viernes, 20 de febrero de 2026

El Pleno del Tribunal Constitucional aborda el 24 de Febrero para sentencia una cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Navarra sobre los concursos de méritos de de secretarios de entidades locales navarras por primar la experiencia en Navarra

 Según el orden del día publicado, el Pleno del Tribunal Constitucional abordará para sentencia este martes 24 de Febrero uno de las cuestiones de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Navarra sobre los concursos de méritos de de secretarios de entidades locales navarras por primar la experiencia en Navarra , que admitió a trámite hace más de un año.

En concreto, abordará la CI. 8421-2024 ,  si los  apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley Foral 16/2022, de 30 de mayo, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en los puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de la Comunidad Foral de Navarra incurren en una "posible vulneración de los arts. 23.2 y  14 de la  Conostitución Española", presumiblemente por  valorar más los servicios prestados como secretarios e interventores en entidades locales de Navarra que en el resto de España.

Recordemos que el Pleno del Tribunal Constitucional también admitió a trámite la  CI. 8614-2024 de la misma Sala del Tribunal Superior de Justicia de Navara, sobre los mismos apartados de la misma norma y por las mismas posibles vulneraciones y que hace 10 meses abordó sin llegar a una decisión todavía, la cuestión de inconstitucionalidad 9800-2024 de la Sala de lo Contencioso del TDJ de Navarra.sobre los artículos 5.3 y 9.1 de la Ley Foral 19/2022, sobre si el baremo del concurso de méritos de la ley 20/2021 de la Administración de la CCAA de Navarra es Inconstitucional por puntuar más la experiencia en la misma Administración de Navarra.

Nótese que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo estáa sentenciando la anulación de la puntuación del doble de la experiencia en la categoría en centros del SERGAS con respecto a otros centros del SNS en los concursos de méritos de la ley de 20/201 de facultativos del SERGAS, precisamente al concluir que con esa diferencia de puntuación, aún en el caso de estos procesos de estabilización,  viola el principio constitucional de igualdad en el acceso a la función pública, con ko que un pronunciamiento explícito del Tribunal Constitucional sobre la cuestion resulta de ña máxima relevancia.

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1 comentario:

Anónimo dijo...

Pasotas.
https://apiscam.blogspot.com/2025/04/el-tribunal-constitucional-no-tomo.html?m=1