El pasado día 17/12/2015 tuvo lugar el debate y la votación en Pleno de la Asamblea de la Comunidad de Madrid del Proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas o "ley de acompañamiento de los presupuestos", durante el cual se aprobaron enmiendas pactadas entre diferentes en grupos, en particular algunas importantes relativas al personal de las Tecnologías de la Información en Sanidad en la línea de alguna de las
propuestas de APISCAM de enmiendas a los presupuestos presentadas a los partidos.
Si la semana anterior ya se había introducido vía enmienda en el texto previo un artículo para la extensión de las categorías de Informática del SERMAS a sus Servicios Centrales (con los votos a favor de Ciudadanos, PSOE y Podemos y el de PP en contra), en el debate del Pleno quedaba aprobado en
el texto definitivo de la ley -que acaba de publicarse en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid- con los votos a favor de los tres grupos de la oposición y el voto en contra del Partido Popular (
resaltado en negrita cursiva nuestro):
Exposición de motivos. 'El artículo 10 de la Ley 10/2009, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid creaba en las Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio Madrileño de Salud tres nuevas categorías de personal estatutario de Sistemas y Tecnologías de la Información para dar respuesta a la necesidad de contar con personal técnicamente capacitado y especializado en la implantación y extensión de las tecnologías de la información y las comunicaciones, cada vez más demandada por la creciente complejidad de la gestión y atención sanitaria. Como quiera que desde su creación se ha procedido a una importante consolidación, extensión de dichas tecnologías y centralización de su gestión en los servicios centrales de la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud, es necesario modificar el ámbito de las categorías para poder dotar a dicha Dirección General de Sistemas de Información de una oficina regional con personal propio de las categorías de las funciones en el Servicio Madrileño de Salud.'
Artículo 24. 'Modificación de la Ley 10/2009, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, de la Comunidad de Madrid.
Se modifica el artículo 10 de la Ley 10/2009, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, de la Comunidad de Madrid, que queda redactado en los siguientes términos:
"Artículo 10.- Creación de categorías estatutarias del ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones dependientes del Servicio Madrileño de Salud.
Se crean en las Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio Madrileño de Salud y en sus servicios centrales, las siguientes categorías de personal estatutario de gestión y servicios: [y cita a continuación las 3 categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información, con las mismas funciones con la que se crearon]
Al personal de los Servicios Centrales con nombramientos en estas categorías de Sistemas y Tecnologías de la Información le serán de aplicación las mismas retribuciones, condiciones laborales y acuerdos que las fijadas.'
Y como parte de la Disposición Final Primera:
'3.- Se habilita al titular de la Consejería de Sanidad para que, previa negociación en los órganos de representación competentes, regule los requisitos y condiciones de integración del personal laboral y funcionario que actualmente desempeña funciones informáticas en los servicios centrales del Servicio Madrileño de Salud en las categorías estatutarias cuyo ámbito se extiende en esta norma.'