martes, 13 de agosto de 2019

[CCOO Sanidad Madrid] 'El Hospital Clínico ha colocado a 40 personas como interinos/as saltándose las bolsas de empleo y por un procedimiento “ilegal e irregular” . CCOO denuncia que se está vulnerando la Ley de Acceso al Empleo Público en el SERMAS'

'La Gerencia del Hospital Universitario Clínico “San Carlos” ha colocado en puestos de funcionario interino a cuarenta personas, en diferentes categorías, saltándose los procedimientos establecidos por la Ley de Acceso al Empleo Público y los acuerdos alcanzados en la Mesa Sectorial de Promoción Interna y de Selección de Personal Temporal, entre la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y los sindicatos.

En lo que va de año, CCOO Sanidad Madrid ha detectado la contratación de un total de 40 trabajadores/as en los puestos vacantes de funcionarios/as interinos, aunque el número podría elevarse considerablemente ya que la Gerencia del hospital “no actúa con transparencia y se niega a facilitar toda la información sobre los contratos que se realizan en todas las categorías”.
Los puestos vacantes de funcionarios/as, según la Ley de Acceso al Empleo Público y los acuerdos de Mesa Sectorial de Promoción Interna y de Selección de Personal Temporal, tienen que sustituirse o cubrirse a través del listado de promoción interna o por el orden establecido en las bolsas de empleo, según la normativa vigente y los procedimientos pactados en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).


lunes, 12 de agosto de 2019

Recordatorio. Publicada la nueva fecha del 05/09/2019 para las conclusiones de la Abogada General de la UE en los dos asuntos acumulados de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en el SERMAS en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuyo juicio oral fue el pasado 15 de Mayo. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede ser una de las medida de sanción válidas que exige la Directiva europea. La sentencia europea se espera en torno a Octubre

[Recordatorio de entrada publicada el 05/08/2019]

Acaba de publicarse en la paǵina web del asunto C-103/18 o asunto Sánchez Ruiz - el asunto de nuestro informático en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tras su demanda con el gabinete de Araúz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal como la medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª -   la fecha del 05 de Septiembre (a las 09:30) para la presentación del informe no vinculante de conclusiones de la Abogada General  de la Unión Europea, Juliane Kokott, de  los dos trascendentales asuntos para la vía de la demanda de fijeza ante el abuso de temporalidad, el primero del informático del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS], el asunto C-103/18   y el segundo, el asunto C-429/18, de 5 odontólogas también del SERMAS que el más tribunal europeo decidió acumular. 
 
Recordemos que la primera fecha publicada fue el 11 de Julio tal y como ya avisó la propia Abogada presencialmente en el juicio oral que tuvo lugar el 15 de Mayo en Luxemburgo, pero la Abogada General retrasó esta fecha a primeros de septiembre por carga de trabajo. Este informe NO es la sentencia, que seguirá semanas después, si bien en la mayoría de los casos, la sentencia final suele ir alineada con este informe, pero no siempre es así y en todo caso lo (máximamente) vinculante es la sentencia del Tribunal. 
 
Precisamente en días pasados este  asunto que recientemente había saltado por fin a los medios generales tras una rueda de prensa concedida por el abogado, el informático del caso y algunos empleados públicos en situación de abuso. También desde el juicio han tenido lugar varias paralizaciones de Ofertas Públicas de Empleo de AAPP a la espera de la sentencia de este asunto, que seguirá semanas después de la presentación del  esperado informe de la Abogada General.

domingo, 11 de agosto de 2019

Entradas más vistas de la semana 05/08/2019-11/08/2019 en este blog: el 05/09 conclusiones de la AG de UE en el juicio en el Tribunal europeo por abuso de temporalidad en empleados públicos, Junta de Extremadura dice que está pendiente y que recurrirá, no es doctrina del Supremo la sentencia gallega de fijeza a laborales públicos, ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia vuelve a sentenciar fijeza como sanción ante contratos temporales en fraude de ley de empleados público del Ayuntamiento de La Estrada por haber sido contratados mediante un proceso selectivos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad

La Sección 1ª de la Sala de lo Social de del Tribunal Superior de Justicia de Galicia  dictó el pasado 30/04/2019 una nueva e importante sentencia (al rec. nº 4813/2018) en la que, estimando la demanda principal de varios peones de Emergencias del Ayuntamiento de La Estrada (Pontevedra) ,  empleados público de tipo laboral , declara en fraude de ley su contrato laboral temporal -de obras y servicios de más de 3 años  por haber sido realizado realmente para cubrir necesidades permanentes  y como sanción a este abuso del uso de la temporalidad teniendo especialmente en cuenta que accedió al contrato temporal por un proceso selectivo de concurso-oposición (con una prueba como oposición) sentencia la fijeza  siguiendo el criterio previo ya establecido  por la misma  Sala de lo Social del Tribunal Superior regional gallego  en su famosa sentencia de 28 de junio 2018  (por el  recurso aquella vez de  empleados públicos  del Ayuntamiento de la Guardia contra la sentencia del Juzgado  que ante el  fraude por abuso de duración de   temporalidad sólo los había declarado indefinidos no fijos, relación laboral nuevamente temporal dado que se extingue por ejemplo con la "cobertura reglamentaria de la plaza" en la forma de convocatoria a procesos selectivos derivados de Ofertas Públicos de Empleo, y que el Tribunal regional consideró insuficiente como aplicación de la Directiva europea en esos casos) .




Así este tribunal regional  en su sala de lo social (orden que recordemos lleva los casos de personal público laboral pero no de funcionarios/estatutarios) repite lo dicho en su sentencia anterior de 28/06/2019  (entre corchetes nuestras aclaraciones): "si la sanción ante el uso abusivo o fraudulento de la contratación temporal para el sector privado es la declaración de indefinición equivalente a fijeza [en el sector público], y el motivo de que no se aplica esta doctrina en el sector público [si no la nuevamente temporal del indefinido no fijo para el caso de laborales] es porque ello supondría que accedan a puestos fijos personas que no han superado un proceso de selección conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad, no puede aplicarse la misma solución [ temporal del indefinido no fijo] cuando sí se ha seguido ese proceso selectivo", para concluir

"dado que han sido contratados para realizar labores estructurales, y han superado un concurso oposición deben ser fijos"



jueves, 8 de agosto de 2019

El Tribunal Supremo no admitió a trámite el recurso a la sentencia del Tribunal Superior gallego que declaraba fijos a varios laborales temporales del Ayuntamiento de la Guardia en abuso de temporalidad por un defecto del recurso: el Ayuntamiento no aportó sentencia contradictoria en el momento válido. El Supremo no ha entrado en el fondo y no supone por tanto fijar ninguna doctrina ante el abuso de temporalidad en el empleo público, que sigue siendo como mucho la del indefinido no fijo para ciertos casos de personal laboral.

Tal y como informábamos el pasado 01/07/2019 que había adelantado CNT de Galicia , la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dictó un auto (de fecha 13/06/2019) por el que no admitía a trámite el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de La Guardia contra la importante  sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que estimaba la pretensión principal de -ni más nimenos-  declarar fijos a varios empleados públicos laborales de dicho Ayuntamiento por su situación de abuso de temporalidad  al tener en cuenta que es necesaria por la normativa europea (la famosa Directiva 1999/70/CE) una sanción a la Administración empleadora y una compensación a los trabajadores y que éstos  habían sido contratados mediante proceso selectivos al fin y al cabo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad aunque dicho proceso de selección no tuviera el nivel de publicidad habitualmente requerida del nivel de Boletín Oficial para un proceso selectivo para ser fijo ni  tampoco hubiera sido derivado de una Oferta Pública de Empleo o instrumento similar, estimando el tribunal superior gallego "justificado" relajar esos niveles ante la exigencia superior europea de una sanción al abuso constatado.

Recordemos que la sentencia de primera instancia no había estimado la pretensión principal de fijeza de los demandantes sino la subsidiaria y así  los había declarado indefinidos no fijos por llevar más de 3 años bajo contrato laboral temporal siguiendo la jurisprudencia del Supremo de conceder esa figura judicial  para el fraude del abuso de duración de temporalidad del empleado público laboral interino empelado público (mientras que ante el abuso del temporal de la empresa privada es la fijeza por el propio Estatuto de los Trabajadores) , pero el Tribunal Superior de Justicia  sorprendía en su sentencia citando el principio general de la estabilidad de la Directiva Europea y , especialmente,  el importante Auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11/12/2014  del asunto León Medialdea en el que el Tribunal europeo, de primacía sobre la jurisprudencia española,  asentaba que el indefinido no fijo español es un "contrato de duración determinada"  (como se llama al "temporal" o a los contratos no estables en la terminología de la normativa europea) dado que se cesa al indefinido no fijo por cobertura reglamentaria de su puesto como tras la convocatoria de una OPE o por la mera amortización justificada del puesto,  y, según el Tribunal Europeo, el "indefinido no fijo" cae por tanto en el ámbito de la Directiva citada , directiva que exige una sanción y compensación eficaces ante el abuso en la duración de relación de empleo bajo  contratos de duración determinada,


miércoles, 7 de agosto de 2019

Recordatorio. Tribunal Supremo confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que declaró fijos a varios laborales del Ayuntamiento de La Guardia en abuso de temporalidad que habían sido contratados mediante proceso selectivos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

[Recordatorio de entrada publicada en este blog el 01/07/2019]

Publica CNT que el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que declaró fijos a varios laborales del Ayuntamiento de La Guardia en abuso de temporalidad que habían sido contratados mediante proceso selectivos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Y el Alto Tribunal lo hace no estimando, por razones técnicas (falta de sentencia de contraste o caso similar con sentencia contraria), la admisión a trámite del recurso que puso el Ayuntamiento.


martes, 6 de agosto de 2019

[El Diario - Extremadura] Consejera de Educación y Empleo: la Junta está pendiente de las sentencia europea sobre abuso de temporalidad y sus consecuencias, que recurrirían "hasta el último momento"

Informa este 06/08/2019 El Diario.es en su edición de Extremadura que la consejera de Educación y Empleo, Esther Gutiérrez,  al hilo de una sentencia para que adelante al 1 de Septiembre la contratación del profesorado interino -que han recurrido y ya ha anuncia do que no van a seguir- también ha hablado respecto a la futura  sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en  los asuntos  sobre el abuso de duración de temporalidad de los interinos en la administración pública  que podría "obligar" a pasar a indefinidos a 800.000 profesionales, declarando la Consejera que estará “pendiente” de ello y que supone que [como consecuencia de dicha sentencia] “ habrá un periodo transitorio y se darán facilidades" si bien, afirma que  "no podemos precipitarnos” y que recurriría la sentencia “hasta el último momento”, recordando que hay sentencias contradictoras.

[ElDiario.es Euskadi] La temporalidad supera el 35% en la Administración vasca. Su situación podría cambiar tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en casos de abuso de duración de temproalidad

Informaba el pasado 03/08/2019  El Diario.es en su edición Norte que según los datos de la EPA la temporalidad en la administración pública vasca supera el 35%, llegando al 40% en su Servicio de Salud. El medio entrevista a varios de estos empleados públicos   que llevan en esta situación precaria temporal muchos años, comentando que su situación podría "dar un giro inesperado" tras la esperada para septiembre u octubre sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en  los asuntos de un informático interino 20 años del Servicio Madrileño de Salud y varias odontólogas también interinas entre 12 y 17 años del SERMAS que demandan la estabilidad o fijeza sin necesidad de pasar por oposiciones como sanción al abuso de duración de temporalidad en base a la Directiva europea de empleo.

[Almería Períodico Digital] Docentes por la Pública denuncia el “mayor despido colectivo” en la historia de la educación andaluza en el proceso de "colocación" de interinos para el curso siguiente de Primaria

Informaba Almería Periódico Digital el pasado 31/07/2019 que, tras asamblea mantenida en la ciudad de Almería, el colectivo de profesores  Docentes por la Pública denuncia que en los procesos "de colocación" [de contratacion temporal durante el curso lectivo] de profesores interinos a para el siguiente curso la Junta de Andalucía ha reducido su cifra, especialmente en la especialidad de Primaria donde se ha pasado de 1500 maestros temporales que estaban trabajando el año pasado a sólo 157 para el curso siguiente"  debido a la "ampliación de unidades asignadas a la enseñanza concertada y por los efectos del reciente proceso de oposiciones masivas [OPEs de "estabilización"], de tal forma que "centenares de personas interinas han quedado sin trabajo ... a pesar de tener tiempo de servicio, que en muchos casos llegan a tener hasta 10 y 11 años de antigüedad”, siendo a su juicio “el mayor despido colectivo que se ha dado en la historia de la educación andaluza”. Exigen un "plan de estabilidad" para este personal y hacen un "llamamiento a los sindicatos de la enseñanza pública" para "especialmente lograr la reincorporación de las personas afectadas por estos despidos masivos”.

[Atos] 'Atos impulsa el uso de Chatbots para que los pacientes controlen su estado de salud en el proyecto europeo Medolution'

'Los Chatbots ayudan a los pacientes a controlar su estado de salud con regularidad y sus rutinas diarias. Un enfoque que se extenderá a otros campos de la medicina como el tratamiento del accidente cerebrovascular y el aprendizaje automático en pacientes de Parkinson.

El proyecto Medolution ya trabaja bajo una experiencia real en el uso de medicina de transplante centrado en el monitoreo integral de corazones artificiales.

Atos, líder mundial en transformación digital, ha participado en el proyecto de investigación europeo Medolution (Medical Care Evolution) a través de C-LAB, su Taller de Innovación con la Universidad de Paderborn. Atos participó en un caso de uso de medicina de trasplante, centrado en la monitorización integral de la funcionalidad de los corazones artificiales, desarrollado con la Escuela de Medicina de Hanover, la clínica Schüchtermann Schiller en Bad Rothenfelde y otros socios tecnológicos alemanes e institutos de investigación. El objetivo se centró en el desarrollo sistemático y eficiente de los Grandes Sistemas Confiables (BDS en inglés) en el sector médico para el funcionamiento seguro de los servicios de telemedicina.


[Cadena Ser] El programa Hoy por Hoy nuevamente dedicado al fraude de ley del abuso de temporalidad en el empleo público con declaraciones del abogado de los casos en el Tribunal Europeo y de varios afectados


La Cadena SER volvió a hacerse  eco del problema del fraude de ley del abuso de temporalidad de los empleados públicos "interinos ", esta vez en el programa Hoy por Hoy edición nacional de este 29/07/2019 [minuto 39, extracto con la parte], en su sección semanal "Mierda Jobs" dedicado semanalmente a la precariedad y a los abusos laborales

En el programa se entrevista a Javier Araúz, el abogado de los procesos de demanda de fijeza que se encuentran con importantes cuestiones en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea  sobre el abuso de duración de temporalidad en el empleo público así como a varios  empleados públicos afectados de varios sectores : Educación, Justicia y Sanidad, centrándose en cómo afecta a sus vidas la precariedad de sus puestos y en la situación actual de que la ley aprobado por Montoro insta a convocar sus puestos a OPEs que pueden suponer su despido sin indemnización alguna




lunes, 5 de agosto de 2019

Publicada la nueva fecha del 05/09/2019 para las conclusiones de la Abogada General de la UE en los dos asuntos acumulados de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en el SERMAS en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuyo juicio oral fue el pasado 15 de Mayo. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede ser una de las medida de sanción válidas que exige la Directiva europea. La sentencia europea se espera en torno a Octubre

Acaba de publicarse en la paǵina web del asunto C-103/18 o asunto Sánchez Ruiz - el asunto de nuestro informático en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tras su demanda con el gabinete de Araúz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal como la medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª -   la fecha del 05 de Septiembre (a las 09:30) para la presentación del informe no vinculante de conclusiones de la Abogada General  de la Unión Europea, Juliane Kokott, de  los dos trascendentales asuntos para la vía de la demanda de fijeza ante el abuso de temporalidad, el primero del informático del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS], el asunto C-103/18   y el segundo, el asunto C-429/18, de 5 odontólogas también del SERMAS que el más tribunal europeo decidió acumular. 
Recordemos que la primera fecha publicada fue el 11 de Julio tal y como ya avisó la propia Abogada presencialmente en el juicio oral que tuvo lugar el 15 de Mayo en Luxemburgo, pero la Abogada General retrasó esta fecha a primeros de septiembre por carga de trabajo. Este informe NO es la sentencia, que seguirá semanas después, si bien en la mayoría de los casos, la sentencia final suele ir alineada con este informe, pero no siempre es así y en todo caso lo (máximamente) vinculante es la sentencia del Tribunal. 
Precisamente en días pasados este  asunto que recientemente había saltado por fin a los medios generales tras una rueda de prensa concedida por el abogado, el informático del caso y algunos empleados públicos en situación de abuso. También desde el juicio han tenido lugar varias paralizaciones de Ofertas Públicas de Empleo de AAPP a la espera de la sentencia de este asunto, que seguirá semanas después de la presentación del  esperado informe de la Abogada Generakl.

Recordemos que el asunto Sánchez Ruiz se trata del caso de un informático del SERMAS estatutario interino de vacante más de 17 años del  Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid (ver aquí  más información del caso) con preguntas del juez nacional, entre otras, de
  •  si el interino de vacante es un tipo de temporal sobre el que se aplica dicha cláusula 5ª, entendiendo el juez nacional que sí,

    ,
  • o la de si hacer fijo a temporales de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea aún cuando lo prohíba la interpretación actual de la jurisprudencia española que hace de la Constitución, entendiendo el juez nacional también que lo sería.

[Poder Judicial] 'Un juez reconoce por primera vez el cobro del grado por parte del personal contratado en la Administración Foral de Navarra. El magistrado había planteado la cuestión prejudicial que motivó el pasado junio el pronunciamiento estimatorio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.' [Asunto Ustariz Aróstegui]

'El juez navarro que planteó una cuestión prejudicial que derivó en el reconocimiento el pasado junio por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del cobro del grado por parte del personal contratado de la Administración Foral de Navarra ha dictado la primera sentencia estimatoria al respecto. 

En la sentencia, contra la que no cabe recurso, el magistrado, que entonces estaba al frente del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona, estima la demanda del funcionario recurrente al considerar que la decisión se sustenta en lo que ha afirmado el TJUE en respuesta a la cuestión prejudicial: la Directiva sólo permite un trato diferente entre trabajadores fijos (en la Administración, los funcionarios) y trabajadores de duración determinada (en la Administración, los interinos) en el caso excepcional de que concurran razones objetivas. 

[Diario Médico] El SERGAS extiende un programa de inteligencia artificial que ha demostrado reducir un 27 % las infecciones nosocomiales

Informa Diario Médico este 05/08/0219 de InNoCBR el sistema informático de inteligencia artificial -de razonamiento basado en casos utilizando en una parte de sus reglas aprendidas por técnicas de machine learning todos los datos relacionados con el paciente de las bases de datos informatizadas  del hospital., que fue desarrollado en Complejo Hospitalario Universitario de Orense (CHUO) de clasificación y diagnóstico de  infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria (IRAS) o infecciones nosocomiales, está siendo extendido por el SERGAS  al resto de hospitales públicos,tras haber demostrado su efectividad reduciendo un 27% dichas infecciones en el CHU= durante el periodo 2014-2018.