'Nos dirigimos a Ud. como máximo responsable del Gobierno de la Administración General
del Estado, y Presidente de la Conferencia Sectorial de Función Pública, órgano de
coordinación y cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas para la
naturaleza y fines previstos en el Art. 1 de la Resolución de 16 de noviembre de 2018, de
la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de la
Conferencia Sectorial de Administración Pública, por la que se aprueba el Reglamento de
Organización y Funcionamiento.
Los firmantes representamos a un amplio número de empleadas y empleados públicos
temporales en abuso en su contratación temporal, y desde hace más de cinco años hemos
llevado a cabo acciones tanto en la administraciones públicas españolas como ante las
instituciones de la Unión Europea. Y, que tras la firma del acuerdo del Sr. Montoro y los
sindicatos UGT, CCOO y CSIF, acudimos a denunciar el referido acuerdo ante la Comisión
Europea que trajo como consecuencia el procedimiento de infracción aún abierto por
incumplimiento de la normativa de la Unión Europea.
Nuestras posiciones han sido refrendadas sucesivamente por el Tribunal de Justicia de la
Unión Europea (TJUE), de 19 de marzo de 2020, en los asuntos acumulados C-103/18 y
C-429/18, en el que ya se fijaba la doctrina por la que los procesos selectivos abiertos no
eran medidas adecuadas para combatir el abuso de temporalidad. Opinión compartida por
el comisario Schmidt en su respuesta E-003419/2021, de 27/08/2021, a la pregunta de los
europarlamentarios Antonio López-Istúriz White (PPE) y Rosa Estaràs Ferragut (PPE). Y,
recientemente, por la inequívoca Sentencia del TJUE de 22 febrero de 2024.