Se trata de una enmienda conjunta que 'refuerza', aunque de forma limitada, las garantías judiciales en el proceso de cierre de una página web de descargas de contenidos no autorizadas sujetos a derechos de autor.
Así, se requiere "la previa autorización judicial" para que "el órgano competente" -que sigue siendo la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, que depende del Ministerio de Cultura- pida la identificación del responsable del servicio de la sociedad de la información que está realizando la conducta presuntamente vulneradora de, "de acuerdo con lo previsto en el apartado primero del artículo 122bis de la Ley reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa".'
'El acuerdo incluye un compromiso por parte del Ejecutivo de reformar en el plazo de tres meses la normativa sobre la compensación por copia privada, el canon digital, para adecuarlo a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que pedía que su aplicación no fuese indiscriminada.'
Fuente y noticia completa: El Mundo 24/01/2011
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