'STEs-i ha reivindicado un concurso de méritos extraordinario que cumpla la Directiva 1999/70 CE, que establece que se produce abuso de temporalidad cuando un empleado/a público eventual es destinado a realizar tareas propias del personal fijo y cuando se utilizan nombramientos temporales para necesidades permanentes –estructurales- durante la Mesa de Negociación de Personal Docente no Universitario del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Con la propuesta actual se seguirá incumpliendo el Acuerdo Marco de la CES, UNICE y el CEEP que desembocará en un aluvión de contenciosos contra el Estado.
Desde los STEs históricamente hemos reivindicado el acceso diferenciado, pero no renunciamos a cualquier sistema que propicie la estabilización definitiva del profesorado interino. Por ello, veíamos en el concurso de méritos del RD 270/2022, que el EBEP recoge en el art. 61.6, una posible solución para la estabilización del profesorado interino en situación de abuso de temporalidad frente al ordinario concurso-oposición, basado en pruebas memorísticas y muy alejado de la práctica docente.