Tal y como estaba previsto, en el Pleno del Tribunal Constitucional del pasado 25/01/2022 , que se prolongó hasta el 27/01, hubo una "dación de cuentas de autos" sobre el recurso de inconstitucionalidad (nº 4585.2021) que planteó el Gobierno del Estado contra la disposición transitoria del Estatuto del personal de su Parlamento publicada el 15/04/2021 en el Boletín de la Rioja , disposición que reconocía directamente la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años ante el fraude de ley de abuso de temporalidad, en concreto, 5 empleados de más de 7 años de temporalidad.
Recordemos que el pasado 16/09/2021 fue admitido a trámite
este recurso, en la correspondiente "dación de cuenta de providencias",
por el Tribunal Constitucional, donde dictó ( como no podría ser de
otra forma al haber sido
solicitado por el Presidente del Gobierno y ser prerrogativa suya) la
suspensión de "la vigencia y aplicación del precepto impugnado, pero con
efectos desde la
fecha de interposición del recurso –6 de julio de 2021– para las partes
del proceso (como el propio Parlamento de La Rioja) y desde el día en
que apareció publicada la suspensión en
el “Boletín Oficial del Estado” -el 22/09/2021- "para los terceros".
Nótese que la normativa sobre recursos de inconstitucionalidad limita la
duración de la suspensión a 5 meses,
con lo que en cuanto a las partes habría vencido este 6 de
Enero (si es que el mes de agosto es inhábil a los efectos del cómputo
de este
plazo, si no, un mes antes) y en cuanto a efectos a terceros, la suspensión iba a vencer el próximo 22 de febrero.
Y se ha publicado hoy en el BOE que por auto dictado por dicho Pleno del Tribunal , con fecha 26 de enero de 2022, se ha acordado
mantener dicha suspensión de la resolución aprobada por el Parlamento de la Rioja , presumiblemente hasta que tenga lugar la sentencia del Tribunal Constitucional que la declare constitucional o la anule por inconstitucionalidad (estimando o no los argumentos del Estado). Por ahora no se ha publicado el auto en sí en la web del Tribunal Constitucional.
Recordemos con respecto al fondo de este asunto que, según el informe del Letrado Mayor del Parlamento de la Rioja, favorable a la legalidad (y por tanto constitucionalidad) de dicha disposición , al "adecuarse al marco jurídico vigente" dicho reconocimiento como "empleados públicos fijos" a los empleados temporales más de 5 años del Parlamento de la Rioja nombrados mediante proceso selectivo público aplicando la Directiva 1999/70/CE de la Unión Europea y sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la disposición afecta a sus 5 funcionarios interinos de larga duración, todos ya más de 7 años temporales.
- a
diferencia del personal empleado público de las Administraciones
Públicas de la Administración General del Estado, autonómicas, locales ,
de sus organismos autónomos y entidades de derecho público así como de
las Universidades Públicas -es decir el personal del artículo 2 del
Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP]-, el personal de las Cortes Generales y de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas es, según el propio artículo 4 del EBEP, "personal con legislación específica propia",
al que sólo se aplican las disposiciones del EBEP que explícitamente
disponga la propia legislación específica de este personal en este
caso, el propio Estatuto del Personal al servicio del
Parlamento de la Rioja, justo el texto que se aprobó ahora en su nueva
redacción. Por tanto es personal público pero totalmente ajeno al EBEP
salvo en los puntos que elija su Estatuto referir o trasladar de él- y
la disposición transitoria ciertamente no lo hace-,
aunque, obviamente, no es ajeno a la Constitución Española y otras leyes generales,
naturalmente
, - por otro lado y en relación a la competencia o no, constitucional, del Parlamento Riojano para regular esta materia, es una Ley Orgánica -estatal por tanto-, la del Estatuto de Autonomía , la que fija que es el propio Parlamento Regional quien debe fijar dicho Estatuto propio para su propio personal
Sin
duda, el resultado de este recurso tiene sumo interés, especialmente
si el Tribunal Constitucional acepta (como parece claro) la competencia
del Parlamento Riojano para regular sobre su propio personal y entra a
examinar el fondo de si la declaración de personal público fijo en base
a esa argumentación de transposición de normativa y jurisprudencia
europea, choca contra los artículos de la propia Constitución, sobre
todo a la vista de que en el proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de
temporalidad pública se ha argumentado, por parte de los partidos firmantes del pacto que ha determinado su texto aprobado en el Congreso,
que tanto la fijeza directa -aunque sea a extinguir y sin alcanzar la
condición de funcionario de carrera - como un proceso restringido de
valoración de méritos violarían la Constitución.
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- [05/11/2018] [TJUE] 'Sentencia en el asunto C-331/17 Martina Sciotto/Fondazione Teatro dell’Opera di Roma. Los trabajadores del sector de actividad de las fundaciones líricas y sinfónicas no pueden quedar excluidos de la protección contra los abusos de los contratos de trabajo de duración determinada' [Si los jueces nacionales determinaran que no existe otra medida efectiva en un sector donde se prohíbe la conversión a fijo por una norma nacional, podrían optar por aplicar la sanción prevista por la norma general del Derecho del trabajo y recalificar automáticamente a contrato por tiempo indefinido]
- 3/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [20/03/2020] [Arauz]
'Nota sobre la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
de 19 de Marzo de 2020: la fijeza como única solución a la que avoca la
sentencia'
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto griego "M.V. y otros/Municipio de Agios Nikolaos": golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado en el tiempo como las interinidades de vacante. Y una vez más, reitera que la justicia nacional puede conceder la medida general de la fijeza como sanción si no hay sanción disuasoria contemplada en la legislación nacional para el caso de empleados públicos aunque se prohíba [o se interprete que lo prohíbe] por una norma nacional existente
- [11/02/2021] [Arauz] 'Sobre la nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de febrero de 2021' [Confirma lo ya dicho por la sentencia de 19/03/2020 que no es necesario que exista 2 o más contratos escritos y lo dicho en el Auto Gondomar que las autoridades nacionales de un Estado miembro están obligadas a transformar la relación temporal abusiva en una relación fija si en la Legislación de ese Estado miembro no existe ninguna medida sancionadora]
- [18/02/2021] Debate
este jueves 18 en el Parlamento de la Rioja de la Proposición No de Ley
de IU por el Grupo Mixto para instar al Gobierno regional a medidas de
inspección y sanción contra el fraude en la contratación y abuso de la
temporalidad en el sector público, similar a la implementada para el
sector privado, para dar cumplimiento a la directiva y sentencia
europeas. Se aprueba la realización de una inspección de los puestos en
abuso pero se rechaza el punto de las reglas para determinarlo. El
PSOE, por el Gobierno de la Rioja, vota a todo en contra por "entrañar
graves problemas de ilegalidad". Ciudadanos se muestra de acuerdo pero
pide que se plantee concretar una solución. PP y PSOE avanzan que la
solución deben consensuar en la conferencia estatal, debe respetar los
principios constitucionales y ser convocatorias de libre concurrencia.
- [18 y 31/03/2021] Conclusiones de la Abogacía General de la UE en el asunto italiano "Gilda-UNAMS" del Tribunal Europeo sobre los profesores de religión excluidos de la conversión administrativa a fijos que tuvieron el resto de docentes tras la sentencia europea del asunto Mascolo: [...] Repaso del Abogado General a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad". En particular, es por el derecho derivado de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea a una reparación efectiva contra el abuso -y no por la cláusula 5ª de la Directiva en sí, dado que no es de efecto directo- que, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz ante el abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
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- [31/03/2021] El Parlamento de la Rioja aprueba el Proyecto de nuevo Estatuto del personal propio del Parlamento con una disposición transitoria que reconoce directamente con su publicación en el Boletín Oficial de la Rioja la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años que accedieron por proceso selectivo público ante el fraude de ley de abuso de temporalidad y para dar cumplimiento a la Directiva y sentencias europeas. El personal de las cámaras regionales es personal público con legislación específica propia aparte del propio Estatuto Básico del Empleado Público. Votaron a favor PSOE y el Grupo Mixto y en contra PP y Cs que exigen un informe juridico externo adicional de los favorables de los servicios internos y del Letrado Mayor de la Cámara. CCOO de La Rioja opina que viola la Constitución Española y hará todo lo que esté en su mano para frenar "esta locura jurídica"
- [02/04/2021] [Letrado Mayor del Parlamento de la Rioja] 'Informe sobre la adecuación al marco normativo vigente de la disposición transitoria segunda del proyecto de Estatuto de Personal del Parlamento de la Rioja' [por el que "se adecúa al marco jurídico vigente" el reconocimiento como "empleados públicos fijos" a los empleados temporales más de 5 años del Parlamento de la Rioja nombrados mediante proceso selectivo público aplicando la Directiva 1999/70/CE de la UE y sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea]
- [15/04/2021] Publicado en el Boletín Oficial de La Rioja el nuevo Estatuto del personal propio del Parlamento con la disposición transitoria que reconoce directamente la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años que accedieron por proceso selectivo público ante el fraude de ley de abuso de temporalidad y para dar cumplimiento a la Directiva y sentencias europeas. El personal de las cámaras regionales es personal público con legislación específica propia aparte del propio Estatuto Básico del Empleado Público. Los 5 empleados afectados serán desde mañana , empleados públicos fijos
- [30/06/2021] [Rioja2] El Gobierno del Estado decide presentar recurso de inconstitucionalidad contra la disposición del Parlamento de La Rioja que convirtió en fijos al personal interino de larga duración del propio Parlamento
- [21/09/2021] El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno del Estado contra la disposición del Parlamento de La Rioja que convirtió en fijos al personal interino de larga duración del propio Parlamento. La disposición queda suspendida, mientras llega la sentencia, por prerrogativa del Presidente del Gobierno
- [14/01/2022] En el Pleno de 25/01/2022 del Tribunal Constitucional se abordarán la "daciones de cuenta" previstas inicialmente para el 15/12/2021, sobre los recursos de inconstitucionalidad del Gobierno del Estado contra la disposición del Parlamento de La Rioja que convirtió en fijos al personal interino de larga duración del propio Parlamento y de Vox contra el Real Decreto-Ley 14/2021 o "Icetazo". La Disposición del Parlamento de la Rioja quedó suspendida, por prerrogativa del Presidente del Gobierno , pero llegaría ahora a su fin tras el plazo máximo de 5 meses de suspensión. En el caso del recurso al RDL 14/21 se decidirá la admisión a trámite.
11 comentarios:
Lógico.
Y ojo con la suspensión de la ley de interinos
la ley de interinos a futuro y un parche de la ilegalidad de NO TRASPONER LA DIRECTIVA EUROPEA EN EL SECTOR PÚBLICO
🤣🤣🤣⚰️⚰️⚰️
Y qué pasa con Arauz? lleva más de 2 meses sin publicar nada en su página web y (que yo sepa) sin hacer vídeo alguno al respecto!!
Y mira que han pasado cosas en los últimos 2 meses...
Arauz está trabajando
Arauz se debe a los que somos sus clientes no a los sindicatos gamberos.
Y a ver si fragua un sindicato de interinos a nivel nacional, aunque muchos dejen de ser interinos da igual, a por los gamberos hay que joderlos.
https://www.ondacero.es/programas/la-brujula/audios-podcast/carta-onega/carta-onega-medicos-sermas-obligan-someteros-oposicion-eso-canallada-que-venga-dios-vea_2022013161f864712a32030001c4e44d.html
13:22 el que PETO YOUTUBE 😆, estará en Andorra , pa mearse.
Va esto se agotó.
0.38
Pues pa haberse agotado bien que sigues su diciendo tonterías...
0:38 Eso es lo que quieren hacer creer, gobierno, PPSOE, grandes sindicatos, ...: que se crea todo el mundo que esto se agotó y no se puede hacer más. También dijeron que no se podía hacer más que los procesos de Montoro, sin ni poder obligar a que hubiera fase de concurso y si indemnización... si todos se lo hubieran creído ...
sin indemnización
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