lunes, 1 de junio de 2026

Recordatorio. [29/04/2026] IMPORTANTE [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de Abril - Dictámenes motivados: La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Dictamina que el "derecho español no incluye medidas para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad pública. Da dos meses a España para nueva norma]

  [Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026 en este blog, es decir, hace un mes]

 [29/04/2026] 'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. 

El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. 

Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

La Comisión insta a España a que elimine las condiciones laborales discriminatorias en el sector público


La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4224] por no haber adaptado plenamente su legislación nacional a la Directiva sobre el trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70/CE del  Consejo), que prohíbe la discriminación de los trabajadores con contrato de duración determinada. El Derecho español contiene condiciones laborales menos favorables para los trabajadores con un contrato de duración determinada que trabajan en el sector público español en comparación con los trabajadores fijos. Según la Comisión, esto constituye una discriminación contraria al Derecho de la Unión, por lo que incoó este procedimiento de infracción en 2014. Si bien España resolvió y aclaró algunas de las cuestiones establecidas en la última carta de emplazamiento enviada por la Comisión en julio de 2024, en otros casos las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.'

Fuente: Nota de prensa de la Comisión Europea de 29/04/2026

Resaltados en negritas cursiva nuestros

 

NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Comisión Europea mantiene esto dos procedimientos de infracción desde hace años en relación al personal empelado público temporal o "interino":

  1. el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en cuanto a discriminación con los fijos incumpliento la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal [1999/70/CE], que es procedimiento "en el que la Comisión Europea  decidió  en verano de 2024 enviar una 2ª carta de emplazamiento adicional", y del que hoy ha decidido el paso a Dictamen motivad

  2. y este procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , del que del que hoy también ha decidido el paso a Dictamen Motivado,  sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª  de la misma directiva por el abuso de temporalidad , y que se extendió al empleo público en general tras la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917 y la sentenciafel TJUE de 19/03/2020 " Sánchez Ruiz", y por el que el Gobierno aprobó   la Ley 20/2021, con medidas a futuro como con unos procesos de estabilización, que las recientes sentencias europeas han dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva. El Gobierno tiene  de plazo,  en principio, dos meses para aprobar una medida correctora del incumplimiento 

La Coordinadora Estatal de Trabajadores Públicos Temporales presentó ante la Comisión Europea un informe para esre Procedimiento de infracción contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público que desmonta las tesis actuales del Estado español sobre la temporalidad ilícita de Empleados Públicos solicitando el paso a Dictamen Motivado del procedimiento

Recordemos por último los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias:

0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado  o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción


1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Hasta ahora se permitían aquí continuas prórrogas solicitadas por lso EStados o retrasos, pero la Comisión Europea justo aprobó ayer un plan de simplificación que incluye que pase a ser una excepción la concesión de una prórroga aquí, y a fijar en 6 meses máximo el paso al Dictamente motivado.

2. "Dictamen motivado"    , si no hay respuesta o no es satisfactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber plazos complementarios, habitualmente los países lo solicitaban y era habitual que la Comisión Europea concediera hasta un año de prórroga para ver esa nueva normativa publicada, antes de decidir pasar al siguiente paso,
pero la Comisión Europea justo aprobó ayer un plan de simplificación que estipula  que sí se concederán prórrogas al plazo de los dos meses pero sólo si  en esos dos primeros meses el gobierno ha reconocido la infracción y presentado un plan normativo para resolverla, siendo la prórroga máxima de 3 meses

Es éste el estado en el que se encuentran desde hoy el procedimiento de infracción INF(2014)4334 y
el procedimiento de infracción INF(2014)4224

3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.

4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible

5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas


Entradas relacionadas:
 

 

 

 

77 comentarios:

Anónimo dijo...

Si quisiesen Junts y Podemos obligarían al Gobierno a aprobar la Ley de Funcion Publica

Anónimo dijo...

Exacto!!!!!!!!! POr qué no lo hacen

Anónimo dijo...

Es verdad, porque si no accedieran podrían retirarle el apoyo en otros asuntos, pero parece que tampoco lo exigen como lo verbalizan.

Anónimo dijo...

Esto parece raro, veremos sin en los próximos días hay algún movimiento

Anónimo dijo...

Creo que lo habrá y será por Real decreto ley

Anónimo dijo...

Y si lo hay, obtendrá mayoría simple en el congreso?

Anónimo dijo...

A todo esto! Sabe alguien de los aquí presentes si después de la sentencia de casacion del TS Obadal, se ha reactivado algún juicio y si hay resultados nuevos después del 11 de mayo pasado. Hay mucho silencio? O me lo parece a mi?

Anónimo dijo...

y el silencio es bueno???.

Anónimo dijo...

Pues no sabría decirte. Después del 12 de mayo es como si no pasase nada, ni reactivacion de ninguna denuncia en suspenso, ni de fijeza y ni de idemnizacion después de esa sentencia tan esperada. Quiero interpretar el silencio como "no news, good news ".

Anónimo dijo...

16,10. Se está cociendo algo?

Anónimo dijo...

Si el PSOE finalmente decide ceder a la presión y une sus votos con el bloque de la fijeza (Junts, Podemos, Sumar, ERC y EH Bildu) en la comisión parlamentaria, se desencadenaría un escenario de consecuencias inmediatas en España:1. Aprobación exprés de la reforma del EBEP La unión de estos votos daría mayoría absoluta automática en la comisión y en el Pleno del Congreso. Las enmiendas saldrían adelante y el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) se modificaría de inmediato para incluir por ley la figura del "personal fijo a extinguir" o la estabilización de oficio para quienes lleven más de 2 o 3 años en abuso de temporalidad.2. Choque total e inédito con el Tribunal Supremo Se produciría un conflicto institucional sin precedentes entre el poder legislativo y el poder judicial: La ley aprobada en el Congreso diría que los interinos en abuso son fijos. La jurisprudencia actual del Tribunal Supremo dice que no pueden ser fijos sin oposición previa. Consecuencia: Al tratarse de una ley estatal escrita, los jueces de los juzgados de lo Contencioso-Administrativo se verían obligados a aplicar la nueva ley por encima del criterio anterior del Supremo, otorgando las fijezas de forma masiva.3. Alivio ante la Unión Europea El Gobierno conseguiría cerrar el procedimiento de infracción de la Comisión Europea. Al establecer la fijeza como sanción directa al abuso, España cumpliría estrictamente con la Directiva 1999/70/CE, lo que desbloquearía de inmediato los tramos de los fondos europeos que Bruselas mantiene bajo vigilancia por la alta temporalidad pública.4. Estabilidad para la legislatura de Pedro Sánchez A cambio de ceder con los interinos, el PSOE compraría la paz política con sus socios de investidura. Junts, Podemos y Sumar desbloquearían el resto de la agenda legislativa, permitiendo al Gobierno sacar adelante leyes clave y la negociación de los próximos Presupuestos Generales del Estado.5. Conflicto con los opositores de turno libre Esta alianza provocaría una enorme contestación social por parte de los sindicatos tradicionales y las asociaciones de opositores que aspiran a una plaza por el turno libre. El PP y Vox recurrirían la ley de inmediato ante el Tribunal Constitucional, alegando que vulnera los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad para acceder al empleo público.

Anónimo dijo...

Ánimo Oscar, quien dijo miedo. O el gobierno teme al Supremo o es al revés....

Anónimo dijo...

Cocinero, cocinero, enciende bien la candela
Y prepara con esmero un arroz con habichuelas
Cocinero, cocinero, aprovecha la ocasión
Que el futuro es muy oscuro, que el futuro es muy oscuro, ay
Trabajando en el carbón...

Anónimo dijo...

Buscalo

Anónimo dijo...

Con la ley 20/21, entre otros animales fantásticos, han estabilizado trabajadores temporales públicos abusados, ¿esos sí y los siguientes no, después de haber abusado y cesado a temporales que llevaban trabajando 10,20,30 años y sacaron 4 plazas en vez de las que debían, otra vez?

Anónimo dijo...

🕵️‍♂️ lo tienen tan claro que son Repelentes y Soberbios!

Hemos de decir, en primer lugar, que llama la atención que la recurrente haya esperado al último
momento para pedirnos que planteemos una cuestión prejudicial con las preguntas que acabamos de recoger.
En efecto, no deja de ser significativo que no lo hiciera en su escrito de interposición, firmado el 10 de
septiembre de 2024, es decir, cuando ya debía tener conocimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de
13 de junio de 2024. Y es significativo porque, en realidad, la cuestión que quiere que planteemos viene a ser
una suerte de apelación indirecta para que el Tribunal de Justicia reconsidere y modifique esa sentencia en el
extremo que la recurrente rechaza. Esto es, en el del límite que supone el Derecho nacional a la interpretación
de la cláusula 5 del Acuerdo Marco que defiende la recurrente.
Debemos rechazar esta petición, no sólo porque se nos haya hecho tardíamente, sino porque pretende eludir un
pronunciamiento de la sentencia del Tribunal de Luxemburgo de claridad cristalina, tan evidente en su sentido
que ninguna duda puede suscitar, no ya al lector español, sino al de cualquier país de la Unión Europea, por
circunscribirnos al ámbito en que se aplica su ordenamiento jurídico y, desde luego, a ningún juez. El Tribunal
de Justicia se ha manifestado en el apartado 116 de la sentencia con pleno conocimiento de los términos en
que está regulado en España el acceso al empleo público y, en particular, la adquisición de la condición de
funcionario de carrera. Y, naturalmente, conoce sobradamente el alcance que se ha de dar al Acuerdo Marco
que acompaña a la Directiva 1999/70/CE. Por eso, la claridad manifiesta de sus palabras se hace todavía más
evidente y lleva a descartar cualquier incertidumbre.

Anónimo dijo...

Los de la Sala III, tienen su coartada perfecta. Motivo. El Arauz..

Anónimo dijo...

Confiar que este país actúe como un verdadero estado democrático de derecho, una vez se ha manifestado en contra de su ilegal e injusto actuar la CE y el TJUE, resulta cada vez más difícil, por no decir imposible.

Anónimo dijo...

Entonces solo quedara pagar....tampoco quieren pagar...

Anónimo dijo...

Esperanzas ninguna... Esto huele muy mal. Arruinar a España si ya no lo está, tiempo al tiempo. Europa se la pasará por la piedra a España antes del verano. Esto es un agujero negro sin fondo.

Anónimo dijo...

Efectivamente, coartada, por el incumplimiento desde hace 26 años, no prevenir unos ni sancionar los otros, sino todo lo contrario, abusar y no sancionar ni reparar una vez demandado y y reconocido dicho abuso.

Nos han robado derechos que como trabajadores europeos debimos tener y quedaron sin desarrollar por no transponer la Directiva 99/70 en el sector público.

La indefensión que nos han procurado es más grave aún que el abuso en la temporalidad.

Anónimo dijo...

España, la fosa séptica que engulle los derechos laborales de sus trabajadores temporales públicos desde hace 26 años.

Anónimo dijo...

Esto es un cachondeo, Europa y la comisión parece que sancionara (a paso tortuga eso sí), el gobierno hace oídos sordos y mientras siguen abusando, cesando a los abusados y sin reparar económicamente, ademas de no sancionar a las Administraciones CULPABLES de esta situación. Importamos Cero.

Anónimo dijo...

España es un país que aun debe de aprobar en muchas asignaturas, lo cierto es que.... si quisiesen los socios del Gobierno habría Ley de Punto Final, la pregunta es ¿¿Quiere el Gobierno??? o prefiere seguir mareando la perdiz

Anónimo dijo...

Actuarán cuando les sea más conveniente o favorable a sus intereses. Para muchos de nosotros, en cualquier caso, es demasiado tarde, el daño es irreparable dede hace años y no solo para los abusados.

Anónimo dijo...

Animo Javier Arauz, buen articulo


https://www.laopiniondemurcia.es/comunidad/2026/05/29/abogado-javier-arauz-murcia-historica-130749407.html

Anónimo dijo...

Como es posible que la comisión de dos meses de plazo y a falta de 28 días no haya movimiento ninguno del gobierno. Se toman a la torera la advertencia de la comisión y se descojonan de todos.

Anónimo dijo...

De aquellos polvos estos lodos y las gracias se lo debemos a muchos sindicatos que no han hecho nada más que desinformar y hacer negocio con los nuevos opositores, por eso no les interesamos los abusados

Anónimo dijo...

Yo no lo entiendo del todo, por ejemplo un cesado hace tres años que tiene 60 años concatenando contratos desde el 2002 y en el 2009 aprobó sin plaza con IMC, ¿La única opción a sus 60 años es la fijeza por haber aprobado? Y sin embargo, un caso similar no imc, puede cobrar una buena idemnizacion? Mi pregunta sería, puede renunciar a la fijeza el trabajador de 60 años del imc por preferir la indemnización? Gracias.

Anónimo dijo...

?? Como que No les interesas,verá usted cuando gane el PP, el azote de Atila serán esos Sindicatos,al tiempo

Anónimo dijo...

Al tiempo de hace muuuuchos años.
En la actualidad, de los sindicatos mayoritarios no se puede esperar nada, son demasiados años aguantando sus artimañas para sobrevivir a cualquier precio de cualquier gobierno.
Son incapaces de ponerse del lado del abusado, aunque la injusticia sea palmaria no dudarán en traicionarlo, por muy hipoputa que sea el amo nunca le morderán la mano.

Anónimo dijo...

Alguien sabe en que punto estamos?. Esto es desesperante

Anónimo dijo...

Estamos en el tiempo de descuento. Si nada cambia el arbitro pitará el fin de partido. La multa es inminente. Lo mejor les da igual; o hacen que no va con ellos. Como no pagan de su bolsillo...

Anónimo dijo...

Estamos donde querían los necios abusadores patrios, la educación y los derechos, por los suelos. ¡Miserables!

Anónimo dijo...

Estamos en este punto. Felicidades a la agraciada.
https://www.elcorreo.com/economia/condenan-lanbide-pagar-49000-euros-interina-aplicar-20260601001313-nt.html

Anónimo dijo...

a 11:40
Cuando dices "Felicidades a la agraciada", te refieres a la compañera abusada o a la representación sindical que se llevará su buena tajada de tal indemnización?

Anónimo dijo...

Es lo que hay, las gallinas que entran por las que salen

Anónimo dijo...

Eh ahi la oposición sindical a la fijeza directa legislativa.

Si nos conducen a las oposiciones = academias sindicales (€)
Si nos conducen a la via judicial = abogados sindicales (€)

Todo por los derechos de los trabajadores (y lo emolumentos de la obra)

Anónimo dijo...

Importante!

13J 2024. Isa 🫂
Una passa més per acabar amb la precarietat laboral en l'administració. Volem condicions de treball dignes que passen per estabilitzar les plantilles, enfortir els serveis públics i no buscar més pretextos per externalitzar ni privatitzar serveis. Ens hi van els drets de totes!

Anónimo dijo...

That's It
https://x.com/ivallets/status/1526114203165241345?s=20

Anónimo dijo...

Pero cuando les pedimos información y ayuda durante los años de abusos y fraude, nos la negaban, engañaban o salían huyendo cuando te cruzabas con ellos, literalmente.

Anónimo dijo...

Aquí dice que el nuevo estatuto marco de sanidad va a solucionar la temporalidad reconociendo 20 dias por año...
https://www.eldiario.es/sociedad/gobierno-impulsa-estatuto-marco-pleno-conflicto-sanidad-medicos_1_13268074.html

Anónimo dijo...

Igual no se puede leer. La trabajadora ha sacado puesto fijo en los procesos de consolidación . Ademas al haber demandado se lleva 49.000 euritos. No puedo mas que felicitarla. Recordemos que hasta ayer ni un duro.

Anónimo dijo...

Me alegro de que le hayan conseguido plaza e indemnización, pero esto no es conforme a la sentencia europea. Se le está indemnizando por despido y por abuso, sí, pero de forma tasada. ¿10.000 euros por 15 años de abuso? Esto es una broma... Ni disuasoria, ni proporcional, ni nada de nada.

Anónimo dijo...

Entonces si el gobierno no mueve un dedo y los TS topan las indemnizaciones, estamos en la misma situación que antes que Obadal, a esta gentuza le importa poco el derecho Europeo, ni se inmutan con las posibles multas, total, las pagamos el resto de españoles.

Anónimo dijo...

Hombre, son 49 mil.

Anónimo dijo...

Isa.
Consiguió ser interina. Año 2005.
Consiguió Vacante. Año 2009.
Consiguió ser Diputada. Año 2013.
Debió volver a ser interina, pero fue cesada. Año 2015.
Judicialmente volvió a su plaza de Interina. Año 2018.
Fue convocada su plaza. Año 2020.
Judicialmente se excluyo cautelarmente su plaza de la estabilización. Año 2021.
Año 2026. Es jefa "interina"en su administración.

Forza Isa!

Anónimo dijo...

21 años dan para 3 juicios. Los 3 ganados. Pero ... el tercero lo "rompió" Arauz.

Aunque "roto, roto", ha estado este jarrón chino desde el principio..

Anónimo dijo...

Por cierto. Vaya sueldazos tienen en el SOC Vasco.

Anónimo dijo...

Lo de Eibar versión 2.0.
https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/Un-juzgado-de-Eibar-reconoce-como-laborales-fijas-a-dos-trabajadoras-interinas-de-larga-duracion-

Anónimo dijo...

Nos quieren cesar a todos y así llegan al 8%

Anónimo dijo...

Pues al 8% habría que haber llegado en diciembre del 2024...y mientras siguen abusando. Panda de sinvergüenzas.

Anónimo dijo...

En su intervención del 12 de noviembre de 2014, Isa menciona diversos cargos, perfiles y unidades técnicas del Servei d’Ocupació de Catalunya (SOC) para denunciar su precarización y el trasvase de sus funciones a empresas privadas.
Los cargos y colectivos específicos que cita son:
Dirección del SOC: Menciona explícitamente a Joan Aregio (entonces secretario de Ocupación) y a Olga Campmany (entonces directora del SOC) como los responsables que están dirigiendo el organismo y priorizando las sanciones a los desempleados
.
Personal Interino: Se identifica a sí misma como trabajadora interina del SOC con más de ocho años de antigüedad
. Asimismo, denuncia que el 25% de la plantilla son funcionarios interinos que han sufrido recortes salariales del 15%

Orientadores Laborales: Denuncia el despido de estos profesionales encargados del acompañamiento a los parados
.
Técnicos del SOC: Afirma que cualquier técnico del organismo conoce los problemas estructurales que arrastra la formación
.
Unidades y Servicios Técnicos específicos: enumera departamentos internos cuyas funciones están siendo usurpadas por consultoras externas:
Control e Inspección (Control i Inspecció): Cuyas tareas de gestión interna de calidad sobre fondos comunitarios pasaron a PricewaterhouseCoopers
.
Servicio de Justificación Económica de Subvenciones: Señala que este servicio específico podría realizar la revisión que se encargó a KPMG.
Cualificación Profesional (Qualificació Professional): Cuyo trabajo de validación de expedientes de certificados de profesionalidad fue adjudicado a la consultora BDO.

Dirección Territorial: Cita que empresas externas como BDO Auditores y KPMG están realizando la gestión de expedientes sancionadores y tareas de revisión que corresponden a los compañeros de la Dirección Territorial.

Profesionales del SOC en general: Concluye pidiendo que se dignifique el trabajo de todas las profesionales del organismo que trabajan con vocación de servicio.

Anónimo dijo...

Que casualidad oye.
Isa denuncia el 12 de Noviembre del 2014 una reducción del 15% de como una medida que afectaba al 25% de la plantilla del SOC, correspondiente a interinos.
7 meses más tarde , las personas q dirigen el SOC la dicen q no puede volver a su puesto de trabajo de interina en el SOC tras su paso por el Parlamento debido a su condición de interina.
Evidentemente el TSJ de Cataluña en febrero del 2018 la devuelve la plaza de Interina q la correspondía con efectos retroactivos del 2015.

Responsables del SOC. Joan y Olga.
En fin ...

Anónimo dijo...

..15% del sueldo ..

Anónimo dijo...

https://diariosabemos.com/analisis/interinos-error-supremo-condena-victimas-abuso-temporalidad_517169_102.html

Anónimo dijo...

Toda la razón, los jueces cambian la petición de la demanda para poder desestimar, pero se pide fijo a extinguir, osea, estabilidad, no se pide ser funcionario de carrera.

Anónimo dijo...

Cada vez entiendo menos

Anónimo dijo...

La IA dice que el Gobierno va a tomar medidas para sancionar el abuso. Vamos a darle un voto de confianza hasta el 29 de junio. A partir de ahí ya no hay nada que hacer

Anónimo dijo...

Juez sustituto mandado a la merde en la AN un 21 de Mayo tras 17 años

Arauz le representó! 😱

Frente a la pretensión de fijeza, el demandante desglosó técnicamente una indemnización alternativa que asciende a una cuantía superior a los 160.000€ (Antecedente Tercero):

Indemnización por despido improcedente: 90.908,03€.
Pérdida de oportunidades: 4.139,40€.
Mantenimiento de base reguladora de jubilación (24 meses): 28.114,80€.
Daños morales: 18.000,00€.
Indemnización fija (STS 1718/2019): 20.000,00€.

Respuesta: no vas a ver ni un euro 🕵️‍♂️

Anónimo dijo...

Vamos si un juez sustituto pide más de 160 mil, un mindundi como un operario de una instalación deportiva, que menos que 1/5 parte.
32.000 No? 🤣

Anónimo dijo...

Sigo sin entender pq el abuso depende del sueldo ..

🤔🤣

Anónimo dijo...

Pues leída la Sentencia de la AN del 21de Mayo, el matarile a Arauz y al Juez Sustituto ha sido espectacular.

Arauz preguntó por el ContraLegem en plan Kamikaze, y esa fue la tumba.

Los jueces han dicho bien claro, q en España nunca habrá ffcc sin proceso selectivo libre q puede y debe ser concurso q en muchos casos no se convoco por no ser Obligatorio.

O eso o NADA!
Y si Europa o los interinos nos empeñamos en q NO! Pues NO habrá solución!!
Ellos NO quieren Indemnizaciones, y tampoco regalos, ASI QUE ...

Las administraciones deben estar OBLIGADAS a convocar todas aquellas plazas q no han tenido OPE alguna en más de 10 años.
El resto q SI la tuvieron en ese intervalo podrán ser estabilizados por Sentencia si la aprobaron sin plaza, y tras ello fueron abusados.

Aquellos q tuvisteis oportunidades y la aprobasteis sin Plaza, no habéis sido abusados si luego no seguisteis contratados o si no la aprobasteis en cuyo caso ... haber estudiado ...

La vía de la pasta debe estar cerrada pa todos, los incumplidores q sean sancionados de empleo y sueldo 5 años, y fin del problema!
Y los que hayan colocado gente eventual a dedo ... Iremos a por ellos... caso a Caso...

Anónimo dijo...

Cierto.
Este tema está enquistado desde el momento 0 con Maximalismos de unos y otros.
El tema es q aquí solo putea, una parte, q se quiere ir de rositas.
Y los puteados, decimos ser todos y eso no es cierto.

Menos Arauces, y más Pilares, Guadalupes, Isas ...

Q Arauz se retire, está haciendo un daño al colectivo, insufrible ..

Anónimo dijo...

Bruselas no solo emite advertencias por escrito; utiliza el dinero como mecanismo de presión directa. La Comisión Europea ya ha congelado y bloqueado 627 millones de euros de los fondos Next Generation destinados a España debido a la incapacidad del Ministerio de Función Pública para erradicar el abuso de la temporalidad (que se mantiene en un alarmante 32%). El Gobierno necesita ese flujo de dinero, por lo que está obligado a simular o aplicar reformas de manera urgente.

Anónimo dijo...

La oposición de 2910 en la que había informe contaría como oposición aprobada con IMC?

Anónimo dijo...

En este puto pueblo cualquiera que piense y actúe por sí mismo, hurgue en las leyes o trabaje para solucionar un "problema" creado ad hoc por la propia administracion para beneficio del poder (corrupto) será castigado, da igual el tiempo que pase.

Salirse del rebaño está penado si previamente no te lo han ordenado, aunque el que ordena sea un idiota palmario y enchufado.

Anónimo dijo...

Dejaremos de hacer lo correcto para que no se ofendan los soberbios inútiles y los jetas.

Anónimo dijo...

Porque os quejais de Arauz? No os entiendo, si es de los pocos que nos defiende

Anónimo dijo...

Bruselas no va hacer nada... va a dar lugar a expediente y le va a mandar el proceso al tjue y hasta dentro de dos años miau...mientras... el gobierno saliente/entrante que este en ese momento aplicara el estatuto marco y la ley de funcion publica e intentara replicar cualquier reclamacion de inaplicacion etc...tiempo al tiempo...parece mentira que no sepamos aun como funcionan en este pais los politicos

Anónimo dijo...

Pd: se estan cansando los bufetes de abogados de decir por activa y por pasiva que la unica via de reconocimiento del abuso es la via judicial...Me juego algo y no lo pierdo a que al menos el 50% o mas de este foro aun ni ha reclamado el abuso y espera que le den todo a la sopa boba....Luego la gente se queja de los politicos...y nosotros como sociedad somos igual...esperamos que nos den todo hecho...En fin...como dice aznar...si puede...que haga...

Anónimo dijo...

15:02. De España es esperable, de Europa no, 26 años sin transponer su directiva y no sancionan. Tienes razón en algo, el gobierno saliente/entrante no va a actuar.

Anónimo dijo...

Hi ha companyes com
Isa que amb la seva entrada al Parlament sabien que podien perdre la feina. Pels fills i les filles de la classe treballadora aquesta és l'única manera de guanyar-nos la vida. Gràcies camarada Isa, has tornat a donar exemple!

Anónimo dijo...

Gràcies a tu que sempre me vas animar i a altres companyes que heu estat allà persistint i lluitant, vosaltres sí que sou exemple!!

Anónimo dijo...

Eso después de más de 2 años apartada de su trabajo de interina en el SOC por esta gent.
https://web.archive.org/web/20170920103358/https://naciodigital.cat/noticia/120949/lloguer/oficina/montilla/costa/100000/euros/anuals/generalitat/

Anónimo dijo...

Una interina no tiene derecho a ser readmitida tras excedencia de más de 2 años? Según su administración. No.
Según el juez, SI. Eso sí , después de 2 años y medio de ser cesada.

Anónimo dijo...

En cualquier caso, seguro que en 2 años y medio en el Parlament cobro por anticipado lo que le correspondía por otros 2 años y medio en el SOC.