La Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid (APISCAM),
formada exclusivamente por empleados públicos con
funciones de Tecnologías de la Información [TI] bajo la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid y representando al grupo de
empleados públicos de funciones de TI que es personal propio en las
instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud, ha presentado sendos recursos impugnando la OPE 2105 (Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2015) en cuanto a las plazas de las categorías estatutarias de Sistemas y
Tecnologías de la Información ofertadas a procesos de selección para alcanzar la condición de estatutario [~"funcionario de Sanidad"] con plaza fija y las respectivas convocatorias de
los procesos selección [ver todas aquí] por:
Esta decisión se tomó en la reciente Asamblea Extraordinaria de APISCAM el Lunes 15 de Junio [multitudinaria]
- estar la OPE 2015 y sus convocatorias concebidas ignorando la regularización pendiente en plantilla de las categorías de TI de una parte muy importante de ese colectivo de personal propio de TI de los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud; por ejemplo, se fijan en 67 las plazas vacantes que se convocan cuando serían necesarias al menos 120, para dar cabida a
- la estabilización de los puestos que no son fijos de las categorías de TI y desde los que actualmente y durante más de 10 años en la inmensa mayoría de los casos presta la función el 80% del colectivo
- además de posibles plazas adicionales nuevas para cubrir la infradotación evidente de RRHH de TI en el SERMAS
- ser las vacantes que se convocan puestos de trabajo que están ocupados por esos temporales del colectivo que llevan tantos años en la función de TI sin haber tenido oportunidad alguna de proceso de selección para personal fijo hasta el momento, y que ahora ven como sus puestos de trabajo están convocados en la práctica como una oposición sin opción mínimamente justa de considerar la antigüedad de este personal
Esta decisión se tomó en la reciente Asamblea Extraordinaria de APISCAM el Lunes 15 de Junio [multitudinaria]
Hay que recordar que casi el 80% del colectivo de personal de las instituciones sanitarias del SERMAS ["estatutario"] con funciones de TI - en torno a 120 personas - no desempeña esa función desde una plaza fija de las categorías estatutarias que recogen las funciones de TI , las 3 de Sistemas y Tecnologías de la información, pese a llevar desempeñando su labor en su gran mayoría durante más de 10 años y muchos durante más de 15 y 20 años.
Esto es así por incumplimiento sostenido de la Administración de sus obligaciones en política de Recursos Humanos, que debe "estar orientada a su adecuado dimensionamiento, distribución, estabilidad, desarrollo, formación y capacitación, en Orden a mejorar la calidad, eficacia y eficiencia de los servicios” [artículo 12 del Estatuto Marco del personal estatutario] constituyendo un fraude legal la contratación vigente de ese personal que lleva realizando de forma permanente las funciones durante tantos años en puestos que hoy en día no pueden más que calificarse de evidentemente estructurales y por tanto de obligada regularización y estabiliación en plantilla de las categorías. En lugar de la Administración de la Comunidad de Madrid
- acometer esa regularización integral en plantilla de las categorías pendiente para casi la mitad del colectivo
- y/o convocar unos debidos primeros procesos de selección para estatutario fijo también integrales en número de plazas y que den la posibilidad justa de tener en cuenta la antigüedad del colectivo (por supuesto, procesos de concurso-oposición, siempre respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad),
- ignoran la falta de regulación y esa relación de empleo permanente al fijar como vacantes solamente 67 cuando son 120 los puestos no fijos en las categorías pero con función permanente existentes y
- convocan esas plazas a un proceso donde
- a) se está premiando únicamente conocimiento teórico y no se da opción adecuada a valorar los méritos de antigüedad al limitar al 100% adicional al número de plazas convocadas los que puedan pasar la primera fase de oposición -eliminatoria- para poder optar a sumar los puntos por méritos, despreciando todo ese bagaje de experiencia profesional atesorado por los actuales ocupantes de los puestos de trabajo que ahora se ofrecen
- b) se constituye una bolsa preferente con los que pasen la oposición que saquen una de las "2n" mejores notas pero no obtengan finalmente plaza, de tal forma que, presumiblemente, los siguientes nombramientos temporales tirarán de esa bolsa , como podría ser el caso del resto de personal temporal -eventual que va renovando por meses pero que lleva igualmente muchos años-.
Generalmente, incluido el caso del Servicio Madrileño de Salud y el resto de la Administración de la Comunidad de Madrid--además es el espíritu del Estatuto Básico del Empleo Público vigente-, en situaciones laborales como ésta en la que la Administración incumple sus obligaciones y por culpa de ello acumula un número importante de personal temporal de larga duración, se acometen procesos
de selección orientados a la consolidación de empleo, es decir, procesos que exigen pasar una oposición para cumplir con los principio de igualdad y capacidad y
que permiten se pueda tener en cuenta la en los méritos la antigüedad
en la función del personal temporal cuyos puestos de trabajo se ofrecen,
al exigir como paso de la oposición superar la nota de "aprobado". Éste ha sido el caso en el resto de categorías de informática de los servicios de Salud de otras comunidades autónomas (ver el último caso: el del Servicio Aragonés
de Salud).
APISCAM ha solicitado una solución al nuevo Consejero para evitar el desastre
laboral al que se verá abocado el colectivo de informáticos y, como consecuencia, el daño enorme al propio servicio de TI en el SERMAS, si no se actúa:
Siempre que hablamos de convocar al menos 120 plazas nos referimos repartidas en categorías y turnos de accesos libre y promoción interna de tal forma que significaría la regularización en puesto estable de los puestos actuales no fijos en categorías de TI desde la que se realiza la función de TI en los centros sanitarios del SERMAS.
- 1. o bien anulando estas plazas de la OPE 2015 y sus convocatorias
- 2. o bien
- ofertando más plazas de OPE hasta superar las 120 plazas necesarias para cubrir -dimensionadas en exceso y repartidas adecuadamente según los puestos existentes actuales no fijos en las categorías de TI desde los que se realiza la función de TI
- y anulando las convocatorias y redactando unas nuevas agregando todas las plazas ofertadas y con bases que permitan realmente dar opción de forma justa a valorar los méritos de antigüedad del personal que, por otra parte, está ofreciendo su puesto de trabajo de tantos años en la misma convocatoria
- 3. o bien,sin anular nada, convocando un proceso de concurso-oposición nuevo de en torno a 120 plazas, mientras se mantiene "en suspenso" el ya convocado, que estaría destinado a reforzar con personal nuevo las evidentes necesidades de TI
Siempre que hablamos de convocar al menos 120 plazas nos referimos repartidas en categorías y turnos de accesos libre y promoción interna de tal forma que significaría la regularización en puesto estable de los puestos actuales no fijos en categorías de TI desde la que se realiza la función de TI en los centros sanitarios del SERMAS.
Mientras tanto, APISCAM, y siguiendo el mandato abrumador de su última Asamblea Extraordinaria, no puede consentir este despropósito decidido por el gobierno anterior y está realizando todas las acciones legales pertinentes contando con la asistencia jurídica del gabinete Thomas
de Carranza. Por el momento ya ha interpuesto los debidos
- recurso contencioso-administrativo al Decreto de la OPE 2015 de la Comunidad de Madrid
- el obligado previo recurso de alzada a las Órdenes publicadas con las correspondientes convocatorias, al que seguirán los debidos recursos contencioso-administrativos si la Administración no aporta soluciones del tipo de las apuntadas , adecuadas a las razones de fondo por las que se impugna
También, tras petición a la mayoría de sindicatos relevantes en el SERMAS, ha mantenido contactos y reuniones sobre el tema con los sindicatos AMYTS, CGT y MATS, estos dos últimos habiendo prestado ayuda en la forma de consultas jurídicas que aprovechamos para agradecer públicamente. (Recordemos que CGT ya prestó su ayuda en el conflicto que se vio obligada a mantener esta asociación con la Administración ante la situación insostenible de finales de 2006 y comienzos de 2007 cuando la mayoría de las plazas interinas de los informáticos del SERMAS salieron a oposiciones por temarios de función administrativa en procesos ajenos a la función sin que Sanidad de Madrid creara categorías de informática donde regularizar al personal). AMYTS también ha mostrado su desacuerdo público sobre el exigente criterio de superación de la fase de oposición de los procesos selectivos de categorías sanitarias como las de Odontólogos de Atención Primaria, donde también hay un colectivo amplio de interinos de muy larga duración que ven ahora sus plazas convocadas de la misma forma que las de informática.
NOTA DEL EDITOR: primera v. de esta entrada publicada el 14/07/2015. Segunda versión con más detalles y una redacción más clara aunque amplia.
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2 comentarios:
venga que esto lo ganamos!
Hay que ser positivo.Por supuesto que podemos conseguir algo bueno,de todas formas no habría que dormirse y si no vemos movimientos por parte de la administración habría que hacerse notar que a la vuelta de la esquina hay elecciones y no creo que les interese el ruido mediático.
Un saludo a todos
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