miércoles, 10 de agosto de 2022

La Comisión Europea concluye en su evaluación de la reciente modificación de la normativa italiana sobre los jueces honorarios que no es suficiente para cumplir con el derecho de la Unión sobre los derechos de los trabajadores y el empleo temporal y envía carta complementaria en el procedimiento de infracción contra Italia ya abierto por estos jueces

 La Comisión Europea ha decidido con fecha de 15/07/2022 enviar una "segunda carta de emplazamiento" (o "carta de emplazamiento complementaria") a Italia en el procedimiento de infracción que tenía abierto  [INFR(2016)4081], según la nota de prensa de la Comisión,  porque "la legislación nacional italiana aplicable a los magistrados honorarios no se ajusta plenamente al Derecho laboral de la Unión" y "en opinión de la Comisión, la legislación italiana incumple las normas de la Unión en materia de trabajo de duración determinada (Acuerdo marco anexo a la Directiva 1999/70/CE) , trabajo a tiempo parcial, ordenación del tiempo de trabajo y trabajadoras embarazadas.


En la nota de prensa, la Comisión recuerda que estos jueces  no tenían la condición de "trabajadores" con arreglo al ordenamiento jurídico italiano, sino que se consideraba que prestaban servicios "con carácter voluntario" (aunque fueran remunerados) y "no disfrutan de la protección concedida a los trabajadores en virtud del Derecho laboral de la Unión", como, entre otras, la protección  "contra la utilización abusiva de contratos sucesivos de duración determinada" (es decir, contra el abuso de la temporalidad) no teniendo por tanto "la posibilidad de obtener una indemnización adecuada debido a tales abusos".


Recordemos que la Comisión Europea  había abierto este procedimiento de infracción  el pasado coó el 15 de julio de 2021,  casi un año después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictara su sentencia el 16 de julio de 2020 en el asunto C‑658/18  sobre estos jueces de paz, estableciendo que  son trabajadores según el concepto de trabajador de la Directiva euroepa sobre empleo temporal, lla Directiva 1999/70/CE, junto con otras, con lo que, en especial, les es de aplicación la cláusula 4ª del Acuerdo en la citada Directiva, sobre no discriminación con las condiciones del personal fijo , en este caso , los jueces fijos italianos (que era el motivo de la consulta en aquel asunto del Tribunal europeo, junto con la cuestión de si eran jueces del derecho europeo).

A raíz de aquella primera sentencia de julio de 2020 y la falta de respuesta adecuada del Gobierno italiano,  la Comisión Europea decidió  hace un año pasar a abrir procedimiento de infracción oficial (de nº INFR(2016)4081) mediante el envío de una primera  "carta de emplazamiento" el 15/07/2021 instando a Italia a modificar su legislación sobre las condiciones de trabajo de estos magistrados honorarios ( o "jueces de paz").

El Gobierno italiano reaccionó  a finales de 2021 con un proyecto legislativo , ya aprobado, para regularizar como trabajadores propios  indefinidos del Ministerio de Justicia a los 6 mil jueces de paz italianos mediante la fórmula de unos  "procesos de evaluación " , restringidos a los jueces honorarios actuales, con una indemnización - en función de la antigüedad y con tope de 50 mil euros- en el caso de que eligieran no presentarse o no superaran la citada evaluación. En dicha norma en ningún momento se mencionaba que ese procedimiento de evaluación pretendiera ser una reparación a un posible abuso de temporalidad (parece difícil que el Tribunal europeo lo validara  como una reparación válida).

Pero, poco después, el 07/04/2022 llegaba una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea   sobre estos jueces honorarioss, por el asunto C-236/20 , sentencia, en la que , recordemos, el Tribunal europeo afirmaba además que en los casos de largas temporalidades en estos jueces de paz italianos además se tratan de una situación de abuso de temporalidad de la misma Directiva europea 1999/70/CE pro su cláusula 5ª, y que, según jurisprudencia reiterada del tribunal europeo, requiere de una sanción reparadora para el trabajador , indicando que  la normativa italiana que prohíbe su fijeza ante la prolongación de la temporalidad viola la normativa de la Unión Europea si la normativa nacional no contempla otras sanciones disuasorias, algo que , en todo caso, le corresponde al juez nacional corroborar.

martes, 9 de agosto de 2022

[Gob. CCAA Galicia] 'La Xunta inicia el trámite de la ley que extenderá la provisión por concurso de méritos a las plazas de difícil cobertura en atención primaria, hospitales comarcales y salud mental. El texto del Anteproyecto de Ley se publica hoy en el portal de transparencia con carácter de urgencia para la presentación de sugerencias en un plazo de 7 días hábiles. El gobierno gallego busca dar respuesta adecuada a las necesidades organizativas actuales ante el incumplimiento de los compromisos de reforma de la legislación estatal' [ante la Unión Europea]

 'El Gobierno gallego inicia la tramitación de la normativa que extenderá la provisión por concurso de méritos a las plazas de difícil cobertura en atención primaria, hospitales comarcales y salud mental. Así, acaba de publicar en su Portal de Transparencia y Gobierno Abierto el denominado Anteproyecto de Ley de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en Ciencias de la Salud del Servicio Gallego de Salud.

La tramitación de esta norma realizara con carácter de urgencia, habilitando un plazo de 7 días hábiles para la presentación de sugerencias. La Xunta de Galicia quiere apurar el trámite de esta normativa para resolver lo antes posible las necesidades organizativas actuales y garantizar la continuidad asistencial y la calidad de los servicios de asistencia sanitaria en Galicia.

La necesidad de dotarse de más recursos humanos y cubrir plazas vacantes en zonas de difícil cobertura de la comunidad motivó que la Xunta de Galicia había impulsado esta medida legislativa, con la que pretende paliar en parte el déficit de médicos y profesionales sanitarios, una situación que afecta a todas las comunidades autónomas en estos ratos mientras continúa el incumplimiento de los compromisos de reforma de la legislación estatal.

Con este objeto, ya el artículo 35 de la Ley 18/2021, de 27 de diciembre , de medidas fiscales y administrativas, habilitó a la Xunta de Galicia a ofertar por el sistema de concurso en el año 2022 plazas de la nueva categoría de facultativo especialista en atención primaria, algo que hizo con la convocatoria en abril de este año de un proceso selectivo, por el sistema de concurso, para cubrir 106 plazas vacantes en los centros de salud gallegos. La buena acogida de este proceso, en el que participan un total de 355 personas aspirantes para un total de 106 plazas ofertadas, ha impulsado al gobierno gallego a reiterarlo y extenderlo.

 

[Confilegal] El Tribunal Supremo admite a trámite recursos de casación donde decidirá si la normativa nacional de 2017-18, que regula los procesos de estabilización de interinos anteriores, vulnera la normativa europea

Publicaba Confilegal este 06/08/2022 que  el Tribunal Supremo, por demandas impulsadas por plataformas/sindicatos de empleados públicos temporales contra las OPEs de estabilización anteriores de 2019 del Servicio de Salud y de 2018 de Administración General de Castilla y León y 2019 de  la Adminstración de Asturias, que lleva el abogado Raúl Bocanegra, ha admitido a trámite recursos de casación , para fijar doctrina en la cuestión de si las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidad y deben ser desplazadas por la primacia del derecho de la Unión Europea, citando nuestra entrada sobre esta noticia y trasladando declaraciones al respecto de: 

lunes, 8 de agosto de 2022

El Gobierno del Estado desistió del recurso de inconstitucionalidad contra la disposición del Parlamento de La Rioja que convertía en fijos a sus 5 interinos de larga duración, tras modificarla el propio Parlamento a un concurso de méritos según la nueva ley 20/2021 que ya se ha realizado

Recientemente se ha publicado en la web del Tribunal Constitucional el Auto 108/2022, de 30 de junio de 2022 del Tribunal Constitucional  por el que se acepta el desistimiento del Gobierno del Estado a su  recurso de inconstitucionalidad (nº 4585/2021) que había interpuesto en junio de 2021   contra la famosa disposición transitoria del Estatuto del personal del Parlamento de la Rioja de Abril de 2021 que reconocía directamente la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años ante el fraude de ley de abuso de temporalidad y haber accedido por un proceso selectivo público,afectando a sus 5 funcionarios interinos de larga duración, todos ya más de 7 años temporales.  La  disposición se encontraba suspendida cautelarmente por la interposición del recurso.


Así, en concreto, el pasado  22 de marzo  el Consejo de Ministros acordaba desistir de este recurso de inconstitucionalidad , debemos suponer que toda vez que la norma recurrida había sido modificada por el Parlamento de la Rioja pocos días antes   (Boletín Oficial de la Rioja de 04/03/2022) para pasar a regular que las 5 plazas afectadas se convocaran a proceso selectivo para alcanzar la condición de funcionario de carrera por el sistema de Concurso excepcional de Méritos, abierto, ya contemplado para todas las AAPP por la nueva ley estatal de reducción de temporalidad 20/2021 de 28 de Diciembre, de para plazas temporales o de personal temporal desde antes de 2016, como lo eran , sin duda, las 5 plazas afectadas por la norma original por ser todos los interinos que las ocupaban de más de 7 años de antigüedad a Abril de 2021.

[Gob. C. Valenciana] 'El Consell ratifica el acuerdo de Mesa Sectorial que desarrolla la OPE extraordinaria para reducir la temporalidad de las plantillas de la Generalitat. El acuerdo establece los baremos y criterios generales que se aplicarán en la Oferta Pública de Empleo extraordinaria. La OPE oferta 3.088 plazas con las que se pretende reducir la excesiva temporalidad en el sector público hasta el 8%' [2514 a Concurso de Méritos]

'El pleno del Consell ha ratificado el acuerdo de Mesa Sectorial por el que se desarrolla la Oferta de Empleo Público (OPE) para la reducción de la temporalidad en las plantillas de la Generalitat en los términos que la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública acordó con la mayoría de las organizaciones sindicales con representación en la Mesa General de Función Pública. El acuerdo se alcanzó el pasado 29 de julio con el apoyo en el seno de este organismo con el apoyo de tres de las cuatro organizaciones sindicales que están representadas en él (UGT, CCOO e Intersindical).

En el documento se establecen los baremos y criterios generales que se aplicarán en la OPE extraordinaria -convocada para cumplir con lo establecido con la Ley 20/2021 del Ministerio de Administraciones Públicas- con la que se pretende reducir la temporalidad en el sector público hasta el 8%. 

En la OPE se convocarán 3.088 plazas. De ellas 2.514 corresponden a puestos de naturaleza estructural dotados presupuestariamente que han estado ocupados de forma temporal e ininterrumpidamente con anterioridad al 1 de enero de 2016. Además, se incluirán otras 574 plazas que hayan estado ocupadas de igual modo, al menos, en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2021. La OPE extraordinaria se completa con 739 plazas por el turno de promoción interna.

 

Baremos y criterios generales 

Según se recoge en el acuerdo las plazas del primer grupo ‒ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente desde antes del 1 de enero de 2016‒ se convocarán, tal y como marca la ley estatal, mediante procesos de concurso en los que el 60 por ciento de la nota corresponderá a la experiencia baremada con 0,32 puntos por mes trabajado en un puesto de la Generalitat igual al que se opte; 0,11 puntos por mes por puestos distintos y 0,08 por mes en otras administraciones. El 40% restante de la nota se evaluará mediante otros méritos como los exámenes aprobados en oposiciones parecidas durante los últimos diez años; las titulaciones académicas, el conocimiento del valenciano y otros idiomas comunitarios y los cursos de formación.

XXIX Jornadas Nacionales de Innovación y Salud en Andalucía de la Sociedad Española de Informática de la Salud del 5 al 7 de Octubre, con talleres sobre el lema "Hacia el Espacio Nacional de Datos de Salud.". Programa preliminar disponible

Del 5 al 7 de Octubre  tendrán lugar las XXIX Jornadas Nacionales de Innovación y Salud en Andalucíalas que eran  "de facto" el congreso de verano de la informática de la salud española, organizadas por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] - en modalidad presencial en Torremolinos y, previblemente también virtual,- contando un año más con el tradicional esquema de jornadas de trabajo  en forma de talleres especializados pivotando sobre un tema,esta edición resumido en su lema como "Hacia el Espacio Nacional de Datos de Salud. (I)"

Ya está el disponible un programa de detallecontará con 6 talleres, conferencias inaugural y  sesiones plenarias tanto con ponencias como de puesta en común del avance y resultado de los talleres, ponencias y talleres en torno a  cuestiones de suma actualidad como nuevos modelos de organización del gobierno de las TI en las CCAA y en el Estado, tras la pandemia y en el marco de los fondos europeos de recuperación y los nuevos espacios de datos y sistemas de IA para la genómica, imagen digital, etc.
 
 
Las conferencia inicial pse titulará  "Espacio Nacional de Datos de Salud en España" por Noemí Cívicos Villa, Directora General de Salud Digital y Sistemas de Información en el Sistema Nacional de Salud del Ministerio de Sanidad
Entre las ponencias plenarias está prevista una sobre "Del dato disponible al saber " por Francisco Ramón García Lombardía, Diector Técnico en la Consejería de Sanidad de Madrid, junto con Cloudera.

Los títulos de los talleres este año serán:

domingo, 7 de agosto de 2022

Entradas más vistas de la semana 01/08/2022-07/08/2022: Tribunal Supremo admite a trámite recursos de casación para fijar doctrina en la cuestión de si las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidad, publicadas Bases de Estabilización de la Administración General de la CCAA de Extremadura, ...

 Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:  

viernes, 5 de agosto de 2022

Publicado en boletín oficial el acuerdo de las Bases de Estabilización de la Administración General de la CCAA de Extremadura: en el Concurso de Méritos puntúa hasta el 80% la experiencia -muchísimo más en la categoría en la misms AAPP que en otras categorías o AAPP- y tener fases de oposición aprobada

Se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura de 05/08/2022 el "Acuerdo de desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura", suscrito el pasado 28/07/2022 entre la Junta y los "sindicatos más representativos" en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura, y que regula  las bases comunes para los procesos de estabilización de la nueva ley 20/2021 en ese sector de Administración General de la CCAA de Extremadura    que se aplicaría a las 3.193 plazas de la Oferta Adicional para la estabilización del empleo temporal de personal funcionario y laboral en el ámbito de la Administración General de la Junta de Extremadura derivada de la citada Ley 20/2021, publicada el 30 de mayo, y que, según  expone el preámbulo del acuerdo contabilizó para la fórmula excepcional del concurso de méritos :

  •  las plazas que  han estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016, según la D.A 8ª
  • ,las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016,segú la 8
  • y las 1.622 plazas de la Oferta de Empleo Público de 2019 de estabilización de la Administración General de la Junta de Extremadura (publicada en el DOE n.º 245, de 23 de diciembre), la única en este ámbito derivada de las leyes estatales anteriores de 2017  y  de 2018 "al no haber sido convocadas a la fecha de entrada en vigor de la Ley 20/2021 tal y como dispone el párrafo segundo del artículo 2.1 de la misma" y ser todas plazas temporales desde antes de 2015

 haciendo un total de 2.746 plazas para el concurso de méritos (y 447 plazas restantes para concurso oposición).


La baremación el concurso de méritos según este Acuerdo se reparte así:

[Interinok_Taldea] 'El sindicato Interinok_Taldea , gracias a las aportaciones de cientos de compañeras y compañeros , ha denunciado , en la s ala de lo c ontencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco , la normativa que sustenta el diseño de los procesos de consolidación del gobierno vasco , como son : la convocatoria de la oferta de empleo de 2022, las bases generales , y las bases específicas de los cuerpos convocados el pasado mes de mayo'

'En 2019, Interinok_taldea denunció, por un lado, la situación de abuso de temporalidad del personal interino del Gobierno Vasco, que cuenta con un 61,8% de interinidad en sus servicios centrales de Lakua, y, por otro lado, el incumplimiento de la Administración vasca de la Directiva europea 1999/70/CE, sobre trabajo de duración determinada, y el incumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en materia de abuso de la contratación temporal.

El Derecho Europeo deja claro que el abuso de la temporalidad requiere de una sanción, y que esta sanción puede ser; o una indemnización lo suficientemente proporcionada, eficaz y disuasoria, o, la transformación de la relación laboral temporal en una relación laboral de fijeza.

Así, en aplicación del principio de equivalencia del derecho europeo se debe regular en el sector público lo ya regulado en el sector privado y recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

En este sentido, Interinok_taldea promovió una campaña de recursos individualizados ante los juzgados de lo contencioso-administrativo, que todavía se encuentran en tramitación.

miércoles, 3 de agosto de 2022

Recordatorio. La Comisión Europea sigue respondiendo a denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas

 [Recordatorio de entrada publicada el 27/07/2022 en este blog

 

El área de Empleo de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea sigue respondiendo personalmente , y en días o semanas, mediante carta firmadas siempre por el jefe de la Unidad de "Derecho del" , actualmente Adam Pokorny, a  las denuncias que masivamente sigue recibiendo de empleados públicos sobre abuso personal de temporalidad en empleo público español , y que se pueden enviar en su página web de denuncias o  por correo electrónico a su buzón de denuncias SG-PLAINTES@ec.europa.eu adjuntado el formulario descargado relleno, siguiendo las instrucciones.

Y responde enviando, como lo lleva haciendo desde Julio de 2018, con una carta tipo de respuesta, que tiene ligeras variacines con respecto a la carta de entonces, coincidiendo siempre en esta parte común de las cartas en la que dice:

  • que ha recibido previamente un gran número de denuncias similares
  • que dado el alto número de denuncias las agrupó en el procedimiento de denuncia múltiple CHAP(2013)0917
  • cuya información oficial actualizada sobre los resultados del examen de la Comisión y las medidas de  seguimiento pueden consultarse en esta página web de la CE

 

[Ministerio de Ciencia e Innovación] 'El Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) recibe un ciberataque' [de tipo ransomware, procedente de Rusia]

 'El Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), organismo dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación, recibió los días 16 y 17 de julio un ciberataque de tipo ransomware.

El ciberataque se detectó el día 18 de julio e inmediatamente se activó el protocolo marcado por el Centro de Operaciones de Ciberseguridad (COCS) y el Centro Criptológico Nacional (CCN).

Este ataque es similar al que han sufrido otros centros de investigación como el Instituto Max Planck o la Administración Nacional de Aeronáutica y del Espacio de los Estados Unidos (NASA).

martes, 2 de agosto de 2022

El Tribunal Supremo de Casación de Italia establece, con dos sentencias más, su doctrina tras la sentencia europea de 13/01/2022 en el asunto de los profesores de religión: hay abuso superado los 3 años de temporal y basta con conceder la indemnización por reparación del daño genérico del abuso (no al cese) regulada en el derecho general , confirmando sentencias regionales de 5 meses de indemnización por 5 años. Mientras, ya publicada la ley que incorpora un proceso extraordinario restringido a los profesores de religión temporales más de 3 años

Recordemos que el 13/06/2022 el Tribunal Supremo de Casación de Italia de dictó  una sentencia (la sentencia nº 19044/2022 de la Sala Civil) de la que nos hicimos eco en otra entrada , en la que abordaba demandas de abuso de temporalidad de profesores de religión ya teniendo en cuenta   la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13/01/2022, trasladando que se da abuso de temporalidad en los docentes de religión superados los 3 años de servicio por no haber cumplido en su plazo con la convocatoria de los puestos a procesos para cubrirlos de forma   fija, y, teniendo en cuenta la inexistencia de un proceso restringido de estabilización para este tipo de docentes, establecía como sanción por su "interpretación conforme" del derecho italiano, la concesión de la indemnización de "resarcimiento" del derecho laboral general por abuso de temporalidad (no al cese, y de 5 hasta 12 meses de sueldo según magnitud del abuso) aunque la normativa específica aplicable a los profesores no la contemple, si bien sin conceder la medida también existente en el derecho laboral general italiano de la "fijeza".
 
Ahora,el mismo Tribunal Supremo de Casación de Italia ha dictado  dos nuevas sentencias, las sentencias  22260/2022  y nº 22261/2022 de la Sala Civil de 14/07/2022, que reafirma esa aplicación suya de la sentencia  europea en dos recursos del Estado a dos sentencias del Tribunal de Apelación de Florencia,  que habían concedido precisamente esa indemnización del derecho laboral , de 5 a 7 meses de indemnización el Tribunal de Apelación por docentes de religión que llevaban desde el curso 2005-2006 hasta el curso 2010-2011 (5 años) el que menos.


Del contexto conocido por la sentencia europea, las notas del sindicato Snadir y la línea argumental del Tribunal Supremo de Casación italiano, extraemos:

[Consejo de Ministros] 'ACUERDO por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto entre las CCAA, el INGESA y Ceuta y Melilla de los créditos presupuestarios destinados a la inversión "Transformación digital y modernización de las CCAA", del componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para los años 2022 y 2023, por un importe total de 460 millones €' [33 millones para la C. de Madrid]

 'El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución territorial entre las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, de 460.372.255 euros que conformarán los créditos presupuestarios destinados a la inversión 'Transformación digital y modernización de las Comunidades Autónomas', perteneciente al componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para los años 2022 y 2023.

Esta propuesta de reparto, tras pasar por la Comisión Delegada la semana previa ha sido aprobada por el Consejo de Ministros. Posteriormente será abordada en Conferencia Sectorial de Administración Pública.

En concreto, se ha propuesto la distribución de 239.072.255 euros para el ejercicio 2022 y de 221.300.000 euros correspondientes a 2023, destinados a la modernización y digitalización de las administraciones públicas en los territorios autonómicos.

[CSIT-UP Admin autonómica] 'Un concurso de méritos así para la estabilización de empleo 2021 y 2022 de Comunidad de Madrid: se pudo antes igual que se ha podido ahora. ["Tras el esfuerzo del personal temporal que ha acudido a las distintas convocatorias de las movilizaciones desarrolladas por CSIT UP, hemos podido alcanzar un acuerdo"]

 El 11 de febrero de 2021, Administración y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF, firmaron un acuerdo nefasto para los intereses del personal temporal (miles de empleados públicos), con los criterios generales aplicables a las convocatorias de los procesos selectivos de estabilización de empleo de las OEP 2017, 18, 19 y 2020, que en la fase de concurso otorga igual puntuación a la experiencia adquirida en la Comunidad de Madrid que la adquirida en cualquier otra Administración Pública, por eso fue rechazado de manera contundente por CSIT UNIÓN PROFESIONAL.'

Y no solo dijimos que es un ACUERDO NEFASTO Y NO LO FIRMAMOS; también durante el último año y medio, hemos venido desarrollando movilizaciones de protesta para que se paralicen las convocatorias publicadas y, a su vez, hemos reivindicado mayor puntuación para la experiencia adquirida en la Administración de la Comunidad de Madrid frente a otras Administraciones Públicas. Aquel 11 de febrero de 2021, nos decían que no era posible otro acuerdo por la legislación aplicable y por la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el Constitucional, de manera que Administración y los esos tres sindicatos firmaron sin necesidad alguna el nefasto acuerdo que rechazó y no firmó CSIT UNIÓN PROFESIONAL. No decían la verdad.
 
Sin embargo ahora, el 28 de julio de 2022, sin que haya cambiado la legislación y tampoco la jurisprudencia al respecto, eso sí, tras el esfuerzo del personal temporal que ha acudido a las distintas convocatorias de las movilizaciones desarrolladas por CSIT UNIÓN PROFESIONAL, hemos podido alcanzar un acuerdo, de próxima publicación en el BOCM y cuyos detalles puedes consultar pinchando aquí, sobre criterios generales aplicables a las 433 plazas de los distintos cuerpos, escalas y categorías profesionales, que se convocarán mediante concurso, en procesos selectivos de las OEP de 2021 y 22, que valorará más la experiencia adquirida en la Administración de la Comunidad de Madrid (0,30 por mes), en los cuerpos y escalas de Funcionarios o categoría profesional de personal laboral, que la adquirida como personal temporal en otra Administración Pública (0,15 por mes). 
 

lunes, 1 de agosto de 2022

El Tribunal Supremo, por demandas contra las OPEs de estabilización anteriores de Castilla y León y Asturias, admite a trámite recursos de casación para fijar doctrina en la cuestión de si las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidad y deben ser desplazadas. Autos de admisión de la Sala de lo Contencioso.

 Tal y como avanzaban hace unos días un comunicado del sindicato de interinos SINNTA y varias noticias en prensa , la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha admitido a trámite varios recursos de casación , en al menos 3 casos de demandas por el conocido catedrático y abogado Raúl Bocanegra contra sendos decretos autonómicos de Ofertas de Empleo Público de "estabilización" de plazas derivados de la anterior normativa de procesos de estabilización de 2017-2018, con el objetivo de sentar doctrina en la  cuestión de si dicha normativa estatal anterior vulnera la normativa europea sobre abuso de temporalidad y debe ser "desplazadas" por primacía del Derecho de la Unión.


En concreto, se trata de los Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo:
  1. el Auto de  30 de marzo de 2022 al recurso nº 3960/2021 contra la OPE de estabilización de 2019 del Servicio de Salud de Castilla y León, de 932 plazas,
  2. el Auto de 22 de junio de 2022  al recurso nº 2427/2021 contra la OPE de estabilización de 2018 de Administración General de Castilla y León, y
  3. el Auto de 6 de Julio de 2022 al recurso nº 5972/2021 contra la OPE de estabilización de 2019 de la Administración de Asturias,
en los 3 casos, OPEs de plazas de estabilización según el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 sobre los procesos de estabilización del empleo temporal acordados con los sindicatos estatales en 2018, es decir, la normativa anterior estatal de rango legal sobre reducción extraordinaria de la temporalidad pública. En especial, no son procesos de estabilización derivados de la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública.

En los 3 recursos se demanda la nulidad de la OPE de estabilización respectiva en base a estos dos fundamentos comunes sobre, OJO; la ley estatal de la que derivan: