'La Sentencia del Tribunal Supremo nº 200/22, de 17 de febrero de 2022, tras reconocer que un empleado público interino se encuentra en situación de abuso, declara su derecho a no ser discriminado con respecto a los funcionarios fijos o de carrera en materia de retribuciones, régimen de seguridad social, vacaciones, permisos y posibilidad de formación profesional, así como de reconocimiento de la antigüedad si adquiere la condición de funcionario de carrera, ni en lo relativo a la carrera horizontal
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- [11/01/2021] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo reitera su doctrina de 26/09/2018 para la situación de abuso por concatenación excesiva de nombramientos estatutarios eventuales aclarando que sólo concede como consecuencia del abuso el mero mantenimiento del puesto de trabajo hasta el estudio de la AAPP de si crear la plaza estructural que cubrir con interino de vacante o amortizar, no el reconocimiento del puesto estructural y la interinidad en sí ni el derecho a indemnización en el cese alguno. No menciona la sentencia europea de 19/03/2020 de los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz y otros"
- [02/03/2021] la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo admite tramitar en recursos de casación de estatutarios temporales del SERMAS ya interinos de vacante durante 8 a 20 años y que demandaban la fijeza o equiparación como sanción al abuso y los derechos del fijo en condiciones de trabajo, si teniendo en cuenta ya la sentencia europea de 19/03/2020 puede considerarse que hay abuso de temporalidad según la Directiva europea 1999/70/CE y cuáles deberían ser las consecuencias laborales y/o económicas para los demandantes. También admite la cuestiones de si el estatutario temporal tiene derecho a la movilidad vertical y a la horizontal por discriminación con el fijo según la misma Directiva Europea. El Tribunal Supremo admite los recursos por afectar a un gran número de situaciones que trascienden los casos de los procesos
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- [03/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo, con su sentencia de HOY 03/06/2021 en el asunto #IMIDRA, a la doble excusa utilizada por ambas salas del Tribunal Supremo español para esquivar declaraciones de abuso de temporalidad en empleo público: la normativa europea se aplica a las interinidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato o nombramiento formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias. La normativa nacional "no parece incluir ninguna medida para prevenir ni sancionar" el abuso y la jurisprudencia del Supremo para laborales públicos interinos no "parece atenerse a la exigencias que se derivan de la jurisprudencia europea". Una indemnización al cese "no parece, por sí sola, adecuada" como sanción.
- [10/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo a la doctrina esta vez de la Sala de lo Contencioso del Supremo español de que la mera interinización en vacante sea una sanción al abuso de temporalidad de la concatenación de nombramientos eventuales en el empleo público: en un Auto resuelve el otro asunto español que estaba pendiente sobre abuso de temporalidad , el asunto "SUSH/Sanidad de Madrid CGT" y rechaza que la interinización en vacante exponiendo al abusado a un cese por OPE posterior pueda ser una sanción, reiterando que tampoco lo pueden ser los procesos selectivos de futuro incierto para el personal en abuso. El Tribunal Europeo refiere , ante la falta de medidas válidas de sanción en la legislación nacional, a su Auto "Gondomar" , donde afirrmó que son contrarias a la directiva europea normas que en ese caso prohíban la fijeza ante la falta de medidas en la normativa para el sector público. El caso es, nuevamente, sobre el SERMAS, que ha incluido en las OPES "de estabilización" los puestos de sus interinzaciones en vacante masivas de 2015-2107
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- [22/11/2021] [El Diario.es] El Tribunal Superior de Justicia de Aragón sentenció una indemnización de 33 días/año como sanción al abuso de temporalidad a un profesor interino durante 18 años en diferentes centros. El Tribunal Supremo admite estudiar el recurso de casación del Gobierno aragonés para determinar si "hay abuso" en las concatenaciones de nombramientos temporales de profesores durante año y "cuál es la indemnización"
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5 comentarios:
El TS español no acata las sentencias del TJUE con respecto al personal en fraude de ley, para cuando piensa actuar la Comisión Europea? Se trata de algo de suma gravedad, si el más alto tribunal de un Estado miembro de la Unión Europea no garantiza la efectividad del Derecho Europeo tienen que tomar medidas severas no les queda otra y dejar de mirar hacia otro lado.
Se puede ver la sentencia??
Que se cree Iceta-Gobierno y demás Sindicaletas que la cosa va a quedar ahí.
En cuanto hagan el apaño que tienen, con plaza o no, a demandar de cabeza los años de esclavitud y abusos........ La mierda siempre sale a flote, no haberla creado y mucho menos seguir día tras días, mes tras mes, retrasando la aplicación de ley y buscando mil tretras-trampas.
Si se piensan que por hacer un concurso de méritos y conseguir que seamos funcionarios de carrera vamos a parar lo llevan claro. La sanción es indispensable y el concurso de méritos de libre concurrencia no es sanción. Yo si consigo la plaza en concurso seguiré luchando por la sanción, apoyando así además al personal abusado de 3 a 5 años.
GRACIAS. NO dejemos atrás a nadie, ni a los de 3-6 años que se ven abocados a una OPE abierta ni a los de >6 años que van a concurso de méritos abierto y muchos perderán su puesto por robo de otro interino de otra AAPP con más antigüedad.
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