jueves, 7 de marzo de 2024

[CSIF nacional] 'La administración rompe la tendencia global en la creación de empleo y destruye 71.000 puestos de trabajo. La Sanidad prescinde de 19.000 empleos en enero y febrero pese a la incidencia del invierno: CSIF exige negociar un plan de empleo a varios años para garantizar la viabilidad de las administraciones'' ["CSIF está preocupado por la situación de la temporalidad , teniendo en cuenta además la sentencia del TJUE, "procesos de estabilización en marcha " que "deben estar concluidos a 31/12/2024 para dar cumplimiento a los requerimientos de la UE]

'Las administraciones públicas han destruido 71.183 puestos de trabajo en un año (un 5,86 por ciento menos respecto a febrero de 2023), rompiendo la tendencia general de creación de empleo en la mayoría de los sectores, según datos de la Seguridad Social conocidos hoy.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, advierte de que este sector encabeza de lejos la pérdida de puestos de trabajo en España, junto al agrario y del empleo del hogar. 

[Heraldo de Aragón] Resuelto el problema de la red informática en los hospitale, quedando problemas en centros de salud

Informa el Heraldo de Aragón este 06/03/2024 que ayer por la tarde el Gobierno de Aragón seguía trabajando este miércoles para solucionar el fallo masivo de su red informática desde la tarde del  lunes, asegurando que por la mañana del miércoles ya se había resuelto en los hospitales, quedando algunos problemas en centros de salud.

miércoles, 6 de marzo de 2024

[UGT Servicios Públicos nacional] Convocada reunión de la Comisión de Seguimiento de la Estabilización por el Ministerio de Función Pública este 06/03/2024: datos de establización en AAPP y sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 "en referencia al personal indefinido no fijo de las AAPP"

 'El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, ha convocado reunión de la Comisión de Seguimiento de la Estabilización para el próximo  miércoles 6 de marzo a las 13:00 horas.


Entre los asuntos a tratar en la reunión se encuentra, tanto los datos de  estabilización en las Administraciones y Empresas Públicas, como la última sentencia emitida por el TJUE en referencia al personal indefinido no fijo de las
Administraciones Públicas.'

 

INFORSALUD 2024. XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud, de la SEIS, del 12 al 14 de Marzo en Madrid. Programa . Ponentes de la C. de Madrid

Del 12 al 14 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud o INFORSALUD 2024 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] con el lema "La cooperación clave para el éxito de la transformación digital del SNS".

Ya está disponible  el programa  que contará con:

[Coordinadora Madrileña de EE.PP. en Fraude de Ley] Concentración el jueves 14 de marzo a las 18:00 h "Europa lo tiene claro. Fijeza Ya!"

'La Coordinadora Madrileña convoca CONCENTRACIÓN ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA, el JUEVES 14 DE MARZO A LAS 18:00 H.*

C/ San Bernardo, 45  MADRID

¡SI LLEVAS MÁS DE TRES AÑOS, ESTÁS EN ABUSO DE TEMPORALIDAD!

Si hay ORGANIZACIONES (ya sea de la Comunidad de Madrid o de otra CCAA) que quieran dar su apoyo, por favor rellenad el formulario:

Recordatorio. [22/02/2024] El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 a asuntos acumulados Consejería de Presidencia C.M./UNED/AMAS, reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad , tumba tanto la figura del indefinido no fijo para abuso de temporalidad del laboral público como que , en general, puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021

 [Recordatorio de entrada publicada el 22/02/2024] Este mismo jueves 22/02/204 a las 09:30, como  estaba previsto ha tenido lugar la lectura y publicación de la importante sentencia del del Tribunal de Justicia de la UE  de los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22, C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , todos por cuestiones prejudiciales de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En concreto, se trata de los asuntos:


Recordemos que en los dos primeros asuntos, ambos sobre personal laboral ya declarado previamente como indefinido no fijo, esta sección de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid  cuestionaba en general la actual doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de conceder nada más que esa figura de indefinido no fijo al laboral empleado público como sanción al abuso de temporalidad y , preguntaba al Tribunal Europeo, refiriéndose en concreto ya a estos casos de personal ya indefinido no fijo:_
  •  si esa figura  del "indefinido no fijo" [INF] es un "contrato de duración determinada" de los de la cláusula 5ª en la Directiva 1999/70/CE [es decir, temporal], y si, en ese caso, no debería considerarse abuso de temporalidad según dicha cláusula 5ª de la Directiva permanecer a su vez  tiempo bajo esa figura de indefinido no fijo sin que se cumpliera con la obligación de cobertura inmediata del puesto con el proceso selectivo y cuál debería ser la consecuencia de este abuso, si en especial valdrían como sanción, considerando el tribunal remitente que no,:
    • la indemnización al cese de sólo 20 días por año trabajado con tope de 12 meses que ya tiene concedido al indefinido no fijo 
    • el ŕegimen de "responsabilidades" difuso e inconcreto establecido especialmente desde el Real Decreto-Ley 14/21  vigente cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos, y que fue incorporado tal cual en la posterior nueva Ley 20/2021
    • los procesos selectivos denominados "de estabilización" pero que son de libre concurrencia y convencionales, por tanto de futuro incierto para la persona en abuso que puede acabar perdiendo el empleo, con oposición en general, tanto los derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018 como los derivados del Real Decreto-Ley 14/2021 -los vigentes  cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos-, estos últimos , los procesos derivados del RDL 14/2021, ya admeás  con una compensación de 20 días por año con tope 12 mensualidades en el caso de perder el empleo por dicho proceso selectivo,

  •  si se considera que no hay medidas válidas de sanción, es decir "en caso de considerar que no existen medidas suficientemente disuasorias en la legislación española", si la consecuencia deabuso de temporalidad en  un empleado público laboral indefinido no fijo mantenido años debe ser , en lugar del simple mantenimiento como indefinido no fijo hasta que la administración proceda con el proceso selectivo para la cobertura de su puesto o la amoritzación, pues "el reconocimiento  del trabajador como fijo plenamente, sin matizaciones", e  incluso aunque se esté interpretando por el Supremo  que el principio de igualdad en el acceso de la Constitución Española impide esa fijeza, preguntando entonces además, si dado que para esta Sala remitente no hay problema constitucional en dicha fijeza por abuso para los empleados públicos laborales, no sería válida esa "interpretación conforme" del derecho español al europeo que permite considerar que en estos casos de empleados laborales en abuso no se viola la Constitución con la conversión en fijo (siempre como única medida de sanción ya posible a falta de otras medidas de sanción contempladas en la ley , como sería el caso de cuando se pusieron las demandas si el tribunal no admite como válidas ni la permanencia en indefinidoo no fijo, ni su indemnización de 20 días al cese ni dichos procesos selectivos abiertos)

En el tercer asunto , el asunto AMAS, ya sobre una laboral temporal de contrato de interinidad prolongado en el tiempo, se realizan prácticamente las mismas cuestiones- ,  pero para el caso de un empleado público laboral que todavía no es indefinido no fijo y salvo las primeras preguntas de si ese tipo de contrato es temporal y si permanecer enese tipo de contrato es un abuso de temporalidad, cuestiones ya contestadas explícitamente de forma afirmativa para ese tipo de temporal en la sentencia previa del Tribunal Europeo del asunto IMIDRA y reconocidas por la propia doctrina de la Sala de lo Social en su reacción en Pleno de junio de 2021 a la sentencia IMIDRA.
 

Recordatorio [05/05/2023] El Tribunal Supremo reitera que las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 no vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidadal interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público

 [Recordatorio de entrada publicada el 05/05/2023 OJO hace casi 1 un año] Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 21/04/2023 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo al recurso de casación n•5972/2021 del Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración [SINTTA],  contra la OPE de estabilización de 2019 de la Administración de Asturias, uno de los 3 recursos de casación que habían sido admitidos a trámite de demandas de empleados públicos temporales con el abogado Raúl Bocanegra contra sendas Ofertas de Empleo Público de "estabilización" derivadas de las leyes anteriores estatales de procesos estabilización de 2017/2018 (en concreto, del artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 ) acordados con los sindicatos estatales. En especial, no se trata de una OPE de estabilización derivada de la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública.

Por el recurso de casación nº 3960/2021 de 10 empleados públicos  contra la OPE de estabilización de 2019 de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, esta Sala del Supremo ya dictó sentencia el 24/01/2023 de la que informamos aquí:.el Tribunal Supremo sentenció que las leyes de estabilización anteriores no vulneran la normativa europea contra el abuso de temporalidad al interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público .

Recordemos que se demandaba la nulidad de esa OPE de estabilización en base, originalmente, a estos dos fundamentos sobre el artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 (es decir , en base a fundamentos sobre la ley estatal de la que deriva la OPE recurrida y no en base  a fundamentos sobre el Decreto de OPE en sí mismo):
  1. vulnera la cláusula 5ª sobre abuso de temporalidad del Acuerdo Marco contenido en  la Directiva Europea 1999/70/CE"  , según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea 19/03/2020 - del asunto principal "Sánchez Ruiz", un informático nuestro- , al regular ese artículo de la Ley de Presupuestos de 2018 que se realice con las plazas ocupadas por temporales más de 3 años a 31/12/2017, y por tanto, con empleados en situación de temporalidad abusiva, una oferta de empleo público de convocatorias de libre concurrencia con la que se puede cesar al personal en abuso siendo sustituido por otros, solicitando que el órgano judicial, por primacía del derecho de la Unión, aplique la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto,

[Gob. C. de Madrid/Consejería de Digitalización] 'La Comunidad de Madrid simplificará los trámites a las empresas que quieran abrir centros de datos en la región. El consejero López-Valverde ha visitado hoy el CPD de la multinacional COS Global Services en Tres Cantos'

'La Comunidad de Madrid simplificará los trámites administrativos que han de realizar las empresas para instalar centros de procesamiento de datos (CPD) en la región, con el objetivo facilitar las gestiones que tengan que realizar. El consejero de Digitalización, Miguel López-Valverde, ha señalado que esta medida “se enmarca en la estrategia que ha planteado el Gobierno autonómico para atraer la inversión de aquellas compañías que quieran dar el salto a este mercado en auge y convertir a la Comunidad en referente a nivel continental y mundial”.

López-Valverde ha visitado hoy el CPD de la multinacional COS Global Services en Tres Cantos junto al alcalde de la localidad, Jesús Moreno. El consejero ha explicado que la Comunidad “se ha consolidado como el hub líder del sur de Europa, con más de 30 instalaciones de almacenamiento de información que representan el 85% de la potencia instalada a nivel nacional y que concentra el 80% de la futura oferta esperada en el país”.

[Heraldo de Aragón] Fallo en la red informática de la CCAA de Aragón afecta a los hospitales

 Informa el Heraldo de Aragón este 05/03/2024 que  en  la tarde del día anterior lunes un problema de comunicaciones causado por una actualización provocó un fallo masivo en la red informática regional que "ha afectado especialmente a los profesionales del sistema público sanitario" especialmente en los hospitales, indicando que se estaba recuperando a lo largo del martes.

Carmen Cabanillas, nueva Directora General de Gobernanza Pública del Estado

El Consejo de Ministros de ayer acordó el "REAL DECRETO por el que se nombra Directora General de Gobernanza Pública a Dª. MARÍA DEL CARMEN CABANILLAS SERRANO.

martes, 5 de marzo de 2024

Recordatorio. Carta abierta al Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS [ Solicitud sobre procesos selectivos de categorías de S.T.I. del SERMAS: que no haya ceses por el de concurso de méritos y que los siguientes de OPEs ordinarias sean también por concurso de méritos]

 [Recordatorio de entrada publicada el 08/02/2024[NOTA DEL EDITOR PREVIA: CARTA ABIERTA DE APISCAM A L DIIR. GRAL DE RRHH Y RRLL DEL SERMAS , Miguel Ángel Rodríguez Roiloa, registrada este 08/02/2024]

 

Estimado Señor Director General: 

Me dirijo a Vd. como presidente de la Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid (APISCAM) -asociación que cuenta entre sus socios con la mayoría del personal informático propio de las instituciones sanitarias del SERMAS-, en primer lugar, dado que es nuestra primera cara dirigida a VD, para darle mi enhorabuena por su nombramiento en este nuevo cargo y desearle éxito en su desempeño, confiando que continúen los estrechos contactos e incluso la mano tendida hacia la problemática de este colectivo de su predecesora en la anterior legislatura.


Muy probablemente su predecesora le trasladara la problemática excepcional de este colectivo que se resumía en el hecho de que un 80% del personal que realiza las funciones de informática en las instituciones sanitarias del SERMAS no se encuentra fijo en las categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información [S.T.I.] del SERMAS creadas al efecto tras petición de esta asociación , siendo la temporalidad mayoritaria de más de 10 y 15 años.


A ese respecto, en 2021 se publicó la Ley 20/2021 de reducción urgente de la temporalidad pública que, como Vd sabe, obligaba a todas las AAPP a realizar procesos excepcionales por el sistema de concursos de méritos con las plazas estructurales cubiertas temporalmente desde antes 1/1/2016 así como las posibles adicionales de personal temporal con esa antigüedad o superior. 

 

Resumen de la comparecencia del Dir. Gral de RRHH en Comisión de Sanidad sobre OPE 2021 del SERMAS: fue absorbida por OPE 2022 de estabilización por concurso de méritos, que está en fase de resolución de recursos de alzada de los resultados definitivos. Las convocatorias por concurso-oposición de facultativos especialistas de Diciembre 2021 tendrán sus exámenes después de la resolución del siguiente concurso de méritos de las OPEs 2022-23 ordinarias. Las publicaron "desconociendo" que días después el Estado publicaría la ley 20/2021

Este lunes 04/03/2024 tuvo lugar reunión de la Comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid  contando  en su orden del día , entre otros puntos, con la comparecencia (C 1191/23)  del Director General de RRHH y Relaciones Laborales del SERMAS,, a petición del Grupo VOX, al objeto de informar de las "sobre efecto que puede tener la tramitación de Ofertas Públicas de Empleo 2021"

 
Puede verse una retransmisión de la sesión en la web de la Asamblea de Madrid.
 
La peticionaria de la comparecencia, portavoz de Vox, mencionó en su intervención que su pregunta se refería a las convocatorias de procesos selectivos por concurso oposición en 2021 y en especial a las de médicos especialistas convocadas en Diciembre de 2021 poco antes de la publicación de la nueva ley de estabilización 20/2021, con las que tendrían que haber sido convocadas por concurso de méritos excepcional de estabilización.

El Director General de RRHH del SERMAS , en su turno inicial de la comparecencia, indicó  [audio íntegro]:

Publicadas las plantillas correctoras de los exámenes de este 3/03/2024 por las convocatorias de Junio de 2021 por concurso-oposición de las OPE de estabilización anteriores del SERMAS con plazas temporales de antes de 2014 de varias categorías, que habrían sido convocadas a concurso de méritos por la ley 20/2021

Este 04/03/2024 se han publicado en la página web del SERMAS dedicada a los procesos selectivos  en su apartado de pruebas selectivas para personal estatutario fijo de las convocatorias publicadas en  Junio de 2021  , las plantillas correctoras del examen celebrado es 3 de marzo de 2024 de las categorías de Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo Gestión de la Función Administrativa , Trabajador Social, Grupo Administrativo de la Función Administrativa y Grupo Auxiliar de la Función Administrativa.

Estos proceso selectivos por concurso oposición  están derviados de las (antiguas 2ª y 3ª fases) de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de "estabilización " según las ley estatal de 2017

También se han publicado las fechas de celebración de los procesos de promoción interna convocados enJunio de 2021 derivados de las OPE 2018 y 2019 del SERMAS.

Recordemos que el artículo 19.Uno.6. de la Ley estatal 3/2017 habilitó en 2017 a los Servicios de Salud, entre otros sectores de la AAPP,  a incluir en OPEs , publiables hasta 2019, convencionales, sin límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2016 y todos los puestos temporales antes de 01/01/2005 según la Disposición Transitoria 4ª del EBEP, pero no habilitó ninguna fórmula extraordinaria o especial de consolidación. Así el sistema selectivo de estas convocatorias es de concurso-oposición con bases comunes publicadas en Mayo de 2021.

Nótese que habían pasado más de  2 años y medio desde las convocatorias, que han visto sólo hace unos días atrás la publicación  del listado de admitidos definitivos, y que, incluso, cuando se publicó el 29/12/2021 la nueva ley estatal de estabilización , reacción a las sentencia europea sobre abuso de temporalidad en empleo público español de 19/03/2020, la Ley 20/2021, no estaban publicadas los listados de admitidos provisionales de estas convocatorias, con lo que si el SERMAS hubiera desistido de estos procesos todas estas plazas habrían tenido que ser convocadas a  concurso de méritos por  dicha nueva ley estatal 20/2021,  por tratarse  de plazas temporales desde antes de 2014, y por tanto desde antes de 2016, fecha elegida para la antigüedad mínima de la plaza ya sólo por la Disposición Adicional 6ª de la Ley 20/2021 para convocarlas a concurso de méritos.


[Comisión Europea] 'La Comisión multa a Apple con más de 1.800 millones de euros por normas abusivas en la App Store para proveedores de música en streaming'

 'La Comisión Europea ha multado a Apple con más de 1.800 millones de euros por abusar de su posición dominante en el mercado de distribución de aplicaciones de música en streaming a usuarios de iPhone y iPad ('usuarios de iOS') a través de su App Store. En particular, la Comisión constató que Apple aplicaba restricciones a los desarrolladores de aplicaciones que les impedían informar a los usuarios de iOS sobre servicios de suscripción de música alternativos y más baratos disponibles fuera de la aplicación («disposiciones anti-dirección»). Esto es ilegal según las normas antimonopolio de la UE.

Comisión de Digitalización de la Asamblea de Madrid este 5 de Marzo con preguntas sobre el Centro de Innovación y Salud Digital del H. Isabel Zendal y la directiva europea de Inteligencia Artificial

Este martes 05/03/2024 desde las 10:30 tendrá lugar reunión de la Comisión de Digitalización de la Asamblea de Madrid  contando  en su orden del día , entre otros puntos, con:

  • La pregunta  (PCOC 1346/24) del Grupo Parlamentario Socialista, al Gobierno regional: "¿Cómo valora la labor del Centro de Innovación y Salud Digital del Hospital Público Isabel Zendal?"

  • La pregunta  (PCOC 1082/24) del Grupo Parlamentario Más Madrid, al Gobierno regional: "¿Qué medidas va a adoptar el Gobierno de la Comunidad de Madrid para dar cumplimiento a los acuerdos planteados en la directiva europea sobre responsabilidad en materia de Inteligencia Artificial"