[Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026 en este blog, es decir, hace un mes]
[29/04/2026] 'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada.
El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias.
Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La Comisión insta a España a que elimine las condiciones laborales discriminatorias en el sector público
La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4224] por no haber adaptado plenamente su legislación
nacional a la Directiva sobre el trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70/CE del Consejo),
que prohíbe la discriminación de los trabajadores con contrato de
duración determinada. El Derecho español contiene condiciones laborales
menos favorables para los trabajadores con un contrato de duración
determinada que trabajan en el sector público español en comparación con
los trabajadores fijos. Según la Comisión, esto constituye una
discriminación contraria al Derecho de la Unión, por lo que incoó este
procedimiento de infracción en 2014. Si bien España resolvió y aclaró
algunas de las cuestiones establecidas en la última carta de
emplazamiento enviada por la Comisión en julio de 2024, en otros casos
las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. Por
consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a
España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las
medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir
el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.'
Fuente: Nota de prensa de la Comisión Europea de 29/04/2026
Resaltados en negritas cursiva nuestros
NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Comisión Europea mantiene esto dos procedimientos de infracción desde hace años en relación al personal empelado público temporal o "interino":
- el
procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en
cuanto a
discriminación con los fijos incumpliento la cláusula 4ª de la Directiva
Europea de empleo temporal [1999/70/CE], que es
procedimiento "en el que la Comisión Europea decidió en verano de 2024 enviar una 2ª carta de
emplazamiento adicional", y del que hoy ha decidido el paso a Dictamen motivad
- y este procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , del que del que hoy también ha decidido el paso a Dictamen Motivado, sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª de la misma directiva por el abuso de temporalidad , y que se extendió al empleo público en general tras la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917 y la sentenciafel TJUE de 19/03/2020 " Sánchez Ruiz", y por el que el Gobierno aprobó la Ley 20/2021, con medidas a futuro como con unos procesos de estabilización, que las recientes sentencias europeas han dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva. El Gobierno tiene de plazo, en principio, dos meses para aprobar una medida correctora del incumplimiento
0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción
1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Hasta ahora se permitían aquí continuas prórrogas solicitadas por lso EStados o retrasos, pero la Comisión Europea justo aprobó ayer un plan de simplificación que incluye que pase a ser una excepción la concesión de una prórroga aquí, y a fijar en 6 meses máximo el paso al Dictamente motivado.
2. "Dictamen motivado" , si no hay respuesta o no es satisfactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber plazos complementarios, habitualmente los países lo solicitaban y era habitual que la Comisión Europea concediera hasta un año de prórroga para ver esa nueva normativa publicada, antes de decidir pasar al siguiente paso, pero la Comisión Europea justo aprobó ayer un plan de simplificación que estipula que sí se concederán prórrogas al plazo de los dos meses pero sólo si en esos dos primeros meses el gobierno ha reconocido la infracción y presentado un plan normativo para resolverla, siendo la prórroga máxima de 3 meses
Es éste el estado en el que se encuentran desde hoy el procedimiento de infracción INF(2014)4334 y el procedimiento de infracción INF(2014)4224
3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.
4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible
5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [23/06/2021] En
pregunta en el Congreso de Coalición Canaria sobre "la solución que va a
dar el Gobierno a la situación de fraude de ley por abuso de
temporalidad de los empleados públicos", el Ministro Iceta responde que
procesos de estabilización de concurso-oposición dando la posibilidad
adicional a las CCAA de concursos de méritos
- [20/09/2021] Finalizó
el plazo de enmiendas en el Proyecto de Ley de modificación del Real
Decreto-Ley de reducción de la temporalidad. El PSOE propone permitir a
las AAPP la posibilidad de concurso de méritos libre con las plazas
temporales más de 10 años que no se hayan convocado y, para el resto de
futuras convocatorias de procesos de estabilización, la posibilidad de
que los ejercicios de la oposición no sean eliminatorios. EL Partido
Popular propone ampliar las plazas bajo los procesos de estabilización y
garantizar que las AAPP los ejecuten como concurso-oposición,
proponiendo solamente la posbilidad de no hacer oposición a quien tenga
superarado sin plaza uno de los procesos selectivos anteriores. Podemos
propone concurso de méritos obligatorio con valoración especial de la
antigüedad en el puesto para los puestos temporales más de 5 años y
oposición no eliminatoria para el resto
- [29/12/2021]
Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
- [23/01/2024] El último Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas publicado por Función Pública reconoce, a Julio de 2023, más de 1 millón 100 mil empleados públicos temporales entre todas las AAPP , el 38% de los empleados públicos. Se puede extrapolar que más de 800 mil puestos estarían en fraude de ley de temporalidad superior a 3 años. La C. de Madrid tiene temporales al 45% de sus empleados públicos, la mayoría en Sanidad, con un 53% de temporalidad en su sector de Administración General.
- [08/02/2024] Comparativa
del número de plazas a concurso de méritos de estabilización con las
cifras de temporales en los sectores de Administración General,
docentes no universitarios e instituciones sanitarios del personal de
las propias CCAA a Julio de 2023 publicadas en Boletín Estadístico del
Personal al servicio de las Administraciones Públicas : al menos 3/4 del
personal en abuso de temporalidad de esos sectores, más de medio millón
de empleados, no ha podido obtener fijeza por esos concursos de méritos
- [22/02/2024] El
Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024
reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido
durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura
del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público
como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos
de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal
remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es
constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la
fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social
del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más
cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [18/03/2024] Coalición Canaria presenta una Proposición No de Ley para instar al Gobierno a que legisle cumpliendo con la reciente sentencia del Tribunal de justicia dela UE y , mientras tanto, se prorrogen los plazos de la Ley 20/2021
- [15/04/2024] Retirada la Proposición No de Ley que presentó Coalición Canaria para instar al Gobierno a que legisle cumpliendo con la reciente sentencia de 22 de Febrero del Tribunal de Justicia de la UE y , mientras tanto, se prorrogen los plazos de la Ley 20/2021
- [13/06/2024] Sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat: no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021. Ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisrpudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera
- [15/07/2024] Registrado en Comisión Europea informe para el Procedimiento de infracción contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público
- [25/07/2024] [Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de julio: La Comisión insta a ESPAÑA a que elimine las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [2ª Carta de Emplazamiento Adicional en el procedimiento INFR(2014)4224, aparte está el INFR(2014)4334 sobre abuso de temporalidad]
- [03/10/2024 IMPORTANTE [Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de octubre: Cartas de emplazamiento. 'La Comisión insta a ESPAÑA a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [ "Las nuevas normas nacionales" -ley 20/2021- "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" ; plazo de dos meses a España para responder]
- [29/04/2026] La comisaria europea responsable de Asuntos sociales y Empleo, Roxana Mînzatu se reúne este miércoles con europarlamentarias españolas del PSOE. La Dirección General de Asuntos Sociales y Empleo es quien tiene el procedimiento de infracción contra España por falta de medidas ante el abuso de temporalidad pública
77 comentarios:
Si quisiesen Junts y Podemos obligarían al Gobierno a aprobar la Ley de Funcion Publica
Exacto!!!!!!!!! POr qué no lo hacen
Es verdad, porque si no accedieran podrían retirarle el apoyo en otros asuntos, pero parece que tampoco lo exigen como lo verbalizan.
Esto parece raro, veremos sin en los próximos días hay algún movimiento
Creo que lo habrá y será por Real decreto ley
Y si lo hay, obtendrá mayoría simple en el congreso?
A todo esto! Sabe alguien de los aquí presentes si después de la sentencia de casacion del TS Obadal, se ha reactivado algún juicio y si hay resultados nuevos después del 11 de mayo pasado. Hay mucho silencio? O me lo parece a mi?
y el silencio es bueno???.
Pues no sabría decirte. Después del 12 de mayo es como si no pasase nada, ni reactivacion de ninguna denuncia en suspenso, ni de fijeza y ni de idemnizacion después de esa sentencia tan esperada. Quiero interpretar el silencio como "no news, good news ".
16,10. Se está cociendo algo?
Si el PSOE finalmente decide ceder a la presión y une sus votos con el bloque de la fijeza (Junts, Podemos, Sumar, ERC y EH Bildu) en la comisión parlamentaria, se desencadenaría un escenario de consecuencias inmediatas en España:1. Aprobación exprés de la reforma del EBEP La unión de estos votos daría mayoría absoluta automática en la comisión y en el Pleno del Congreso. Las enmiendas saldrían adelante y el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) se modificaría de inmediato para incluir por ley la figura del "personal fijo a extinguir" o la estabilización de oficio para quienes lleven más de 2 o 3 años en abuso de temporalidad.2. Choque total e inédito con el Tribunal Supremo Se produciría un conflicto institucional sin precedentes entre el poder legislativo y el poder judicial: La ley aprobada en el Congreso diría que los interinos en abuso son fijos. La jurisprudencia actual del Tribunal Supremo dice que no pueden ser fijos sin oposición previa. Consecuencia: Al tratarse de una ley estatal escrita, los jueces de los juzgados de lo Contencioso-Administrativo se verían obligados a aplicar la nueva ley por encima del criterio anterior del Supremo, otorgando las fijezas de forma masiva.3. Alivio ante la Unión Europea El Gobierno conseguiría cerrar el procedimiento de infracción de la Comisión Europea. Al establecer la fijeza como sanción directa al abuso, España cumpliría estrictamente con la Directiva 1999/70/CE, lo que desbloquearía de inmediato los tramos de los fondos europeos que Bruselas mantiene bajo vigilancia por la alta temporalidad pública.4. Estabilidad para la legislatura de Pedro Sánchez A cambio de ceder con los interinos, el PSOE compraría la paz política con sus socios de investidura. Junts, Podemos y Sumar desbloquearían el resto de la agenda legislativa, permitiendo al Gobierno sacar adelante leyes clave y la negociación de los próximos Presupuestos Generales del Estado.5. Conflicto con los opositores de turno libre Esta alianza provocaría una enorme contestación social por parte de los sindicatos tradicionales y las asociaciones de opositores que aspiran a una plaza por el turno libre. El PP y Vox recurrirían la ley de inmediato ante el Tribunal Constitucional, alegando que vulnera los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad para acceder al empleo público.
Ánimo Oscar, quien dijo miedo. O el gobierno teme al Supremo o es al revés....
Cocinero, cocinero, enciende bien la candela
Y prepara con esmero un arroz con habichuelas
Cocinero, cocinero, aprovecha la ocasión
Que el futuro es muy oscuro, que el futuro es muy oscuro, ay
Trabajando en el carbón...
Buscalo
Con la ley 20/21, entre otros animales fantásticos, han estabilizado trabajadores temporales públicos abusados, ¿esos sí y los siguientes no, después de haber abusado y cesado a temporales que llevaban trabajando 10,20,30 años y sacaron 4 plazas en vez de las que debían, otra vez?
🕵️♂️ lo tienen tan claro que son Repelentes y Soberbios!
Hemos de decir, en primer lugar, que llama la atención que la recurrente haya esperado al último
momento para pedirnos que planteemos una cuestión prejudicial con las preguntas que acabamos de recoger.
En efecto, no deja de ser significativo que no lo hiciera en su escrito de interposición, firmado el 10 de
septiembre de 2024, es decir, cuando ya debía tener conocimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de
13 de junio de 2024. Y es significativo porque, en realidad, la cuestión que quiere que planteemos viene a ser
una suerte de apelación indirecta para que el Tribunal de Justicia reconsidere y modifique esa sentencia en el
extremo que la recurrente rechaza. Esto es, en el del límite que supone el Derecho nacional a la interpretación
de la cláusula 5 del Acuerdo Marco que defiende la recurrente.
Debemos rechazar esta petición, no sólo porque se nos haya hecho tardíamente, sino porque pretende eludir un
pronunciamiento de la sentencia del Tribunal de Luxemburgo de claridad cristalina, tan evidente en su sentido
que ninguna duda puede suscitar, no ya al lector español, sino al de cualquier país de la Unión Europea, por
circunscribirnos al ámbito en que se aplica su ordenamiento jurídico y, desde luego, a ningún juez. El Tribunal
de Justicia se ha manifestado en el apartado 116 de la sentencia con pleno conocimiento de los términos en
que está regulado en España el acceso al empleo público y, en particular, la adquisición de la condición de
funcionario de carrera. Y, naturalmente, conoce sobradamente el alcance que se ha de dar al Acuerdo Marco
que acompaña a la Directiva 1999/70/CE. Por eso, la claridad manifiesta de sus palabras se hace todavía más
evidente y lleva a descartar cualquier incertidumbre.
Los de la Sala III, tienen su coartada perfecta. Motivo. El Arauz..
Confiar que este país actúe como un verdadero estado democrático de derecho, una vez se ha manifestado en contra de su ilegal e injusto actuar la CE y el TJUE, resulta cada vez más difícil, por no decir imposible.
Entonces solo quedara pagar....tampoco quieren pagar...
Esperanzas ninguna... Esto huele muy mal. Arruinar a España si ya no lo está, tiempo al tiempo. Europa se la pasará por la piedra a España antes del verano. Esto es un agujero negro sin fondo.
Efectivamente, coartada, por el incumplimiento desde hace 26 años, no prevenir unos ni sancionar los otros, sino todo lo contrario, abusar y no sancionar ni reparar una vez demandado y y reconocido dicho abuso.
Nos han robado derechos que como trabajadores europeos debimos tener y quedaron sin desarrollar por no transponer la Directiva 99/70 en el sector público.
La indefensión que nos han procurado es más grave aún que el abuso en la temporalidad.
España, la fosa séptica que engulle los derechos laborales de sus trabajadores temporales públicos desde hace 26 años.
Esto es un cachondeo, Europa y la comisión parece que sancionara (a paso tortuga eso sí), el gobierno hace oídos sordos y mientras siguen abusando, cesando a los abusados y sin reparar económicamente, ademas de no sancionar a las Administraciones CULPABLES de esta situación. Importamos Cero.
España es un país que aun debe de aprobar en muchas asignaturas, lo cierto es que.... si quisiesen los socios del Gobierno habría Ley de Punto Final, la pregunta es ¿¿Quiere el Gobierno??? o prefiere seguir mareando la perdiz
Actuarán cuando les sea más conveniente o favorable a sus intereses. Para muchos de nosotros, en cualquier caso, es demasiado tarde, el daño es irreparable dede hace años y no solo para los abusados.
Animo Javier Arauz, buen articulo
https://www.laopiniondemurcia.es/comunidad/2026/05/29/abogado-javier-arauz-murcia-historica-130749407.html
Como es posible que la comisión de dos meses de plazo y a falta de 28 días no haya movimiento ninguno del gobierno. Se toman a la torera la advertencia de la comisión y se descojonan de todos.
De aquellos polvos estos lodos y las gracias se lo debemos a muchos sindicatos que no han hecho nada más que desinformar y hacer negocio con los nuevos opositores, por eso no les interesamos los abusados
Yo no lo entiendo del todo, por ejemplo un cesado hace tres años que tiene 60 años concatenando contratos desde el 2002 y en el 2009 aprobó sin plaza con IMC, ¿La única opción a sus 60 años es la fijeza por haber aprobado? Y sin embargo, un caso similar no imc, puede cobrar una buena idemnizacion? Mi pregunta sería, puede renunciar a la fijeza el trabajador de 60 años del imc por preferir la indemnización? Gracias.
?? Como que No les interesas,verá usted cuando gane el PP, el azote de Atila serán esos Sindicatos,al tiempo
Al tiempo de hace muuuuchos años.
En la actualidad, de los sindicatos mayoritarios no se puede esperar nada, son demasiados años aguantando sus artimañas para sobrevivir a cualquier precio de cualquier gobierno.
Son incapaces de ponerse del lado del abusado, aunque la injusticia sea palmaria no dudarán en traicionarlo, por muy hipoputa que sea el amo nunca le morderán la mano.
Alguien sabe en que punto estamos?. Esto es desesperante
Estamos en el tiempo de descuento. Si nada cambia el arbitro pitará el fin de partido. La multa es inminente. Lo mejor les da igual; o hacen que no va con ellos. Como no pagan de su bolsillo...
Estamos donde querían los necios abusadores patrios, la educación y los derechos, por los suelos. ¡Miserables!
Estamos en este punto. Felicidades a la agraciada.
https://www.elcorreo.com/economia/condenan-lanbide-pagar-49000-euros-interina-aplicar-20260601001313-nt.html
a 11:40
Cuando dices "Felicidades a la agraciada", te refieres a la compañera abusada o a la representación sindical que se llevará su buena tajada de tal indemnización?
Es lo que hay, las gallinas que entran por las que salen
Eh ahi la oposición sindical a la fijeza directa legislativa.
Si nos conducen a las oposiciones = academias sindicales (€)
Si nos conducen a la via judicial = abogados sindicales (€)
Todo por los derechos de los trabajadores (y lo emolumentos de la obra)
Importante!
13J 2024. Isa 🫂
Una passa més per acabar amb la precarietat laboral en l'administració. Volem condicions de treball dignes que passen per estabilitzar les plantilles, enfortir els serveis públics i no buscar més pretextos per externalitzar ni privatitzar serveis. Ens hi van els drets de totes!
That's It
https://x.com/ivallets/status/1526114203165241345?s=20
Pero cuando les pedimos información y ayuda durante los años de abusos y fraude, nos la negaban, engañaban o salían huyendo cuando te cruzabas con ellos, literalmente.
Aquí dice que el nuevo estatuto marco de sanidad va a solucionar la temporalidad reconociendo 20 dias por año...
https://www.eldiario.es/sociedad/gobierno-impulsa-estatuto-marco-pleno-conflicto-sanidad-medicos_1_13268074.html
Igual no se puede leer. La trabajadora ha sacado puesto fijo en los procesos de consolidación . Ademas al haber demandado se lleva 49.000 euritos. No puedo mas que felicitarla. Recordemos que hasta ayer ni un duro.
Me alegro de que le hayan conseguido plaza e indemnización, pero esto no es conforme a la sentencia europea. Se le está indemnizando por despido y por abuso, sí, pero de forma tasada. ¿10.000 euros por 15 años de abuso? Esto es una broma... Ni disuasoria, ni proporcional, ni nada de nada.
Entonces si el gobierno no mueve un dedo y los TS topan las indemnizaciones, estamos en la misma situación que antes que Obadal, a esta gentuza le importa poco el derecho Europeo, ni se inmutan con las posibles multas, total, las pagamos el resto de españoles.
Hombre, son 49 mil.
Isa.
Consiguió ser interina. Año 2005.
Consiguió Vacante. Año 2009.
Consiguió ser Diputada. Año 2013.
Debió volver a ser interina, pero fue cesada. Año 2015.
Judicialmente volvió a su plaza de Interina. Año 2018.
Fue convocada su plaza. Año 2020.
Judicialmente se excluyo cautelarmente su plaza de la estabilización. Año 2021.
Año 2026. Es jefa "interina"en su administración.
Forza Isa!
21 años dan para 3 juicios. Los 3 ganados. Pero ... el tercero lo "rompió" Arauz.
Aunque "roto, roto", ha estado este jarrón chino desde el principio..
Por cierto. Vaya sueldazos tienen en el SOC Vasco.
Lo de Eibar versión 2.0.
https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/Un-juzgado-de-Eibar-reconoce-como-laborales-fijas-a-dos-trabajadoras-interinas-de-larga-duracion-
Nos quieren cesar a todos y así llegan al 8%
Pues al 8% habría que haber llegado en diciembre del 2024...y mientras siguen abusando. Panda de sinvergüenzas.
En su intervención del 12 de noviembre de 2014, Isa menciona diversos cargos, perfiles y unidades técnicas del Servei d’Ocupació de Catalunya (SOC) para denunciar su precarización y el trasvase de sus funciones a empresas privadas.
Los cargos y colectivos específicos que cita son:
Dirección del SOC: Menciona explícitamente a Joan Aregio (entonces secretario de Ocupación) y a Olga Campmany (entonces directora del SOC) como los responsables que están dirigiendo el organismo y priorizando las sanciones a los desempleados
.
Personal Interino: Se identifica a sí misma como trabajadora interina del SOC con más de ocho años de antigüedad
. Asimismo, denuncia que el 25% de la plantilla son funcionarios interinos que han sufrido recortes salariales del 15%
Orientadores Laborales: Denuncia el despido de estos profesionales encargados del acompañamiento a los parados
.
Técnicos del SOC: Afirma que cualquier técnico del organismo conoce los problemas estructurales que arrastra la formación
.
Unidades y Servicios Técnicos específicos: enumera departamentos internos cuyas funciones están siendo usurpadas por consultoras externas:
Control e Inspección (Control i Inspecció): Cuyas tareas de gestión interna de calidad sobre fondos comunitarios pasaron a PricewaterhouseCoopers
.
Servicio de Justificación Económica de Subvenciones: Señala que este servicio específico podría realizar la revisión que se encargó a KPMG.
Cualificación Profesional (Qualificació Professional): Cuyo trabajo de validación de expedientes de certificados de profesionalidad fue adjudicado a la consultora BDO.
Dirección Territorial: Cita que empresas externas como BDO Auditores y KPMG están realizando la gestión de expedientes sancionadores y tareas de revisión que corresponden a los compañeros de la Dirección Territorial.
Profesionales del SOC en general: Concluye pidiendo que se dignifique el trabajo de todas las profesionales del organismo que trabajan con vocación de servicio.
Que casualidad oye.
Isa denuncia el 12 de Noviembre del 2014 una reducción del 15% de como una medida que afectaba al 25% de la plantilla del SOC, correspondiente a interinos.
7 meses más tarde , las personas q dirigen el SOC la dicen q no puede volver a su puesto de trabajo de interina en el SOC tras su paso por el Parlamento debido a su condición de interina.
Evidentemente el TSJ de Cataluña en febrero del 2018 la devuelve la plaza de Interina q la correspondía con efectos retroactivos del 2015.
Responsables del SOC. Joan y Olga.
En fin ...
..15% del sueldo ..
https://diariosabemos.com/analisis/interinos-error-supremo-condena-victimas-abuso-temporalidad_517169_102.html
Toda la razón, los jueces cambian la petición de la demanda para poder desestimar, pero se pide fijo a extinguir, osea, estabilidad, no se pide ser funcionario de carrera.
Cada vez entiendo menos
La IA dice que el Gobierno va a tomar medidas para sancionar el abuso. Vamos a darle un voto de confianza hasta el 29 de junio. A partir de ahí ya no hay nada que hacer
Juez sustituto mandado a la merde en la AN un 21 de Mayo tras 17 años
Arauz le representó! 😱
Frente a la pretensión de fijeza, el demandante desglosó técnicamente una indemnización alternativa que asciende a una cuantía superior a los 160.000€ (Antecedente Tercero):
Indemnización por despido improcedente: 90.908,03€.
Pérdida de oportunidades: 4.139,40€.
Mantenimiento de base reguladora de jubilación (24 meses): 28.114,80€.
Daños morales: 18.000,00€.
Indemnización fija (STS 1718/2019): 20.000,00€.
Respuesta: no vas a ver ni un euro 🕵️♂️
Vamos si un juez sustituto pide más de 160 mil, un mindundi como un operario de una instalación deportiva, que menos que 1/5 parte.
32.000 No? 🤣
Sigo sin entender pq el abuso depende del sueldo ..
🤔🤣
Pues leída la Sentencia de la AN del 21de Mayo, el matarile a Arauz y al Juez Sustituto ha sido espectacular.
Arauz preguntó por el ContraLegem en plan Kamikaze, y esa fue la tumba.
Los jueces han dicho bien claro, q en España nunca habrá ffcc sin proceso selectivo libre q puede y debe ser concurso q en muchos casos no se convoco por no ser Obligatorio.
O eso o NADA!
Y si Europa o los interinos nos empeñamos en q NO! Pues NO habrá solución!!
Ellos NO quieren Indemnizaciones, y tampoco regalos, ASI QUE ...
Las administraciones deben estar OBLIGADAS a convocar todas aquellas plazas q no han tenido OPE alguna en más de 10 años.
El resto q SI la tuvieron en ese intervalo podrán ser estabilizados por Sentencia si la aprobaron sin plaza, y tras ello fueron abusados.
Aquellos q tuvisteis oportunidades y la aprobasteis sin Plaza, no habéis sido abusados si luego no seguisteis contratados o si no la aprobasteis en cuyo caso ... haber estudiado ...
La vía de la pasta debe estar cerrada pa todos, los incumplidores q sean sancionados de empleo y sueldo 5 años, y fin del problema!
Y los que hayan colocado gente eventual a dedo ... Iremos a por ellos... caso a Caso...
Cierto.
Este tema está enquistado desde el momento 0 con Maximalismos de unos y otros.
El tema es q aquí solo putea, una parte, q se quiere ir de rositas.
Y los puteados, decimos ser todos y eso no es cierto.
Menos Arauces, y más Pilares, Guadalupes, Isas ...
Q Arauz se retire, está haciendo un daño al colectivo, insufrible ..
Bruselas no solo emite advertencias por escrito; utiliza el dinero como mecanismo de presión directa. La Comisión Europea ya ha congelado y bloqueado 627 millones de euros de los fondos Next Generation destinados a España debido a la incapacidad del Ministerio de Función Pública para erradicar el abuso de la temporalidad (que se mantiene en un alarmante 32%). El Gobierno necesita ese flujo de dinero, por lo que está obligado a simular o aplicar reformas de manera urgente.
La oposición de 2910 en la que había informe contaría como oposición aprobada con IMC?
En este puto pueblo cualquiera que piense y actúe por sí mismo, hurgue en las leyes o trabaje para solucionar un "problema" creado ad hoc por la propia administracion para beneficio del poder (corrupto) será castigado, da igual el tiempo que pase.
Salirse del rebaño está penado si previamente no te lo han ordenado, aunque el que ordena sea un idiota palmario y enchufado.
Dejaremos de hacer lo correcto para que no se ofendan los soberbios inútiles y los jetas.
Porque os quejais de Arauz? No os entiendo, si es de los pocos que nos defiende
Bruselas no va hacer nada... va a dar lugar a expediente y le va a mandar el proceso al tjue y hasta dentro de dos años miau...mientras... el gobierno saliente/entrante que este en ese momento aplicara el estatuto marco y la ley de funcion publica e intentara replicar cualquier reclamacion de inaplicacion etc...tiempo al tiempo...parece mentira que no sepamos aun como funcionan en este pais los politicos
Pd: se estan cansando los bufetes de abogados de decir por activa y por pasiva que la unica via de reconocimiento del abuso es la via judicial...Me juego algo y no lo pierdo a que al menos el 50% o mas de este foro aun ni ha reclamado el abuso y espera que le den todo a la sopa boba....Luego la gente se queja de los politicos...y nosotros como sociedad somos igual...esperamos que nos den todo hecho...En fin...como dice aznar...si puede...que haga...
15:02. De España es esperable, de Europa no, 26 años sin transponer su directiva y no sancionan. Tienes razón en algo, el gobierno saliente/entrante no va a actuar.
Hi ha companyes com
Isa que amb la seva entrada al Parlament sabien que podien perdre la feina. Pels fills i les filles de la classe treballadora aquesta és l'única manera de guanyar-nos la vida. Gràcies camarada Isa, has tornat a donar exemple!
Gràcies a tu que sempre me vas animar i a altres companyes que heu estat allà persistint i lluitant, vosaltres sí que sou exemple!!
Eso después de más de 2 años apartada de su trabajo de interina en el SOC por esta gent.
https://web.archive.org/web/20170920103358/https://naciodigital.cat/noticia/120949/lloguer/oficina/montilla/costa/100000/euros/anuals/generalitat/
Una interina no tiene derecho a ser readmitida tras excedencia de más de 2 años? Según su administración. No.
Según el juez, SI. Eso sí , después de 2 años y medio de ser cesada.
En cualquier caso, seguro que en 2 años y medio en el Parlament cobro por anticipado lo que le correspondía por otros 2 años y medio en el SOC.
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