miércoles, 4 de febrero de 2026

[Araúz] Tribunal de Casación italiano sentencia que los procesos selectivos de estabilización no son válidos por jurisprudencia del TJUE si no conceden la fijeza de forma cierta para los empleados en abuso de temporalidad, y les sigue correspondiendo indemnización por el abuso a los que obtengan plaza fija por ellos

'Disponemos ya de la sentencia del Tribunal de Casación italiano de fecha 23 de noviembre de 2025, en la que dicho TS, aplicando la jurisprudencia del TJUE, declara:

  • Uno: Que el abuso se produce a partir de los 36 meses de duración continua o discontinua de los contratos temporales en el sector público.
  • Dos: Que ningún proceso selectivo de estabilización, ni siquiera los concursos de méritos, son una medida acorde con la Clausula 5 de Acuerdo Marco de la Directiva 1999/70, cuando la obtención del puesto fijo no sea cierta o no sea alcanzable en un plazo breve, de tal forma que solo las medidas automáticas e inmediatas de estabilización garantizan el cumplimiento de los requisitos de la Directiva.


  • Y tres: Que en el caso que el empleado temporal o interino sea fijo a través de otro tipo de procesos selectivos que no sean automáticos, inmediatos, o no garanticen con certeza que la víctima del abuso va a ser fijo, éste tiene derecho a una indemnización proporcionada y disuasorio, como medida sancionadora que impone la directiva.'

 

FuenteNota del gabinete de Javier Araúz de 03/02/2026

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11 comentarios:

Anónimo dijo...

¡ALELUYA! Parece que en Italia ya lo han entendido. A ver si aquí lo entendemos de una vez con OBADAL.

Anónimo dijo...

Grande D Javier, este es el camino, no queda otra alternativa

Anónimo dijo...

Pues muchas gracias Apiscam por escuchar a tantos, tu voz hoy en dia es crucial, Gracias de corazon

Anónimo dijo...

https://diariosabemos.com/analisis/interinos-intervencion-europea-imponer-fijeza-cada-vez-mas-cerca_514782_102.html

Anónimo dijo...

ah vale en Italia, pero España está al margen de lo que pase en Italia o el resto de Europa COMO SIEMPRE

Anónimo dijo...

Italy is not Spain
Spain is different

Anónimo dijo...

https://www.noudiari.es/noticias-ibiza-formentera-sidebar/el-fraude-de-ley-en-la-temporalidad-del-profesorado-impulsa-una-recogida-de-firmas-para-exigir-que-sean-fijos/

Anónimo dijo...

Los maestros van por libre

Anónimo dijo...

11:00 Pero a unos sí y a otros no. La incoherencia agrava todavía más la injusta situación de los temporales públicos abusados, porque en aras a hacer efectiva la transposición de la D99/70 de manera incorrecta por no ser aceptada por el TJUE, unos trabajadores abusados ya han estabilizado y otros no.
A unos la justicia patria, aún insufiente por carecer de carácter disuasorio, les ha reconocido indemnización, y a otros, en los mismos supuestos de hecho, se la deniega.
Esa es la justicia española, la que a unos pocos incentiva y a la mayoría desalienta.

Anónimo dijo...

Todos vamos por libre cuando las leyes no son aplicadas de igual manera por quienes deben garantizar su correcta aplicación, por tanto, tampoco surten iguales resultados, como la justicia depende de quién seas actúa de una manera u otra.

Vivimos en una continua desprotección e inseguridad legal, judicial, laboral, vital.

Anónimo dijo...

Aquí en España...."no se sigue, que la doctrina del TJUE, quiera decir que procede fijeza...bla bla bla,..su doctrina no no se sigue que hay abuso en la temporalidad incluso con 300 años de temporal" ...el contra legem encaja perfectamente...bla bla bla..todas las medidas que se están tomando cumplen con la directiva. Si el TJUE lo dice, Aquí se va a cumplir, pero no creo que lo diga en esos términos...bla bla