Se ha publicado en el CENDOJ la sentencia de 22 de mayo de 2026 (nº rec. 3933/2025) de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por la que dicta una de las primeras sentencia de fijeza como sanción al abuso de temporalidad a un empleado público laboral aplicando el reciente cambio de criterio de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, a su vez tras la sentencia del de 14/04/2026 en el asunto Obadal del Tribunal de Justicia de la UE.
En este caso se trata de un empleado público laboral de Administración de la CCAA de la Generalitat de Catalunya con contrato de interinidad de vacante prolongada durante 5 años hasta la demanda y tras 5 años previos de contratos concatenados por obras y servicio, y que había superado sin obtener plaza , y sin ser cesado , el proceso de estabilización de la Generalitat de Catalunya en aplicación de la ley 20/2021. Su plaza no había sido convocada a ningún proceso por el momento.
La Sala razona que se cumplen las condiciones de la nueva doctrina del supremo: abuso de temporalidad (en este caso por concatenación de contratos de obra y servicio durante 5 años seguida de una prolongación excesiva de su interinidad más de 3 años) y tener superado un proceso para fijo en su categoría (sin entrar a detallar o razonar si el proceso selectivo superado fue antes o después del abuso de temporalidad), con lo que declara la fijeza laboral en la categoría del empleado, revocando la sentencia de indefinido no fijo del juzgado.
Está por ver si la Generalitat plantea recurso de casación, si la Sala de lo Social del Supremo ratifica esta sentencia (por la cuestión de si importa ante el Supremo que el momento en qué habría superado el proceso selectivo para ser fijo sin obtener plaza fue bastante reciente en comparación con la interposición de la demanda)
NOTA DEL EDITOR: segunda edición de la entrada publicada tras eliminar la nuestra afirmación de su primera edición que el proceso de estabilización que superó (por resolución de 22/12/2022 según las bases de la Resolución PRE/1821/2022 de 9 de junio),sin obtener plaza fue el de concurso de méritos puro, que habíamos puesto en base a la afirmación del TSJ "apreciamos que el actor participó, quedando quinto, en el concurso de estabilización (vía concurso de méritos) convocado en el que se adjudicó una plaza fija de Oficial de primera, prevención activa forestal, Grupo D1, para la localidad de Mora d'Ebre." Pero, hemos apreciado que, en la relación de hechos se comenta que el proceso de estabilización en el que sólo se convocó y adjudicó una plaza fue el de estabilización por concurso-oposición- en el que se dice que quedó 5º con 81 puntos en su resolución de 23/04/2023- mientras que en el de estabilización por concurso de méritos (resuelto el 22/12/2022) se convocaron 6 plazas,
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25 comentarios:
No entiendo nada. Cuándo se aprueba un concurso de méritos? si no hay aprobados, sólo hay puntuaciones y número de plazas y en función de eso, sacas plaza o no y no hay más. De verdad, que alguien me lo explique.
Te explico el concurso es un proceso selectivo. Y se supera con una puntuación mínima. Es una prueba en si. Máxime cuando se valoran ejercicios aprobados como merito.
En educación no tuvimos puntuación mínima. Algunas especialidades se quedaron en torno al 10 y en la reserva por discapacidad algunos se llevaron plazas con 1,5 puntos. Por no hablar de los que se llevaron 4 - 5 plazas en especialidades diferentes, sin tener ni idea de cómo se dan las clases.
https://www.google.com/amp/s/www.abc.es/sociedad/expulsan-marinos-catalan-ponen-quimicos-pianistas-dar-20230729145703-nt_amp.html
En mi caso si había puntuación mínima. Pocas plazas. Muchos quedamos fuera sin plaza.
Este tema tiene muchas aristas.
Como? Cuál es la puntuación mínima. Porque también he participado en uno, me quedé la 80 de 72 plazas, y no pude examinarme porque no salieron a concurso oposición en la ley 20/21, solo por méritos.
Era para los que llevaban más de 15 años como interinos. Los que llevaban menos hacían examen + méritos (ley estabilización)
Qué miedo a que decidan repetirlo en la reunión del dia 8
Por supuesto que el proceso excepcional por concurso de méritos de la Administración de Catalunya no fue restringido a los que llevaban más de 15 años, no tienes más que mirar las bases del proceso siguiente el enlace que amablemente te han puesto los de apiscam: el proceso era totalmente abierto y se podía presentar, y superarlo, cualquiera (que cumpliera los requisitos de titulación,etc)
Entonces cumples los requisitos de la jón social.
Yo como siempre, tomando decisiones equivocadas, es mi sino.
Si llego a saber que después una sentencia iba a reconocerles como fijos a los que no superaron ese proceso selectivo hubiera participado, pero no lo hice al ser 20 plazas para mínimo 2000 abusados, no lo iba a conseguir, había muchos con más de 20 y 25 años de antigüedad.
En Extremadura no exigían tiempo, cualquiera se podían presentar y hubo categorías limitadas únicamente a concurso de méritos.
En mi administración no había nota mínima yo me quedé la numero 3 de 2 plazas, se jugaba mi plaza y me pagaron indemnización por no pasar proceso selectivo. A los que nos cesaron en el concurso consideraban la indemnización tenía ese concepto de manera q no entiendo como pueden considerar q alguien pasa un concurso de meritos sin obtener plaza
11:35 Cierto.
Las decisiones del pasado construyen nuestra realidad. Pero no todas, solo las que convengan al juzgador
en el presente y futuro del abusado.
La manipulación del pasado para justificar el abuso es una táctica común, donde el abusador reinterpreta la historia para eludir responsabilidades y ejercer el control sobre la razón.
Yo lo llamaría abuso de poder, otra vez.
en este caso de proceso selectivo es que hubo una lista publicada de personas que habían superado el proceso selectivo (no sé si el número elegido fue fijado prudencialmente por el tribunal como algo superior al de plazas convocadas) y luego llamaron para contratarles a las primeras personas de esa lista hasta llenar las plazas convocadas ( eso pone en la resolución de la convocatoria citada por el TSJ).
Si,por supuesto, nuevamente mismo abuso depende el resultado de dónde y en qué parcelación dela función pública estés
Depende de quién sea el juzgador y el abusado las reglas varían, ad hoc.
A eso España lo llama seguridad jurídica, donde ante los mismos hechos el resultado será variopinto, unos sí y otros NO.
Es inaceptable que según que juez evalué el caso, haya unos resultados y otros. No hay doctrina unificada y esto no es una justicia igual para todos.
Es tremendamente cansado, de verdad, unos llegan sin hacer nada, ni siquiera estudiar o trabajar, y otros, tenemos que seguir mendigando, sin saber si sí, ni qué ni cuándo.
En el concurso de méritos, por lo menos en STI, hubo un listado de aspirantes aprobados, por lo que se podría considerar que sí, en un concurso de méritos hay aprobados.
Los datos de Eurostat sitúan la tasa de temporalidad del sector público español entre las más altas de la Unión, y la fragmentación competencial añade una capa de complejidad que ni siquiera los mecanismos de condicionalidad del MRR han logrado domeñar. La reunión del 8 de julio en Santander, con las comunidades autónomas y la FEMP, será la primera piedra de toque para medir hasta qué punto el Gobierno está dispuesto a imponer medidas uniformes —incluidas sanciones a las administraciones incumplidoras— o si, por el contrario, acabará cediendo ante las presiones territoriales.
La Comisión Europea tiene ahora la palabra. Si concede la prórroga, España deberá presentar un plan creíble antes de que termine el año; si la deniega, el procedimiento de infracción avanzará hacia el Tribunal de Luxemburgo y podría materializarse en una multa económica. Con el Ecofin programado para septiembre y unas elecciones generales en Alemania que condicionan la agenda comunitaria, el margen de error para el Gobierno es prácticamente nulo.
Animo Oscar has hecho difícil lo fácil. Ole tu.
Por ahora lo más solido que tenemos es agarrarnos a lo dictado por el Supremo ( y no es poco) , que es: que si estas en abuso ( más de 3 años) has realizado un proceso selectivo a " plaza fija" -sea cual sea siempre que se cumpla los principios IMC- y superaste los exámenes (en las bases se especifica la nota necesaria para ello), si demandas te corresponde ser fijo... Me temo que el Gobierno si hace algo en fechas próximas no se saldrá mucho de este guion...
Pero es lo querido y fomentado por los 3 poderes del estado más sus sindicatos, desde hace 26 años para los abusados interinos, no es casualidad, es la causa.
Eso para laborales... entiendo ¿contencioso-estatutario?. Nada por ahora.
Sinceramente, me la pela lo que hagan los corruptos, nunca será bueno aunque a algunos hayan resultado beneficiados. Nada es gratis, volverán a ver, oír y tener que callar. Son las reglas silenciosas en las que se sustentan todas las administraciones públicas españolas.
Depende de la sensibilidad o la loquera que cada uno cargue, si le afecta, en qué medida o si aún así le compensa.
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