Blog de APISCAM
martes, 28 de diciembre de 2021
[Diario 16] El Tribunal Europeo recibe una demanda de la Plataforma de Trabajadores Temporales del Ayuntamiento de Zaragoza ante el incumplimento de las sentencias europeas del Ayuntamiento de Zaragoza y las instituciones públicas y ante la omisión de acción de la Comisión Europea
Publicada enel Boletín de las Cortes la aprobación definitiva por el Senado del mismo texto que recibió del Congreso del proyecto de ley de reducción de temporalidad pública. Pendiente para su entrada en vigor sólo de la orden del Presidente del Gobierno para su publicación el BOE. Obligará desde su entrada en vigor a todas las AAPP a realizar concursos de méritos delibre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza.
En el día de ayer 27/12/2021 se publicaba en el Boletín Oficial de las Cortes Generales , edición del Senado la aprobación por parte del Pleno del Senado, en su sesión del día 21/1272021 ha de diciembre de 2021, del "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" ( nº de iniciativa del Senado 621/37) . sin introducir ningún cambio al texto remitido por el Congreso de los Diputados publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 04/12/021.
De esta forma sólo queda ya la orden por parte del Presidente del Gobierno del Estado para su publicación en el BOE tras la preceptiva "sanción" por el Rey , entrando en vigor al día siguiente de su publicación. Según el artículo 91 , hay un plazo de 15 días naturales desde la aprobación en las Cortes de una Ley para la "sanción" del Rey, que es quien formalmente ordena su inmediata publicación.
Recordemos una vez más que este texto definitivamente aprobado para una nueva Ley ya sólo pendiente de la orden del Gobierno para su publicación en el BOE, contiene , en relación a parte sobre reducción de la temporalidad masiva actual, estas modificaciones con respecto al Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad 14/2021 [RDL], publicado en el BOE el 7 de Julio y que sigue en vigor desde el 8 de Julio, como ya comentamos en otra entrada (entre corchetes
nuestros comentarios):
Recordatorio. Cronograma de actividades previstas organizadas por la Sociedad Española de Informática de la Salud para 2022
[Recordatorio de entrada publicada el 21/12/2021]
La Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] acaba de publicar un cronograma de sus actividades para 2022, siendo las previstas de congresos y jornadas:
- XXVII Entrega de Premios Nacionales de Informatica y Salud, 19 de Enero - Madrid
- XIX Foro de Protección de Datos de Salud, 16 y 17 de Febrero -Palma de Mallorca
lunes, 27 de diciembre de 2021
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo aplica en varias sentencias seguidas a la de 30/11/2021 su "doctrina" de que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad y niega por inexistentes o prohibida en la normativa nacional para personal funcionario la indemnización, la figura del indefinido no fijo de los laborales y la fijeza
Hace unos días publicábamos una entrada sobre la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo a de 30/11/2021en el recurso de casación nº 6302/2018 donde ante la demanda de indemnización al cese de 20 días por año trabajado por abuso de temporalidad de una estatutaria interina de vacante tras varios nombramientos eventuales, pasaba a reconocer una situación de abuso pero no concedía la indemnización por abuso al no existir en la legislación nacional y tras afirmar en general que de las sentencias del Tribunal de Justicia del Unión Europea sobre abuso de temporalidad en empleo público, ya incluyendo la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz" y su "corroboración" o aclaración de la sentencia europea de 03/06/2021 en el asunto IMIDRA,, se sigue que sí se puede constatara abuso de temporalidad en situaciones de interinidades de vacante pero "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante ese abuso si la sanción demandada no está contemplada en la legislación nacional, correspondiéndole a las autoridades legislativas regularlas.
Y como adelantábamos, esa sentencia de 30/11/2021 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Supremo ha venido seguida de varias sentencias en los días 01/12/2021 a 03/12/2021 en las que para alcanzar su conclusión en las circunstancias del caso, el Alto Tribunal español se remite a lo razonado en esa sentencia de 30/11/2021, y así ,siempre en cuanto a personal de tipo funcionarial ya interino de vacante, desestima las demandas por abuso de temporalidad cometido -abuso que sí se reconoce:
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[Oracle/Cerner] 'Oracle compra Cerner'
'Oracle Corporation (NYSE: ORCL) y Cerner Corporation anunciaron hoy conjuntamente un acuerdo para que Oracle adquiera Cerner a través de una oferta pública de adquisición totalmente en efectivo por 95 dólares por acción, o aproximadamente 28.300 millones de dólares en valor en acciones. Cerner es un proveedor líder de sistemas de información digital utilizados en hospitales y sistemas de salud para permitir a los profesionales médicos brindar una mejor atención médica a pacientes individuales y comunidades.
domingo, 26 de diciembre de 2021
Entradas más vistas de la semana 20/12/2021-26/12/2021 en este blog: Debate y votación en Pleno del Senado del proyecto de Ley de reducción de la temporalidad pública, Contencioso del Supremo afirma que de las sentencias del Tribunal europeo "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad si no está contemplada en la legislación nacional ...
Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:
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Ayer martes 21 tuvo lugar finalmente a últimah ora de la tarde en el Pleno del Senado el debate en el Pleno del " Proyecto de Ley de ...
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Tal y como estaba previsto , e ste martes 21 tuvo lugar finalmente en el Pleno del Senado el debate en el Pleno del " Proyecto de Ley ...
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La sección 4ª de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo , la única sección del Supremo que está llevando los recursos de casación s...
viernes, 24 de diciembre de 2021
[I. Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid plantea una importante batería de cuestiones al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española
Publlica el profesor Ignasi Beltrán en su blog este 24/12/2021 que [la sección 2ª] de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha elevado en Auto de 21/12/2021 una importante "cuestión prejudicial" al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que, ante un caso de un empleado público de la UNED "indefinido no fjio durante 20 años" , plantea 12 preguntas en las que cuestiona la actual doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo , y pregunta al Tribunal Europeo, entre otras cosasm , si la figura del "indefinido no fijo" es un "contrato de duración determinada" de los de Directiva 1999/70/CE [es decir, temporal], y en ese caso, no debería considerarse abuso de temporalidad permanecer largo tiempo bajo esa figura y cuál debería ser la consecuencia de este abuso, si en especial valdría la indemnización al cese que se concede al indefinido no fijo o incluso el ŕegimden de "responsabilidades" difuso que se ha establecido con el Real Decreto-Ley 14/21- dando a entender que no- para acabar preguntando al Tribunal Europeo
"En caso de considerar que no existen medidas suficientemente disuasorias en la legislación española, ¿la consecuencia de la vulneración de la cláusula quinta de Acuerdo Marco anexo a la Directiva 1999/70/CE por un empleador público debe ser la consideración del contrato como indefinido no fijo o debe reconocerse al trabajador como fijo plenamente, sin matizaciones?»
y tras interpretar esta Sala de lo Social del TSJ de Madrid que la jurisprudencia europea lo que hacen es plantear una "alternativa":
- o "el Estado ha establecido medidas efectivas
para evitar y sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de
duración determinada"
- o "en caso contrario, procede la transformación de los contratos de trabajo de duración determinada en contratos por tiempo indefinido"
y pregunta también al Tribunal europeo en consonancia:
El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea. En todo caso, no afectaría a la nueva "doctrina" del Supremo de conceder la fijeza a laborales públicos que hayan superado un proceso selectivo para fijo
El Pleno de la Sala de lo Social -la que lleva los casos de empleados públicos laborales- del Tribunal Supremo se reunió el 25/11/2021 para estudiar uno de los recurso de casación que había admitido de los planteados por una Administración pública ante sentencia de un tribunal superior regional de fijeza como sanción al abuso de temporalidad en empleada pública laboral, y ver si modificaba su doctrina de conceder como sanción al abuso solo la controvertida figura de personal laboral "indefinido no fijo" también en e l caso de que el empleado público laboral tuviera superado sólo un proceso o procesos de selección para temporal (por ejemplo, el del acceso al propio puesto). Y como veremos, ha decidido no modificar su doctrina, en su sentencia de 25/11/2021, publicada recientemente en el CENDOJ , por mayoría pero con una importante discrepancia pública de 3 miembros del Tribunal.
[Gob C. de Madrid] 'Anteproyecto de Ley de medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y la modernización de la administración de la Comunidad de Madrid.Publicación del proyecto y trámite de audiencia pública' [ del 24/12/2021 al 03/01/2022]
jueves, 23 de diciembre de 2021
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sostiene que , , tras las sentencias europeas,, ante el abuso de temporalidad en empleado público laboral no es suficiente la figura actual del indefinido no fijo ni su indemnización, debiéndose reconocer el carácter "indefinido" sin la cobertura del puesto por proceso selectivo ya como causa válida de cese
Se ha publicado en el CENDOJ la sentencia de 17/11/2021 de la la Sección 1ªde la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluñla al recurso (de suplicación nº 3818/2021) en el caso de una trabajadora del Ayuntamiento de Palafolls que fue despedida tras no superar el proceso selectivo para la cobertura dela vacante a la que llevaba vinculado su contrato laboral temporal durante más de 12 años y que demandaba el reconocimiento del carácter fijo de la relación laboral en el momento del despido, o subsidiariamente indefinido no fijo
[Gobierno de España] 'La Comisión Europea autoriza el desembolso de los 10.000 millones vinculados al cumplimiento de los primeros 52 hitos del Plan de Recuperación'
'La Comisión Europea ha autorizado de manera definitiva el primer desembolso del Plan de Recuperación por un total de 10.000 millones de euros que el Gobierno español realizó formalmente el pasado 11 de noviembre a través de la Secretaría General de Fondos Europeos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
[Gobierno de España] 'El Gobierno acuerda que la mascarilla vuelva a ser obligatoria en exteriores. El Ejecutivo intensificará la vacunación y dotará a los centros sanitarios públicos y privados de más recursos humanos y económicos para afrontar la pandemia. Además, asegura que hay vacunas suficientes para toda la población.'
'El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID, por el que se establece el uso obligatorio de la mascarilla en exteriores, con independencia de la distancia de seguridad.
La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha comparecido en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros para informar del acuerdo, adoptado en la Conferencia de Presidentes celebrada ayer, y detallar los compromisos.
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en sentencia de 30/11/2021 afirma que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad si no está contemplada en la legislación nacional, y ante demanda de indemnización al cese de 20 días por año trabajado por abuso de temporalidad en estatutario interino de vacante, pasa a reconocer una situación de abuso pero no concede la indemnización por abuso al no existir en la legislación nacional
Aprobado el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2022 con la incorporación finalmente sólo de algunas enmiendas de Vox pactadas con el Partido Popular
Tal y como estaba previsto, ayer miércoles 22 de Diciembre el Pleno de la Asamblea de Madrid tuvo el debate final y aprobó el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022 (página web de la inciativa), y como se había adelantado por un pacto entre Partido Popular y Vox , se rechazaron todas las enmiendas del resto de grupos que no hubieran sido ya "vetadas" antes por la no conformidad presupuestaria del Gobierno Regional, independientemente de su contenido. En el debate en Comisión de Presupuestos del proyecto se incorporaron al Dictamen varias enmiendas de Vox, por ese pacto citado.
Mencionemos sólo a título de recordatorio, que entre esas enmiendas presentadas se encuentran las presentadas por Unidas Podemos-Izquierda Unida-Madrid en Pie , una para cada consejería,para la "elaboración de un informe del personal temporal de la Consejería que podría estar afectado por abuso de temporalidad" (ejemplo, la enmienda P 539 para Sanidad).
[SATSE/AMYTS/CSIT-UP/CCOO/UGT Sanidad Madrid] 'Las organizaciones sindicales que formamos la Mesa Sectorial de Sanidad exigimos al Gobierno de la Comunidad de Madrid unos presupuestos para Sanidad que permitan cumplir con las necesidades de los madrileños'
'En este momento, los diputados de la Asamblea de Madrid están aprobando los Presupuestos de la Comunidad para el año 2022. Presupuestos que, en opinión de los Sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad, penalizan a la Sanidad madrileña y, sobre todo a sus profesionales, ya que no recogen las demandas de estos.
- ¿Nos van a devolver las 35 horas?
- ¿Aumentarán las plantillas?
- ¿Van a prolongarse los contratos y estabilizarse el empleo?
- ¿Aumentarán las retribuciones?
La respuesta a todas estas preguntas es solo NO. Podríamos seguir pero la realidad es que al Gobierno de Ayuso la Sanidad le importa poco, más bien nada.
- Lo único que le interesa es seguir presumiendo de inversiones que no llegan a
realizarse nunca, - De infraestructuras que dice que se aprueban pero no se ejecutan,
- De renovaciones y contratos que no se realizan nunca,
- De Ofertas Públicas de Empleo que tardan años en resolverse
- De Traslados que tardan demasiado en llevarse acabo
- De promesas que son solo eso, promesas