martes, 5 de marzo de 2024

Recordatorio. Carta abierta al Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS [ Solicitud sobre procesos selectivos de categorías de S.T.I. del SERMAS: que no haya ceses por el de concurso de méritos y que los siguientes de OPEs ordinarias sean también por concurso de méritos]

 [Recordatorio de entrada publicada el 08/02/2024[NOTA DEL EDITOR PREVIA: CARTA ABIERTA DE APISCAM A L DIIR. GRAL DE RRHH Y RRLL DEL SERMAS , Miguel Ángel Rodríguez Roiloa, registrada este 08/02/2024]

 

Estimado Señor Director General: 

Me dirijo a Vd. como presidente de la Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid (APISCAM) -asociación que cuenta entre sus socios con la mayoría del personal informático propio de las instituciones sanitarias del SERMAS-, en primer lugar, dado que es nuestra primera cara dirigida a VD, para darle mi enhorabuena por su nombramiento en este nuevo cargo y desearle éxito en su desempeño, confiando que continúen los estrechos contactos e incluso la mano tendida hacia la problemática de este colectivo de su predecesora en la anterior legislatura.


Muy probablemente su predecesora le trasladara la problemática excepcional de este colectivo que se resumía en el hecho de que un 80% del personal que realiza las funciones de informática en las instituciones sanitarias del SERMAS no se encuentra fijo en las categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información [S.T.I.] del SERMAS creadas al efecto tras petición de esta asociación , siendo la temporalidad mayoritaria de más de 10 y 15 años.


A ese respecto, en 2021 se publicó la Ley 20/2021 de reducción urgente de la temporalidad pública que, como Vd sabe, obligaba a todas las AAPP a realizar procesos excepcionales por el sistema de concursos de méritos con las plazas estructurales cubiertas temporalmente desde antes 1/1/2016 así como las posibles adicionales de personal temporal con esa antigüedad o superior. 

 

Así, en la correspondiente OPE 2022 del SERMAS derivada de dicha Ley 20/2021 se contabilizaron 110 plazas vacantes cubiertas por personal temporal de las 3 categorías de S.T.I. o “de informática” que fueron convocadas por el sistema de concurso de méritos, un número de plazas que coincide con el del personal en las categorías de S.T.I. temporal desde antes de 2016 según nuestro datos, y que, ciertamente es muy importante en proporción al número de plazas de las 3 categorías ocupadas por interinos según los datos del Portal Estadístico del SERMAS a 31/12/2023, 124 . Entendemos que aquí se cumplió la ley en cuanto a la contabilización de plazas. 

Pero con las calificaciones definitivas de dicho concurso de méritos del SERMAS , ya publicadas para las 3 categorías de STI , se observa que hasta 17 personas que ya están en las categorías de S.T.I, con antigüedades de entre 5 y 10 años, han quedado desplazadas por personal de categorías equivalentes de otros servicios de Salud o por candidatos ajenos al SERMAS presentados al cupo de discapacidad. Sin duda es una cifra muy relevante en comparación con las 160 personas de plantilla en el SERMAS las 3 categorías según el Portal Estadístico de Personal, y , dada la actual trascendencia de las labores desarrolladas y experiencia atesorada por este personal, no se entendería que con las tomas de posesión hubiera ceses y , menos de ese volumen.


Así, en primer lugar SOLICITAMOS, trasladando una observación que nos hizo llegar precisamente su precedesora, que, haciendo uso del número amplio de vacantes libres que ciframos en bastante más de 20 entre las 3 categorías, no tenga lugar ningún cese de personal de estas categorías como consecuencia de este proceso de “estabilización”.


Por otro lado, hemos leído la nota de prensa reciente de la Consejería de Sanidad de 31/01/2024 en la que se afirma que “la Comunidad de Madrid agilizará la oposición por concurso de méritos de 2022 y 2023 para la estabilización de facultativos y personal de enfermería especialistas del Servicio Madrileño de Salud” y “de cara a futura convocatorias estamos buscando fórmulas, similares a las planteadas en otras comunidades autónomas, que faciliten al máximo el acceso de nuestros profesionales a una plaza en el SERMAS”. 

En la misma nota también se traslada que la Abogacía de la Comunidad de Madrid indican que ”el sistema de méritos sólo se puede aplicar a grupos de especialistas” 

Somos conocedores que la actual Ley 55/2023 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud habilita esa posibilidad de sistema de concurso de méritos para ser fijo en suartículo 31.1 “cuando las peculiaridades de las tareas específicas a desarrollar o el nivel de cualificación requerida así lo aconsejen”. A buen seguro que su Abogacía se habrá apoyado en esa normativa.


Las tareas reales de los puestos de las 3 categorías de STI son muy específicas y peculiares, no teniendo apenas sentido para una selección adecuada el realizar una prueba consistente en un test general en un campo tan amplio donde, la experiencia demostrada en las funciones específicas es lo que debería primar, más ante el importante impulso a lo digital que se pretende dar. 

Así SOLICITAMOS en segundo lugar que los siguiente procesos selectivos de las 3 categorías de STI, como los pendientes de la OPE 2023 ordinaria del SERMAS, con 20 plazas de las 3 categorías de STI, se realicen ya con el sistema de concurso de méritos, valorandose especialmente la experiencia en la propia función del SERMAS.


Naturalmente, trasladaremos también estas peticiones a los sindicatos de la Mesa Sectorial y estamos a su disposición para cualquier reunión para tratar estos asuntos.


Atentamente, en Madrid a 8 de Febrero de 2024


Domingo Sánchez Ruiz Presidente de APISCAM



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28 comentarios:

Anónimo dijo...

Qué buena labor hacéis, Apiscam. Todos los que estamos en situación temporal, y me incluyo como veterinario interino, con ya años de trabajo, os agradecemos la tarea en defensa de nuestros sectores, tanto laboral como funcionario.
Aunque no seamos de Madrid, ni de vuestro sector, os leemos todos los días, porque cualquier novedad nos la ponéis al día, en un tema tan serio como este, y del que dependemos miles y miles de personas.

Anónimo dijo...

El megahilo.
https://ustealdia.org/foro/index.php?topic=112109.15670

Anónimo dijo...

Por ejemplo

La sentencia del 22F tiene el siguiente
... sentido . No se puede tener a la gente danto tumbos eternamente, para terminar en naufragio. Que a la administración le convenga por motivos de movilidad de plantilla y necesidad de urgencia, me parece perfecto. Tendrán que afinar más para que eso no suceda. Si eso implica tomar oposiciones por doquier, o tener alguna forma de selección para todo el personal que respete los principios de igualdad, perfecto. Lo que no vale es te contrato, te mantengo en un limbo jurídico, con menos derechos en muchas ocasiones, y cuando ya salga del aprieto y no me interese, te echo. Tendrán que afinar más el acceso. Si necesitan personal urgente, como ocurre en algunas especialidades, que se espabilen, tendrán o bien que extrapolar la función del funcionario y dotarles de más movilidad y menor rigidez, o bien achuntar, con ese nuevo cuerpo de funcionariado más "movible" y con más preparación para poder rotar y ejercer de forma "distinta" y en distintos puestos, en vez de "parchear" arbitrariamente, aunque sea a base de un plus económico. Me explico, la administración debe resolverlo pero no lo hace, porque hay interés y desidia al mismo tiempo para que no suceda. Necesitamos funcionarios capaces de responder de una forma más efectiva a problemas más variables y complejos. Cuidado, porque eso no quita que sean especialistas, pero con un plus que permita esa sutura en distintos puestos. Movilidad se llama, en definitiva y capacidad de adaptación. Con esas premisas no habría oquedades que cubrir, ni un sobre-especialización innecesaria, que pueda lastrar el sistema, por lo menos en educación. En educación el sistema debe ir a perfiles que dominen más especialidades al mismo tiempo, por ejemplo, y mejor formados en cada una de ellas, y eso es posible.

Anónimo dijo...

En resumen, se debe acabar con el abuso, y eso ya se empezó a hacer por según q mierdas de algunos.. de mala manera desde el 22.

Anónimo dijo...

Rectifico desde el 19. No el 22.

Anónimo dijo...

Así es Madrid.. 😱

https://x.com/nenedenadie/status/1764902980271190508?s=20

Anónimo dijo...

Apiscam gracias.
Y la Carta tiene respuesta después de 1 mes?

No. Más bien "su respuesta" es el examen del Domingo. Esos no saben las cosas ni a pasado ni a futuro. Desde el 22F , 10 días pasaron y se la bufa todo. Manda carallo!

Anónimo dijo...


Muchas gracias APICAM, por todo lo que estáis haciendo.

Lamentablemente me comentan que la Sala Tercera del TS se desentiende de la sentencia del TJUE del 22 de febrero. Y no admite recursos, diciendo que su jurisprudencia está clara.


Esto terminará sólo cuando después de las prejudiciales de Barcelona, la Comisión se vea obligada a actuar con el procedimiento de infracción.

Anónimo dijo...

7.23.

Puedes ser honesto ( de alguna manera 😉 ) e indicar quién es "la fuente" de ese " me comentan " ?

Alguien ha hablado con los señores del Supremo (parte Contenciosa) por este tema?
Yo si te puedo asegurar, que un periodista lo ha intentado pero agua.

Anónimo dijo...

Viendo una reciente inadmision de casación de la sala 3 del TS, lo dice claramente, su consolidada jurisprudencia y basada en el TJUE y sus stc ellos lo tienen clarinete que no les cambia ni modifica nada, si algo se quiere reclamar te remiten al daño patrimonial al Estado q hay no es nada...Lo demas esta todo muy claro para ellos...Sala 3 ni se inmutan de momento, y preparate para unas costas de unos 2000 eurillos de nada en valoracion maxima por inadmitir la casacion en algo q ellos tiene mas que claro...

Anónimo dijo...

Y además los 2 presidentes de lo Social y y lo Contencioso se van a ver en la próxima Sala de Gobierno.

Si les mola ser erre q erre, allá ellos.
En el punto en el q estamos x citar algunas fuentes no pasa nada. De todas maneras si prefieres callartelas o no dar pistas te entiendo 😉

Anónimo dijo...

8.58.

Gracias x la info. Puedes dar fecha de esa inadmisión? Después del 22F?

Anónimo dijo...

8:54

Ya te ha contestado 8:58


Es eso. No modifican nada su jurisprudencia a pesar de la sentencia del TJUE de 22 de febrero.

Toca seguir llamando a la puerta de la Comisión Europea para que España deje de ser el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público


Anónimo dijo...

Gracias again 😉
Fecha? Se puede leer?

Por cierto, el que quiera saber algo sobre responsables patrimoniales de la administración, aquí tiene algunas pistas,

https://m.youtube.com/watch?v=CdYTOKy-xug&pp=ygUwcmVzcG9uc2FiaWxpZGFkIHBhdHJpbW9uaWFsIGRlIGxhIGFkbWluaXN0cmFjaW9u

Anónimo dijo...

Lo de responsabilidad patrimonial,de su Administracion ,lo digo pq es algo a lo q a ellos aluden Para reparar el daño injustamente cometido.

Parece de imposible ejecución! No? Pues eso.

Ese es un elemento esencial q se soslaya en las prejudiciales de Junio.
A mí me parece lo más relevante de todo del erre q erre de esa gente.

Quizás haya q volver a insistir me temo en ello en las próximas Prejudiciales caso de ser necesarias q lo dudo!

Anónimo dijo...

Fecha de innadmision 28 de febrero de 2024

Anónimo dijo...

Gracias.

Publicada?
Argumentos?

Anónimo dijo...

Son los 5 Mac-nifique q alguien comentó hace pocos días?

Son progresistas,conservadores o taimados!

Anónimo dijo...

y como va para la sala 4?

Anónimo dijo...

9.18.
El último Auto publicado en el Cendoj es del 22 de Febrero.

https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/290b4bc88c412b4fa0a8778d75e36f0d/20240301

Supongo que el del 28, lo subirán hoy o dentro de 1 semana.

Anónimo dijo...

Pues Na, si es cierto que el recurso de casación fue inadmitido por el TS el 28F, pues muchas gracias a la parte que lo intentó. Había q saber como respiraban después de los del 22F


Y mucho ánimo a esa parte, lo podrá intentar también en el TC.

Y en relación a la Comisión Europea, hablará con el Gobierno español, y posiblemente lo ha hecho ya.

Así q muy atentos a finales de verano.
Septiembre?

Anónimo dijo...

Creo q a esa gente del TS, le interesa o tener más trabajo ( q va a ser q no 😉), están coaccionados por terceros 🤭), o son cabezotas y muy españoles). 😏


En realidad es un mix de las 2 últimas.

Anónimo dijo...

Ah, y por cierto la posible multa, se la bufa... 🤨

Anónimo dijo...

Lo Social?

Pues 18 Marzo en TSJM, Abril en TS.

Lo del TJUE?

Junio

Lo del TS parte Contenciosa?

Septiembre


Lo de la Comisión Europea y/o Gobierno?

Septiembre


Lo de los abusados?

Inteligencia, todos a una, y que cada uno elija su momento

Anónimo dijo...

y desde el 22 febrero no ha dictado el supremo (sala social) ya fijeza para algún caso pendiente?

o algún tribunal superior de justicia ? (creo que el de galicia si ha dado fijeza para unos indefinidos no fijos)

no hay mas casos que hayan sido juzgados desde el 22 de febrero ?

Anónimo dijo...

mi opinión:

- en los laborales si hay abuso temporalidad y ya se tiene el INF y demanda o alguien está pendiente de ser INF ... va a ser fijeza porque no hay otra fórmula ahora mismo

- en los funcionarios que yo sepa nunca se ha aplicado el INF por tanto a esperar la respuesta de las prejudiciales del TJUE y que van a ser contundentes , también será fijeza

y a futuro con los nuevos contratos a hacer las cosas bien, y no chapuzas como hasta ahora

Anónimo dijo...

10.41 lo del TSJ de Gslicia es fijeza para fijos subrogados de la privada en la pùbloca.

Eso es ya doctrina del Supremo, por supuesto tras una sentencia europea, desde 2022.

https://www.acalsl.com/blog/2022/02/subrogacion-personal-indefinido-no-fijo

Anónimo dijo...

16.37 si INF que eran, pues eso que iba a decir el TSJ de galicia ? que seguían siendo INF?