lunes, 15 de junio de 2026

Recordatorio. La Vicepresidenta y comisaria europea de empleo Minzatu responde la pregunta de la eurodiputada de ERC, Diana Riba, sobres actuaciones para garantizar que España cumpla con la normativa y sentencias europeas en el abuso de temporalidad pública: podría llevar a España ante el TJUE para imponer sanciones financieras

[Recordatorio de entrada publicada el 04/05/2026 en este blog OJO hace 1 mes y medio] 

Acaba de publicarse   en la web del Parlamento Europeo la respuesta de la Comisión Europea,  firmada por la propia Vicepresidenta  ejecutiva y comisaria europea a cargo de Empleo junto con otras áreas, Roxana Minzatu, a la pregunta  de 11/03/2026 (nº E-001008/2026) de la eurodiputada de Esquerra Republicana  de Catalunya, Diana Riba i Giner, adscrita al grupo Verts/ALE en el Parlamento Europeo, sobre "Abuso de la temporalidad en España: cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE y posibles sanciones"  , pregunta realizada  tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024, que ya habían establecido que la ley 20/2021 no contiene medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad del empleado público, y de la suspensión de fondos europeos del Plan de Recuperación.

En concreto, la pregunta planteada rezaba así:

"España es el sujeto del procedimiento de infracción INFR(2014)4334 por no aplicar correctamente la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada en el empleo público.

El TJUE dictó sentencias sobre el abuso de la temporalidad el 22 de febrero de 2021 y el 13 de junio de 2024, y está prevista la sentencia del asunto C‑418/24 para el 14 de abril de 2026.

A pesar de esas sentencias y la Ley 20/2021, el abuso de la temporalidad en España sigue siendo elevado y el plazo de seis meses concedido por la Comisión para adoptar medidas venció el 7 de enero de 2026 sin resultados sustantivos.

Ante esta situación:

    • 1.¿Qué criterios y actuaciones considera necesarios para garantizar que España cumpla plenamente con la Directiva 1999/70/CE y reduzca efectivamente el abuso de la temporalidad en el empleo público?
    • 2.Tras las sentencias de 2021, 2024 y la próxima del 14 de abril de 2026 , ¿tiene previsto remitir el caso al TJUE, conforme al artículo 258 del TFUE, por incumplimiento persistente?
    • 3.En caso de que persista el incumplimiento tras una posible decisión del TJUE, ¿qué criterios seguiría la Comisión para proponer sanciones económicas coercitivas contra España, según el artículo 260 del TFUE , y cuál sería el calendario para su aplicación?"

La respuesta de la Comisión Europea (según la traducción al español publicada) es literalmente:

  •  1. En el marco del procedimiento de infracción INFR(2014)4334, la Comisión persigue la ausencia de medidas para prevenir y sancionar el uso abusivo de algunos tipos de contratos temporales en la Administración pública española, en vulneración de la Directiva 1999/70/CE [1] . Corresponde al Estado miembro decidir las medidas concretas que deben adoptarse para resolver las infracciones del Derecho de la Unión.

  • 2. En octubre de 2024, la Comisión envió a España una carta de emplazamiento adicional, y actualmente está evaluando la respuesta y la información posterior que ha facilitado España. Si la Comisión considera finalmente que no se han corregido las deficiencias detectadas, podría adoptar un dictamen motivado y, si España siguiera sin resolver estas cuestiones, la Comisión podría decidir llevarla ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

  • 3. Los principios y el método que utiliza la Comisión para calcular las sanciones financieras que propone al Tribunal pueden consultarse en la Comunicación titulada «Sanciones financieras en los procedimientos de infracción» [2] y en sus revisiones posteriores [3] . No obstante, corresponde al Tribunal, en el ejercicio de su facultad discrecional, determinar los importes que considere adecuados a las circunstancias y proporcionados tanto al incumplimiento declarado como a la capacidad de pago del Estado miembro de que se trate. La sanción que deba abonar el Estado miembro en su caso es aplicable a partir de la fecha en la que el Tribunal de Justicia dicte sentencia.

[1] Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada (http://data.europa.eu/eli/dir/1999/70/oj).

[2] Comunicación de la Comisión titulada «Sanciones financieras en los procedimientos de infracción», 2023/C2/01 (https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=oj%3AJOC_2023_002_R_0001).

[3] Véanse las Comunicaciones de la Comisión tituladas «Modificación del método de cálculo de las sanciones financieras propuestas por la Comisión en los procedimientos de infracción de los que conozca el Tribunal de Justicia de la Unión Europea» (http://data.europa.eu/eli/C/2025/1481/oj) y «Actualización anual de los datos utilizados para el cálculo de las sanciones financieras propuestas por la Comisión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los procedimientos de infracción» (http://data.europa.eu/eli/C/2026/1653/oj).'

 

Nótese que el documento original en inglés publicado es un PDF de contenido  de fecha de  23/04/2026, es decir, pocos días antes del 29/04/2026, fecha en que la Comisión Europea decidió por fin enviar el Dictamen Motivado a España [INFR(2014)4334]  por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público, dando un plazo de 2 meses a España para que publique una normativa correctora o alegaciones, so pena de que la Comisión lleve a España ante el TJUE proponiendo sanciones económicas.


Y esta decisión del paso del Dictamen Motivado ha llegado justo el mismo día que la Comisión ha decidido un plan de simplificacion y agilización de normas de la UE que incluye la reducción de los plazos internos entre los pasos de los procedimientos de infracción. Así ya no se concederán sucesivas prórrogas ( que eran normalmente de hasta un año) tras el envío de un Dictamen motivado a un país una vez superado el plazo inicial de dos meses para legislar norma correctora sino que se limita a una sola prórroga de 3 meses y  sólo si el país acepta la infracción y presenta a la CE un plan de adopción legislativa en el plazo de los 2 meses.


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88 comentarios:

Anónimo dijo...

Palabras, palabras, palabras. Que no valen para nada. Cuanto tiempo más, tenemos que esperar 10/15 años?. Esto es acojonante. Nadie hace nada. Que desidia y falta de interés

Anónimo dijo...

La inacción de Europa es la razón principal de esta situación. España abusa porque puede.

Anónimo dijo...

Aquí no se nota que haya ganas de arreglar el tema, los que no comen tienen hambre

Anónimo dijo...

9:55 España abusa porque así lo quiere y puede, está corrompida hasta la médula.

Por el bien y buen gobierno pudo haberse zanjado hace 25 años, pero eligieron lo contrario, perpetrar y perpetuar el abuso del temporal.

Anónimo dijo...

Estado putrefacto, autocracia lamentable

Anónimo dijo...

A ver. Obviamente la respuesta debía ser esa. Pero a partir del 29 debería ser otra. El problema ha estado en que se ha respondido antes de la fecha límite.

Anónimo dijo...

Respuesta de la IA a la situación; Sí, para la gran mayoría de los interinos, el conflicto terminará ahí. Con el pago de esas indemnizaciones más altas por daño moral, la Administración española "comprará" legalmente el cierre del problema frente a la Unión Europea.

Confirma que sacará un decreto ley con el apoyo del PSOE y PP dado que en las mayorías de comunidades gobiernan y hay un trato no escrito de no agresión en la función pública. GAME OVER, a la mierda todo. Que desidia, Europa nos ha dejado tirado y en manos del infractor , que se terminará riendo de todos.

Anónimo dijo...

Pues mi Ia dice otra cosa...

Anónimo dijo...

Y que dice exactamente

Anónimo dijo...

21:01 Pero ¿Porque se lo preguntas a una IA? ¿y porque piensas que te dará una información que todavía no la ha concretado no Dios?

Anónimo dijo...

Le he preguntado por el panorama actual y las opciones reales de fijeza, no nos pongamos una venda en los ojos, el gobierno no va a reconocer la Fijeza porque es anticonstitucional y si así fuera, la tumbaría el TS. La posibilidad es completamente nula, estamos indefensión ante todo esto.

Anónimo dijo...

Y una Gil del candil, precisamente se va legislar por R D para evitar roces legales y posteriormente se desarrollará la Ley de Función Pública, buenas noches 22,00 el ansia viva te está comiendo

Anónimo dijo...

Sin faltar, ojala tengas razón y no te pegues un tostón.

Anónimo dijo...

Vende humos, iluminadnos

Anónimo dijo...

El Gobierno español planea salir de la pinza legislativa aplicando un traspaso forzoso de la resolución final a los tribunales de justicia y una asfixia económica a las comunidades autónomas y ayuntamientos.Al no poder aprobar una ley de fijeza masiva por el veto constitucional del Tribunal Supremo, ni poder mantener el sistema actual por la amenaza de multa de Bruselas, la estrategia de salida se articula en tres movimientos normativos y financieros:1. El "Filtro Judicial" (Para salvar la Constitución)El Gobierno no otorgará la fijeza automática por Real Decreto. Su salida consiste en redactar los nuevos decretos ley de manera que se asuma el criterio del Tribunal Supremo:Fijeza solo con examen aprobado: La norma reconocerá el derecho a ser fijos exclusivamente a los interinos en fraude que tengan una oposición previa aprobada sin plaza.Litigiosidad obligatoria: Al resto de interinos se les obligará a acudir a la vía judicial. El Gobierno "cumple" con Bruselas permitiendo que los jueces dictaminen la fijeza caso por caso, lavándose las manos ante el Tribunal Constitucional al ser un poder independiente el que otorga la plaza.2. Sanción económica ilimitada (Para calmar a Bruselas)Para satisfacer la exigencia de "rigor y sanción disuasoria" que exige la Comisión Europea, el Ejecutivo modificará el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) eliminando el tope de 12 mensualidades:Se establecerá una indemnización variable y punitiva que escalará sustancialmente según los años en fraude de ley.Al elevar la cuantía económica de forma drástica, el Gobierno puede certificar ante Bruselas que España ya dispone de un mecanismo de castigo real, equiparable al despido improcedente del sector privado.3. Derivación del coste financiero (Asfixia autonómica y local)El movimiento maestro del Gobierno central para no descuadrar los presupuestos del Estado es un traspaso de la factura:El decreto obligará a que cada administración pague de sus propios fondos las indemnizaciones de sus interinos cesados o las costas de los juicios perdidos.Como el 80% de la interinidad en fraude se concentra en la Sanidad y la Educación (competencias autonómicas) y en los servicios municipales, el Gobierno central traslada la presión. Esto fuerza a las autonomías a acelerar los procesos de la OEP 2026 para estabilizar al personal antes de que expire el plazo del dictamen motivado europeo.

Anónimo dijo...

Si no es así pronto saldrá Lopez y los sindicatos oficiales a desmentirlo... Hagan sus apuestas.

Anónimo dijo...

Esto no es justo, dejaría a muchos interinos fuera de la administración con el mismo tiempo de abuso de aquellos que obtengan fijeza por tener oposición aprobada. Hay situaciones que se ha dado y que justifica que no se haya podido aprobar unas opes porque en décadas no se han aprobado, y después encima que pasa con los que accede por bolsa, examinado igualmente. Absoluta discriminación.

Anónimo dijo...

* convocado

Anónimo dijo...

Que fuentes tienes para afirmar algo así?

Anónimo dijo...

Yo apuesto todo al rojo.

Anónimo dijo...

Lo que está claro es que, si hoy no sale nada, solo queda la próxima reunión ordinaria del Consejo de MInistros del martes que viene. Todo lo que se apruebe después, será una vez vencido el plazo concedido de 2 meses...

Anónimo dijo...

No preocuparos el 23 saldremos de dudas... espero.

Anónimo dijo...

El Consejo de la UE aprueba, ante la propuesta de la Comisión Europea tras solicitud de España, una nueva revisión del Plan de Recuperación español: sin cambios en los compromisos que tenía sobre temporalidad pública: tener cubiertos con personal fijo, a fin de 2024, 300 mil puestos por procesos de "estabilización" incluidos los de leyes de 2017 y 2018, vinculado al próximo tramo de pagos; y tener una ley en 2021 de reducción de la temporalidad pública que incluya medidas de sanción, y por cuyo incumplimiento ya se suspendieron 626 millones de euros.

Anónimo dijo...

Si pero una duda ¿Cómo sería aplicable retroactivamente cualquier tipo de norma nueva a las causas que ya están reclamadas en vía admiva. o judicial?

Anónimo dijo...

No puede ser lo que explica 8.55 esa medida dejaría al Gobierno sin socios Parlamentarios aparte que con ella OBadal seria pasado por el forro, no me lo creo que sea tragable, en fin como Teoría queda bastante bien pero los Cesados quedarían muy mal y solo habría pleitos, desde luego esta teoría de cumplirse seria peor que el Icetazo

Anónimo dijo...

A todo cesado abusado, interino en activo, según lo descrito mas vale que abandonen toda esperanza

Anónimo dijo...

Lo primero de todo el TS no puede ejercer veto al Gobierno ante la aprobación de Leyes y mucho menos a la Cámara del Congreso, por lo tanto queda desmontado por falaz, el comentario de 8,55 que seguramente habrá utilizado una IA generativa para hacer tal afirmación, no se desanimen, nada de lo que ha expuesto tiene sentido jurídico, verborrea máxima diría yo , muy bien para un vendedor de humo

Anónimo dijo...

Pronto lo sabremos.

Anónimo dijo...

Angustia máxima, esta espera no tiene fin. Que secretísimo, como es posible que no se filtre la postura del gobierno. Todos, interinos, cesados y personal laboral en activo merecen resarcimiento. La sanción a la mala gestión de la administración a sabiendas de incumplir la normativa, debería ser la fijeza de forma excepcional como única vía real y no discriminatoria.

Anónimo dijo...

Es muy raro desde luego no saber nada aún

Anónimo dijo...

No olvidemos que Obadal| La Sala Contencioso-Administrativa del Supremo cierra, por ahora, la puerta a reabrir la casación tras Obadal

Anónimo dijo...

Desde luego Fijeza ya

Anónimo dijo...

Todavía me enerva el comentario de 8,55 que es un trolon

Anónimo dijo...

Vamos hombre, lo que faltaba Montesquieu a la papelera de reciclaje, yo cambiaba de IA

Anónimo dijo...

Esto es desesperante. Necesitamos respuestas ya. Háganlo bien

Anónimo dijo...

Esto es una tortura. No cumplen las Directivas europeas y no pasa nada. Estamos cansados de esperar y esperar. Y Europa, no nos hace ni caso. Esto es acojonante

Anónimo dijo...

Europa es la principal culpable, de que sirve decir que no cumplen la normativa y que nos causa un prejuicio, si a la hora de sancionar o exigir, actúa con pasividad. España abusa porque se le permite, y terminará dando vueltas a la tortilla para seguir jodiendonos. Ahora resulta que los procesos de estabilización son únicos y excepcionales, vale si, y que diablo pasa con estas personas que han estabilizado sin IMC, ESPAÑA Y ESTE PROCESO ES EL MÁXIMO ESTANDARTE DE DESIGUALDAD Y DISCRIMINACIÓN. Y nos lo tuvimos que come con patatas, sinvergüenzas

Anónimo dijo...

La fijeza es anticonstitucional por los principios de IMC, en cambio, el artículo 14 de la Constitución, el principio de IGUALDAD de todos los españoles, ese si se lo salta a la torera.

Anónimo dijo...

Unos si y otros no, y a joderse. El abuso es abuso aquí y en Pekín, todos por igual. Deberían arder las calles por los procesos de estabilización y estamos aquí viéndolas venir, para aguantar más tortazos.

Anónimo dijo...

08,55 Gracias por la información.

Anónimo dijo...

Un problema de legitimidad democrática
Reducir esta cuestión a un debate técnico sobre la interpretación de directivas y reglamentos europeos sería, sin embargo, un error. Lo que está en juego en la tensión entre el Tribunal Supremo y el TJUE es algo más profundo: la cuestión de qué poder tiene legitimidad para decir la última palabra sobre los derechos de los ciudadanos españoles.

Cuando el Supremo ignora una sentencia del TJUE sobre el IRPH, está decidiendo que los consumidores hipotecarios españoles tendrán menos derechos de los que el legislador europeo ha querido reconocerles. Cuando hace lo mismo con los interinos, está protegiendo el modelo de empleo público precario frente a una norma europea que pretende erradicarlo. Y cuando se apreste a hacer lo mismo con la amnistía, estará decidiendo que la voluntad del Parlamento español —expresada en una ley formalmente válida— cede ante su propia lectura de lo que debe y no debe quedar impune.

En los tres casos, el Supremo se atribuye una función que excede con mucho la que corresponde a un tribunal en un Estado de Derecho integrado en la Unión Europea: la función de elegir qué normas aplica y cuáles no, en función de si sus consecuencias coinciden o no con las posiciones previas del propio tribunal.

Anónimo dijo...

Nueva vuelta de tuerca a la legislatura. En un movimiento insólito, Junts per Catalunya ha registrado una enmienda a una moción del PP en la que pide al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que disuelva las Cortes y convoque elecciones generales anticipadas.

Anónimo dijo...

Y colorín colorado, tras 6 años de infructuosa espera, este cuento ha acabado de la peor manera.

Anónimo dijo...

Estamos en lo de siempre. Si no aportáis la fuente o de dónde sale esto, es como si lo dice la bruja Lola...

Anónimo dijo...

Si que se acabó, el PP nos van a extinguir por completo.

Anónimo dijo...

Tranquilidad que parece que eso no puede salir adelante

Anónimo dijo...

Este silencio es sospechoso, a 13 días de cumplirse el plazo.

Anónimo dijo...

Este 8,55 se contesta solo/a a el/a mismo/a, menudo/a trolero/a, tramposo/a

Anónimo dijo...

O sea que de 8,55 el troll/a pasa a ser 12,34

Anónimo dijo...

Lo verdaderamente preocupante es que Europa le ha vuelto a dar plazo a España para recoger velas, véase el primer hilo que tiene Apiscam en esta Pagina, no puede ser bueno del todo, de entrada muy bueno no es

Anónimo dijo...

Vamos a ver el 23 que nos depara el día, si no es San Juan, será San Pedro y si os enteráis de algo que no sea trola comentarlo por aqui

Anónimo dijo...

El lenguaje está para explicarse. Un esfuerzo por hacerse entender ..

Anónimo dijo...

Yo flipo.
Una jueza de lo Social del PV, va y dice que todos los laborales q reclamen van a ser fijos por sentencia si aprobaron Ope.

Y apiscam, no dice ni mu...

Anónimo dijo...

Avance informativo desde Portugalete. La sentencia no va ser recurrida por el ayuntamiento.
El 25 , 6 compañeras de ese ayuntamiento serán fijas por sentencia.
Ojalá lo lean las maestras Interinas de las Escuelas de Getafe.

Anónimo dijo...

🫂 Iker, por atender a razones.

Anónimo dijo...

Además hay 180 casos en el PV q ya han llegado a su TSuperior.
Christian?
Interinok Taldea?

No vais a decir nada??

Anónimo dijo...

Veremos, cuantos de esos terminan siendo Fijos. El % será muy representativo si se trasladan esos datos a nivel nacional.


Anónimo dijo...

El problema no son los laborales, son los funcionarios interinos

Anónimo dijo...

En 25 años, pasamos de ser la solución estando en abuso, fraude, sin derechos ni protección, en absoluta indefensión, a ser el problema cuando toca repararnos y sancionar a los abusadores según Europa.

Anónimo dijo...

En 25 años España ha estado gobernada por el PP y PSOE, y ambos han abusado a consciencia, sin interés alguno en reparar el daño. Sigue defendiendo su gestión y no van a retroceder. Los aprobados sin plaza tendrán el resarcimiento que al resto nos niegan, igual que los estabilizados, porque si nos dividen y contentan por separado, el señalamiento y la sanción es menos dolorosa.

Anónimo dijo...

Ante esta situación de parálisis, el Gobierno busca desesperadamente una fórmula legal milagrosa que convenza a la Unión Europea de que está sancionando el fraude, pero que no vacíe las arcas públicas ni vulnere la Constitución.

Anónimo dijo...

No encuentra la salida del laberinto... Y el tiempo se agota.

Anónimo dijo...

Intentan la cuadratura del circulo.

Anónimo dijo...

El circulo es OBADAL.

Anónimo dijo...

Es decir poco van a hacer, incrementar los 20 días a 33 días y permitir la fijeza a los aprobados sin plaza.

Anónimo dijo...

Está todo ya pactado, con sindicatos y sobre todo con el TS, van a seguir su doctrina. No van modificar el EBEP, simplemente soltaran más dinero por indemnización y esperaran contentar a Europa. Paralizaran la cuestión otro año y medio y el marrón se lo come los de azul.

Anónimo dijo...

La constitución fue vulnerada por los procesos de estabilización y el TS ni se inmutó. Delincuentes

Anónimo dijo...

Arauz lleva a 750 corderos al "matadero judicial", y todo se le consiente?

Anónimo dijo...

Tontos son los de azul si no les obligan a retratarse ahora a los del PSOE. La ocasión la pintan calva.

Anónimo dijo...

No seamos tan agoreros, igual el día 23 o 29 se nos sorprende, como dice el comentario anterior la ocasión la pintan calva

Anónimo dijo...

El 23 es el día

Anónimo dijo...

Si fuera noticias buenas ya estaría filtrado para calmar los ánimos, lo que se viene es otro Icetazo

Anónimo dijo...

Apuesto todo al 23 rojo. Jajajaja. Suerte a todos.

Anónimo dijo...

Pues si son buenas no va a haber filtraciones,la razón es que sea sorpresa, ahora bien seguro que no llueve a gusto de todos, y porque nos tenemos eso no paramos de criticar e inventar por aquí, ojalá sea el 23 ,suerte para todos

Anónimo dijo...

Sí, sorpresa, sorpresa y confetti y voladores. Vaya razones infantiles que aportáis

Anónimo dijo...

El panorama político actual no es nada favorable, parecéis inocentes, España no va a ir en contra de la Constitución y del TS. Dará la fijeza a unos pocos y seguirá el sufrimiento de muchos otros.

Anónimo dijo...

Me temo que nos van a joder con el RD.

Anónimo dijo...

Ya veras como no se atrevan a jo...nos.

Anónimo dijo...

Como no nos llevan jodiendo desde hace décadas, ¿verdad?
Hay muchos intereses y estructuras que peligrarian.

Anónimo dijo...

Que explote todo de una vez, solo así podrá salir algo nuevo. Renovarse o morir.

Anónimo dijo...

Aquí no explota nada, nos explotan a nosotros y después a los tontos que nos seguirán pensando que no les pasará eso a ellos. Y así a sido y continuará.

Anónimo dijo...

Anunciado decreto el 29 de junio, tema situación de la guerra. Iros a la mierda...ni siquiera van a responder a la comisión y asumirán el riesgo

Anónimo dijo...

A ver, ¿puedes desarrollarlo algo más?

Anónimo dijo...

Están en todos los medios, anunciado por Sánchez. No habré decreto que incluya nuestra causa, la sensación de luchar David contra Goliat más que nunca.

Anónimo dijo...

Pues yo no lo veo en ningún medio, ¿podéis poner algún enlace?

Anónimo dijo...

No me lo puedo creer, eso es así?

Anónimo dijo...

Que negro todo, evidentemente las plataformas y el colectivo no tiene poder ni voto ninguno. El que lleve 20 años, que pase por el aro del examen, para demostrar su valía 20 años después. Inaudito, indignante.

Anónimo dijo...

Dos varas de medir:
Primera vía política (El Congreso y el TC): Sí se puede entrar sin examen, La Ley 20/2021 de estabilización aprobó que se pudiera obtener una plaza fija mediante un concurso de méritos puro (solo contando los puntos por años trabajados, sin examen). El Tribunal Constitucional dijo que esto era válido porque era una medida "excepcional" aprobada por una ley emanada de la soberanía popular para solucionar una emergencia nacional. Además, como la ley permitía que se apuntara cualquiera de la calle, formalmente se respetaba la "igualdad".
Segundo, La vía judicial (El Tribunal Supremo): No se puede dar la fijeza sin oposición. Cuando el proceso de esa ley termina, miles de interinos se quedan fuera (con sus plazas estabilizadas pero ocupadas por otros) y van a los juzgados a pedir que el juez los haga fijos por haber sufrido un abuso durante décadas. Aquí el Tribunal Supremo se planta y dice no. El Supremo argumenta que un juez, de manera individual, no tiene el poder de "inventarse" un empleado fijo si esa persona no ha superado una oposición ordinaria competitiva, porque eso violaría la Constitución.
¿Por qué es tan sangrante la situación?
Se premia la suerte, no el abuso: Los procesos de estabilización de la Ley 20/2021 se diseñaron para estabilizar plazas, no personas. Esto provocó que interinos con 20 años de experiencia real en abuso perdieran su plaza en el concurso frente a personas que venían de otras comunidades con más puntos, quedándose en la calle y sin fijeza.
El Supremo se lava las manos: Al dictaminar en mayo de 2026 que el personal de bolsa solo tiene derecho a una indemnización y no a la fijeza, el Supremo cierra la puerta judicial a la gran mayoría de los afectados, devolviendo la patota al Gobierno y a Europa.
Es un auténtico "choque de trenes": el Parlamento legisla parches extraordinarios, el Tribunal Supremo bloquea la fijeza en los juzgados para proteger el sistema de oposiciones tradicional, y Europa amenaza con multas históricas si no se pone al trabajador por encima de las normas internas.

De verdad que no entiendo cómo no ardieron las calles con esta puta ley. Encima, después de 5 años, no continúan pisoteando.