Informa este 06/08/2019 El Diario.es en su edición de Extremadura que la consejera de Educación y Empleo, Esther Gutiérrez,
al hilo de una sentencia para que adelante al 1 de Septiembre la
contratación del profesorado interino -que han recurrido y ya ha anuncia do
que no van a seguir- también ha hablado respecto a la futura sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los asuntos sobre
el abuso de duración de temporalidad de los interinos en la
administración pública que podría "obligar" a pasar a indefinidos a
800.000 profesionales, declarando la Consejera que estará “pendiente” de
ello y que supone que [como consecuencia de dicha sentencia] “ habrá un periodo transitorio y se darán facilidades" si bien, afirma que "no
podemos precipitarnos” y que recurriría la sentencia “hasta el último momento”, recordando que hay sentencias contradictoras.
Blog de APISCAM
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martes, 6 de agosto de 2019
[ElDiario.es Euskadi] La temporalidad supera el 35% en la Administración vasca. Su situación podría cambiar tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en casos de abuso de duración de temproalidad
Informaba el pasado 03/08/2019 El Diario.es en su edición Norte
que según los datos de la EPA la temporalidad en la administración
pública vasca supera el 35%, llegando al 40% en su Servicio de Salud. El
medio entrevista a varios de estos empleados públicos que llevan en
esta situación precaria temporal muchos años, comentando que su
situación podría "dar un giro inesperado" tras la esperada para septiembre u octubre sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los asuntos de
un informático interino 20 años del Servicio Madrileño de Salud y
varias odontólogas también interinas entre 12 y 17 años del SERMAS que
demandan la estabilidad o fijeza sin necesidad
de pasar por oposiciones como sanción al abuso de duración de
temporalidad en base a la Directiva europea de empleo.
[Cadena Ser] El programa Hoy por Hoy nuevamente dedicado al fraude de ley del abuso de temporalidad en el empleo público con declaraciones del abogado de los casos en el Tribunal Europeo y de varios afectados
En el programa se entrevista a Javier Araúz, el abogado de los procesos de demanda de fijeza que se encuentran con importantes cuestiones en el Tribunal de Justicia de
la Unión Europea sobre el abuso de duración de temporalidad en el empleo público así como a varios
empleados públicos afectados de varios sectores : Educación, Justicia y
Sanidad, centrándose en cómo afecta a sus vidas la precariedad de sus
puestos y en la situación actual de que la ley aprobado por Montoro
insta a convocar sus puestos a OPEs que pueden suponer su despido sin
indemnización alguna
martes, 21 de mayo de 2019
[PlatPersTempCM] Entrevista en Onda Madrid a la Plataforma de Temporales de las AAPP en la C. de Madrid por su concentración contra las OPEs y ceses del personal en #FraudeDeLey de abuso de temporalidad exigiendo la fijeza que insta la UE como solución al abuso. Vídeo de la concentración
Publica la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la CM en su twitter de este 21/05/2018 una entrevista en Onda Madrid por la concentración que tuvo lugar esta tarde en Sol contra el masivo #FraudeDeLey
de abuso de temporalidad de 50 mil empleados de la Administración en la C.
Madrid y para exigir la fijeza que insta la Unión Europea como solución al abuso, según su Directiva, muy especialmente tras el juicio que ha tenido lugar en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y las declaraciones ante el Tribunal europeo de la propia Comisión Europea [Escuchar audio íntegro]
lunes, 20 de mayo de 2019
[PlatPersTempCM] 'Concentración el 21 de Mayo a las 19h en Sol para denunciar que los procesos "de estabilización" no cumplen con normativa europea - como acaba de declarar en juicio en el Tribunal europeo la propia Comisión Europea- y exigir que no haya ceses por OPEs sino la estabilización por méritos de antigüedad de los empleados públicos en abuso de temporalidad'
'La
Plataforma de Personal Temporal de las Administraciones Públicas en la Comunidad de
Madrid convoca una concentración este martes 21 de Mayo a las 19h en la Puerta del Sol para en primer lugar DENUNCIAR
- que prosigue y se agrava la situación en la que se encuentran 50 mil empleados públicos de la Comunidad de Madrid, ayuntamientos y otras Administraciones públicas regionales y locales de
- abuso de duración de temporalidad en fraude de la propia ley española del empleado público, tras mantener sus gobiernos sus plazas durante decenas de años de forma precaria y con despido libre sin realizar las debidas convocatorias de empleo público en su momento y cantidad
- incumplimiento de la normativa superior europea, al no existir en la legislación española, como exige la Directiva de la Unión Europea de empleo público 1999/70/CE,
una medida que disuada a la administración de cometer este abuso y que
compense al trabajador cuando se trata del caso de empleado de la
administración, mientras que en la empresa privada se multa a la
empresa incumplidora y se dicta la fijeza por sentencia al trabajador , y
todo esto pese a la clara Resolución del Parlamento Europeo de 31/05/2018 que
insta a modificar la legislación nacional para que se convierta a todo
este personal temporal público en fijo condenando el cese de todo
personal en este fraude de ley del abuso de temporalidad
Este incumplimiento ha llegado al Tribunal de Justicia Europeo, donde este mismo 15 de Mayo ha tenido lugar el juicio oral por varios casos de interinos de más de 15 años precisamente del Servicio Madrileño de Salud, si bien una sentencia favorable a los trabajadores podría tener consecuencias para más de medio millón de empleados públicos de toda España, especialmente si las sentencias europeas no son luego tergiversadas en su aplicación por la justicia española - que, por contra, el Gobierno de la Comunidad de Madrid y ayuntamientos, con fines electoralistas y con toda impunidad, ha decidido convocar ahora muchos años después a Oferta Pública de Empleo convencional estos puestos en fraude de ley lo que supondrá
el despido de muchos de los empleados públicos cuyos puestos son los
que se convocan que no superen los procesos en competencia con las
decenas de miles de aspirantes.
Precisamente en estos días el Gobierno de la Comunidad está negociando en la mesa general con los sindicatos las convocatorias de sus Ofertas de "estabilización" para los más de 8 mil puestos de personal funcionario y laboral de su Administración General y Servicios en fraude de ley, planteándose en aprobar las convocatorias en la misma semana de las elecciones. Por otro lado, ya ha realizado una parte importante de las convocatorias de los más de 23 mil puestos reconocidos en Sanidad y de los 7 mil de personal docente. Sin contar con su personal de la Administración de Justicia ya supone reconocer y ofertar a OPEs convencionales más de 35 mil puestos de sus temporales sólo de la propia administración institucional de la Comunidad de Madrid. A sumar los de los ayuntamientos en la Comunidad, como el Ayuntamiento de Madrid, universidades, empresas públicas , etc
martes, 5 de marzo de 2019
[AMYTS]'AMYTS convoca a los médicos a manifestarse el 7 de Marzo #HayMasRazones [Manifestación Ministerio de Sanidad 12h y Concentración en la Puerta de los centros a las 14h]
'AMYTS, como miembro de la CESM apoya y participa de la convocatoria de MANIFESTACIÓN para el próximo día 7 de marzo de 2019,
que partirá a las 12 de la mañana desde el Ministerio de Sanidad,
finalizando el recorrido a la puerta del Congreso de los Diputados. Esta
manifestación se hará con el siguiente decálogo de reivindicaciones:
1. Garantizar la calidad asistencial.
2.
Fin a la excesiva carga asistencial y contratos indignos. Especialmente
acusado en el ámbito de la Atención Primaria y en los servicios de
urgencias hospitalarias y extrahospitalarias.
3. Fin a la precariedad y alta temporalidad en el empleo.
miércoles, 20 de febrero de 2019
Recordatorio. [Gabinete Araúz de Robles] 'Estado de tramitación de las cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea' [Observaciones de la Comisión Europea a la demanda de fijeza del informático del SERMAS interino más de 17 años: la transformación a fijo es adecuada a la normativa europea]
[Recordatorio de entrada publicada el 11/10/2018] 'En
relación con las cuestiones prejudiciales planteadas por los Juzgados
de lo Contencioso Administrativo 8 y 14 de Madrid al Tribunal de
Justicia de la Unión Europea, el despacho Araúz de Robles, informa de lo siguiente:
.
a) Que el incumplimiento por parte del empleador público de su deber de incluir la plaza vacante ocupada por el trabajador temporal en la oferta de empleo público del año siguiente a su nombramiento, de conformidad con el art. 10.4 EBEP, y en el plazo improrrogable de 3 años, de conformidad con el art. 70.1 EBEP, supone una violación de la Cláusula 5 del Acuerdo marco, en la medida que permite la sucesión de contratos temporales o perpetúa la temporalidad, y por tanto, conlleva una utilización abusiva de la contratación temporal para cubrir necesidades estables y permanentes
PRIMERO.-
En cuanto a la cuestión prejudicial suscitada por el Juzgado número 14,
se está tramitando por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(TJUE) bajo el número de asunto prejudicial C-429/18, habiendo dado
traslado la Secretaría del Tribunal a las partes del plazo de dos meses
para formular Observaciones escritas en resolución de fecha 31 de
julio,
plazo éste que venció el 10 de octubre de 2018.
Ya
hemos formulado Observaciones escritas en nombre de las odontólogas
estatutarias temporales recurrentes que acreditaban entre 8 y 17 años de
servicios continuados en el SERMAS, por lo que en breve se nos dará
traslado de las Observaciones escritas formuladas, tanto por la Comisión
Europea, como por el Reino de España y por la Comunidad de Madrid.
.
SEGUNDO.- En cuanto a la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado nº 8, que se está tramitando por el TJUE bajo el número de asunto prejudicial C-103/18, el Tribunal nos ha dado traslado de las Observaciones escritas presentadas en este asunto por la Comisión Europea, en las que dicha Comisión viene a manifestar, en la línea que defendemos nosotros, lo siguiente:
a) Que el incumplimiento por parte del empleador público de su deber de incluir la plaza vacante ocupada por el trabajador temporal en la oferta de empleo público del año siguiente a su nombramiento, de conformidad con el art. 10.4 EBEP, y en el plazo improrrogable de 3 años, de conformidad con el art. 70.1 EBEP, supone una violación de la Cláusula 5 del Acuerdo marco, en la medida que permite la sucesión de contratos temporales o perpetúa la temporalidad, y por tanto, conlleva una utilización abusiva de la contratación temporal para cubrir necesidades estables y permanentes
b)
Que a pesar de que tal examen corresponde al juez nacional, en el
asunto que nos ocupa, a la vista de la duración extraordinariamente
larga del vínculo laboral (17 años repartidos en -al menos- dos
relaciones de interinidad) entre el Sr. Sánchez y el Servicio Madrileño
de Salud, a la Comisión le parece evidente que en este caso dicho trabajador está atendiendo necesidades de carácter estable y permanente
.
Recordatorio. El Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años es una solución acorde a las exigencias de la normativa europea [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]
[Recordatorio de entrada publicada el 08/05/2018] En el día de ayer, 7/5/2018 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) prejudicial" al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] que había presentado el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid el pasado 13 de febrero de 2018 , y que ya avanzamos aquí, por una demanda de fijeza
de un empleado público temporal "en fraude de ley" por abuso de
temporalidad de su administración pública, en concreto, por una demanda
de un informático interino durante mas de 17 años en el Servicio
Madrileño de Salud [SERMAS] de la Comunidad de Madrid.
De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas, que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"] tendría consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"], de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los ámbitos estatal, regional y local. Sin duda, también tendría efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición para la cuestión de la fijeza
Recordemos que el juzgado madrileño -de lo contencioso-administrativo por ser el informático del caso estatutario de Sanidad- traslada al tribunal europeo , entre otras, la cuestión si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (sea "interino de vacante", "eventual" [es decir, con fecha de fin en su nombramiento] o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en origen, el Procedimiento Abreviado nº 193/2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación de informáticos personal propio del SERMAS, APISCAM, una iniciativa del sindicato médico de la Com. de Madrid AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demanda que se le reconozca una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada al empleador y compensación al empleado, aplicando una normativa básica europea de obligado cumplimiento y por encima de toda la legislación española, la famosa Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal, a su situación de evidente abuso de relación de empleo temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente, precisamente por su larga permanencia en la misma persona y lugar.
De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas, que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"] tendría consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"], de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los ámbitos estatal, regional y local. Sin duda, también tendría efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición para la cuestión de la fijeza
Recordemos que el juzgado madrileño -de lo contencioso-administrativo por ser el informático del caso estatutario de Sanidad- traslada al tribunal europeo , entre otras, la cuestión si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (sea "interino de vacante", "eventual" [es decir, con fecha de fin en su nombramiento] o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en origen, el Procedimiento Abreviado nº 193/2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación de informáticos personal propio del SERMAS, APISCAM, una iniciativa del sindicato médico de la Com. de Madrid AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demanda que se le reconozca una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada al empleador y compensación al empleado, aplicando una normativa básica europea de obligado cumplimiento y por encima de toda la legislación española, la famosa Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal, a su situación de evidente abuso de relación de empleo temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente, precisamente por su larga permanencia en la misma persona y lugar.
martes, 8 de enero de 2019
Recordatorio. Resolución del Parlamento Europeo tras las peticiones recibidas en la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad tanto en la empresa como en el empleo público: la conversión a fijo es adecuada y pide que se incluya en la normativa nacional como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley
[Recordatorio de entrada publicada el 04/06/2018]
Como resultado de numerosas peticiones que llegaron a la Unión Europea sobre precariedad laboral y abuso de la relación de empleo temporal, incluyendo entre ellas especialmente los abusos cometidos en la administración pública de varios estados miembros con sus empleados públicos [en la que destacan numerosas AAPP de España como la misma Comunidad de Madrid con un Servicio Madrileño de Salud con un 39% de temporalidad en la inmensa mayor parte de casos sobre puestos que son de necesidades evidentemente permanentes (el propio SERMAS ha reconocido más de 22 mil puestos ocupados de forma temporal más de 3 años a fecha 31/12/2016)] , la Presidenta del Comité de Peticiones, Cecilia Wikström, decidió dar traslado al Parlamento Europeo por la vía de una pregunta oral que hatrató en el Parlamento Europeo la semana pasada, acompañada de una de una propuesta de resolución del parlamento como respuesta (la iniciactiva parlamentaria RSP 2018/2600)
Hay que avisar que la normativa europea, formalizada en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal - norma que está por encima de toda la legislación española-, utiliza la nomenclatura de "contratos de duración determinada" para denotar cualquier relación de empleo con fin definido por una fecha o por una condición preestablecida como sería el ejemplo de la cobertura del puesto por un proceso selectivo de una Oferta de Empleo Público en una Administración Pública española. De esta manera un empleado público interino de vacante , incluyendo los que están bajo relación de empleo administrativa (como la de los funcionarios y la de los estatutarios de los Servicios de Salud , también es un "contrato de duración determinada" y no sólo lo es el empleado público temporal ( funcionario o laboral) con nombramientos o con contratos de, por ejemplo un año o meses (la denominación para el personal estatutario de los servicios de salud es de estatutario eventual) [Es más, pareciera que la relación de "indefinido no fijo", creada y asentada jurisprudecialmente en España en el ámbito de empleados públicos laborales, ¿no debería considerar igualmente un "contrato de duración determinada" en la terminología europea -es decir, una temporalidad en cuanto las condiciones de cese- a la vista evidente de que tiene como condición de cese la cobertura de su puesto ofrecido a OPE?]
Finalmente, el Parlamento Europeo decidió aprobar una Resolución el 31/05/2018 [ver aquí el texto de esta Resolución definitiva aprobada ]
que ha mantenida intacta la propuesta que se trataba en cuanto a los puntos sobre empleo público. Así la Resolución aprobada del Parlamento Europeo contiene estos importantes puntos [comentarios nuestros entre corchetes] para el problema del fraude de ley por abuso de temporalidad en la Administraciones públicas españolas [y, por ende para las reivindicaciones de estabilidad directa por parte de los centenares de miles de empleados públicos temporales en situación de abuso de temporalidad, que ahora quedan, sin duda, reforzadas]:
Como resultado de numerosas peticiones que llegaron a la Unión Europea sobre precariedad laboral y abuso de la relación de empleo temporal, incluyendo entre ellas especialmente los abusos cometidos en la administración pública de varios estados miembros con sus empleados públicos [en la que destacan numerosas AAPP de España como la misma Comunidad de Madrid con un Servicio Madrileño de Salud con un 39% de temporalidad en la inmensa mayor parte de casos sobre puestos que son de necesidades evidentemente permanentes (el propio SERMAS ha reconocido más de 22 mil puestos ocupados de forma temporal más de 3 años a fecha 31/12/2016)] , la Presidenta del Comité de Peticiones, Cecilia Wikström, decidió dar traslado al Parlamento Europeo por la vía de una pregunta oral que hatrató en el Parlamento Europeo la semana pasada, acompañada de una de una propuesta de resolución del parlamento como respuesta (la iniciactiva parlamentaria RSP 2018/2600)
Hay que avisar que la normativa europea, formalizada en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal - norma que está por encima de toda la legislación española-, utiliza la nomenclatura de "contratos de duración determinada" para denotar cualquier relación de empleo con fin definido por una fecha o por una condición preestablecida como sería el ejemplo de la cobertura del puesto por un proceso selectivo de una Oferta de Empleo Público en una Administración Pública española. De esta manera un empleado público interino de vacante , incluyendo los que están bajo relación de empleo administrativa (como la de los funcionarios y la de los estatutarios de los Servicios de Salud , también es un "contrato de duración determinada" y no sólo lo es el empleado público temporal ( funcionario o laboral) con nombramientos o con contratos de, por ejemplo un año o meses (la denominación para el personal estatutario de los servicios de salud es de estatutario eventual) [Es más, pareciera que la relación de "indefinido no fijo", creada y asentada jurisprudecialmente en España en el ámbito de empleados públicos laborales, ¿no debería considerar igualmente un "contrato de duración determinada" en la terminología europea -es decir, una temporalidad en cuanto las condiciones de cese- a la vista evidente de que tiene como condición de cese la cobertura de su puesto ofrecido a OPE?]
Finalmente, el Parlamento Europeo decidió aprobar una Resolución el 31/05/2018 [ver aquí el texto de esta Resolución definitiva aprobada ]
que ha mantenida intacta la propuesta que se trataba en cuanto a los puntos sobre empleo público. Así la Resolución aprobada del Parlamento Europeo contiene estos importantes puntos [comentarios nuestros entre corchetes] para el problema del fraude de ley por abuso de temporalidad en la Administraciones públicas españolas [y, por ende para las reivindicaciones de estabilidad directa por parte de los centenares de miles de empleados públicos temporales en situación de abuso de temporalidad, que ahora quedan, sin duda, reforzadas]:
martes, 4 de diciembre de 2018
Recordatorio [05/06/18] El Tribunal de Justicia Europeo recula y sentencia que no es contrario a la normativa europea la normativa española de no conceder indemnización alguna al laboral interino cesado por cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo), pero aunque no se le preguntaba, observa que si la "duración es inusualmente larga" debería examinarse si "recalificarlo como contrato fijo"
[Recordatorio de entrada publicada el 05/06/2018]
Recordemos que tras las famosas sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público,
especialmente por una de ellas, la del caso "Diego de Porras", parecía
"claro" que los laborales interinos, incluidos los empleados públicos
(es decir, específicamente al menos los de relación de empleo laboral
temporal bajo "contratos" laborales"), tendrían derecho a indemnización y
además de 20 días por año, cuando fueran despedidos ("cesados") al
producirse la cobertura de su puesto por una de las situaciones
previstas en su contrato de interino: una sustitución, un proceso
selectivo para cubrir la vacante, el fin de la obra y servicio, etc.
lunes, 26 de noviembre de 2018
[SEPCA] Canarias. 'Propuesta conjunta estabilidad personal no fijo ' [Sindicatos canarios mayoritarios en la mesa general de empleados públicos piden artículo en ley de presupuestos para que los procesos de "estabilización" sean concurso de méritos y el personal de antes de 2005 quede "a extinguir" hasta su jubilación]
'El Sindicato de Empleados Públicos de Canarias – SEPCA -,
junto a Intersindical Canaria, ambas organizaciones con representación
mayoritaria en la Mesa General del Negociación de Empleados Públicos de
Canarias han llegado al acuerdo de presentar conjuntamente una propuesta
de enmienda al Proyecto de ley de Presupuestos Generales de Canarias
para 2019, relacionadas con la estabilidad del personal no fijo en las
Administraciones Públicas Canarias.
Texto literal de la propuesta de enmienda:
1.- Los procesos de estabilización que se desarrollen en aplicación de lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2018 se realizarán a través del sistema selectivo de Concurso de Valoración de Méritos, de conformidad con lo previsto en los apartados 6 y 7 del artículo 61 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Texto literal de la propuesta de enmienda:
1.- Los procesos de estabilización que se desarrollen en aplicación de lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2018 se realizarán a través del sistema selectivo de Concurso de Valoración de Méritos, de conformidad con lo previsto en los apartados 6 y 7 del artículo 61 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
martes, 20 de noviembre de 2018
[El Diario] La Comunidad de Madrid tiene un problema con su fraude de 50 mil temporales de larga duración: reclaman ser fijos sin oposición por concurso de méritos, para lo que Podemos de la CM ha presentado una 1ª proposición de ley en Sanidad que en CSIF califican de vergonzosa
Informaba El Diario el pasado 16/11/2018
que la Comunidad de Madrid cuenta con en torno a 50 mil empleados
públicos temporales, más de la mitad en Sanidad, con
temporalidad de duración fraudulenta (más de 3 años) por culpa de la
Administración al no convocar a oposiciones en tiempo y número todas
esas plazas durante los últimos 15 años; y que la Comunidad de Madrid
tiene el problema de la reclamación que realizan los propios temporales
, que ya presentaron 14 mil de sus firmas, de un proceso
extraordinario de consolidación sin oposición , el concurso de méritos
previsto por el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público
para "situaciones excepcionales" y además "en virtud de ley" para funcionarios, demanda que ha
sido atendida por el grupo parlamentario Podemos para el caso del
Sanidad al presentar en la Asamblea de Madrid una Proposición de Ley de Concurso de Méritos en el SERMAS
viernes, 16 de noviembre de 2018
[El Boletín] Plataforma de temporales presiona a los partidos de la Asamblea de la Comunidad de Madrid para que aprueben la Ley de Concurso de Méritos en el SERMAS, ya para debate parlamentario, como solución a su fraude de ley
Informa El Boletín este 14/11/2018 que la proposición de Ley de Podemos de Concurso de Méritos
para alcanzar la condición de fijo en el SERMAS con los puestos
temporales más de años como la solución adecuada a la normativa europea
a ese fraude de ley por abuso de temporalidad ha sido admitida a trámite parlamentario por la Mesa de la Asamblea de Madrid y que la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid ha reclamado
a los grupos parlamentarios de PP, PSOE y Ciudadanos en la Asamblea de
Madrid que apoye esta propuesta para lo que les ha solicitado una
entrevista, señalando además que esta primera ley para este cuerpo
especial de empleados públicos [los "estatutarios" de Servicio de Salud]
“allanaría el camino para el resto de los empleados públicos de los
demás sectores”
miércoles, 14 de noviembre de 2018
[El Diario Las Palmas] La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria paraliza las oposiciones para estabilizar los puestos de 120 interinos ante el temor de que implique su despido masivo y a la espera de posibles cambios normativos
Informa El Diario las Palams este 13/11/2018 que
la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria , a petición de los
representantes sindicales y ante el temor de que los interinos que no han tenido opción de poder consolidar su puestos en las últimas décadas, pierdan
ahora sus trabajos, ha decido paralizar la oferta de empleo público de 120 plazas de su personal interino de Administración y Servicios ( PAS) que había previsto como aplicación de los denominados "procesos de estabilización de puestos" temporales más de años, el 30% del PAS de la ULPGC, derivados de la Ley de Presupuestos 2017 ,
tras el polémico y previo acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público .
El rector ha informado de su postura de "no querer en ningún caso perjudicar a nadie", recordando que está obligado a convocar antes de 2020 los puestos de tal forma que la temporalidad baje al 8%, decidiendo esperar al ver que "hay movimiento nacional de cambios en las normativas de consolidación de empleo", confiando en "que haya un procedimiento más beneficioso para quedarse fijos, diferente al del concurso oposición", en probable referencia a la posible propouesta Unidos Podemos de una Ley nacional de Concurso de Méritos Extraordinaria sin fase de oposición con los puestos de los empleados públicos en abuso de temporalidad , de una forma más acorde a la normativa de la Unión Europea, que exige una compensación para el persona abusado.
El rector ha informado de su postura de "no querer en ningún caso perjudicar a nadie", recordando que está obligado a convocar antes de 2020 los puestos de tal forma que la temporalidad baje al 8%, decidiendo esperar al ver que "hay movimiento nacional de cambios en las normativas de consolidación de empleo", confiando en "que haya un procedimiento más beneficioso para quedarse fijos, diferente al del concurso oposición", en probable referencia a la posible propouesta Unidos Podemos de una Ley nacional de Concurso de Méritos Extraordinaria sin fase de oposición con los puestos de los empleados públicos en abuso de temporalidad , de una forma más acorde a la normativa de la Unión Europea, que exige una compensación para el persona abusado.
[CCOO Sanidad Madrid ] 'Más de 1.000 investigadores madrileños exigen a Ángel Garrido que se siente a negociar inmediatamente .El 87% de los investigadores con contratos temporales'
'La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Madrid
(FSS-CCOO de Madrid) que representa mayoritariamente a los más de 1.200
investigadores que trabajan en las fundaciones de investigación
biomédica de los hospitales madrileños, ha enviado una carta al
presidente de la Comunidad de Madrid, Ángel Garrido, para que su
gobierno se siente a negociar el convenio colectivo y la preparación de
un modelo de carrera profesional para estos investigadores. El sindicato
recuerda al presidente madrileño que la mesa de negociación tiene que
estar constituida antes del 18 de diciembre, según acordó el pleno de la
Asamblea de Madrid que puso esa fecha cómo plazo límite.
jueves, 8 de noviembre de 2018
Recordatorio. [Gabinete Araúz de Robles] 'Comentarios del despacho Araúz de Robles a las Sentencias del Tribunal Supremo de 26/09/2018 sobre personal público temporal/interino objeto de abuso en su contratación temporal incompatible con la Directiva 1999/70/CE de la Unión Europea' [Las sentencias son contrarias a la directiva europea y sentencia previa del Tribunal de Justicia Europeo de los casos al no imponer sanción efectiva y disuasoria ante los abusos sí reconocidos por el Supremo ni presentar garantías de protección de los empleados acordes con la directiva europea; como dice el Supremo un reconocimiento de indemnización no sería bastante disuasorio: la única medida acorde es la conversión a fijo]
[Recordatorio de entrada publicada el 25/10/2018]
'Las
recientes sentencias del Tribunal
Supremo nº 1425/2018 y nº1426/2018, de 26 de septiembre
-admitiendo expresamente que se ha producido un abuso incompatible
con la Directiva 1999/70/CE, al destinar la Administración
empleadora a sus respectivos funcionarios públicos temporales a
atender necesidades que, de hecho, no son provisionales, sino
duraderas y estables-, consideran que la sanción al abuso producido
en la contratación temporal sucesiva de los respectivos demandantes,
es anular su cese, y mantener provisional y temporalmente al empleado
público objeto del abuso en su puesto de trabajo hasta
que la Administración empleadora, en el caso de los empleados
estatutarios temporales, cumpla con el art. 9.3 de la Ley 55/2003,
estudiando la posible creación de una plaza estructural para ser
cubierta con un personal fijo; y en el caso de los funcionarios
interinos, cumpla con el art. 10 del EBEP, estudiando igualmente la
existencia de una necesidad estructural,
Ciertamente,
las precitadas sentencias no indican cual es la consecuencia de que
del estudie resulte que la plaza servida por el funcionario
temporal/interino, sea una plaza estructural, aunque se deduce que en
tal caso se cesará al empleado público temporal objeto del abuso,
una vez que se provea la plaza estructural con un funcionario fijo o
de carrera.
[Fabian Valero de Zeres] 'El Supremo abre la puerta a la estabilidad e indemnización de los funcionarios y estatutarios temporales en fraude'
[07/10/2018] 'El 26 de septiembre del 2018 la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha dictado dos importantes sentencias que vienen a aclarar la situación del personal funcionario y estatutario en fraude de ley, despejando parte de la incertidumbre y contradicción que sobre estas cuestiones se venían produciendo en los juzgados y tribunales. En términos generales están sentencias deben ser calificadas como positivas para los intereses de los funcionarios y estatutarios que prestan servicios con nombramientos temporales [...]'
lunes, 5 de noviembre de 2018
[Despacho Araúz de Robles] Nota sobre la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 25 de octubre de 2018. [En un caso italiano el Tribunal declara que la transformación de la relación temporal en una relación indefinida es una medida preventiva que cumple con la normativa europea, normativa que se opone a toda normativa nacional que prohíba la conversión a fijo en un sector, incluido el público, si no existe otra medida efectiva sancionadora]
'El
Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de dictar una nueva sentencia fechada el 25 de octubre de 2018, que, referida al
ordenamiento jurídico italiano, incide en las consecuencias que
tiene la aplicación de la Cláusula 5 del Acuerdo marco anexo a la
Directiva 1999/70/CE, en los casos de abuso en la contratación
temporal sucesiva del personal público.
Como
este despacho Araúz de Robles viene sosteniendo, la sentencia
declara que el hecho de que la contratación temporal sea tradicional
en un sector específico de actividad, no significa que estos
contratos no deban ajustarse a lo que ordena y manda la Directiva
1999/70/CE, y en particular, a su Cláusula 5, que veda la
posibilidad de abusos en la contratación temporal sucesiva de los
trabajadores y empleados públicos, sin que los Estados miembros
puedan apelar a consideraciones presupuestarias o de organización de
los servicios públicos para dejar de cumplir esta norma comunitaria.
Esto
sentado, la sentencia, analizando el caso italiano, declara lo
siguiente:
[TJUE] 'Sentencia en el asunto C-331/17 Martina Sciotto/Fondazione Teatro dell’Opera di Roma. Los trabajadores del sector de actividad de las fundaciones líricas y sinfónicas no pueden quedar excluidos de la protección contra los abusos de los contratos de trabajo de duración determinada' [Si los jueces nacionales determinaran que no existe otra medida efectiva en un sector donde se prohíbe la conversión a fijo por una norma nacional, podrían optar por aplicar la sanción prevista por la norma general del Derecho del trabajo y recalificar automáticamente a contrato por tiempo indefinido]
'La Sra. Martina Sciotto estuvo empleada de 2007 a 2011 como bailarina de ballet para la Fondazione Teatro dell’Opera di Roma con arreglo a varios contratos de duración determinada. En 2012 solicitó al Tribunale di Roma (Tribunal de Roma, Italia) que determinara el carácter ilegal de los plazos fijados en los citados contratos y que recalificara su relación laboral como contrato de duración indefinida.
En 2013 el Tribunale di Roma desestimó el recurso, al considerar que la normativa nacional específica aplicable a las fundaciones líricas y sinfónicas excluye la aplicación a éstas de las normas que regulan los contratos de trabajo de régimen general, por lo que se opone a la conversión de los contratos de trabajo de duración determinada celebrados por esas fundaciones en relación laboral de duración indefinida.
En 2013 el Tribunale di Roma desestimó el recurso, al considerar que la normativa nacional específica aplicable a las fundaciones líricas y sinfónicas excluye la aplicación a éstas de las normas que regulan los contratos de trabajo de régimen general, por lo que se opone a la conversión de los contratos de trabajo de duración determinada celebrados por esas fundaciones en relación laboral de duración indefinida.
lunes, 29 de octubre de 2018
[Plat Pers Temporal CM] 'Resultado en Madrid de la Campaña de Denuncia a la Inspección de Trabajo del fraude de ley masivo con los temporales en las Administraciones Públicas solicitando se persiga igualmente que en la empresa privada en aras de la fijeza del personal'
'La Plataforma de Personal Temporal de las Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid ha entregado más de 400 denuncias presenciales de trabajadoras y trabajadores en Fraude de Ley, el pasado jueves 25 de octubre en el Registro de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, dentro de la campaña
de denuncia simultánea nacional ante las inspecciónes de trabajo del
fraude de ley masivo con los temporales en las Administraciones Públicas
solicitando se persiga igualmente que en la empresa privada , y por la que en la de Madrid en torno a un centenar de personas hicieron cola desde las 11 de la mañana.
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