miércoles, 23 de febrero de 2022

[Arauz] Sentencia del Tribunal Supremo que declara el derecho al interino al "reconocimiento de la antigüedad si adquiere la condición de funcionario de carrera" además de a la carrera horizontal (o "carrera profesional"): un "nuevo avance". Pero "sentencia insuficiente": reconoce situación de abuso, pero lo deja sin sanción.

'La Sentencia del Tribunal Supremo nº 200/22, de 17 de febrero de 2022, tras reconocer que un empleado público interino se encuentra en situación de abuso, declara su derecho a no ser discriminado con respecto a los funcionarios fijos o de carrera en materia de retribuciones, régimen de seguridad social, vacaciones, permisos y posibilidad de formación profesional, así como de reconocimiento de la antigüedad si adquiere la condición de funcionario de carrera, ni en lo relativo a la carrera horizontal

La sentencia, aunque insuficiente en cuanto que deja sin sancionar el abuso producido, con infracción en nuestra opinión de la Directiva 1999/70/CE, supone un nuevo avance en el reconocimiento de los derechos de los empleados públicos temporales.'
 
Fuente: nota de Javier Araúz de 23/02/2022 recibida en APISCAM
Resaltados en negrita cursiva nuestros
 
 
NOTA DEL EDITOR: el abogado se refiere a una sentencia muy reciente de  la Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de empleados públicos funcionarios de cualquier AAPP y estatutarios de los servicios de Salud) del Tribunal Supremo, cuya más reciente jurisprudencia publicada en el CENDOJ viene dada por su importante  sentencia de 30/11/2021  ,su serie de sentencias derivadas desde primeros de  Diciembre de 2021 y sus  primeras sentencias desde el 10/12/2021 a las demandas de fijeza, como sanción  ante la inexistencia de medidas de sanción en la normativa española según estipulan las sentencias europeas- : en ellas, el Alto Tribunal, tras incluir no sólo la  sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020  sino su posterior "corroboración" o aclaración, la sentencia europea de 03/06/2021 en el asunto IMIDRA, ha pasado por fin a reconocer abusos de temporalidad en personal interino de vacante prolongada aunque sea en nombramiento único , o encadenada a otros tipos de nombramientos temporales anteriores, si bien concluyendo que no se debe conceder en ningún caso  por inexistentes o prohibida en la normativa nacional para este tipo de personal  ni la indemnización, ni la figura del indefinido no fijo de los laborales ni la fijeza,  considerando que no puede decir más que se continúe en el puesto hasta que la AAPP cumpla con lo fijado en el artículo 10.1 del EBEP (cubrir el puesto cesando al interino sin indemnización si se le aplica el antiguo EBEP).
 
 
 

 

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5 comentarios:

Anónimo dijo...

El TS español no acata las sentencias del TJUE con respecto al personal en fraude de ley, para cuando piensa actuar la Comisión Europea? Se trata de algo de suma gravedad, si el más alto tribunal de un Estado miembro de la Unión Europea no garantiza la efectividad del Derecho Europeo tienen que tomar medidas severas no les queda otra y dejar de mirar hacia otro lado.

Anónimo dijo...

Se puede ver la sentencia??

Anónimo dijo...

Que se cree Iceta-Gobierno y demás Sindicaletas que la cosa va a quedar ahí.

En cuanto hagan el apaño que tienen, con plaza o no, a demandar de cabeza los años de esclavitud y abusos........ La mierda siempre sale a flote, no haberla creado y mucho menos seguir día tras días, mes tras mes, retrasando la aplicación de ley y buscando mil tretras-trampas.


Anónimo dijo...

Si se piensan que por hacer un concurso de méritos y conseguir que seamos funcionarios de carrera vamos a parar lo llevan claro. La sanción es indispensable y el concurso de méritos de libre concurrencia no es sanción. Yo si consigo la plaza en concurso seguiré luchando por la sanción, apoyando así además al personal abusado de 3 a 5 años.

Fijeza con 3 años dijo...

GRACIAS. NO dejemos atrás a nadie, ni a los de 3-6 años que se ven abocados a una OPE abierta ni a los de >6 años que van a concurso de méritos abierto y muchos perderán su puesto por robo de otro interino de otra AAPP con más antigüedad.