martes, 7 de diciembre de 2021

Este jueves 9 de Diciembre, la Abogacía General de la Unión Europea hará públicas sus Conclusiones ante el Tribunal Europeo en la demanda de la Comisión Europea contra España por hacer la legislación española "excesivamente difícil" el conseguir obtener a particulares compensaciones por actos legislativos contrarios al Derecho europeo cometidos por el Estado

Según consta en el calendario del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, este jueves 09/12/2021 a las 09:30, la Abogacía General de la Unión Europea - en concreto el Abogado General Spuznar- emitirá su "Informe de Conclusiones" en el asunto C-278/20 o asunto "Comisión/España (Violación del derecho de la Unión por el legislador)", un recurso interpuesto por la Comisión Europea contra España ante el  Tribunal Europeo hace ya dos años y que culminaba el procedimiento de de infracción iniciado el 14/06/2017, y por el que la Comisión Europea considera que las normas españolas que regulan las compensaciones por daños y perjuicios causados por actos legislativos contrarios al Derecho de la Unión Europea, hacen "excesivamente difícil" obtener compensación (indemnizaciones por parte del Estado o las CCAA competentes), y por tanto, violan el principio de efectividad. El dictamen contenido en el informe de la Abogacía General de la UE suele coincidir la gran mayor parte de las veces, o en su mayor parte, con la sentencia final del alto tribunal europeo.

Así,  según ha comprobado la Comisión Europea, "la legislación española supedita la [posibilidad de obtener una] compensación a una serie de condiciones acumulativas: 

  1. debe haber una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la que se declare que un acto legislativo español vulnera el Derecho de la Unión; 
  2. la parte perjudicada debe haber obtenido, en cualquier caso, una sentencia firme por la que se desestime un recurso contra la decisión administrativa que causó el daño; 
  3. y la parte perjudicada debe haber alegado la infracción del Derecho de la Unión durante dicho procedimiento de recurso. "


Recordemos que los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias en su paso final como se encuentra ya éste,, son:



0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado  o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción

1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En dos meses debe haber observaciones

2. "Dictamen motivado"    , si no hay respuesta o no es satisfactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber complementarias

3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.

4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible

5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas


Hay que recordar que  la Comisión Europea mantiene abiertos  dos procedimientos de infracción contra España en el primer estado de "Carta de Emplazamiento" enviada  sobre violaciones de la   Directiva 1999/70/CE en empleo público 

  1.  el procediiento de infracción 2014/4224 , en cuanto a discriminación de los temporales con el fijo 
  2.   y el  2014/4334, sobre incumplimiento de la cláusula 5ª sobre el abuso de temporalidad de la citata directiva, este último tras la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles CHAP(2013)01917 de la que en su  información oficial de Octubre de 2020, la Comisión europea dijo que había visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, y que evaluaría que la futura reforma del Estatuto del empleado Público -anunciada entonces por el Gobierno español  realizada en parte por el Real Decreto-ley 14/2021 y que culminaría con el Proyecto de Ley ya en el Senado-  es conforme a la Directiva
  3. También está el Procedimiento  de  infracción por ahora previo o informal EU‐Pilot  8422/16/EMPL sobre el incumplimiento de la misma Directiva 1999/70/CE en  los funcionarios de justicia españoles.

 

En relación al asunto del abuso de temporalidad en el empleo público español resulta de interés la posibilidad de conseguir compensaciones efectivas en empleados públicos que acaben demostrando que las leyes españolas que les perjudicaron eran contrarias a la normativa y sentencias europeas ("el derecho de la Unión"), algo que en este caso como en general, según la Comisión Europea, se estaría dificultando con la propia normativa española sobre compensaciones del Estado, y que podría verse obligada a cambiar España si el Tribunal Europeo condena a España y a una fuerte multa.

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17 comentarios:

Tolo Matas dijo...

Pues a pesar de ser español, ¡Ójala condenen a España y nos pongan una multa que nos cruja! ¡Somos un país de pandereta!

Anónimo dijo...

Ponte a la cola de multas, tenemos pendiente por pagar la de depuración de aguas residuales...

Anónimo dijo...

Navas & Cusí, este 24 de noviembre, ya ha presentado en el TJUE la solicitud de medidas cautelares par proteger a los que hemos demandado con él y para instar a la Comisión Europea a tomar medidas contra el reino de España. Es una pena que nuestros políticos no vayan a pagar con su patrimonio. Aunque, tiempo habrá para luego perseguirlos. No creo que. a estas alturas, la rabia se nos pase con solo obtener la fijeza.

Anónimo dijo...

Esta to pagao, desde el principio to pagao tienen un fondo para pagar, sale del bolsillo de su excelencia JR Chaves, profesor Rojo, Ana Barrechina y la jueza del contencioso de Murcia, se pegaban por ver quién era el que ponía más, el que dijo que no ponía un duro era Xavier Boltaina y el paleto de Miguel Borra que apretaban el puño con los de la cofradía de descamisaos de CCOO y UGT.

Anónimo dijo...

Trolleteeeee donde estás ahora? La cara de vergüenza ya se te ha terminado de caer!!! Me parto de la risa en tu jeta!!!

FIJEZA E INDEMNIZACIONES PARA LOS QUE HEMOS DEMANDADO ANTES O DESPUÉS SERÁN NUESTRAS!!!
El tiempo pone a cada uno en su sitio...

Anónimo dijo...

no pasa nada, Europa ya nos ha mandado los fondos y no los va a cortar aunque España no cumpla. sigue la fiesta

Anónimo dijo...

Claro que no pasa nada... incluso mejor que vengan fondos para nuestras indemnizaciones posteriores a la fijeza!!!
Hala a patalear ya hacerte mala sangre...

Anónimo dijo...

Pero los que han demandado son interinos laborales, no?
Pq aquí en la Junta d Andalucía, la mayoría son funcionarios interinos, y el Contencioso de fijeza e indemnización.... Nada?

Anónimo dijo...

Me parto con los de las indemnizaciones además de fijeza. Viven en los mundos de yupi y no lo saben!!

Anónimo dijo...

Al estilo de esa señora que dicen que tuvo un lío con el king, además de chupar del bote, pido daños y perjuicios...

Anónimo dijo...

XXDD rabia y patalea que quien ríe el último ríe mejor... y lo cobraremos de tus impuestos

Anónimo dijo...

Que te den lo que quieran, que no será lo que te corresponde, pero pufff si tuviera que llorar por eso, no habría sequía...pero no cojas los argumentos con tanta pinza que un día se te caerán rápido.

Anónimo dijo...

Claro, claro... los sindicatos gamberos también decían que no pusiéramos nuestras denuncias que no conseguiríamos nada. También decían que el concurso de méritos no tenía seguridad jurídica, y ya ves, alguno se beneficiará mal que os pese.
Ya os habría gustado que todos nos quedáramos quietos y callados pero ya ves, varias decenas de miles no os hicimos caso ya que sabemos de que palo vais, como los palos que os vais llevando en las elecciones sindicales y creciendo.
Mira a los países similares al nuestro, eso es lo que vendrá, fijeza, salarios no percibidos, e indemnización por daños. Eso si, para los que emprendimos el camino judicial a tiempo.
Vienes, o venís, aquí a convencer a la gente de que no demande, a echar mierda sobre los que si nos defienden, a desanimar rabiados porque ya no está todo bajo vuestro control...solo os falta hacer publicidad de vuestras academias. Clientes vuestros también nos visitan.
Lo tenéis claro, no vamos a parar hasta que se haga justicia europea, no de la polaca que es la que por aquí se estila.

Anónimo dijo...

15.24

Que vida más triste debes tener... patético... venir aquí a hacerte mala sangre y rabiar por algo que no te incumbe. A nosotros nos darán o no pero tu no tendrás vida propia nunca y siempre buscarás algún foro para descargar tu frustración... patético.

M.A. dijo...

Por si fuera de interés:

https://blogs.laopiniondemurcia.es/miguel-hernandez/2021/12/02/la-nueva-ley-sobre-temporalidad-amenaza-con-colapsar-la-justicia-los-abogados-se-frotan-las-manos/

Anónimo dijo...

Van a pasar cositas...

En algunos despachos ya se están preparando las demandas por prevaricación, ya hay algunos nombres... otros están por conocer...

Van a pasar cositas.

Anónimo dijo...

se acaba el negocio

https://www.elconfidencialdigital.com/articulo/Judicial/ley-interinos-hunde-numero-alumnos-academias-oposiciones/20211203171303316458.html