vigencia y aplicación del precepto impugnado, pero con efectos desde la fecha de interposición del recurso –6 de julio de 2021– para las partes del proceso (como el propio Parlamento de La Rioja) y desde el día en que apareció publicada la suspensión en el “Boletín Oficial del Estado” -el 22/09/2021- "para los terceros". Nótese que la normativa sobre recursos de inconstitucionalidad limita la duración de la suspensión a 5 meses, con lo que en cuanto a las partes habría vencido este 6 de Enero (si es que el mes de agosto es inhábil a los efectos del cómputo de este plazo, si no, un mes antes) y en cuanto  a efectos a terceros, la suspensión iba a vencer el próximo 22 de febrero. 

Y se ha publicado hoy en el BOE que por auto dictado por dicho Pleno del Tribunal , con fecha 26 de enero de 2022, se ha acordado mantener dicha suspensión de la resolución aprobada por el Parlamento de la Rioja , presumiblemente hasta que tenga lugar la sentencia del Tribunal Constitucional que la declare constitucional o la anule por inconstitucionalidad (estimando o no los argumentos del Estado). Por ahora no se ha publicado el auto en sí en la web del Tribunal Constitucional.


Recordemos con respecto al fondo de este asunto que, según el informe del Letrado Mayor del Parlamento de la Rioja, favorable a la legalidad (y por tanto constitucionalidad) de dicha disposición , al "adecuarse al marco jurídico vigente" dicho reconocimiento como "empleados públicos fijos" a los empleados temporales más de 5 años del Parlamento de la Rioja nombrados mediante proceso selectivo público aplicando la Directiva 1999/70/CE de la Unión Europea y sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la disposición afecta a sus 5 funcionarios interinos de larga duración, todos ya más de 7 años temporales.

Como indicaba el texto publicado, entró en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de La Rioja, con lo que desde entonces los cinco funcionarios antes interinos eran ya empleados público fijos.

Hay que tener en cuenta que:
  • a diferencia del personal empleado público de las Administraciones Públicas de la Administración General del Estado, autonómicas, locales , de sus organismos autónomos y entidades de derecho público así como de las Universidades Públicas -es decir el personal del artículo 2 del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP]-, el personal de las Cortes Generales y de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas es, según el propio artículo 4 del EBEP,  "personal con legislación específica propia", al que sólo se aplican las disposiciones del EBEP que explícitamente disponga la propia legislación específica de  este personal en este caso, el propio Estatuto del Personal al servicio del Parlamento de la Rioja, justo el texto que se  aprobó ahora en su nueva redacción. Por tanto es personal público pero totalmente ajeno al EBEP salvo en los puntos que elija su Estatuto referir o trasladar de él-  y la disposición transitoria ciertamente no lo hace-,  aunque, obviamente, no es ajeno a la Constitución Española y   otras leyes generales, naturalmente
    ,
  • por otro lado y en relación a la competencia o no, constitucional, del Parlamento Riojano para regular esta materia, es una Ley Orgánica -estatal por tanto-, la del Estatuto de Autonomía , la que fija que es el propio Parlamento Regional quien debe fijar dicho Estatuto propio para su propio personal

 Sin duda,  el resultado de este recurso tiene sumo interés, especialmente si el Tribunal Constitucional acepta (como parece claro) la competencia del Parlamento Riojano para regular sobre su propio personal  y entra a examinar  el fondo de si la declaración de personal público fijo en base a esa argumentación de transposición de normativa y jurisprudencia europea, choca contra los artículos de la propia Constitución, sobre todo a la vista de que en el proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad pública  se ha argumentado, por parte de los partidos firmantes del pacto que ha determinado su texto aprobado en el Congreso, que tanto la fijeza directa -aunque sea a extinguir y sin alcanzar la condición de funcionario de carrera - como un proceso restringido de valoración de méritos violarían la Constitución.


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11 comentarios:

Anónimo dijo...

Lógico.
Y ojo con la suspensión de la ley de interinos

Anónimo dijo...

la ley de interinos a futuro y un parche de la ilegalidad de NO TRASPONER LA DIRECTIVA EUROPEA EN EL SECTOR PÚBLICO

Anónimo dijo...

🤣🤣🤣⚰️⚰️⚰️

Anónimo dijo...

Y qué pasa con Arauz? lleva más de 2 meses sin publicar nada en su página web y (que yo sepa) sin hacer vídeo alguno al respecto!!

Y mira que han pasado cosas en los últimos 2 meses...

Anónimo dijo...

Arauz está trabajando

Anónimo dijo...

Arauz se debe a los que somos sus clientes no a los sindicatos gamberos.
Y a ver si fragua un sindicato de interinos a nivel nacional, aunque muchos dejen de ser interinos da igual, a por los gamberos hay que joderlos.

Anónimo dijo...

https://www.ondacero.es/programas/la-brujula/audios-podcast/carta-onega/carta-onega-medicos-sermas-obligan-someteros-oposicion-eso-canallada-que-venga-dios-vea_2022013161f864712a32030001c4e44d.html

Anónimo dijo...

13:22 el que PETO YOUTUBE 😆, estará en Andorra , pa mearse.
Va esto se agotó.

Anónimo dijo...

0.38

Pues pa haberse agotado bien que sigues su diciendo tonterías...

Anónimo dijo...

0:38 Eso es lo que quieren hacer creer, gobierno, PPSOE, grandes sindicatos, ...: que se crea todo el mundo que esto se agotó y no se puede hacer más. También dijeron que no se podía hacer más que los procesos de Montoro, sin ni poder obligar a que hubiera fase de concurso y si indemnización... si todos se lo hubieran creído ...

Anónimo dijo...

sin indemnización