Blog de APISCAM
lunes, 8 de abril de 2019
[CSIF Nacional Justicia] 'Las cosas tal como son: Empleo público en la Administración de Justicia y sistema de acceso' [sobre las pretensiones de fijeza en vía judicial para los temporales de las OPs de estabilización]
martes, 2 de abril de 2019
[Arauz de Robles] 'Las últimas sentencias del Tribunal Supremo llevan a concluir que solo la transformación de la relación temporal abusiva y fraudulenta en una relación fija, cumple las exigencias de la directiva 1999/70/CE'
una eventual indemnización sea lo suficientemente disuasoria para dar cumplimiento al objetivo que persigue esta norma comunitaria, que no es otro que el de garantizar el derecho a la estabilidad en el empleo como un componente primordial de la protección de los trabajadores y empleados públicos.
lunes, 25 de marzo de 2019
En el asunto griego "M.V. y otros" contra el municipio de Agios Nikolaos, cuestionado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que no pueda haber abuso de temporalidad en prolongaciones automáticas de un contrato temporal sin nuevos contratos escritos , y si la fijeza de la normativa general es sanción adecuada al abuso pese a la prohibición de la constitución griega
Acaba de publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea de 19/03/2019 como Asunto C-760/18, o Asunto "M.V. y otros" contra el "Municipio de Agios Nikolaos",una "petición de decisión prejudicial" (consultas vinculantes al máximo tribunal europeo,
que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión) más relacionada con el
abuso de duración de temporalidad en el empleo público, y en especial
con la cláusula 5ª en la Directiva Europea 199/0/CE que lo regula, esta
vez de Grecia.
La petición había sido interpuesta el pasado 04/12/2018 por el Tribunal Superior de la región, en el marco de
una demanda de varios empleados de limpieza del municipio cretense de Agios Nikolaos
que habían sido contratados inicialmente en 2015 mediante contratos
laborales temporales de 8 meses que resultaron prorrogados de oficio por
una decisión administrativa hasta el 31/12/2017, fecha en la que este
municipio cesó a los empleados, según se desprende de un Auto del propio Tribunal Europeo de 27/02/2019, donde no se aceptaba la solicitud de que el asunto siguiera el trámite "acelerado".
domingo, 17 de marzo de 2019
Un juzgado de Lugo sigue la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y declara fijos a varios laborales del Ayuntamiento de Cervo en abuso de temporalidad a la que habían accedido por proceso selectivo de concurso-oposición
jueves, 19 de julio de 2018
Recordatorio. Sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid del caso de la laboral interina de la Comunidad de Madrid cesada tras 8 años por OPE, caso Montero Mateos, y tras la respuesta reciente del Tribunal Europeo: el juzgadoi concede indemnización ante el fraude de ley considerándola "indefinido no fija" en el momento del cese pero no el despido improcedente pese al apartado de la sentencia europea que pedía al tribunal considerar la posibilidad de declarar contrato fijo por el fraude en la duración
miércoles, 11 de julio de 2018
Sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid del caso de la laboral interina de la Comunidad de Madrid cesada tras 8 años por OPE, caso Montero Mateos, y tras la respuesta reciente del Tribunal Europeo: el juzgadoi concede indemnización ante el fraude de ley considerándola "indefinido no fija" en el momento del cese pero no el despido improcedente pese al apartado de la sentencia europea que pedía al tribunal considerar la posibilidad de declarar contrato fijo por el fraude en la duración
Ahora bien, y aunque no era el objeto de la cuestión preguntada por el juzgado madrileño TJUE, éste en su sentencia realizaba una intrigante observación, en su ya famoso apartado 64: "Dicho esto, incumbe al juzgado remitente examinar si, habida cuenta de la imprevisibilidad de la finalización del contrato y de su duración, inusualmente larga, ha lugar a recalificarlo como contrato fijo", lo que ha generado esperanzas de si esa sentencia negativa sería aplicable solamente para interinos que no estén en "fraude de ley" por una duración más larga de lo legalmente previsto - 3 años, en el caso del empleado público español, por la normativa vigente suma del Estatuto General de los Trabajadores y del artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público-, y, que de hecho sería al contrario: esta sentencia del Tribunal Europeo contiene de hecho un mandato del tribunal para que el juzgado español declara al demandante -siempre si es personal laboral y con fraude de ley en cuanto a la duración de su temporalidad- bajo contrato fijo (y por tanto dicte sentencia local de despido improcedente con la consiguiente readmisión o la elevada indemnización de 45 días por año trabajado por la normativa española).
martes, 24 de octubre de 2017
[CCOO Sanidad Madrid] 'La FSS CCOO Madrid gana nueva sentencia judicial en el CNIO'
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratifica la sentencia del Juzgado de lo Social nº 40, declarando el "carácter indefinido" de la relación laboral de otro investigador del Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas Carlos III (CNIO) y reconociendo su antigüedad desde el primer contrato temporal celebrado.
martes, 5 de septiembre de 2017
Recordatorio [EFE/Nueva Tribuna] La justicia declara indefinida a laboral eventual de 9 años de la Fundación de Investigación del H. La Paz. [Texto de la Sentencia]
lunes, 14 de agosto de 2017
[El País] Un juez condena a la Fundación del H. La Paz a declarar indefinida a una investigadora tras encadenar contratos
miércoles, 2 de agosto de 2017
[EFE/Nueva Tribuan] La justicia declara indefinida a laboral eventual de 9 años de la Fundación de Investigación del H. La Paz. [Texto de la Sentencia]
martes, 1 de agosto de 2017
[CCOO] 'La Fundación de Investigación Biomédica de La Paz, condenada por fraude en la contratación de una investigadora'
La Federación de Sanidad y Servicios Sociosanitarios de CCOO-Madrid demandó a la Fundación de Investigación Biomédica del Hospital La Paz, por el fraude en la contratación de uno de sus trabajadores.
La sentencia declara el carácter fijo de la relación laboral, por fraudulencia en la contratación y el reconocimiento de su antigüedad desde el primer contrato temporal celebrado con el Servicio Madrileño de Salud, antes incluso de la creación de la Fundación de Investigación Biomédica.
martes, 11 de abril de 2017
[CCOO Andalucía] Nueva sentencia de temporal laboral de AAPP declarado "indefinido no fijo" [~interino de vacante] por superar 3 años de contrato
La sentencia responde a la demanda de dos trabajadoras, que han estado representadas por los servicios jurídicos de CCOO de Córdoba, que llevaban más de tres años trabajando para la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes con contrato de trabajo temporal, en un caso “para vacante RPT” y en el otro “hasta que el puesto de trabajo sea cubierto a través de los procedimientos establecidos en la Ley (…) de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y el vigente convenio colectivo, o amortizados de forma legal”.
[Redacción médica Nuevo sanitario laboral eventual indefinido no fjo por sentencia, gana además desarrollo profesional
lunes, 6 de marzo de 2017
[La Voz de Galicia] F. Valero: La Xunta pasa a relación funcionarial a sus laborales temporales para poder cesarlos sin indemnización
miércoles, 22 de febrero de 2017
[Redacción Médica] Un juzgado de Extremadura reconoce interina a estatutario eventual aplicando sentencia europea [pero rechaza su pretensión de indefinida]
[Nota del editor: pero leyendo el contenido de las sentencia, se ve que la eventual pedía el reconocimiento de laboral indefinida "no fija" y que la sentencia tiene una IMPORTANTE parte en la que el juez, indica que debe ceñirse al marco estatutario y rechaza la demanda principal de la recurrente y no concediendo ninguna condición de "indefinido", sino la de interina sometida a la posiblidad discrecional de la administración de amortización o de sometimiento de su puesto a proceso selectivo".
Curiosamente esa misma sentencia del Tribunal Europeo utilizada por el juez, la sentencia del asunto C-16/15, no sólo concluye lo utilizado del reconocimiento como puesto estructural el utilizado mediante nombramientos eventuales durante mucho tiempo, sino también concluye que la norma europea contradice a la española en cuanto ésta permite , en el caso de decisión de creación de dichos puestos estructurales, su provisión mediante nombramientos estatutarios interinos , situación que es nuevamente temporal afirmando el juez europeo que con nombramientos como los de interino para los eventuales en fraude de ley "la situación de precariedad de los trabajadores perdura, mientras que el Estado miembro [España] de que se trata [España] tiene un déficit estructural de puestos fijos en dicho sector."
viernes, 17 de febrero de 2017
[Redacción Médica] El Gobierno dice que ahora "no hay límite" de renovaciones temporales en Sanidad
jueves, 12 de enero de 2017
[LaVozDeGalicia] Juez aplica doctrina europea y dicta readmisión de 3 empleadas públicas temporales no renovadas tras encadenar nombramientos durante muchos años
lunes, 19 de diciembre de 2016
[Acta Sanitaria] Sentencia del Tribunal de Justicia Vasco tras la respuesta del de Europa que declara indefinido "no fijo" a una estatutaria eventual y reconoce derecho a indemnizaciones mientras no cambie la ley si se la cesa como a un interino
[En concreto, se trata del caso de una estatutaria temporal del Servicio Vasco de Salud que llevaba 13 nombramientos eventuales encadenados durante 2 años y 7 meses hasta que fue cesada, recurriendo su cese ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo, recurso que perdió en esa 1ª instancia , presentando recurso de apelación al tribunal Superior de Justicia del País Vasco, quien en su pregunta al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] el TSJ del País Vasco ya había expuesto que existía jurisprudencia del Tribunal Supremo nacional para la "sanción" pero sólo en el caso de contratos temporales en fraude de ley por abuso en la temporalidad si la relación con la administración era laboral (y no para el caso funcionarial o estatutario): la declaración de indefinido no fijo , que, en todo caso, seguiría expuesto a pérdida del puesto por su convocatoria a proceso de selección fijo o por amortización por alguna de las causas legales , es decir, sería equivalente a interino de plaza vacante el juez del TJUE de este caso respondió a esta cuestión diciendo que las autoridades nacionales deben establecer medidas adecuadas suficientemente efectivas y disuasorias para prevenir y sancionar os abusos constatados en la temporalidad y determinar la sanción tanto si son contratos laborales como si son de carácter de Derecho administrativo, es decir, funcionarios y estatutarios]
viernes, 2 de diciembre de 2016
[lawatrends] Las 3 sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de lla adminstración española [ El abuso en la concatenación de relaciones eventuales es contrario a la normativa europea Y la 1ª sentencia dice ADEMAS que nombrar interinos ante abuso de temporalidad también sería contrario a la norma europea por ser la relación interina temporal]
- la sentencia del asunto C-16/15 o asunto Pérez López (una petición de decisión prejudicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo [JCA] nº 4 de Madrid) sobre una demanda de una empleada del SERMAS, María Elena Pérez López, que llevaba concatenados varios nombramientos estatutarios [N.E.: los "funcionarios" especiales de Sanidad, de carácter funcionarial -y no laboral- en cuanto a la ley del Estatuto Básico del Empleado Público] temporales de duración determinada con fecha de fin [denominados "eventuales" en el caso estatutario] durante 4 años y 4 meses , el ultimo de ellos de 3 meses al que interpuso recurso alegando que desarrollaba funciones estructurales y no coyunturales, como quedaba demostrado al realizarlas durante más de dos años y que por tanto los nuevos nombramientos eventuales eran fraude de ley, demandando la transformación de su relación laboral a una sobre plaza de carácter estructural.El juzgado de Madrid realizaba varias cuestiones al de la Unión Europea, entre ellas si el artículo 9,.3 de la ley española que regula el Estatuto Marco del personal estatutario era contraria a la normativa europea al no fijar la duración máxima de los sucesivos nombramientos de carácter eventual y estipular meramente que transcurridos dos años de nombramientos eventuales para un mismo puesto se dejar al arbitrio de la Administración el estudio de su conversión a plaza estructural [que en ese caso, se ocuparía con nombramientos de carácter interino hasta su cobertura fija definitiva].El juez de la Unión Europea sentencia ante esta cuestión que el Estatuto Marco español para el personal estatutarioes contrario a lo estipulado por el apartado 1 de la cláusula 5 de la Directiva europea 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999 sobre el trabajo de duración determinada, al:
- no contener la obligación de conversión en plazas estructurales de puestos cubiertos abusando en el tiempo mediante nombramientos eventuales sucesivos y al
- permitir , en el caso de decisión de creación de dichos puestos estructurales, su provisión mediante nombramientos estatutarios interinos , situación que es nuevamente temporal [contra lo que lucha precisamente la directiva] [N.E.: sic! leer apartado 1) de la sentencia, última página de aquí]