[ Recordatorio de entrada publicada el 02/11/2021] Del proyecto completo de ley de Continuamos ahora analizando el proyecto completo de ley de presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2022, aprobado,tras dos ejercicios prorrogando los presupuestos para 2019, en el pasado Consejo de Gobierno para su remisión a la Asamblea de Madrid, donde puede recibir enmiendas tanto en fase de Comisión de Presupuestos como en Pleno, y ya publicado en el Portal de la Comunidad de Madrid, queremos empezar nuestra serie habitual de entradas dedicadas a ellos por esta entrada que extrae de su Libro I "Articulado de la ley" algunas partes relevantes sobre recursos humanos de Sanidad, que puede resumirse en:
- aumento del 2% del sueldo de los empleados del sector público de la C. de Madrid siguiendo lo previsto en los presupuestos generales del Estado y
- aumento de la tasa de reposición al 120% en determinados sectores, entre ellos, Sanidad, y del 110% en general, manteniéndose las habituales [e hipotéticas] restricciones a la contratación de empleados públicos temporales sólo excepcionalmente para necesidades urgentes e inaplazables
- sin mención del derecho al cobro de la carrera profesional por el personal temporal
- [Tit. II Art 21.2]las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid no podrán experimentar incremento global superior al 2% con respecto a las vigentes.
- [Tit. II Art 21.9] Todos los acuerdos, convenios, pactos o instrumentos similares de la Administración de la Comunidad de Madrid, organismos autónomos, empresas públicas, y demás entes públicos del sector público de la Comunidad de Madrid, así como de las fundaciones del sector público y los consorcios adscritos a la Comunidad de Madrid, requerirán, para su plena efectividad, el informe previo y favorable de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
- [Tit. II Art.23] en especial para el personal estatutario: el incremento de sueldo con las retribuciones complementarias no podrá superar el 2% . )
- [Tít II, Art 27.1 ] retribuciones complementarias del personal estatutario, todas experimentarán una subida no superior al 2% igualmente
, - [Tít
II, Art 27.3 y 4 ] en este proyecto de ley de
presupuestos vuelve a recoger el Acuerdo de Gobierno de 31/07/2018 por el que se aprobaba el acuerdo adoptado en la Mesa Sectorial de Sanidad el día 29 de noviembre de 2017 que incluyó ( el Anexo
III) en la carrera profesional a los estatutarios fijos del área sanitaria de
formación profesional y a los de de gestión y servicios del personal estatutario
del Servicio Madrileño de Salud y, que además, contemplaba la regulación
de la recuperación progresiva de la carrera profesional del personal
estatutario fijo del Servicio Madrileño de Salud, ya realizada. Y también vuelve a repetir "En todo caso, tanto los
reconocimientos de niveles de carrera profesional como los pagos
estarán condicionados y limitados por las disponibilidades
presupuestarias, sin que, en ningún caso, tengan validez ni
eficacia las resoluciones adoptadas sin la existencia de crédito
adecuado y suficiente.".
En todo caso, en el texto, por el momento y a falta de enmiendas, vuelve a no realizar mención explícita alguna a la posibilidad de pago de carrera profesional al personal estatutario temporal, pese a lo anunciado en Mesa Sectorial recientemente por RRHH del SERMAS acerca de que habría créditos presupuestarios para 2022 para este objeto, si bien podría ocurrir como en 2018 con la recuperación de la carrera profesional para el fijo: no vino en el proyecto de Presupuestos para 2018 aprobado por el Gobierno, y se introdujo una cantidad vía enmienda para abordar una parte.
, - [Tít II, Art 27.5 ] Un año más se suspenden
y quedan sin efecto las previsiones establecidas en cualquier acuerdo,
pacto o convenio relativas a la percepción de ayudas, pluses o
beneficios sociales sobre el personal estatutario
OPEs
- [Tít II Art 22.2 y 3] Ofertas de empleo público 2022 y extraordinarias :
"La Oferta de Empleo Público, incluirá, en su caso, ... plazas ...
vacantes y dotadas presupuestariamente y cuya provisión se considere
inaplazable o afecte al funcionamiento de los servicios públicos
esenciales" y con una tasa de reposición máxima del 120% en ciertos sectores como "en
el sel sector sanitario, respecto de las plazas de personal estatutario
y equivalente del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid" y del
110% con carácter general (la tasa máxima es por tanto superior a la del año pasado).
- [Tit II Art 22.12] Límites a la contratación de personal temporal: Durante el año 2022, y por un año más, "no se procederá a la contratación de personal
temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal, o al
nombramiento de funcionarios interinos, salvo en casos excepcionales
y
para cubrir necesidades urgentes e inaplazables en los sectores,
funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o
que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales" (al
igual que durante los últimos años)
, - [Tit
II
Art 22.17] Un año más se explicita que "sólo se podrá alcanzar la
condición de personal funcionario
de carrera , estatutario fijo o personal laboral fijo de la
Administración de la Comunidad de Madrid " por "la superación
de procesos selectivos", añadiendo que mediante integraciones,
reorganización, transferencias, ejecución de sentencias, el personal
temporal que "no haya acreditado la superación de procesos selectivos "
[...] "sólo podrá producirse con carácter temporal"] (un claro intento de provisión legal para intentar
reducir las posibilidades de que el personal temporal del que ha habido
"abuso" en su duración de temporalidad pueda adquirir las condición de
personal fijo, en base ya alas sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público de 2016 ,reforzado por la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 y el Auto de 30/09/2020 del Asunto Gondomar]
, - [Tit II Art 22.15] Exposición de interinos a traslados y amortizaciones. Las plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público,
estén o no ocupadas interina o temporalmente, "en tanto no hayan sido
objeto de convocatoria para su provisión mediante el correspondiente
proceso selectivo", se cubrirán preferentemente a través de los
oportunos mecanismos de movilidad interna, voluntaria o forzosa, o como
consecuencia de la atención a las solicitudes de reingreso". Asimismo, "dichas plazas podrán ser objeto de amortización como consecuencia de procesos
de reordenación o reorganización administrativa, por razones de
eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos humanos
existentes o por motivos de índole presupuestaria, mientras no se
encuentren incursas en convocatorias de pruebas selectivas aprobadas" [como en los años anteriores]
- [Tít V Art 75] Reordenación del sector público También, como desde hace solamente algunos años, "por razones de política económica, presupuestaria u organizativa, se autoriza al Gobierno de la Comunidad de Madrid durante el ejercicio 2019 para que, mediante Decreto, a propuesta de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda y a iniciativa de la Consejería interesada por razón de la materia, proceda a reestructurar, modificar y suprimir Organismos Autónomos, Empresas Públicas y demás Entes Públicos, creados o autorizados por Ley, dando cuenta a la Asamblea en un plazo de treinta días desde su aprobación" [como en los años anteriores]
- [01/11/2017] Proyecto de Presupuestos 2018 de la Comunidad de Madrid - I: articulado de recursos humanos: congelación de sueldos a falta de lo que diga el Estado y del reconocimiento de carrera profesional, tasa de reposición limitada al 100% en Sanidad salvo para los puestos temporales de más de 3 años por el acuerdo de estabilización
- [13/11/2018] Proyecto de Presupuestos 2019 de la Comunidad de Madrid - I. Articulado de recursos humanos: congelación de sueldos a falta de lo que diga el Estado, nuevos reconocimiento parcial de nueva carrera profesional al estatutario fijo según disponibilidad presupuestaria y el acuerdo de Gobierno, tasa de reposición limitada al 100% en Sanidad salvo para los puestos temporales de más de 3 años por el acuerdo estatal de "estabilización"
- [13/10/2021] Publicado el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2022 : subida del sueldo de los empleados públicos un 2%, sin nuevos "procesos de estabilización" más allá de los ya contemplados por el Real Decreto-Ley 14/2021, tasa de reposición sube al 120% en Sanidad y otros sectores. Sin límites de tasa para convocar los puestos de los procesos de estabilización y de los indefinidos no fijos por sentencia
- [27/10/2021] [AMYTS] Informe de la reunión de la Mesa sectorial de Sanidad de la C. de Madrid de 26/10/2021 [el SERMAS dice que empezará a pagar parte de carrera profesional al temporal en 2022, nuevo proceso de interinización de eventuales más de 2 años a mayo de 2020, nuevo proceso de estabilización con puestos temporales más de 3 años a 31/12/2020 por el Decreto-Ley 14/2021 descontando lo ya convocado en las OPEs de estabilización anteriores,...]
- [28/10/2021] [Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid presenta los Presupuestos de 2022: “Son las cuentas de una región que está saliendo adelante y enfocadas a los ciudadanos”
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