martes, 23 de junio de 2026

Recordatorio. [29/04/2026] IMPORTANTE [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de Abril - Dictámenes motivados: La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Dictamina que el "derecho español no incluye medidas para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad pública. Da dos meses a España para nueva norma]

[Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026 en este blog, es decir, casi dos meses]

 [29/04/2026] 'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. 

El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. 

Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

La Comisión insta a España a que elimine las condiciones laborales discriminatorias en el sector público


La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4224] por no haber adaptado plenamente su legislación nacional a la Directiva sobre el trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70/CE del  Consejo), que prohíbe la discriminación de los trabajadores con contrato de duración determinada. El Derecho español contiene condiciones laborales menos favorables para los trabajadores con un contrato de duración determinada que trabajan en el sector público español en comparación con los trabajadores fijos. Según la Comisión, esto constituye una discriminación contraria al Derecho de la Unión, por lo que incoó este procedimiento de infracción en 2014. Si bien España resolvió y aclaró algunas de las cuestiones establecidas en la última carta de emplazamiento enviada por la Comisión en julio de 2024, en otros casos las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.'

Fuente: Nota de prensa de la Comisión Europea de 29/04/2026

Resaltados en negritas cursiva nuestros

 

NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Comisión Europea mantiene esto dos procedimientos de infracción desde hace años en relación al personal empelado público temporal o "interino":

  1. el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en cuanto a discriminación con los fijos incumpliento la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal [1999/70/CE], que es procedimiento "en el que la Comisión Europea  decidió  en verano de 2024 enviar una 2ª carta de emplazamiento adicional", y del que hoy ha decidido el paso a Dictamen motivad

  2. y este procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , del que del que hoy también ha decidido el paso a Dictamen Motivado,  sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª  de la misma directiva por el abuso de temporalidad , y que se extendió al empleo público en general tras la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917 y la sentenciafel TJUE de 19/03/2020 " Sánchez Ruiz", y por el que el Gobierno aprobó   la Ley 20/2021, con medidas a futuro como con unos procesos de estabilización, que las recientes sentencias europeas han dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva. El Gobierno tiene  de plazo,  en principio, dos meses para aprobar una medida correctora del incumplimiento 

La Coordinadora Estatal de Trabajadores Públicos Temporales presentó ante la Comisión Europea un informe para esre Procedimiento de infracción contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público que desmonta las tesis actuales del Estado español sobre la temporalidad ilícita de Empleados Públicos solicitando el paso a Dictamen Motivado del procedimiento

Recordemos por último los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias:

0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado  o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción


1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Hasta ahora se permitían aquí continuas prórrogas solicitadas por lso EStados o retrasos, pero la Comisión Europea justo aprobó ayer un plan de simplificación que incluye que pase a ser una excepción la concesión de una prórroga aquí, y a fijar en 6 meses máximo el paso al Dictamente motivado.

2. "Dictamen motivado"    , si no hay respuesta o no es satisfactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber plazos complementarios, habitualmente los países lo solicitaban y era habitual que la Comisión Europea concediera hasta un año de prórroga para ver esa nueva normativa publicada, antes de decidir pasar al siguiente paso,
pero la Comisión Europea justo aprobó ayer un plan de simplificación que estipula  que sí se concederán prórrogas al plazo de los dos meses pero sólo si  en esos dos primeros meses el gobierno ha reconocido la infracción y presentado un plan normativo para resolverla, siendo la prórroga máxima de 3 meses

Es éste el estado en el que se encuentran desde hoy el procedimiento de infracción INF(2014)4334 y
el procedimiento de infracción INF(2014)4224

3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.

4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible

5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas


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39 comentarios:

Anónimo dijo...

Dos meses han tenido y no habrá cambio, no hay voluntad alguna. Así no se puede, ojalá está vez la comisión y Europa si actúen con contundencia y legalidad, y le suspenda todo aquello que puedan. Se ríen de nosotros y de ELLOS.

Anónimo dijo...

Si no tienen miedo de las multas será que estas se pueden pagar sin problema o que la pérdida de 625 millones no es significativa frente a lo que ganarán por otro lado. No sé, se les ve muy tranquilos. Quizá la Comisión Europea ya les ha dado una moratoria y no sabemos nada. Ayer Moncloa hablaba del 31 de agosto, quizá tenga esta fecha algo que ver.

Anónimo dijo...

Evidentemente no le dan importancia a esa suspensión de 625 millones de euros, incomprensible, pero eso parece.

Anónimo dijo...

La lastima es que la oposición al Gobierno siempre esté inmersa en atacar y se olvidan de las personas, van al igual que el Gobierno para atrás

Anónimo dijo...

Por favor, si tenéis alguna información, comentad, q estamos de los nervios

Anónimo dijo...

Y si te comentan por aquí, te lo vas a creer? Sí que estamos desesperados...

Anónimo dijo...

Se viene sorpresa de ultima hora de aquí al viernes... paciencia.

Anónimo dijo...

Los rumores actuales se centran en un choque inminente entre el Gobierno y el Tribunal Supremo, alimentado por filtraciones de sindicatos y colectivos de interinos que apuntan a que Moncloa prepara una respuesta legal de choque antes del fin de semana. El detonante es la reunión del Pleno de la Sala de lo Social del Supremo este miércoles 24 de junio para resolver el caso de una interina del Gobierno Vasco con 30 años de antigüedad.

Anónimo dijo...

Creer del todo no, pero creo que los comentamos en esta página tenemos cierta responsabilidad y empatía con el resto del colectivo, salvo los trolls que visto lo visto no deben tener otra cosa mejor que hacer.

Anónimo dijo...

¿y en qué dirección crees que podría ir esa respuesta? ¿todos fijos?, ¿concurso de méritos? ¿solo aprobados sin plaza? ¿afectará a sanidad y educación?

Anónimo dijo...

Personalmente me induce a pensar que será concurso de méritos a todo aquel que pueda y quiera seguir en la Admon. A partir de esto a ver que depara el destino

Anónimo dijo...

eso aun no lo sabe nadie con certeza...

Anónimo dijo...

Hay un escollo el IMC, pero no es insalvable; hay métodos para ADAPTARLO.

Anónimo dijo...

Por lo menos que hagan algo porque con este silencio parece que no existimos, les da igual de nosotros

Anónimo dijo...

Pero de ahí se excluyen aprobados sin plaza esos no van a concurso

Anónimo dijo...

estoy escuchando la rueda de prensa de Moncloa, pero ¿cómo es posible que NADIE pregunte por nuestro tema y sí por otras mierdas como la ley de lobbies?

Anónimo dijo...

Bueno en la ley de lobbies también hay enmiendas de junts de fijeza.

Anónimo dijo...

Yo apostaría en la línea: aprobados sin plaza según dijo el TS, les dan la fijeza directamente y el resto, concurso de méritos de plazas anteriores a 2022. Si fuera así, espero que lo hagan mejor que el anterior concurso de méritos, que ya sabemos todos lo que pasó y lo que ocasionó... igualmente, veremos a ver qué pasa o qué dicen... aunque me da que van a pasar olímpicamente.

Anónimo dijo...

No. Los concursos de méritos son de resultado incierto según Europa. Así fueron y nos cesaron...

Anónimo dijo...

Cuantas líneas o curvas se han pintado ya?

Anónimo dijo...

Mejor hablad de algo seguro, especulaciones no porfa que generan falsas esperanzas

Anónimo dijo...

Lo que está claro que antes de 29 de junio no habrá cambios

Anónimo dijo...

Preguntadle a la de Co.bas que es la q vendió la moto, junto con otro q escribía x aquí hace un mes contando los días ..

Anónimo dijo...

El movimiento de la comision daba a pie a que España respondiera, pero una vez más sorprende para mal. Ni ante amenazas de ir a juicio con Europa, quieren cambiar. Lo que mas rabia me da es que aquí comparte intereses con la oposición, PSOE Y PP van de la mano para abusar, sabiendo que si no unos, serán los otros quienes estén en el poder, y perpetúan el abuso.

Anónimo dijo...

El aprobar sin plaza no es abuso pero se.

Anónimo dijo...

Si, como las putas del Abalos y su contratación !!

Anónimo dijo...

El retorno de la PPSOE, Todo un revival.

Anónimo dijo...

La información que tenemos es la que nos excretan cuatro flipados con ansias y fantasías.

Anónimo dijo...

Hay algo de verdad en lo que han afirmado que el TS permitirá que los aprobados por bolsa (plazas temporales y convocada de forma extraordinaria) puedan tener derecho a la fijeza,o solo se limita al aprobado sin plaza.

Anónimo dijo...

...6 días. No harán nada y pensarán que todo pasó. Pero Europa sancionará tarde o temprano y se les acabará el rollo.

Anónimo dijo...

El abuso no LO COMETEMOS en el acceso...LO COMETEN ELLOS UNA VEZ HEMOS ACCEDIDO AL MISMO MEDIANTE PROCESOS ELEGIDOS POR ELLOS MISMOS (AAPP) , LOS CUALES POR DEFINICIÓN Y LEY CUMPLEN CON LOS PRINCIPIOS DE IMC Y PUBLICIDAD.... DICEN QUE ERAN PARA PLAZAS TEMPORALES PERO TRAS 10-15-20 AÑOS...ALGUIEN SE LO CREE????

Anónimo dijo...

Que si, que si. Ea, ea, ea. Venga a dormir la siesta, pequeñín.

Anónimo dijo...

Y después.......tampoco.

Anónimo dijo...

Voooooy caaaaaamiiiiiinoooo Sooooooriiiiaaa!!!

Anónimo dijo...

Y nuevamente eso es un gran excremento, deyección, defecación, deposición, excreción, evacuación, detrito, heces, caca, cagada, boñiga
suciedad, porquería, birria, bodrio, chapuza, petardo, castaña, borrachera, curda, tablón, o, en su caso, merluza.

Anónimo dijo...

Echa cuentas ...

Dña.María Ángeles Carmona Vergara …........… D. Carlos Lesmes Dña.
Nuria Díaz Abad……………………............D. Carlos Lesmes Dña. Roser
Bach Fabregó………………….........Dña. Pilar Teso Dña. María del Mar
Cabrejas Guijarro…….........D. Carlos Lesmes
D. Juan Martínez Moya……………………..........D. Carlos Lesmes
D. Fernando Grande-Marlaska Gómez…….......D. Carlos Lesmes
Dña. María Victoria Cinto Lapuente………........D. Carlos Lesmes Dña.
Clara Martínez de Careaga García…........Dña. Pilar Teso
D. Juan Manuel Fernández Martínez………......D. Carlos Lesmes
D. Enrique Lucas Murillo de la Cueva……....... D. Carlos Lesmes
Dña. Concepción Sáez Rodríguez…………......Dña. Pilar Teso
D. Francisco Gerardo Martínez Tristán……......D. Carlos Lesmes
Dña. Pilar Sepúlveda García de la Torre….......D. Carlos Lesmes
Dña. Carmen Llombart Pérez………………......D. Carlos Lesmes
D. Alvaro Cuesta Martínez………………….......D. Carlos Lesmes
D. Wenceslao Olea Godoy ………………….....D. Carlos Lesmes
Dña. Mercé Pigem Palmés ………………….....D. Carlos Lesmes
D. Vicente Guillarte Gutiérrez ……………........D. Carlos Lesmes
D. Rafael Mozo Muelas……………………........Dña. Pilar Teso
D. Rafael Fernández Valverde……………........D. Carlos Lesmes

Anónimo dijo...

Asi son las cosas, y así se las hemos contado

Anónimo dijo...

No se filtra nada, esto es desesperante. Al final no responderán a la comisión.

Anónimo dijo...

Es acojonante la cantidad de visitas que tiene esto.
https://x.com/SEFPgob/status/2069421068549308533?s=20