El Pleno de 25/01/2022 del Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad (nº 6345-2021) de Vox contra el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de Julio,de reducción de la temporalidad o "Icetazo", Decreto-Ley publicado en el BOE de 7/7/2021 que ha sido substituido casi por completo por la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública, publicada en el BOE el pasado 29/12/2021.
Recordemos que ,curiosamente el pasado 30/12/2021 la Secretaría General del Tribunal Constitucional emitió una resolución en la que afirmaba que no figuraba interpuesto ningún recurso de inconstituionalidad contra el mencionaod decreto, algo que la propia Portavoz adjunto y Secretaria General del Grupo de VOX en el Congreso, Macarena Olona salió a desmentir, añadiendo que en este ya pasado Pleno, el Tribunal Constitucional iba a decidir precisamente si admitía a trámite el recurso que sí habían interpuesto
[ADDENDUM 02/02/2022] Se ha publicado en el BOE esta admisión
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abuso pero se rechaza el punto de las reglas para determinarlo. El
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7 comentarios:
Por si fuera de interés:
https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=251907&pageIndex=0&doclang=es&mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=9653078
https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=251621&pageIndex=0&doclang=es&mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=9657544
Una pregunta, si este Real Decreto-Ley ha sido substituido casi por completo por la nueva ley, ¿tendría algún efecto práctico en el caso de que el Tribunal Constitucional lo declarase inconstitucional?
Tendría el mismo efecto práctico que en el caso de que la nueva ley que lo sustituye no se hubiera publicado para aquellas disposiciones de las administraciones entre la entrada en vigor del RDL 14/21, 8 de Julio de 2021, y la de la nueva Ley 20/21, 30 de Diciembre de 2021, que hayan usado el RDL 14/21
Vale, y ¿cuál es el efecto práctico ante un acto administrativo que una AAPP haya realizado en ese rango de fechas invocando el Real Decreto-Ley 14/21 en vigor?
Ejemplo: una AAPP dio cumplimiento a lo que decía el RDL de contar antes de fin de 31/12/2021 todas las plazas estructurales temporales de más de 3 años a 31/12/2020 , muchas de ellas de más de 5 años, y publicó la correspondiente OPE, por ejemplo, en Octubre de 2021. Y luego a mediados de Diciembre de 2021 publicó la respectiva convocatoria de concurso-oposición que exigía el Real Decreto-ley 14/21 con todas las plazas incluidas en esa OPE, en especial con plazas temporales de más de 5 años a 31/12/2020 que con la nueva Ley tendría que sacar a concurso de méritos.
¿quedarían anuladas las convocatorias automáticamente, habría que realizar alguna acción judicial a la vsita de la sentencia del Constitucional para anularlas entonces, ...?
Me temo que no: el efecto de una sentencia de inconstitucionalidad sobre una ley es que deja de ser aplicable a futuro, pero no anula las actuaciones derivadas de la ley del pasado más que, en temas administrativos, las multas o infracciones incoadas por las administraciones utilizando esa ley.
Sí que habilita la reclamaciones personales de indemnizaciones por daños y perjuicios al Estado que dictó la ley ahora inconstitucional, en concepto de responsabilidades derivadas, siempre y cuando se justifiquen esos daños y perjuicios como causados por una actuación de una AAPP llevando a cabo algo de la ley declarada inconstucional.
O eso creo, si alguien con más conocimientos jurídicos puede aclararlo
Y si el Tribunal Constitucinal decidiera estimar el recurso y anular el Real Decreto-Ley 14/2021 por inconstitucional, ¿esto no provocaría la anulación, con efectos a futuro vale, también de la Ley 20/2021 por ser un proyecto de ley derivado del RDL?
Vox es la tapadera del PP, creado para recuperar votos perdidos por la grandísima corrupción que hay.
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