[Recordatorio de entrada publicada el 09/03/2022]
Este miércoles 09/03/2022 desde las 16 horas hubo reunión de la Comisión de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea de Madridy, monográfica sobre la situación del personal temporal de larga duración y el impacto sobre ellos de las convocatorias de empleo público y la nueva Ley de reducción de temporalidad pública de 28/12/2021.
Recordemos que la consejería con la competencia sobre la Función Pública en toda la Comunidad de Madrid es la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, si bien ya sobre gestión de de RRHH sólo tiene competencias sobre la Administración General (aparte estań por ejemplo los RRHH del SERMAS)
- la Comparecencia (C 331/22 RGEP 3415) de María Teresa Agredano, representante de la Coordinadora Madrileña
de Empleados Públicos en Fraude de Ley, a petición del Grupo
Parlamentario Unidas Podemos para "informar sobre la actual
situación de los trabajadores y trabajadoras públicas interinas en la
Comunidad de Madrid"
- la Comparecencia (C 337/22 RGEP 3715) de José Fernando Silva Data, representante de la
Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal, a petición del Grupo
Parlamentario Socialista para "informar sobre las convocatorias
de empleo público convocadas por el Gobierno de la Comunidad de Madrid"
- la Pregunta de contestación oral en comisión (PCOC 284/22 RGEP 1251) al Gobierno de la Comunidad de Madrid, de Santiago Eduardo Gutiérrez Benito del Grupo Parlamentario Más Madrid: ¿cómo valora el Gobierno de Madrid el marco legal resultante del debate como proyecto de Ley del RD 14/2020 de estabilización del empleo temporal?
Recordemos que la nueva ley 20/2021, en reacción a las sentencias europeas sobre abuso de temporalidad del empleo público, obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales a 31/12/2020 desde antes de 1/1/2016 y las vacantes ocupadas por personal que lleve temporal en la AAPP desde antes 1/1/2016 , al menos si no están ya en convocatorias en marcha que la AAPP no decida anular/modificar; y que en semanas y días previos a la entrada en vigor de la ley, conocida su contenido con varias semanas de antelación, muchas AAPP, entre ellas notablemente la Comunidad de Madrid, "corrieron" a convocar en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores y así evitar el concurso de méritos.
- nuestra valoración del RDL y de la Ley 20/2021 en la que ha derivado: son textos "totalmente improvisados"
- se incluye una indemnización sin un estudio económico previo, y sin financiación
a lo que replicó el portavoz de Más Madrid [audio íntegro]:
- ¿quiere decir Vd que sabe que va a haber mucha gente cesada por los procesos de estabilización?
- ¿significa que no piensa consolidar a nadie , ni usar el concurso de méritos?
La Directora General de la Función Pública madrileña contestó [audio íntegro]:
- la Comunidad de Madrid ya ha incluido 35 mil plazas en OPE de estabilización que ya han sido convocadas en su práctica totalidad
- la
nueva ley dice que hay que convocar las plazas de más de temporales de 3
años a 31/12/2020, pero ya las hemos incluido en la OPE 2021 [ordinaria]
- sólo quedaría plazas de Sanidad que no se convocaron, pero tenemos un plazo de un año para adaptar la ley
- con lo que la Comunidad de Madrid ya se ha adelantado cumpliendo la ley
Eduardo Gutiérrez replicó:
- no han cubierto la Ley 20/2021, que especifica concurso de méritos para plazas temporales de antes de 2016
- lo
que han hecho es convocar corriendo días antes de la entrada en vigor
para evitar tener que aplicar el concurso de méritos de la nueva ley
La Directora General contestó:
- teníamos que convocar las plazas porque si no caducaban y se perdían
- y lo convocado no se puede paralizar, no lo digo yo, no los ha dicho la Secretaría General de Función Pública del Estado
- todo se ha hecho cumpliendo la normativa vigente
A continuación tuvo lugar la Comparecencia de María Teresa Agredano, como representante de la Coordinadora Madrileña
de Empleados Públicos en Fraude de Ley, a petición del Grupo
Parlamentario Unidas Podemos para "informar sobre la actual
situación de los trabajadores y trabajadoras públicas interinas en la
Comunidad de Madrid", quien señaló [audió integro]:
- hay casi un 50% de temporalidad entre los empleados públicos de la Comunidad de Madrid
- hay sectores en que la temporalidad es total o casi total: como los médicos de urgencias hospitalarias
- se firman cuerdos que se venden como "estabilización del empleo" cuando son ERES encubiertos
- se ha creado un falso conflicto entre opositores y empleados públicos
- pedimos
- paralización de las OPEs convocadas hasta extraer las plazas afectadas por la ley 20/2021
- consolidación real del personal en abuso
- tasa de reposición real de 100%
- "hay sitio para todos"
- Sól Sánchez de Unidas Podemos
- Sevilla, Granada, etc sí han paralizado convocatorias
- el espíritu de la ley es el de estabilizar temporales no cargárselos
- se ahorra en dinero y en costes de pérdida de conocimiento si se consolida al personal
- e está a tiempo de paralizarlos casi todos los procesos [se
refiere a los de la Administración Genera de la C. de Madrid, que sólo
están convocados -hace pocas semanas-, todavía sin listas de admitidos
publicadas]
- Vox
- llama al sentido común de reducir la temporalidad quedándose con el propio personal tras el incumplimiento de la AAPP
- PSOE:
- hay una solución estatal que hay que aplicar
- también desde la ley se han elevado la tasa de reposición
- ¿cómo solventar la situación en la Comunidad de Madrid?
- no diremos que los procesos que se han convocado no son legales, pero sí diremos "no son éticos"
- el gobierno de España con esta ley está intentando dar un instrumento para la consolidación del
- Eduardo Gutiérrez, portavoz de Más Madrid [audio íntegro]:
- la
Comunidad de Madrid ha actuado de mala fe y ya veremos si no acaba
teniendo problemas en los tribunales con estas convocatorias
- estamos de acuerdo en la consolidación por concurso de méritos -iba en nuestro programa [restringidos, recordemos] pero discrepamos en que no incluya los puestos de los temporales de más de 3 años
- la Sala de lo Social del TSJ de Madrid acaba de presentar nuevas cuestione prejudiciales sobre si esto sería sanción suficiente para el abuso, que dice es a partir de 3 años
- PP de la C. de Madrid:
- el PP estatal sacó las leyes de 20127 y 2018 que han permitido esos procesos de estabilización con 35 mil plazas en la Comunidad de Madrid
- por lo tanto, la preocupación y las acciones de la Comunidad de Madrid es "importante"
- la C. de Madrid sólo tieneun 26% de temporalidad y está mejor que otras comunidades como Extremadura o Castilla-La Mancha
- no compartimos sus exigencias, pero consideramos que son legítimas
- el PP siempre hará un estricto cumplimiento de la ley
- vale un concurso de méritos, pero restringido y de resultado cierto para el abusado
- la C de Madrid no informa de sus datos de temporalidad , en el IVIMA en 2018 estábamos al 70% , ahora tras la jubilacióndel fijo se acerc del 90%
- la C. de Madrid ha publicado 170 procesos selectivos [de su Administración General] días antes de la entrdada en vigor de la nueva ley, "deprisa y corriendo" cuando hay categorías que no se habían convocado en más de 20 años
- su problema de poder afectar el coste económico se va a acrecentar con la saturación de sus servicios jurídicos
- prácticamente los 170 procesos selectivos están impugnados
- están tan saturados que ya ni están recurriendo sentencias de fijezas
- puede resolver su problema estabilizando a todo el personal temporal
- en
ese juego de enfrentamiento político entre la C de Madrid y el Gobierno
del Estado miles de familias de su comunidad van a verse en la calle
- La Ley 20/2021 sí es cierto que ha mejorado el panorama que dejó el "Icetazo", el Real Decreto-Ley 14/21 sacado por acuerdo sindical
- pero sigue incumpliendo las directrices del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha dicho que los procesos selectivos no valen como sanción y fijado los criterios para declarar el abuso
- la Comunidad de Madrid se ha apresurado a publicar convocatorias con bases antes de esta ley con una clara intención
- la
adaptación de 1 año para Sanidad y Educación se refiere a la reforma
del EBEP, no a los artículos sobre los nuevos procesos de estabilización
de la Ley, que ya le afecta a la Comunidad de Madrid desde la entrada en vigor de laley
- todas las plazas temporales que cumplen la condición de las Disposiciones Adicionales 6ª y 8ª para ser convocadas por el Concurso de Méritos DEBEN ser extraídas de las convocatorias actuales y ser convocadas por Concurso de Méritos, así hay que interpretar la ley
- la
excepción de plazas no convocadas del segundo párrafo del artículo 2.1
se refiere a los procesos del artículo 2 - los de concurso oposición-
- todavía no han decaído los procecimiento de infracción de la Comisión Europea contra España, están investigando ahora esta ley
- el
TSJ de Madrid, Social, en sus preguntas al Tribunal europeo ha
asegurado que si no hay sanción válida recogida, sí es posible la
conversión en fijos
- Sol Sánchez de Unidas Podemos:
- esa excepción de plazas no convocadas del segundo párrafo del artículo 2.1 fue introducida después en trámite parlamentario con la intención contratia de la que se utiliza ahora para excluir plazas del concurso excepcional de méritos [es decir, que para que aquellas plazas por temporalidad e no cayeran en las condiciones del concurso de méritos y estuvieran ya incluidas en OPEs anterioes y no s ehubiera convocadas no se quedaran sin convocar en este nuevo proceso]
- Partido Popular [ audio íntegro]
- La
Comunidad de Madrid sí va a cumplir con la ley 20/2021 porque es su
obligación: convocará concursos de méritos con todas las plazas que sean
de antes de 01/01/2016 [sin convocar] y trabajará para ello
- las convocatorias publicadas cumplen con la leyees que eran vigentes en el momento de su cnvocaotria
- la temporalidad, como en la empresa privada, interesa por
- las facilidades que de para desprenderse del personal en situciones de crisis o conveniencia
- la de ser presonal presionable más fácilmente por su precariedad
- si persiste , es por el interés en quien gobiern la Administración en tener una AAPP así,
- precisamente la figura del funcionario público estable nació para evitar eso
Entradas relacionadas:
- [29/06/2017] Publicados los Presupuestos Generales del Estado de 2017: marco para las OPEs extraordinarias (permiso a las AAPP para convocar procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE en Sanidad, docentes de Educación y otros sectores con hasta el 90% de los temporales ade más de 3 años, sin límites por tasa de reposición PERO sin fijar bases de consolidación)
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [09/07/2018] Publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo acuerdo con sindicatos nacionales con la extnsión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio personal.
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [05/05/201]
- [11/05/2021] Publicada en el BOCM la Orden con los criterios generales que deberán cumplir las todavía futuras convocatorias de los procesos de estabilización de puestos temporales ya más de 6 años de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid: concurso-oposición en general puntúando en los méritos igual la antigüedad en otra AAPP; oposición para funcionarios A1 de Administración General y categorías de menos de 5 plazas al sumarse a la convocatoria del turno libre normal
- [14/05/2021] [CSIT-UP] 'Aclaraciones sobre los criterios generales de Estabilización publicados en el BOCM del 11 de mayo de 2021' [CSIT-UP no ha firmado el acuerdo de criterios que refleja este Boletín Oficial]
- [01/07/2021] Publicada la modificación de estructura orgánica de las Consejerías del nuevo Gobierno de la C. de Madrid: Sanidad se queda como está, nueva Dirección General de Política Digital bajo las nuevas Consejería y Viceconsejería de Administración Local y Digitalización, donde pasa a adscribirse la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
- [02/07/2021] [CSIT-UP] Concentración convocada por CSIT del 29/06/2021: 'Pedimos a la D. G. de Función Pública de la Comunidad de Madrid que se valore la experiencia de los empleados públicos en esta Administración. La Administración madrileña es la única que no otorga más valor a la experiencia adquirida por los empleados públicos, en su propio ámbito. '
- [06/07/2021] [Min de P.T. y Función Pública] 'El Gobierno acuerda con los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF el Plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas. Previamente, el secretario de Estado de Política Territorial y Funció Pública, Víctor Francos, ha presidido la reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, donde están representadas las comunidades autónomas, la FEMP y los sindicatosSe realizará un último proceso de estabilización para los interinos que ocupen actualmente plazas de carácter estructural'.
- [07/07/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [21/07/2021] Consejero de la C. de Madrid , Fernández-Lasquetty, responde a pregunta del PSOE sobre qué van a hacer tras el acuerdo del Gobierno nacional con los sindicatos : "lo que hasta la fecha" ..."con el único cambio significativo de abonar una indemnización" al temporal que cese por los proceso selectivos. EL PSOE dice que con el acuerdo estatal cumple con la sentencia europea y pide que la C. de Madrid lo cumpla para reducir la temporalidad, "se lo debemos a los trabajadores" .
- [20/09/2021] El Consejero con la Función Pública de la C. de Madrid , Fernández-Lasquetty, responde a pregunta de Más Madrid, sobre qué van a hacer ante la reforma estatal en tramitación sobre la temporalidad de larga duración , que publicar todas las convocatorias pendientes [de procesos de estabilización entre ellas] porque esa reforma solo les afecta a futuro. Añade que no le "cuadra" hacer fijos sin opositar.
- [10/12/2021] La Comunidad de Madrid sigue publicando convocatorias de las OPEs de "estabilización" anteriores (con las plazas temporales , todas ya más de 6 años a 31/12/2020 ) de su personal de la Administración y Servicios con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero. La C. de Madrid no se espera a la nueva Ley aprobada por el Congreso y pendiente del Seando de reducción de temporalidad bajo la que tendría que convocar en concurso de méritos todas las plazas de estas convocatorias
- [29/12/2021] Publicada en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores
2 comentarios:
https://www.economistjurist.es/noticias-juridicas/ccoo-condenado-por-prestar-mal-asesoramiento-legal-a-una-afiliada/
https://www.lne.es/asturias/2022/03/19/supremo-cambia-criterio-interinos-cocinera-64017265.html
Publicar un comentario