martes, 2 de julio de 2024

El Ministro de Función Pública, José Luis Escriva , afirma de las recientes sentencias europeas sobre el abuso de temporalidad de empleados público español: "lo más importante es mirar adelante", "llevamos el 75% de los 300 mil empleos que hay que convertir en fijos","si hay alguna novedad" com resultado de las sentencias europeas "en su momento nos pondríamos en contacto con las AAPP por si hubiera que introducir algún elemento pero no es nuestra posición de partida" ,

 El Ministro de Transformación Digital y Función Pública, José Luis Escrivá, ha declarado en la rueda de prensa de hoy posterior al Consejo de Ministros [vídeo íntegro, min 56], ante una pregunta sobre qué hacer ante el "problema con los interinos" tras las recientes sentencias del _Tribunal de Justicia de la UE [sentencia de 22/02/2024 sentencia de 13/06/2024], ha respondido literalmente [extracto de audio, con notas del contexto nuestras en cursiva]:

  • "hay una cuestión prejudicial pendiente"
  • "en nuestra evaluación de todo el transcurrir jurisdiccional  estamos muy confiados que la ley 20/2021 ha establecido un marco hacia adelante que no se ha visto cuestionado por ninguna sentencia europea"
  • "llevamos ya el 75% de los 300 mil empleos que hay que convertir en fijos"
  • la ley "establece una serie de mecanismos para que no vuelva a ocurrir lo que ha ocurrido hasta ahora"
  • "lo más importante es mirar adelante para que la temporalidad en el sector público sea algo verdaderamente excepcional"
  • y que "todo lo que tiene que ver con estas sentencias [del TJUE], que son situaciones previas a nuestra norma, se vayan gestionando caso a caso"
  • y "si hay alguna novedad en ese ámbito [abuso de temporalidad ya existente] como resultado de la sentencia del TJUE , pues en su momento , y en función de eso, nos pondríamos también a hablar con todas las AAPP por si hubiera que introducir algún elemento, pero no es nuestra posición de partida" 

 

 


Se refiere el Minstro, por un lado , cuando dice  que "la ley 20/2021 ha establecido un marco hacia adelante que no se ha  visto cuestionado" a su artículo 1, el que a  introduce cambios legales, exclusivamente para los nombramientos y contratos temporales introducidos después de la entrada en vigor del RDL 14/2021 (08/07/2021) y un año después en Servicios de Salud, y no tiene efecto alguno sobre la enorme bolsa de empleados públicos en abuso de temporalidad existente. Nótese que con esta matización , el ministro excluye en su afirmación la mención a los procesos de estabilización regulados en dicha ley en su artículo 2 y disposiciones adicionales 6ª y 8ª que, evidentemente sí han sido cuestionados por el Tribunal de Justicia de la UE , hasta el punto de establecer en una respuesta dispositiva que  no valen como sanción para el abuso de temporalidad existente,

[Consejo de Ministros] 'REAL DECRETO por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024' [ de las AAPP del propio Estado; en la AGE, 20.840 plazas de acceso libre]

'El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de Oferta de Empleo Público (OEP) correspondiente a 2024 que, junto a los reales decretos ya aprobados, suman un total de 40.146 plazas para los distintos departamentos de la Administración General del Estado (AGE), Policía Nacional, Guardia Civil y Fuerzas Armadas. Toda esa oferta incluye tanto la provisión de plazas de acceso por turno libre (27.360) como de promoción interna (12.786) y supone un cuarto récord consecutivo en la serie, además de triplicar la media de plazas del periodo 2012-2017.

La OEP de este año en la AGE alcanza las 31.465 plazas, de las que 20.840 son de acceso libre, lo que acelera la recuperación de empleo público iniciada en 2018 y revierte el proceso paulatino de envejecimiento de las plantillas. Además, impulsa la atracción de talento a la Administración y, en una apuesta por la carrera y el talento interno de la organización, esta oferta contempla un total de 10.625 plazas de promoción interna.

[Consejo de Ministros] 'REAL DECRETO por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.'

 'El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se crea la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias.


En España, según los últimos datos recogidos en el Sistema de Información Sanitaria en 2021, se realizaron 21 millones de urgencias hospitalarias, nueve millones de demandas de asistencia urgente y emergente y 30 millones de urgencias en Atención Primaria.

En estos momentos, la atención en urgencias hospitalarias y en emergencias la realizan profesionales con diferentes títulos de médico/a especialista en Ciencias de la Salud o personas tituladas en Medicina con habilitación para el ejercicio de la Medicina General. Dado que la atención en situaciones de emergencia y urgencia ha experimentado un aumento en su complejidad, para la que se necesitan competencias específicas, por el incremento de especialización y, además, para estar en consonancia con otros Estados de la Unión Europea, se ha dispuesto la creación de esta nueva especialidad médica.

[CGT FETAP] 'Que alguien le haga una valoración del desempeño al Ministro Escrivá'

 'El ministro ha anunciado, como viene siendo habitual tras la enésima y contundente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de turno, que si el Tribunal Supremo lo estima, él concederá la fijeza al millón de trabajadoras en abuso de temporalidad.

Empecemos por destacar que las prejudiciales recién elevadas por el Supremo no pueden ser más tendenciosas, al exponer una de las demandas jurídicamente más débiles de las que tenemos conocimiento, obviamente con la intención de que el TJUE se retracte de su postura, además de presentar cuestiones contestadas hasta la saciedad.

Pero volvamos al ministro que si hubiese consultado a su querida IA no hubiese cometido fallos tan garrafales en sus declaraciones y, lo que es seguro, hubiera mostrado mucha más humanidad.

Publicados en el BOCM de 01/07/2024 para más categorías sanitarias de grupos A1 la modificación del proceso especial de elección de plazas de los aprobados del concurso de méritos de estabilización del SERMAS: pasan a incluirse el número de plazas ofertadas en cada centro

Este 01/07/2024 se ha publicado en el BOCM y en la página web del SERMAS dedicada a los procesos selectivos  en su apartado de las convocatorias 2022 de procesos de estabilización de empleo temporal de la OPE 2022 del SERMAS  el más resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por las que se modifican resoluciones previas , por la que se declaraba superado el proceso selectivo mediante Concurso de Méritos de categorías de personal sanitario de grupos A1  y se abría el proceso de elección de plazas, para "complementarlas" al "objeto de incluir el número de plazas ofertadas en cada centro" procediendo a la  apertura de un nuevo plazo de elección de plazas por un período de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación en  el BOCM.

Las solicitudes de elección de plazas registradas por las personas aspirantes antes de la publicación de esta resolución, resultan plenamente válidas y surtirán efectos, salvo que se presente una nueva solicitud de elección en el plazo señalado en el apartado anterior, en cuyo caso será esta última la que se tendrá en consideración .

Hay que recordar que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya  dictó la suspensión cautelar de los procesos de elección de plazas de las s categorías de enfermeras, fisioterapeutas y matronas ante un recurso de derechos fundamentales interpuesto por  SATSE y que AMYTS y CCOO han informado que habían impugnado el resto de categorías con ese proceso de elección de plazas especial sin informar del número de plazas del centro.

Recordatorio. Sentencia de la Sección 1ª de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid de 10/05/2024 de fijeza indefinidos no fijos de la C. de Madrid que accedieron por bolsa de empleo aplicando la sentencia del Tribunal europeo de 22/02/2024

 [Recordatorio de entrada publicada el 24/06/2024] Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 10/05/2024 de la sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (recurso nº 973/2021) en el caso de tres empleadas públicas laborales  de la CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y FAMILIA de  Comunidad de Madrid, indefinidas no fijas por sentencia desde 2012 tras una relación laboral interina prolongada previa  y que demandaban la fijeza (bien como laborales fijas de plantilla bien como indefinidas con las mismas condiciones de cese que el laboral fijo) como sanción al (nuevo) abuso de temporalidad ante la ausencia de normativa válida para sancionar este abuso según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE junto (no subsidiariamente) con una indemnización de 18 mil euros por daños morales durante 10 años. Se trata, presumiblemente de la sentencia  que el  conocido abogado Javier Araúz, informó cuando  fue notificada.


Esta sección de 3 jueces tiene en cuenta la "doctrina elaborada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su  sentencia de 22 de febrero de 2024 (C-59/22)" , es decir, a los asuntos acumulados Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" sobre casos idénticos en los dos primeros asuntos, doctrina europea que resume así esta sección de jueces:

  • Un trabajador indefinido no fijo debe considerarse un trabajador con contrato de duración determinada, y por tanto bajo la protección de la Directiva 1999/70/CE
  • la expresión "utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada", que figura en la cláusula 5 de dicho Acuerdo "comprende una situación en la que, al no haber convocado la Administración en cuestión, en el plazo establecido, un proceso selectivo para la cobertura definitiva de la plaza ocupada por un trabajador indefinido no fijo, el contrato de duración determinada que vincula a ese trabajador con dicha Administración ha sido prorrogado automáticamente"
  • la cláusula citada debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que, como la española, no prevé ninguna de las medidas contempladas en esa cláusula,
  • " a falta de medidas adecuadas en el Derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar, con arreglo a esta cláusula 5, los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales, incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente, la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos puede constituir tal medida"
  • "corresponde, en su caso, al tribunal nacional modificar la jurisprudencia
    nacional consolidada si esta se basa en una interpretación de las disposiciones nacionales, INCLUSO CONSTITUCIONALES, incompatible con los objetivos de la Directiva 1999/70 y, en particular, de dicha cláusula 5"

El "Informe de actualidad sobre derecho laboral" en la UE de Mayo de 2024 trata por fin la importante sentencia del 22 de Febrero del Tribunal de Justicia de la UE: "Esta sentencia tendrá, sin duda, implicaciones para España". "La preferencia del TJUE por la conversión en un puesto de trabajo indefinido choca con el énfasis de la Constitución española en la selección". "Lograr el pleno cumplimiento tanto de los requisitos constitucionales como de la UE sigue siendo un desafío importante para España"

Se ha publicado el "Informe de actualidad sobre derecho laboral en la UE" , elaborado por la Red de Expertos del Derecho del Trabajo, en su edición de Mayo de 2024 y por fin hace mención a la importante  sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 de los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22, C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , todos por cuestiones prejudiciales de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (en el informe siguiente a la sentencia  , el de Marzo, no se hizo mención).

Literalmente , la sección del informe en el apartado dedicado España (elaborado por dos españoles)  en su sección sobre  "Implicaciones de las sentencias del TJUE" lleva una subsección de "Contratos de duración determinada" en la que trata los  "Asuntos acumulados C – 59/22, C – 110/22 y C – 159/22, 22 de febrero de 2024, Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid"que  reza literalmente [traducción de Google]:

Recordatorio. Decididas las adjudicaciones de 3 de los 4 lotes del concurso millonario de Madrid Digital de la microinformática integral de la Comunidad de Madrid , que sigue para DXC, y de los servicios de atención y soporte a usuarios [CAU] -con la excepción del CAU de Sanidad- que es para Ibermática.

 [Recordatorio de entrada publicada el 14/06/2024] El Consejo de Gobierno de la C. de Madrid de este 12/06/2024 ha acordado la propuesta de adjudicación de la Consejería de Digitalización de los lotes 1, 2 y 4 del concurso público  para el importante contrato de servicios centralizado de ámbito toda la Comunidad de Madrid por la  Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid o "Madrid Digital" (la antigua ICM), en 4 lotes, denominado "Servicios del puesto de trabajo digital del usuario de los sistemas de información y comunicaciones de la Comunidad de Madrid" (ECON/000059/2023) , que recordemos cuenta con plazo de ejecución de 3 años con prórrogas posibles por 2 años más, y un presupuesto total de más de 123 millones  de euros para sus 4 lotes y los 3 años y del que nos hicimos amplio eco aquí cuando su convocatoria y ampliación de plazos.

En concreto, las empresas que han obtenido las adjudicación de estos 3 lotes, como estaba previsto tras la publicación de las puntuaciones totales,  han sido:

 

[Comisión Europea] ' La Comisión envía conclusiones preliminares a Meta sobre su modelo de «pagar o consentir» por incumplimiento del Reglamento de Mercados Digitales'

'La Comisión ha informado hoy a Meta de sus conclusiones preliminares de que su modelo publicitario de «pagar o consentir» incumple el Reglamento de Mercados Digitales. La Comisión considera, con carácter preliminar, que esta elección binaria obliga a los usuarios a consentir la combinación de sus datos personales y no les ofrece una versión menos personalizada, pero equivalente, de las redes sociales de Meta.

Conclusiones preliminares sobre el modelo de «pagar o consentir» de Meta

Las plataformas en línea suelen recopilar datos personales a través de sus propios servicios y de terceros para prestar servicios de publicidad en línea. Debido a su importante posición en los mercados digitales, los guardianes de acceso han podido imponer a su amplia base de usuarios condiciones de servicios que les han permitido recopilar grandes cantidades de datos personales. Esto les ha conferido posibles ventajas en comparación con los competidores que no tienen acceso a una cantidad tan grande de datos, lo que ha levantado grandes obstáculos a la prestación de servicios de publicidad en línea y servicios de redes sociales.

De conformidad con el artículo 5, apartado 2, del Reglamento de Mercados Digitales, los guardianes de acceso deben solicitar el consentimiento de los usuarios para combinar sus datos personales entre los servicios básicos de plataforma designados y otros servicios, y si un usuario deniega ese consentimiento, debe tener acceso a una alternativa menos personalizada, pero equivalente. Los guardianes de acceso no pueden supeditar el uso del servicio o determinadas funcionalidades al consentimiento de los usuarios.

lunes, 1 de julio de 2024

[Telemadrid/Europa Press] Huelga y protestas de los trabajadores de los polideportivos del Ayuntamiento de Madrid por el despido de 400 interinos de larga duración de las piscinas municipales

 Informan Telemadrid este 29/06/2024 así como Europa Press de la concentración de empleados públicos de las piscinas del Ayuntamiento de Madrid en la Plaza de la Villa de Madrid, en la primera de las dos jornadas de huelga este sábado y el  4 de julio en los polideportivos municipales de la ciudad de Madrid, que ha tenido lugar  en la Plaza de la Villa de Madrid convocada por los sindicatos Solidaridad Obrera, COBAS, CGT Y CSIT para protestar por el despido de 400 personas tras la temporada de este verano  , que son personal interino de larga duración "contratados en fraude de ley"  al acumular contratos discontinuos de temporada durante más de 12 años, fundamentalmente en las piscinas.

11ª Edición, 2024-2025, del Máster en Dirección de Sistemas y TIC para la Salud de la SEIS. Plazo para matriculación abierto hasta el 15/10/2024

 La  Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] ha anunciado  la apertura del plazo hasta el 15/10/2024  de inscripción de pre-matrícula para la 11ª Edición 2032-2024 del "Máster en Dirección de Sistemas y TIC para la Salud y en Digitalización Sanitaria", que organiza la SEIS en colaboración con el Instituto de Salud Carlos III y la Escuela Nacional de Sanidad .


 

Recordatorio. [Europa Press] Gobierno del Estado y las CCAA en la Comisión de Coordinación del Empleo Público tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13/06, coinciden en esperarse a su interpretación por la justicia española

 [Recordatorio de entrada publicada el 17/06/2024Informa Europa Press este 17/06/2024 de la reunión de la Comisión de Coordinación de Empleo Público  convocada por la Secretaría  de Estado de Función Pública para esta misma mañana tras la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13/06/2023. El medio traslada que Gobierno del Estado , las CCAA y la FEMP han "coincidido" en esperarse  a la interpretación que hagan los tribunales españoles de esta sentencia europea.

[Noticias Jurídicas] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, teniendo en cuenta la sentencia del Tribunal europeo de 22 de Febrero, anula un acuerdo de una empresa pública para no contratar al personal de bolsa si hacerlo implicaba superar el tiempo fijado para abuso de temporalidad

Informa Noticias Juridicas este 27/06/2024 que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo [la que lleva los casos de los empleados públicos laborales] ha dictado una [importante] sentencia este 17/06/2024, en la que se refiere por primera veza     la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de  22/02/2024  y sentencia la anulación de un acuerdo de una sociedad pública estatal que  establecía que pasaran a una "situación de no disponible temporal" durante 6 meses, es decir, no contratable , los  trabajadores en su bolsa de empleo temporal con una antigüedad acumulada continuada tal que si les contratara pasarían de los 3 años de temporalidad marcados para estar en abuso,y que según la normativa europea doctrina [todavía] actual del Supremo, implicaría la conversión judicial en indefinido no fijo.

[Gobierno de la C. de Madrid/Consejería de Digitalización] 'La Comunidad de Madrid moderniza con Inteligencia Artificial la radiología de sus hospitales para aumentar la precisión de los diagnósticos. Se centralizará el repositorio de imágenes para tener una red interconectada que permita a los profesionales acceder a las pruebas desde cualquier centro' [Adjuciado a Siemens Healthcare el contrato de mantenimiento y evolución del SSII de imagen médica centralizado de los hospitales "Selene" de la C. de Madrid]

' El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado invertir 15,9 millones de euros para renovar, actualizar y modernizar la infraestructura informática de almacenaje de pruebas diagnósticas por imagen en los servicios de radiología de sus hospitales públicos. Esta medida incorporará la Inteligencia Artificial para aumentar la precisión de los diagnósticos y agilizar las decisiones clínicas.

[Tribunal de Justicia de la UE] 'Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-284/23 | Haus Jacobus Una trabajadora embarazada debe disponer de un plazo razonable para poder impugnar su despido ante los tribunales. Un plazo de dos semanas para solicitar la admisión de una demanda presentada fuera de plazo parece ser demasiado breve''

'Una empleada de una residencia de ancianos impugna su despido ante un tribunal laboral alemán. Invoca la prohibición de despedir a una mujer embarazada. El tribunal laboral considera que normalmente debería desestimar la demanda por haber sido presentada fuera de plazo.
 

 En efecto, cuando la trabajadora tuvo conocimiento de su embarazo e interpuso la demanda, ya había transcurrido el plazo ordinario previsto en la legislación alemana, que es de tres semanas tras la notificación por escrito del despido. Además, la trabajadora no presentó una solicitud de admisión de la demanda ejercitada fuera de plazo en el plazo adicional de dos semanas [1] estipulado en dicha legislación.