martes, 22 de diciembre de 2015

Aprobada por ley acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid la posiblidad de informáticos estatutarios en los Servicios Centrales del SERMAS

El paado día 17/12/2015 tuvo lugar el debate y la votación en  Pleno de la Asamblea de la Comunidad de Madrid del  Proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas o "ley de acompañamiento de los presupuestos" [ver aquí el texto previo de la Ley de Acompañamiento a ese debate en Asamblea de Madrid ] y durante el cual se han aprobado enmiendas pactadas entre diferentes en grupos en particular varias importantes relativas al personal de las Tecnologías de la Información en Sanidad en la línea de varias de las propuestas de APISCAM de enmiendas a los presupuestos  presentadas a los partidos.
 
Si la semana pasada ya se había introducido en el texto previo un artículo vía enmienda para la extensión de las categorías de Informática del SERMAS a sus Servicios Centrales
(con los votos a favor de Ciudadanos, PSOE y Podemos y el de PP en contra) ahora  habría quedado ya aprobado en el texto definitivo de la ley con los votos a favor de los tres grupos de la oposición la posibilidad de adscripción de informáticos estatutarios en los Servicios Centrales del SERMAS ofreciendo  la integración en plantilla adscrita a esos SSCC de las categorías estatutarias de informática al personal propio que ya trabaja allí.


Esto ha sido así toda vez que PSOE, Podemos y Ciudadanos pactaron una "transaccional" (es decir variante) de la la enmienda numero 5 de CiudadanosEsta "transaccional" contó finalmente con los 81 votos a favor de PSOE, Ciudadanos y Podemos 48 en contra del Partido Popular (ver minuto 2h 12' de la retransmisión del debate en Pleno de Asamblea por la tarde), resultando aprobada para el texto definitivo.

Recordemos que la enmienda original número 5 de Ciudadanos era a la disposición final primera del texto de la ley, habiéndose tenido tenido que votar en bloque en la Comisión previa donde fue rechazada entonces al contar la abstención del PSOE dado que  agrupaba muchos párrafos de diversos contenidos como por ejemplo uno relacionado con la estatutarización del H. de Fuenlabrada y de Alcorcón, así como éstos relacionados con los RRHH de TI en Sanidad, que son los que, presumiblemente, han inspirado la "transaccional":
  • "Se habilita al titular de la Consejería de Sanidad para que, previa negociación en los órganos de representación competentes, regule los requisitos y condiciones de integración del personal laboral y funcionario que actualmente desempeña funciones informáticas en los servicios centrales del Servicio Madrileño de Salud en las categorías estatutarias cuyo ámbito se extiende en esta norma."
  • "Se habilita al titular de la Consejería de Sanidad para que proceda a la creación y regulación de una Oficina o Centro Regional de Sistemas de Información Sanitaria adscrito a la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud donde se creará la nueva plantilla orgánica de las categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información con desempeño en los Servicios Centrales de la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud".
  • "Se habilita al titular de la Consejería de Sanidad para que, previa negociación en los órganos de representación competentes, regule los requisitos y condiciones de integración en la plantilla orgánica de esta Oficina o Centro Regional de Sistemas de Información Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud del personal estatutario dependiente orgánicamente de la Gerencia de Atención Primaria con funciones de Sistemas y Tecnologías de la Información, desempeñadas actualmente en los Servicios Centrales de dicha Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud."
  • "Se habilita al titular de la Consejería de Sanidad para que, previa negociación en los órganos de representación competentes, regule un procedimiento extraordinario de nombramiento de todo el personal estatutario eventual con más de dos años de antigüedad en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud como personal estatutario interino."
En todo caso, estaremos atentos a los detalles de la redacción definitiva que se ha aprobado y que debe publicarse como Ley en el BOCM de la Comunidad de Madrid en los próximos días.


NOTA DEL EDITOR: Primera v. de esta entrada publicada en la noche del 17/12/2015. Segunda v. de esta entrada publicada el 18/12/2015 con los enlaces a los textos previos al debate. Tercera entrada publicada el 22 con el enlace al vídeo con la retransmisión del debate.



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